CONTENIDO
- 1. Demanda de oposición a la ejecución | Definición

- - Tipos de títulos ejecutivos
- 2. Demanda de oposición a la ejecución | Causas de oposición

- - Oposición por extinción de la pretensión
- - Oposición por limitación de la eficacia de la pretensión
- - Oposición relativa a la forma de ejercicio de la pretensión
- - Oposición al nacimiento de la pretensión
- 3. Demanda de oposición a la ejecución | Procedimiento

- 4. Demanda de oposición a la ejecución | Estrategias según la posición de cada parte

- - Cuestiones prácticas y precauciones
1. Demanda de oposición a la ejecución | Definición

La demanda de oposición a la ejecución se plantea cuando el deudor formula oposición frente a un título ejecutivo, como una orden de pago o una resolución de recomendación de cumplimiento.
Aunque una orden de pago haya adquirido firmeza o se haya dictado una resolución de recomendación de cumplimiento, si el deudor no acepta la resolución o tiene motivos para oponerse, puede impugnar jurídicamente su eficacia mediante una demanda de oposición a la ejecución.
① El deudor que desee oponerse a una pretensión declarada firme mediante sentencia deberá interponer una demanda de oposición relativa a la pretensión ante el tribunal que dictó la sentencia en primera instancia.
② La causa de oposición prevista en el apartado ① deberá haber surgido después de que concluyeran las alegaciones y la defensa en juicio (o después del pronunciamiento de la sentencia cuando esta se haya dictado sin dichas actuaciones).
③ Si existen varias causas de oposición, deberán alegarse simultáneamente.
Tipos de títulos ejecutivos
Los tipos de títulos ejecutivos frente a los que puede interponerse una demanda de oposición a la ejecución son los siguientes.
▶ Sentencia definitiva con declaración de ejecución provisional: aunque la sentencia todavía no sea firme, puede ejecutarse de inmediato si el tribunal autoriza su ejecución provisional.
▶ Orden de pago firme: se trata del supuesto en el que la orden de pago expedida por el tribunal a instancia del acreedor ha adquirido firmeza y permite proceder a la ejecución forzosa.
▶ Acta de conciliación judicial: el acta en la que el tribunal hace constar el acuerdo entre las partes también puede constituir un título ejecutivo y es posible oponerse a su eficacia.
Existen, además, otras clases de títulos ejecutivos.
2. Demanda de oposición a la ejecución | Causas de oposición

