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Casos y Resultados

Posesión y otros actos relativos a material grabado mediante cámara

Abogado penalista de Uijeongbu | Absolución de un cliente que capturó una imagen de su pareja en ropa interior durante una videollamada

El abogado penalista de Uijeongbu intervino en el caso de un cliente que, durante una videollamada con su pareja, había capturado y guardado una imagen de esta en ropa interior, y que fue sometido a juicio penal por el delito de posesión de material grabado mediante cámara. Sin embargo, Daeryun obtuvo la absolución del cliente.

CONTENIDO
  • 1. Cliente que acudió al abogado penalista de Uijeongbu
    • - Relato del cliente al abogado penalista de Uijeongbu
    • - Normativa aplicable explicada por el abogado penalista de Uijeongbu
  • 2. Intervención del abogado penalista de Uijeongbu
    • - Alegación ① del abogado penalista de Uijeongbu: «¿Se actuó contra la voluntad de la persona objeto de la grabación?»
    • - Alegación ② del abogado penalista de Uijeongbu: «¿Se distribuyó el material grabado?»
  • 3. Abogado penalista de Uijeongbu: absolución del cliente tras la asistencia letrada
    • - Posesión de material grabado mediante cámara: asistencia de un abogado penalista

1. Cliente que acudió al abogado penalista de Uijeongbu

El cliente que acudió al abogado penalista de Uijeongbu había sido denunciado por su pareja por el delito de posesión de material grabado mediante cámara. El motivo era que había guardado una fotografía obtenida al capturar una imagen de su pareja durante una videollamada.

Relato del cliente al abogado penalista de Uijeongbu

Los hechos relatados por el cliente fueron los siguientes.

El cliente solía mantener videollamadas con su pareja cuando esta se encontraba bajo los efectos del alcohol.

Durante esas llamadas, capturó imágenes para poder contemplar a su pareja durante más tiempo. No las difundió a nadie y las guardó únicamente en su teléfono móvil.

Sin embargo, durante una videollamada, su pareja encontró una fotografía capturada en la que aparecía en ropa interior y denunció al cliente ante la policía.

El cliente sostuvo que siempre pedía permiso a su pareja cuando deseaba capturar una imagen durante una videollamada y que esta no lo recordaba debido a su estado de embriaguez; por ello, solicitó la asistencia de Daeryun.

Normativa aplicable explicada por el abogado penalista de Uijeongbu

▣ Artículo 14 de la Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos Sexuales de la República de Corea (grabación mediante cámaras u otros dispositivos)

① Quien, utilizando una cámara u otro dispositivo mecánico dotado de funciones similares, grabe el cuerpo de una persona de manera que pueda suscitar deseo sexual o vergüenza contra la voluntad de la persona objeto de la grabación será castigado con hasta 7 años de prisión con trabajos o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.


② Quien difunda, venda, alquile, facilite o exhiba o proyecte públicamente (en lo sucesivo, «actos de difusión y similares») una grabación o copia de esta prevista en el apartado 1 (incluidas las copias de copias; lo mismo se aplicará en lo sucesivo en este artículo), o quien, incluso cuando la grabación prevista en el apartado 1 no se hubiera realizado contra la voluntad de la persona objeto de la grabación en el momento en que se efectuó (incluidos los casos en que una persona haya grabado directamente su propio cuerpo), lleve a cabo posteriormente actos de difusión o similares de dicha grabación o copia contra la voluntad de la persona objeto de la grabación, será castigado con hasta 7 años de prisión con trabajos o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.


③ Quien, con ánimo de lucro y contra la voluntad de la persona objeto de la grabación, cometa el delito previsto en el apartado 2 utilizando la red de información y comunicaciones contemplada en el artículo 2, apartado 1, punto 1, de la «Ley de Promoción del Uso de las Redes de Información y Comunicaciones y de Protección de la Información» (en lo sucesivo, «red de información y comunicaciones») será castigado con una pena de prisión de duración determinada de un mínimo de 3 años.


④ Quien posea, adquiera, almacene o visualice una grabación o copia de esta prevista en el apartado 1 o en el apartado 2 será castigado con hasta 3 años de prisión con trabajos o una multa penal de hasta 30.000.000 de wones surcoreanos.


⑤ Cuando se cometan de manera habitual los delitos previstos desde el apartado 1 hasta el apartado 3, la pena establecida para el delito correspondiente se agravará hasta en 1/2.

2. Intervención del abogado penalista de Uijeongbu

El abogado penalista de Uijeongbu analizó minuciosamente las circunstancias existentes en el momento de los hechos, la relación entre el cliente y la víctima, así como la legislación y la jurisprudencia aplicables, con el fin de sostener la absolución del cliente.

A continuación, formuló ante el tribunal coreano las siguientes alegaciones.

Alegación ① del abogado penalista de Uijeongbu: «¿Se actuó contra la voluntad de la persona objeto de la grabación?»

Cuando el cliente deseaba capturar una imagen de su pareja durante una videollamada, siempre preguntaba: «¿Puedo hacer una captura?» y obtenía su permiso.

Su pareja lo autorizaba en cada ocasión e incluso le enviaba directamente fotografías suyas en ropa interior.

Frente a la declaración de su pareja de que nunca había solicitado permiso, el cliente replicó que esta siempre se encontraba bajo los efectos del alcohol durante las videollamadas.

Por tanto, sostuvo que no había actuado «contra la voluntad de la persona objeto de la grabación», como exige la ley.

Alegación ② del abogado penalista de Uijeongbu: «¿Se distribuyó el material grabado?»

El cliente se había limitado a guardar las fotografías capturadas en el álbum de su teléfono móvil y nunca se las había mostrado ni difundido a nadie.

Por tanto, sostuvo que no había realizado el acto de «distribución en contra de la voluntad de la persona objeto de la grabación» previsto en la legislación aplicable.

3. Abogado penalista de Uijeongbu: absolución del cliente tras la asistencia letrada

El abogado penalista de Uijeongbu prestó asistencia al cliente con el fin de sostener su absolución y, finalmente, el tribunal dictó la absolución.

Posesión de material grabado mediante cámara: asistencia de un abogado penalista

Para que se configure el delito de posesión de material grabado mediante cámara, deben concurrir tanto el requisito de que se haya actuado «contra la voluntad de la persona objeto de la grabación» como el de que el contenido «pueda suscitar deseo sexual o vergüenza».

Sin embargo, si la persona objeto de la grabación prestó voluntariamente su consentimiento, este delito no puede imputarse, con independencia del grado de exposición o del contenido.

Por ello, para demostrar la falta de fundamento de la imputación y obtener una absolución, es importante acreditar que la otra persona prestó su consentimiento.

Si necesita asistencia sobre esta cuestión, puede solicitar el asesoramiento de un abogado penalista de Uijeongbu.

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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
La reproducción, duplicación o distribución no autorizada y otras infracciones de derechos de autor pueden resultar en acciones legales conforme a las leyes aplicables.

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