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Áreas de Práctica

Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

Una de las conductas más representativas de la infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones son las escuchas ilegales. Si se detecta una infracción de esta ley, pueden imponerse penas severas, por lo que debe actuarse con cautela.

CONTENIDO
  • 1. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Concepto
    • - Conductas constitutivas de infracción
    • - Conductas que no constituyen una infracción
    • - Valor probatorio de las conversaciones obtenidas ilícitamente
  • 2. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Penas aplicables
    • - Criterios de determinación de la pena
    • - Penas aplicadas en resoluciones judiciales relacionadas
  • 3. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Medidas de respuesta
    • - ¿Qué hacer si niega los hechos imputados?
    • - ¿Qué hacer si solicita una reducción de la pena?
  • 4. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Si necesita asistencia

1. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Concepto

Área de práctica de Daeryun Sociedad de Abogados sobre la infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

La infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones consiste en grabar o escuchar sin autorización conversaciones no públicas entre otras personas, así como revelar la información obtenida de ese modo.

Esta ley se promulgó para proteger el secreto de las comunicaciones y las conversaciones, así como para garantizar la libertad de comunicación de las personas.

Conductas constitutivas de infracción

Las conductas que infringen la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones son las siguientes.


Censurar correspondencia, interceptar telecomunicaciones o facilitar datos de tráfico o identificación de comunicaciones

Grabar conversaciones no públicas entre otras personas

Escuchar mediante dispositivos electrónicos u otros medios conversaciones no públicas entre otras personas

Utilizar como prueba en un juicio o procedimiento disciplinario contenidos obtenidos mediante una censura ilegal

Conductas que no constituyen una infracción

Grabar una conversación en la que uno mismo participa directamente no constituye una infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones.

Por ejemplo, no plantea problemas jurídicos grabar el contenido de una reunión a la que se ha asistido para dejar constancia de ella o grabar una llamada con instrucciones laborales recibidas de un superior para utilizarla como referencia en el trabajo.

[Sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea de 12 de octubre de 2006, asunto 2006도4981]

La disposición del artículo 3, apartado 1, de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones que prohíbe «grabar o escuchar conversaciones no públicas entre otras personas» pretende impedir que un tercero que no participa desde el principio en una conversación grabe las manifestaciones intercambiadas por quienes sí participan en ella.

En una conversación entre 3 personas, si una de ellas la graba, las manifestaciones de las otras dos no pueden considerarse, respecto de quien realiza la grabación, una «conversación entre otras personas». Por tanto, dicha grabación no puede considerarse contraria al artículo 3, apartado 1, de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones.

Valor probatorio de las conversaciones obtenidas ilícitamente

El contenido de la correspondencia o de las telecomunicaciones obtenido ilícitamente mediante una infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones o mediante una censura realizada por un organismo estatal no puede utilizarse como prueba en un juicio o procedimiento disciplinario.

Esto significa que las pruebas obtenidas ilícitamente carecen de valor probatorio aunque su contenido sea verdadero.

Esta regla se aplica tanto a las escuchas ilegales realizadas por organismos estatales como a las grabaciones ilícitas de comunicaciones ajenas efectuadas por particulares.

2. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Penas aplicables

Las penas aplicables por infringir la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones son las siguientes.

▷ Artículo 16 de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

Conducta

Pena aplicable

Censurar correspondencia o interceptar telecomunicaciones

Pena de prisión con trabajos de entre 1 y 10 años e
inhabilitación por un máximo de 5 años

Grabar o escuchar conversaciones no públicas entre otras personas

Divulgar o revelar el contenido de comunicaciones o conversaciones conocido de manera ilícita

Criterios de determinación de la pena

▷ Existencia de circunstancias especialmente dignas de consideración respecto a la participación en el delito

▷ Motivo delictivo susceptible de consideración

▷ Carácter leve del daño o perjuicio causado por el delito

▷ Comisión del delito con dolo eventual

▷ Capacidad mental disminuida sin responsabilidad del autor

▷ Entrega voluntaria, denuncia interna o revelación completa y voluntaria de todos los aspectos de un delito organizado

▷ Manifestación de la víctima de que no desea el castigo o reparación del daño, incluida la consignación

▷ Arrepentimiento sincero

▷ Ausencia de antecedentes de sanciones penales

▷ Cooperación general con la investigación

Penas aplicadas en resoluciones judiciales relacionadas

[Sentencia del Tribunal de Distrito de Cheongju de la República de Corea de 11 de noviembre de 2022, asunto 2022고합247]

El acusado utilizó la función de grabación de su teléfono móvil en un aseo para grabar en secreto una conversación de las víctimas sobre cuestiones como el divorcio.

Después envió el archivo de audio a una sala de chat de KakaoTalk. Por ello, fue acusado de infringir la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones al grabar una conversación no pública entre otras personas y revelar su contenido.

El tribunal impuso al acusado la suspensión de la ejecución de la pena y una inhabilitación de 1 año.