Las causas que puede alegar el deudor en una demanda de oposición a la ejecución consisten en que la pretensión recogida en el título ejecutivo se haya extinguido total o parcialmente, o que su eficacia se haya suspendido temporal o definitivamente.
Estas causas son, en su mayoría, similares a las excepciones que alega el demandado en un proceso civil ordinario, pero en la demanda de oposición a la ejecución constituyen la causa de pedir del demandante, que es el deudor.
-Acreedor (demandado): debe probar que la pretensión llegó a nacer
-Deudor (demandante): debe probar que la pretensión se extinguió o que su eficacia quedó suspendida
Oposición por extinción de la pretensión
Este supuesto se produce cuando la pretensión sustentada en el título ejecutivo se extingue con posterioridad.
En tal caso, el deudor puede interponer una demanda de oposición a la ejecución alegando que la pretensión ya no existe.
Esta causa debe haber surgido necesariamente después de la conclusión de las alegaciones y la defensa en la instancia que conoce de los hechos.
Ejemplos:
-Cuando se haya pagado íntegramente la deuda
-Cuando el acreedor y el deudor hayan acordado compensar la deuda
-Cuando el acreedor haya condonado la deuda o resuelto el contrato
-Cuando el deudor haya cumplido la deuda mediante consignación
-Novación (sustitución de la deuda anterior por una nueva)
-Cuando la pretensión se haya extinguido por prescripción extintiva
-Cuando el derecho ya no corresponda al acreedor debido, entre otros motivos, a la cesión del crédito, la asunción de deuda con liberación del deudor anterior o el embargo y la adjudicación del crédito
Oposición por limitación de la eficacia de la pretensión
Este supuesto se produce cuando la pretensión sigue existiendo, pero su eficacia se ha suspendido o limitado temporalmente.
Esta causa también debe haber surgido después de la conclusión de las alegaciones y la defensa en juicio.
Ejemplos:
-Cuando se haya prorrogado el plazo para cumplir la deuda
-Cuando la pretensión esté sujeta a una condición suspensiva que todavía no se haya cumplido
-Cuando el deudor haya aceptado la herencia a beneficio de inventario y haya limitado las deudas hereditarias al valor del caudal hereditario
-Cuando el deudor haya obtenido la exoneración del pasivo en un procedimiento de quiebra o reorganización
Oposición relativa a la forma de ejercicio de la pretensión
1. Pacto de no ejecución (acuerdo de prohibición de la ejecución)
Si el acreedor y el deudor acuerdan «no proceder a la ejecución forzosa» y esta se promueve en contra de lo pactado, el deudor puede impedirla mediante una demanda de oposición a la ejecución.
2. Vulneración del principio de buena fe, entre otros supuestos
Aunque la ejecución se fundamente en una sentencia firme, puede no admitirse si resulta manifiestamente contraria a la justicia o al principio de buena fe.
3. Circunstancias posteriores a la aceptación de la herencia a beneficio de inventario
Si el deudor aceptó la herencia a beneficio de inventario, pero no alegó este hecho durante el proceso y se dictó una sentencia íntegramente estimatoria, podrá interponer posteriormente una demanda de oposición a la ejecución fundada en dicha aceptación.
Oposición al nacimiento de la pretensión
Esta causa consiste en alegar que la pretensión nunca llegó a nacer.
Solo se admite respecto de títulos ejecutivos que no sean sentencias firmes y que carezcan de fuerza de cosa juzgada (por ejemplo, una escritura notarial, una orden de pago firme o una resolución de recomendación de cumplimiento).
3. Demanda de oposición a la ejecución | Procedimiento

