CIVIL PROCEDURE

Procedimientos en casos civiles

Desde la presentación de la demanda hasta la sentencia y la ejecución forzosa, esta guía explica paso a paso el orden en que los tribunales tramitan los casos civiles.

Empiece por su situación

Elija su posición y haga clic en la situación que le corresponda. Se abrirá directamente el paso correspondiente del procedimiento.


Plazo: Apelación 2 semanas
Lista

Civil 05Objecting to a Payment Order or Recommendation of Performance

Procedimiento cuando recibe una orden de pago o una decisión de recomendación de cumplimiento

Este es el procedimiento que sigue cuando recibe del tribunal una orden de pago o una decisión de recomendación de cumplimiento que le indica que «pague el dinero».Explica cómo presentar una oposición dentro de 2 semanas y discutir el caso en juicio. Si no cumple este plazo, la orden queda firme tal cual aunque el importe sea incorrecto, así que actúe rápido desde el día en que la reciba.

¿En qué paso se encuentra?

Seleccione su paso actual y su contenido aparecerá a continuación.

  1. 1Recepción de la copia auténtica o de la decisión
  2. 2Decidir si admite
  3. 3Presentación del escrito de oposición
  4. 4Conversión en demanda / fijación de la fecha de vista
  5. 5Presentación de la contestación y las pruebas
  6. 6Vista / conciliación
  7. 7Pronunciamiento de la sentencia / apelación

Diagrama del procedimiento

Haga clic en un recuadro para ver su explicación abajo.

  • Paso básico
  • Acción adicional / opción
  • Rechazo / oposición
  • Fin del procedimiento
2 semanas
Plazo de contestación (según las instrucciones del tribunal)
Ahora
STEP 1Parte

Recepción de la copia auténtica o de la decisión

Usted recibe por correo desde el tribunal la copia auténtica de una orden de pago o una copia certificada de una decisión de recomendación de cumplimiento. La fecha de recepción es la base del plazo de 2 semanas, así que regístrela y compruebe el acreedor, el importe reclamado y la causa de la pretensión indicados en el documento.Las órdenes de pago y las decisiones de recomendación de cumplimiento no pueden notificarse por edictos (Ley de Procedimiento Civil, art. 466(2); Ley de Juicios de Menor Cuantía, art. 5-3(3)).

Siguiente: Decidir si admite

Explicación

Llega por correo desde el tribunal una orden o decisión que le indica que «pague tanto». Anote la fecha de recepción y compruebe quién le pide cuánto y por qué.El día de recepción es la base del plazo de oposición. Las órdenes de pago y las decisiones de recomendación de cumplimiento no pueden enviarse mediante publicación en el tablón del tribunal (notificación por edictos).

Duración
El tiempo desde la oposición hasta la conversión en demanda y la sentencia varía en cada caso, así que consulte el estado con el tribunal que tramita el caso
Coste
La oposición en sí es gratuita; al convertirse en demanda, la diferencia de la tasa de timbre la asume el acreedor; gastos de la contestación y de asistencia, y honorarios del abogado

Guía del procedimiento

Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.

  1. 1

    Usted recibe del tribunal la copia auténtica de una orden de pago o una copia certificada de una decisión de recomendación de cumplimiento de menor cuantía. El día de recepción es el punto de partida del plazo de 2 semanas, así que anote la fecha de recepción y compruebe el acreedor, el importe reclamado y la causa de la pretensión. Las órdenes de pago y las decisiones de recomendación de cumplimiento no pueden enviarse mediante notificación por edictos (sustituir la entrega por una publicación en el tribunal) (Ley de Procedimiento Civil, art. 466(2); Ley de Juicios de Menor Cuantía, art. 5-3(3)).

  2. 2

    Si la pretensión está justificada, pague o acuerde con el acreedor un pago a plazos (pagar por partes). Si el importe es incorrecto, ya ha pagado o solo admite una parte, prepare una oposición. Aunque lo admita todo, tras la firmeza vendrá la ejecución forzosa si no puede pagar, así que es necesario llegar a un acuerdo.

  3. 3

    Presente un escrito de oposición ante ese tribunal dentro de las 2 semanas siguientes al día de recepción de la copia auténtica o de la decisión (Ley de Procedimiento Civil, art. 470 y art. 472; Ley de Juicios de Menor Cuantía, art. 5-4). Basta con escribir que «se opone»; no se adjunta timbre (tasa), y también puede presentarlo por vía electrónica. Si pasan 2 semanas, adquiere el mismo efecto que una sentencia firme, y sus depósitos y salarios pueden ser embargados sin certificado de ejecución (Ley de Juicios de Menor Cuantía, art. 5-7). A partir de entonces, solo podrá impugnarla mediante una demanda de oposición a la ejecución.

  4. 4

    Cuando se presenta una oposición, la orden de pago pierde su efecto y la demanda se considera presentada en el momento en que se solicitó la orden de pago, de modo que el caso pasa a un proceso civil ordinario (Ley de Procedimiento Civil, art. 472). Cuando el acreedor paga la diferencia de la tasa de timbre, cambia el número de caso. Si el acreedor no paga o retira la demanda, el caso termina. En el caso de una decisión de recomendación de cumplimiento, se fija de inmediato una fecha de vista una vez presentada la oposición.

