Arbitraje 02International Arbitration
Procedimiento de arbitraje internacional
Este es el procedimiento cuando se ha iniciado un arbitraje porque un contrato con una empresa extranjera contiene una cláusula de arbitraje internacional de la Junta Coreana de Arbitraje Comercial (KCAB International). El mismo flujo se aplica tanto si la empresa es la parte que presenta el arbitraje (demandante) como si es la parte contra la que se presenta (demandada).Salvo acuerdo en contrario de las partes, el Reglamento de Arbitraje Internacional de 2026 se aplica a los casos presentados a partir del 1 de enero de 2026. Abarca los pasos desde la presentación, la constitución del tribunal (los árbitros que llevan el caso) y las audiencias hasta el laudo final, la anulación del laudo y el reconocimiento y la ejecución en Corea y en el extranjero. Explica lo que ocurre en cada paso y lo que debe hacer la empresa.
¿En qué paso se encuentra?
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- 1Solicitud de arbitraje y notificación a la demandada
- 2Presentación de la contestación y reconvención
- 3Objeción a la competencia
- 4Nominación de árbitros y constitución del tribunal
- 5Recusación de un árbitro
- 6Conferencia de gestión del caso y calendario procesal
- 7Intercambio de escritos, pruebas y audiencias
- 8Laudo final
- 9Corrección y laudo adicional tras el laudo; acción de anulación; reconocimiento y ejecución
Diagrama del procedimiento
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- Paso básico
- Acción adicional / opción
- Rechazo / oposición
- Fin del procedimiento
Solicitud de arbitraje y notificación a la demandada
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §1, §5, §8 · Reglamento de Arbitraje Internacional §29, §54.4, §55.2 / Apéndices 1 y 2
Una vez cumplido el contenido obligatorio de la solicitud y pagada la tasa de presentación, la Secretaría envía la solicitud y las pruebas documentales relacionadas a la demandada y notifica a ambas partes la fecha de presentación (Reglamento de Arbitraje Internacional §8.5). El arbitraje comienza en la fecha en que la Secretaría recibe la solicitud (§8.6).Los plazos se cuentan desde el día siguiente a la llegada de la notificación, etc., y si el último día es festivo o inhábil en el domicilio o establecimiento del destinatario, el plazo vence el primer día hábil siguiente (§5.3). Salvo acuerdo en contrario de las partes, el Reglamento de Arbitraje Internacional de 2026 se aplica a los casos presentados a partir del 1 de enero de 2026 (la fecha de entrada en vigor) (§1.9).
Siguiente: Presentación de la contestación y reconvenciónExplicación
La demandante presenta la solicitud y las pruebas documentales y paga la tasa de presentación. La Secretaría del Centro de Arbitraje Internacional de la KCAB envía entonces la solicitud y las pruebas documentales a la demandada y notifica a ambas partes la fecha de presentación. El arbitraje se considera iniciado en la fecha en que la Secretaría recibe la solicitud.Los plazos del Reglamento se cuentan desde el día siguiente a la llegada de la notificación. Si el último día es festivo o inhábil en el lugar donde se encuentra el destinatario, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente.Los plazos de la contestación y de la nominación de árbitros empiezan desde la fecha en que se le notifica la solicitud. Así que anote de inmediato la fecha de notificación.
- Duración
- El procedimiento ordinario varía según el caso, así que consúltelo en el calendario procesal y en la guía de la Secretaría; en el procedimiento abreviado el laudo se dicta en un plazo de 6 meses tras la constitución del tribunal; las acciones de anulación y los procedimientos de reconocimiento y ejecución son aparte
- Coste
- Las costas del arbitraje consisten en la tasa de presentación (de KRW 200.000 a KRW 2 millones según la cuantía en disputa, no reembolsable), la tasa administrativa (según la cuantía en disputa, con un tope de KRW 150 millones), y los honorarios y gastos de los árbitros; salvo decisión en contrario, los depósitos los pagan a partes iguales la demandante y la demandada; las costas finales del arbitraje las soporta en principio la parte vencida, pero el tribunal puede repartirlas de otro modo; los honorarios de abogados, los costos de traducción y los costos de los procedimientos judiciales son aparte
Guía del procedimiento
Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.