La demanda de oposición a la ejecución se tramita conforme al procedimiento que se expone a continuación.
① Requisitos para interponer la demanda
La demanda de oposición a la ejecución puede interponerse incluso antes de que se expida la fórmula ejecutiva, siempre que el título ejecutivo ya se haya constituido y sea válido.
No obstante, deben tenerse en cuenta los siguientes principios:
-Si el procedimiento de ejecución todavía está en curso, puede interponerse la demanda de oposición a la ejecución
-Si la ejecución ya ha concluido, deben utilizarse otras vías jurídicas, como una reclamación de restitución del enriquecimiento injusto.
② Legitimación de las partes y representación procesal
Al igual que en un proceso civil ordinario, en una demanda de oposición a la ejecución solo las partes legitimadas pueden interponer la demanda o ser demandadas.
-La persona que figura como deudora en el título ejecutivo
-O su sucesor (heredero, persona que asume la deuda, etc.)
-La persona que figura como acreedora en el título ejecutivo
-O su sucesor o una persona facultada para solicitar la ejecución forzosa
-Aunque todavía no haya obtenido una fórmula ejecutiva por sucesión, estará legitimada como demandada si puede promover la ejecución en el futuro.
③ Tribunal competente
La competencia judicial para conocer de la demanda de oposición a la ejecución se rige por las normas de competencia aplicables a los procesos civiles ordinarios.
Por lo general, es competente el tribunal de distrito coreano correspondiente al domicilio del demandado. También pueden ser competentes el tribunal del lugar donde se encuentren los bienes o aquel ante el que se esté tramitando la ejecución.
④ Tramitación del proceso
La demanda de oposición a la ejecución se tramita del mismo modo que un proceso civil ordinario.
-Mediante las alegaciones y la defensa en juicio, el demandante (deudor) alega y prueba las causas de oposición
-El demandado (acreedor) las rebate y sostiene la validez del título ejecutivo
-El procedimiento también puede acumularse a otro proceso
※ Si la ejecución forzosa concluye durante la tramitación, el petitum puede modificarse para formular una reclamación de restitución del enriquecimiento injusto o de indemnización por daños y perjuicios.
⑤ Sentencia y sus efectos
Si el demandante obtiene un resultado favorable en la demanda de oposición a la ejecución, se producen los siguientes efectos jurídicos:
-Se extingue la fuerza ejecutiva del título y se restringe la expedición de la fórmula ejecutiva
-La ejecución forzosa que ya esté en curso puede suspenderse o cancelarse
-El deudor puede solicitar la paralización de la ejecución presentando una copia auténtica de la sentencia al agente de ejecución judicial del tribunal
4. Demanda de oposición a la ejecución | Estrategias según la posición de cada parte
Examinaremos las estrategias de respuesta de cada parte en una demanda de oposición a la ejecución.
▶Posición del deudor
Para impugnar la eficacia de un título ejecutivo no basta con formular meras alegaciones, sino que es importante obtener pruebas concretas y fiables.
Antes de interponer la demanda, también debe valorarse la presentación simultánea de una solicitud de suspensión de la ejecución.
Dado que la ejecución forzosa puede continuar durante el proceso, es necesario gestionar rigurosamente los plazos y responder con rapidez.
▶Posición del acreedor
Aunque se haya interpuesto una demanda de oposición a la ejecución, esta puede continuar mientras no se acuerde su suspensión.
Si las alegaciones del deudor son falsas o carecen de pruebas suficientes, será necesario rebatirlas de forma activa.
Debe prestarse atención para evitar que la demanda de oposición a la ejecución se utilice indebidamente como medio para retrasar el procedimiento.
Cuestiones prácticas y precauciones
✅ Procedencia de la suspensión de la ejecución
Si no se solicita la suspensión de la ejecución junto con la demanda de oposición a la ejecución, la ejecución forzosa puede llevarse a cabo válidamente mientras se tramita el litigio.
Por tanto, el cumplimiento de los requisitos para suspender la ejecución y la estimación de la solicitud por el tribunal constituyen cuestiones esenciales.
✅ Necesidad de motivos de derecho sustantivo
La demanda de oposición a la ejecución no puede fundarse únicamente en defectos procesales, sino que deben alegarse motivos como la extinción o inexistencia del crédito o la compensación.
Por ello, es necesario exponer de forma concreta los motivos de derecho sustantivo.
✅ Comprobación del cumplimiento y actuaciones posteriores
Aunque se obtenga un resultado favorable en la demanda de oposición a la ejecución, si la ejecución forzosa ya ha concluido pueden ser necesarias actuaciones jurídicas posteriores para revertir sus efectos, como una reclamación de restitución del enriquecimiento injusto o una demanda de oposición de un tercero.
✅ Riesgo de prolongación del litigio
Las demandas de oposición a la ejecución se prolongan con frecuencia debido al intenso conflicto de intereses en torno a la ejecución forzosa.
Es necesario tener en cuenta riesgos prácticos como el aumento de los costes y el deterioro de la solvencia derivados de la prolongación del litigio.
La demanda de oposición a la ejecución no es un mero procedimiento de impugnación, sino un litigio que exige valorar y acreditar minuciosamente las relaciones jurídicas sustantivas directamente vinculadas con la ejecución forzosa.
Por ello, la asistencia de un abogado con experiencia puede resultar especialmente conveniente en los siguientes casos.
-Cuando la relación crediticia en la que se basa el título ejecutivo sea compleja o exista un acuerdo entre las partes
-Cuando sea necesario solicitar la suspensión de la ejecución de forma paralela al litigio
-Cuando la respuesta del acreedor sea rápida y firme
-Cuando la prolongación del litigio requiera una respuesta estratégica
El despacho cuenta con abogados con experiencia en diversos asuntos relacionados con demandas de oposición a la ejecución y, mediante un equipo específico para cada cliente, examina estrategias para acreditar la inexistencia del crédito y la posibilidad de que se estime la suspensión de la ejecución, y presta servicios jurídicos integrales.
Para facilitar el acceso a los servicios jurídicos, mantiene oficinas en distintas regiones de la República de Corea y ofrece un sistema de atención disponible 24 horas al día, 365 días al año, así como consultas no presenciales por videoconferencia.
Las consultas pueden solicitarse por el medio que resulte más conveniente.