  5. 5

    Cuando el caso pasa a ser una demanda, el tribunal le envía instrucciones. Presente una contestación dentro del plazo indicado en las instrucciones. Si ya pagó, presente los registros de depósitos; si solo admite una parte, la base de su cálculo; si ha transcurrido la prescripción extintiva, materiales sobre cuándo se realizó la operación. En los casos de menor cuantía la regla es 1 vista, así que prepare todas las pruebas antes de la primera vista.

  6. 6

    En la vista, ambas partes presentan alegaciones y pruebas, y el tribunal puede recomendar una conciliación (un acuerdo). En los casos de menor cuantía, su cónyuge, un pariente consanguíneo en línea directa o un hermano puede asistir en su lugar sin abogado. Si se llega a un acuerdo, el caso termina con un acta de conciliación, que puede incluir condiciones de pago a plazos. El acta de conciliación tiene el mismo efecto que una sentencia firme, así que si no cumple las condiciones, puede producirse una ejecución forzosa.

  7. 7

    Cuando terminan los debates, se dicta la sentencia. Puede apelar dentro de las 2 semanas siguientes al día de recepción de la sentencia escrita (Ley de Procedimiento Civil, art. 396). El recurso de casación (juicio ante el Tribunal Supremo) en un caso de menor cuantía se limita a los supuestos en que fue errónea la apreciación de si una ley o un reglamento vulnera la Constitución o las leyes, o en que la sentencia contradice la jurisprudencia del Tribunal Supremo (Ley de Juicios de Menor Cuantía, art. 3). Si no apela dentro de 2 semanas, queda firme y el acreedor puede llevar a cabo la ejecución forzosa.

    Paso actual

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

  • 2 semanasPaso 3 Presentación del escrito de oposición
  • Plazo de contestación (según las instrucciones del tribunal)Paso 5 Presentación de la contestación y las pruebas
  • Apelación 2 semanasPaso 7 Pronunciamiento de la sentencia / apelación

Preparación y comprobaciones

  • Anote la fecha en que recibió la copia auténtica o la decisión y calcule la fecha 2 semanas después. Si la deja pasar, queda firme tal cual.
  • Compruebe el importe y la causa de la pretensión, y calcule los registros de depósitos de lo que ya pagó y el importe que admite en parte. Serán la base de su oposición y de su contestación.
  • Presente un escrito de oposición dentro de las 2 semanas siguientes al día de recepción (los motivos pueden completarse más adelante). Basta con escribir que «se opone».
  • Cuando el caso pase a ser una demanda, presente una contestación dentro del plazo siguiendo las instrucciones del tribunal. Si no presenta alegaciones y pruebas, puede perder.
  • En los casos de menor cuantía, prepare todas las pruebas y los testigos antes de la primera vista. La regla es una sola ronda de debates (el procedimiento de exponer las alegaciones ante el tribunal).
  • Decida dentro de las 2 semanas siguientes al día en que recibió la sentencia escrita si apela. Pasado el plazo, la sentencia queda firme.

Cuándo necesita un abogado

En estos casos necesita la ayuda de un abogado de inmediato: cuando el plazo de 2 semanas está cerca, o cuando quiere alegar que ya pagó o que ha transcurrido la prescripción extintiva (el plazo durante el cual puede ejercerse un derecho).

Lo mismo ocurre cuando han pasado 2 semanas, la orden ha quedado firme y necesita considerar una demanda de oposición a la ejecución. Tras la firmeza, debe presentar una demanda aparte y además obtener la suspensión de la ejecución, lo que cuesta mucho más tiempo y dinero.

Posición actual (7/7)

Paso 7 · Pronunciamiento de la sentencia / apelación

Qué hacer ahora

Cuando termina el juicio, se dicta una sentencia. Puede apelar (pedir a un tribunal superior un nuevo juicio) dentro de las 2 semanas siguientes al día en que recibió la sentencia.

Pasadas 2 semanas, queda firme y la otra parte puede llevar a cabo la ejecución forzosa.

  • Decida dentro de las 2 semanas siguientes al día en que recibió la sentencia escrita si apela. Pasado el plazo, la sentencia queda firme.

Qué viene después

Este es el último paso.

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

  • Apelación 2 semanasPaso 7 Pronunciamiento de la sentencia / apelación

    Fundamento: Ley de Procedimiento Civil, art. 396

Cuándo recurrir a un abogado

En estos casos necesita la ayuda de un abogado de inmediato: cuando el plazo de 2 semanas está cerca, o cuando quiere alegar que ya pagó o que ha transcurrido la prescripción extintiva (el plazo durante el cual puede ejercerse un derecho).

Lo mismo ocurre cuando han pasado 2 semanas, la orden ha quedado firme y necesita considerar una demanda de oposición a la ejecución. Tras la firmeza, debe presentar una demanda aparte y además obtener la suspensión de la ejecución, lo que cuesta mucho más tiempo y dinero.