- 1
Cuando se recibe la solicitud, la Secretaría lo notifica a la demandada (Reglamento de Arbitraje Internacional §8). Los plazos se cuentan desde el día siguiente a la llegada de la notificación, y si el último día es festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil (§5.3). Si hay que detener algo con urgencia antes de que se constituya el tribunal, puede solicitar un árbitro de emergencia. El árbitro de emergencia decide en un plazo de 15 días desde su designación, así que se usa para asuntos que no pueden esperar a que se constituya el tribunal.
Paso actual - 2
La demandada presenta una contestación en un plazo de 30 días desde que se le notifica la solicitud (§9.1). La reconvención se presenta junto con la contestación (§9.5). Solo es posible una prórroga si presenta una solicitud de prórroga que contenga opiniones sobre el número y la designación de árbitros o una nominación de árbitro (§9.2). Así que, si le falta tiempo, presente primero esta solicitud dentro del plazo.
- 3
La objeción a la competencia se plantea a más tardar al presentar la contestación (o la contestación a la reconvención) (§26). Si el tribunal se excede en sus facultades, objete en un plazo de 15 días desde la fecha en que ocurrió. Si vence el plazo, puede perder el derecho a objetar, así que revise la validez y el alcance del convenio arbitral antes de redactar su contestación.
- 4
Si no hay acuerdo sobre el número de árbitros, la regla es un árbitro único (§11). Si se acuerda un árbitro único, las partes lo nominan conjuntamente en un plazo de 30 días tras la notificación; para un tribunal de 3 miembros, si se acuerda, cada parte nomina 1 en la solicitud y en la contestación, y si la Corte decide que sean 3 miembros, cada parte nomina 1 en un plazo de 15 días respectivamente (§12, §13). Si no nomina, la Corte designa en su lugar. Según la cuantía en disputa, puede aplicarse el procedimiento abreviado (para convenios a partir de la fecha de entrada en vigor, más de KRW 500 millones y hasta KRW 4 mil millones, laudo en un plazo de 6 meses tras la constitución del tribunal) o el procedimiento simplificado (KRW 500 millones o menos, nominación en un plazo de 5 días, laudo en 3 meses), así que compruebe primero la fecha del contrato y la cuantía.
- 5
La recusación de un árbitro se presenta en un plazo de 15 días desde que recibe el aviso de la confirmación o designación del árbitro, o desde la fecha en que tuvo conocimiento del motivo (§14.3). Si la sede del arbitraje es Corea y no se acepta la recusación, puede volver a solicitarla ante un tribunal coreano en un plazo de 30 días desde que recibe la notificación (Ley de Arbitraje §14(3)).
- 6
El tribunal celebra una conferencia de gestión del caso y fija el calendario procesal, y los plazos del calendario pueden modificarse tras oír las opiniones de las partes (§18.3, §18.4). Así que tenga en cuenta en la discusión del calendario el tiempo necesario para reunir documentos internos, traducir y preparar a los testigos. La mediación puede seguirse en paralelo en cualquier momento y, salvo acuerdo en contrario, puede desarrollarse a la vez que el arbitraje (§16.6).
- 7
Según el calendario procesal, se intercambian escritos y pruebas y se celebran audiencias (§19, §27, §31, §32). El plazo para escritos adicionales fijado por el tribunal no supera los 45 días salvo acuerdo o decisión en contrario (§19.2). Si la pretensión o la defensa de la otra parte es claramente insostenible, puede solicitar una resolución anticipada (§36) lo antes posible tras formularse esa pretensión o defensa.
- 8
El proyecto de laudo se presenta al Secretario General en un plazo de 60 días desde la fecha de la última audiencia o la del último escrito, la que sea posterior, y el laudo firmado se presenta en un plazo de 15 días tras la revisión (§39.2). Un laudo con sede en Corea tiene el mismo efecto que una sentencia judicial firme (Ley de Arbitraje §35). La fecha en que recibe el laudo es el punto de partida de los plazos para un laudo adicional y una acción de anulación, así que anótela de inmediato.