[Sentencia del Tribunal de Distrito de Uijeongbu de la República de Corea de 8 de septiembre de 2021, asunto 2020고합340]

Durante una reunión ordinaria del comité directivo, se solicitó al acusado que apagara la grabadora y saliera de la sala. Pese a ello, dejó su teléfono móvil sobre la mesa con la función de grabación activada y abandonó el lugar para conocer las manifestaciones de los miembros del comité relacionadas con su despido y reincorporación.

Se consideró que había grabado sin autorización una conversación no pública entre otras personas,
por lo que se le acusó de infringir la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones. El tribunal le impuso la suspensión de la ejecución de la pena y una inhabilitación de 1 año.

3. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Medidas de respuesta

Explicación de las principales medidas de respuesta ante una infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

Si ha sido denunciado por una presunta infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones, primero debe determinar claramente si su conducta constituye una «grabación o escucha de conversaciones no públicas entre otras personas» prohibida por la ley y de qué modo se llevó a cabo.

También es necesario ordenar con precisión los hechos relevantes, como las circunstancias en las que se produjo el incidente, las personas afectadas, el método de grabación o escucha y si hubo transmisión, así como preparar materiales que permitan acreditarlos.

Precauciones al actuar por cuenta propia

▷ Conocer con precisión el contenido de los artículos 3 y 4 de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

▷ Identificar claramente los hechos concretos objeto de sospecha en documentos como la denuncia penal o la notificación del organismo investigador

▷ Ordenar los hechos centrándose en si la comunicación era privada y si usted participaba en la conversación

▷ Conservar y analizar materiales objetivos relacionados con el caso, como grabaciones, mensajes de texto, mensajes de aplicaciones y grabaciones de CCTV

▷ Evitar palabras o conductas emocionales durante el interrogatorio y responder basándose en los hechos

¿Qué hacer si niega los hechos imputados?

Si considera que su conducta no está comprendida entre las prohibidas por la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones, debe prepararse con antelación para poder explicar claramente sus razones durante la investigación y el proceso judicial.

Precauciones al actuar por cuenta propia

▷ Distinguir con precisión si usted era parte en la conversación, ya que la valoración de la licitud de la grabación puede variar en función de esta circunstancia

▷ Anotar los detalles sobre las circunstancias, el lugar, el método y la situación existente en el momento de la grabación o escucha

▷ Obtener pruebas que permitan acreditar si la comunicación era pública, como el carácter público de la reunión, el número de asistentes o el grado de apertura del lugar de la conversación

▷ Mantener declaraciones coherentes durante procedimientos de investigación como el interrogatorio del investigado

▷ Examinar debidamente el ámbito de aplicación y los requisitos de la normativa pertinente al presentar pruebas

¿Qué hacer si solicita una reducción de la pena?

Si no pretende discutir los hechos imputados y solicita una reducción de la pena en la fase de individualización, es necesario formular los argumentos centrándose en las circunstancias y el motivo de la conducta, la gravedad del daño, el arrepentimiento y las medidas adoptadas para evitar la reincidencia.

También pueden considerarse, a efectos de la determinación de la pena, circunstancias como si la grabación obedecía realmente a una necesidad laboral o si su contenido se difundió a terceros.

Precauciones al actuar por cuenta propia

▷ Determinar si la finalidad de la grabación respondía al interés público o a otro interés legítimo

▷ Comprobar con precisión si el contenido grabado se difundió a terceros, determinar el alcance de su difusión y ordenar los hechos

▷ Preparar documentos para solicitar una reducción de la pena, como una declaración de arrepentimiento, una disculpa a la víctima y medidas de reparación del daño

▷ Organizar las circunstancias que puedan tomarse en consideración al determinar la pena, como la existencia de antecedentes penales, el arraigo social y la situación familiar

▷ Preparar adecuadamente las actuaciones procesales anteriores al pronunciamiento de la sentencia, incluida la presentación de documentación relativa a la determinación de la pena

4. Infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones | Si necesita asistencia

Resumen de la necesidad de asistencia profesional en casos de infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones

Los casos de infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones de la República de Corea requieren un enfoque prudente debido a la diversidad de sus modalidades y a la complejidad de los hechos.

En particular, dado que existen diversas interpretaciones judiciales sobre las grabaciones y escuchas ilícitas, cuando una persona es objeto de sospechas conviene preparar con prontitud una estrategia de respuesta desde la fase inicial.

Este despacho cuenta con varios abogados penalistas con una experiencia media de al menos 10 años y presta servicios jurídicos integrales desde la respuesta inicial al caso hasta el juicio.

Asimismo, en colaboración con su propio centro de investigación de pruebas y su centro de análisis forense digital, determina con rapidez la licitud de los elementos probatorios relacionados con sospechas de grabaciones ilícitas y prepara las medidas de respuesta correspondientes.

Si se ve implicado en un caso de infracción de la Ley de Protección del Secreto de las Comunicaciones y atraviesa dificultades, puede solicitar asistencia a los abogados penalistas de Daeryun Sociedad de Abogados.

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