7 / 7

Preguntas frecuentes

Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.

Q¿Dónde presento la oposición? ¿Hay un formulario? ¿Puedo hacerlo por internet?
Preséntela ante el tribunal que le envió la orden de pago o la decisión de recomendación de cumplimiento. El formulario está disponible en el sitio web de litigación electrónica o en la oficina de asuntos civiles del tribunal, y basta con escribir el número de caso y que «presento oposición».También puede hacerlo por internet. Si se registra como usuario en el sitio web de litigación electrónica, puede presentarla desde casa.
Q¿Cuesta dinero presentar una oposición?
La oposición en sí no requiere tasa de timbre (tasa judicial). Si el caso pasa a ser una demanda tras la oposición, el acreedor paga la diferencia respecto a la tasa de timbre de la demanda, y el deudor solo asume los gastos de presentar la contestación y de asistir.Sin embargo, si pierde en el juicio, puede tener que asumir parte de las costas del proceso.
Q¿Tengo que oponerme aunque solo admita una parte?
Sí, debe hacerlo. Si no se opone, queda firme la totalidad del importe indicado.En la oposición o en la contestación, escriba por separado el importe que admite y el importe que impugna, y adjunte la base de su cálculo. Otra opción es pagar primero la parte admitida y presentar el justificante del depósito como prueba.
QYa pagué todo el dinero, pero me ha llegado una orden de pago. ¿Qué debo hacer?
Presente una oposición dentro de las 2 semanas siguientes al día en que la recibió y adjunte a su contestación los registros de depósitos y los recibos. Si deja pasar 2 semanas y queda firme, deberá alegar que «ya pagué» mediante una demanda de oposición a la ejecución (una demanda aparte para detener la ejecución).Mientras tanto puede producirse un embargo. Aunque sus pruebas del pago sean claras, respete sin falta el plazo de oposición.
QYa han pasado las 2 semanas. ¿No puedo hacer nada?
Como la orden de pago o la decisión de recomendación de cumplimiento ha quedado firme, ya no puede impugnarla con una oposición. La opción que queda es presentar una demanda de oposición a la ejecución y solicitar la suspensión de la ejecución forzosa (detener la ejecución).En una demanda de oposición a la ejecución contra una orden de pago o una decisión de recomendación de cumplimiento, también puede alegar motivos surgidos antes de la firmeza (como haber pagado ya). En esto se diferencia de una sentencia firme.Sin embargo, debe presentar una demanda aparte, y mientras tanto la ejecución puede seguir adelante. Por eso, lo mejor es consultar de inmediato a un abogado. También hay casos en que no cumplió el plazo porque no recibió los documentos sin culpa propia.En ese caso, puede presentar una oposición subsanada posteriormente (una oposición presentada tarde, después de vencido el plazo) dentro de las 2 semanas siguientes al día en que cesó esa causa. El tribunal decide si realmente no tuvo culpa.
Q¿Puedo hacerlo solo, sin abogado?
Una oposición puede ser de una sola línea, así que puede hacerla solo. Demostrar con pruebas en la demanda posterior que ya pagó o que el importe es incorrecto también es posible solo, si sus materiales son claros.En los casos de menor cuantía, un familiar también puede asistir en su lugar. Sin embargo, si debe discutir la prescripción extintiva o la interpretación de un contrato, es más seguro contar con la ayuda de un abogado.

Cuándo necesita un abogado

  • El plazo de 2 semanas se cuenta desde «el día de recepción». Pasadas 2 semanas, queda firme tal cual, aunque el importe sea incorrecto.
  • La oposición no niega la deuda; significa «lo discutiré en juicio». Por eso, aunque solo admita una parte o ya haya pagado, opóngase primero.
  • Si el caso pasa a ser una demanda tras la oposición y se estima la pretensión del acreedor, puede tener que asumir parte de las costas del proceso.
  • Incluso después de la firmeza, puede alegar motivos surgidos antes de la firmeza (como haber pagado ya) en una demanda de oposición a la ejecución (Ley de Ejecución Civil, art. 58(3)), pero debe presentar una demanda aparte y además obtener la suspensión de la ejecución forzosa, lo que cuesta más tiempo y dinero. Por eso, presentar una oposición dentro de 2 semanas es mucho más ventajoso.

Leyes relacionadas

  • Ley de Procedimiento Civil, artículo 470 (efectos de la oposición a una orden de pago), artículo 472 (paso a demanda), artículo 256 (presentación de la contestación), artículo 396 (plazo de apelación de 2 semanas)
  • Ley de Juicios de Menor Cuantía, artículo 5-3 (decisión de recomendación de cumplimiento), artículo 5-4 (oposición), artículo 5-7 (efectos de la decisión de recomendación de cumplimiento)

Procedimiento cuando recibe una orden de pago o una decisión de recomendación de cumplimiento,
¿Quiere saber cómo avanzará su propio caso?

Solicitar consulta con un abogado
Quick Menu

Chat