- 9
Solicite la corrección de errores o la interpretación del laudo, o un laudo adicional sobre pretensiones omitidas, en un plazo de 30 días desde que recibe el laudo (§42.2, §43.1). Si la sede del arbitraje es Corea, puede presentar una acción de anulación del laudo en un plazo de 3 meses desde que recibe la copia auténtica (Ley de Arbitraje §36); si está en el extranjero, se aplica la ley de ese país. Para ejecutar un laudo extranjero en Corea, compruebe si se aplica la Convención de Nueva York y solicite el reconocimiento y la ejecución (§39).
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 30 díasPaso 2 Presentación de la contestación y reconvención
- A más tardar en la contestación / 15 díasPaso 3 Objeción a la competencia
- 30 días / 15 díasPaso 4 Nominación de árbitros
- 15 díasPaso 5 Recusación de un árbitro
- 60 díasPaso 8 Presentación del proyecto de laudo
- 30 días / 3 mesesPaso 9 Solicitud de corrección, interpretación o laudo adicional / acción de anulación (sede en Corea)
Preparación y comprobaciones
- Compruebe en la cláusula arbitral del contrato la institución arbitral, la sede, el idioma y el reglamento aplicable, y la fecha del contrato. Los umbrales del procedimiento abreviado y del simplificado dependen de la fecha del contrato.
- Anote la fecha en que se le notificó la solicitud y controle el plazo de contestación de 30 días. Si necesita una prórroga, presente dentro del plazo una solicitud de prórroga que contenga opiniones sobre el número y la designación de árbitros o una nominación de árbitro.
- Investigue con antelación los antecedentes e intereses de los árbitros candidatos que va a nominar. Si no nomina dentro del plazo, la Corte designa en su lugar.
- Antes de discutir el calendario procesal, calcule el tiempo necesario para reunir documentos, traducir y preparar a los testigos. Una vez fijado, el calendario pasa a ser la base de los plazos posteriores.
- Compruebe la sede del arbitraje y el país donde están los bienes de la otra parte, y decida sobre una acción de anulación o la forma de reconocimiento y ejecución. El tribunal ante el que puede impugnar y los plazos varían según la sede.
Cuándo necesita un abogado
Necesita de inmediato la ayuda de un abogado en casos como estos: cuando se le ha notificado una solicitud de arbitraje internacional y corre el plazo de contestación (30 días), o cuando debe nominar un árbitro.
Lo mismo ocurre cuando se necesitan medidas provisionales urgentes antes de que se constituya el tribunal. También cuando ha recibido un laudo y necesita considerar su anulación o su ejecución en el extranjero.
En el arbitraje internacional, la forma de impugnar varía según la sede del arbitraje. Por eso debe fijar pronto su estrategia procesal para mantener abiertas sus opciones.

Posición actual (1/9)
Paso 1 · Solicitud de arbitraje y notificación a la demandada
Qué hacer ahora
La demandante presenta la solicitud y las pruebas documentales y paga la tasa de presentación. La Secretaría del Centro de Arbitraje Internacional de la KCAB envía entonces la solicitud y las pruebas documentales a la demandada y notifica a ambas partes la fecha de presentación.
El arbitraje se considera iniciado en la fecha en que la Secretaría recibe la solicitud.
Los plazos del Reglamento se cuentan desde el día siguiente a la llegada de la notificación. Si el último día es festivo o inhábil en el lugar donde se encuentra el destinatario, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente.
Los plazos de la contestación y de la nominación de árbitros empiezan desde la fecha en que se le notifica la solicitud. Así que anote de inmediato la fecha de notificación.
- Compruebe en la cláusula arbitral del contrato la institución arbitral, la sede, el idioma y el reglamento aplicable, y la fecha del contrato. Los umbrales del procedimiento abreviado y del simplificado dependen de la fecha del contrato.
Qué viene después
Paso 2 · Presentación de la contestación y reconvención
La demandada debe presentar una contestación en un plazo de 30 días desde que se le notifica la solicitud. Si la empresa también tiene pretensiones contra la otra parte, presenta una reconvención junto con la contestación.
El plazo de contestación no se prorroga a voluntad. Solo se prorroga si presenta una solicitud de prórroga.
Esta solicitud debe contener opiniones sobre el número y el método de designación de los árbitros, o una nominación de árbitro. Así que, si le falta tiempo, cumpla primero este requisito.
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 30 díasPaso 2 Presentación de la contestación y reconvención
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §9
- A más tardar en la contestación / 15 díasPaso 3 Objeción a la competencia
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §26 / Ley de Arbitraje §2, §17
- 30 días / 15 díasPaso 4 Nominación de árbitros
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §11, §12, §13
- 15 díasPaso 5 Recusación de un árbitro
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §14
- 60 díasPaso 8 Presentación del proyecto de laudo
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §37, §39, §40, §41 / Ley de Arbitraje §35
- 30 días / 3 mesesPaso 9 Solicitud de corrección, interpretación o laudo adicional / acción de anulación (sede en Corea)
Fundamento: Reglamento de Arbitraje Internacional §42, §43 / Ley de Arbitraje §2, §36, §37, §38, §39
Cuándo recurrir a un abogado
Necesita de inmediato la ayuda de un abogado en casos como estos: cuando se le ha notificado una solicitud de arbitraje internacional y corre el plazo de contestación (30 días), o cuando debe nominar un árbitro.
Lo mismo ocurre cuando se necesitan medidas provisionales urgentes antes de que se constituya el tribunal. También cuando ha recibido un laudo y necesita considerar su anulación o su ejecución en el extranjero.
En el arbitraje internacional, la forma de impugnar varía según la sede del arbitraje. Por eso debe fijar pronto su estrategia procesal para mantener abiertas sus opciones.
Preguntas frecuentes
Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.
- Q¿En qué se diferencia el arbitraje internacional del arbitraje nacional?
- En una controversia con una empresa extranjera, si hay una cláusula de arbitraje internacional, el caso se tramita conforme al Reglamento de Arbitraje Internacional de la KCAB. El arbitraje internacional se desarrolla según un calendario procesal que el tribunal (los árbitros que llevan el caso) fija tras una conferencia de gestión del caso. Si las partes no han acordado el idioma del arbitraje, el tribunal lo decide teniendo en cuenta el idioma del contrato, etc.Además, el tribunal judicial y la forma de impugnar el laudo varían según dónde esté la sede del arbitraje. Así que compruebe primero la sede del arbitraje en la cláusula arbitral.
- Q¿Cuándo se aplican el procedimiento abreviado y el procedimiento simplificado?
- Según el Reglamento de Arbitraje Internacional de 2026, el umbral del procedimiento abreviado depende de cuándo se celebró el contrato. Para los convenios arbitrales celebrados antes de la fecha de entrada en vigor, es una cuantía en disputa de KRW 500 millones o menos.Para los convenios celebrados a partir de la fecha de entrada en vigor, es de más de KRW 500 millones y hasta KRW 4 mil millones. Para los convenios celebrados a partir de la fecha de entrada en vigor con una cuantía en disputa de KRW 500 millones o menos, se aplica el procedimiento simplificado.El procedimiento simplificado no se aplica a los convenios celebrados antes de la fecha de entrada en vigor. La cuantía en disputa se calcula sumando los importes de la demanda y de la reconvención.Si las partes lo acuerdan, puede aplicarse con independencia de la cuantía (salvo que el procedimiento simplificado excluye los casos con convenios celebrados antes de la fecha de entrada en vigor). A la inversa, no se aplica si las partes acuerdan no aplicarlo o si el Secretario General lo considera inadecuado.
- Q¿Podemos detener con urgencia la conducta de la otra parte antes de que se constituya el tribunal?
- Puede solicitar un árbitro de emergencia. La solicitud solo se admite después de pagar por adelantado la tasa administrativa (KRW 5 millones) y los honorarios del árbitro de emergencia.El Presidente de la Corte designa al árbitro de emergencia en un plazo de 2 días desde la recepción. El árbitro de emergencia decide en un plazo de 15 días desde su designación.Sin embargo, si el tribunal no se constituye en un plazo de 3 meses desde que se concede la medida, la medida de emergencia pierde su efecto. Así que también debe seguir adelante con la solicitud principal de arbitraje y la constitución del tribunal.
- Q¿Puede ejecutarse en Corea un laudo arbitral dictado en el extranjero?
- Sí, puede. Solicite a un tribunal coreano el reconocimiento y la ejecución. Si el laudo está comprendido en la Convención de Nueva York (el tratado sobre el reconocimiento de laudos arbitrales extranjeros), el tribunal decide conforme a esa Convención.Si no se aplica la Convención de Nueva York, se aplican por analogía las disposiciones de la Ley de Procedimiento Civil y de la Ley de Ejecución Civil sobre el reconocimiento de sentencias extranjeras. En esta etapa, la otra parte puede impugnar alegando motivos de denegación del reconocimiento y la ejecución.
- QSi el laudo nos es desfavorable, ¿dónde lo impugnamos?
- Si la sede del arbitraje es Corea, presente una acción de anulación del laudo arbitral (la decisión de los árbitros) ante un tribunal coreano en un plazo de 3 meses desde que recibe la copia auténtica del laudo. Si la sede está en el extranjero, debe seguir la ley y los tribunales de ese país. Ante los tribunales coreanos, solo puede impugnarlo en la etapa de reconocimiento y ejecución, cuando la otra parte intenta ejecutarlo en Corea.Los motivos de anulación se limitan a los previstos por la ley, como la invalidez del convenio arbitral, las infracciones de procedimiento y la violación del orden público (el orden social y la moral). Así que revise primero si hubo defectos de procedimiento.
Cuándo necesita un abogado
- Salvo acuerdo en contrario de las partes, el Reglamento de Arbitraje Internacional de 2026 se aplica a los casos presentados a partir del 1 de enero de 2026. Los umbrales de cuantía del procedimiento abreviado y del simplificado dependen de si el convenio arbitral se celebró antes o después de la fecha de entrada en vigor del Reglamento, así que asegúrese de comprobar la fecha del contrato.
- Los plazos del Reglamento se cuentan desde el día siguiente a la llegada de la notificación, y si el último día es festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Se suceden plazos cortos, como la contestación (30 días), la nominación de árbitros (15 o 30 días), la recusación (15 días) y la corrección, interpretación o laudo adicional (30 días), así que anote las fechas de recepción a medida que avanza.
- La forma de impugnar o ejecutar el laudo depende de la sede del arbitraje y del país donde estén los bienes de la otra parte. Si la sede es Corea, se aplica la acción de anulación del §36 de la Ley de Arbitraje (3 meses), y la Convención de Nueva York puede aplicarse a la ejecución de un laudo extranjero en Corea.
Leyes relacionadas
- Ley de Arbitraje, artículo 2 (ámbito de aplicación), artículo 7 (tribunal competente), artículo 14 (procedimiento de recusación), artículo 17 (competencia del tribunal arbitral), artículo 31 (transacción), artículo 35 (efecto del laudo), artículo 36 (acción de anulación del laudo), artículo 37 y artículo 38 (reconocimiento y ejecución), artículo 39 (laudos arbitrales extranjeros)
- Reglamento de Arbitraje Internacional de la KCAB de 2026 (vigente desde el 1 de enero de 2026 (1-1-2026)), artículo 1, artículo 5, artículo 8, artículo 9, artículos 11 a 14, artículo 16, artículo 18, artículo 19, artículo 26, artículo 27, artículos 31 a 33, artículos 36 a 43, artículos 45 a 55, Apéndice 1 (tasa de presentación y tasa administrativa), Apéndice 3 (árbitro de emergencia)
- Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Convención de Nueva York), Ley de Procedimiento Civil, artículo 217, Ley de Ejecución Civil, artículo 26 y artículo 27

Procedimiento de arbitraje internacional,
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