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Casos y Resultados

Declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Inexistencia de la relación paterno-filial | Se acreditó la ausencia de vínculo biológico mediante una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Con la asistencia prestada al cliente que solicitó interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, el abogado especializado en asuntos de familia del despacho acreditó que dicha relación no existía.

CONTENIDO
  • 1. Cliente que acudió para interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Asistencia del abogado especializado en asuntos de familia en la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Resultado de la asistencia en la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
  • 2. Concepto y procedimiento de la inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Supuestos en los que resulta necesaria una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Procedimiento de la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
  • 3. Pruebas y actuaciones para una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Pruebas necesarias en una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial
    • - Demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, cuando se necesita asistencia jurídica

1. Cliente que acudió para interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Inexistencia de la relación paterno-filial | Se acreditó la ausencia de vínculo biológico mediante una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

El cliente que acudió para interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial había contraído matrimonio con otra persona tras divorciarse de su cónyuge y continuaba con su vida matrimonial.

Posteriormente, el cliente descubrió que en el registro coreano de relaciones familiares figuraba como hijo suyo un menor con quien no tenía ningún vínculo biológico.

El cliente y su excónyuge se habían divorciado 5 años antes y habían comenzado a vivir separados, pero la fecha de nacimiento del menor inscrito en el registro de relaciones familiares correspondía a 4 años antes.

Por ello, con el fin de corregir la relación paterno-filial falsa, el cliente solicitó la asistencia del abogado especializado en asuntos de familia de este despacho para interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial.

Asistencia del abogado especializado en asuntos de familia en la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

El abogado especializado en asuntos de familia se centró en acreditar que no existía una relación paterno-filial efectiva conforme al artículo 865 de la Ley Civil de la República de Corea.

Ley Civil de la República de Corea, artículo 865 (demanda para declarar la existencia o inexistencia de una relación paterno-filial por otros motivos)

① Las personas que puedan interponer una demanda conforme a los artículos 845, 846, 848, 850, 851, 862 y 863 podrán interponer una demanda para declarar la existencia o inexistencia de una relación paterno-filial por otros motivos.


En consecuencia, propuso realizar una prueba genética, solicitar una orden para someterse a ella y examinar los fundamentos jurídicos pertinentes.

Asistencia del abogado especializado en asuntos de familia ① Acreditación de la relación paterno-filial falsa

En primer lugar, se realizó una prueba genética para negar la relación paterno-filial falsa.

Los resultados permitieron acreditar claramente que no existía una relación paterno-filial entre el cliente y el demandado y se utilizaron como prueba relevante en la demanda de declaración de inexistencia de dicha relación.

Asistencia del abogado especializado en asuntos de familia ② Acreditación de las circunstancias existentes en el momento del nacimiento

Para acreditar que el cliente y su excónyuge se habían divorciado de mutuo acuerdo 5 años antes, se presentaron la declaración de divorcio y copias certificadas del registro, entre otros documentos.

De este modo, se alegó que, cuando el demandado nació 4 años antes, el cliente y su excónyuge ya se habían divorciado y vivían separados, y se destacó que el cliente no tenía ninguna relación con el nacimiento del demandado.

Asistencia del abogado especializado en asuntos de familia ③ Acreditación del interés legítimo en obtener una declaración judicial

Se expusieron las posibles consecuencias desfavorables para el cliente en materia de sucesiones y deudas derivadas de la inscripción falsa en el registro de relaciones familiares y se alegó que existía un motivo efectivo consistente en «eliminar la incertidumbre sobre su situación jurídica».

En consecuencia, se destacó que el cliente tenía un interés legítimo en obtener la declaración judicial solicitada mediante esta demanda.

Resultado de la asistencia en la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Como resultado de la asistencia prestada por el abogado especializado en asuntos de familia, el tribunal resolvió que no existía una relación paterno-filial entre el cliente y el demandado.

Por consiguiente, el cliente obtuvo un resultado favorable en la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial y pudo poner fin a la falsa relación con el demandado.

2. Concepto y procedimiento de la inexistencia de la relación paterno-filial

La demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial es un procedimiento para obtener el reconocimiento jurídico de que dicha relación no existe entre las partes.

Cuando se reconoce la inexistencia de la relación paterno-filial, es posible añadir, eliminar o rectificar jurídicamente relaciones familiares, lo que puede tener una repercusión considerable en la liquidación del régimen económico matrimonial, las deudas o las sucesiones.

Supuestos en los que resulta necesaria una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Tipo

Cuando se haya presentado una declaración de nacimiento falsa

Cuando la inscripción del nacimiento de una persona nacida fuera del matrimonio haya producido efectos de reconocimiento de filiación

Persona nacida de una pareja en unión de hecho

Cuando se haya inscrito el nacimiento de un menor aportado a la relación en el registro familiar del hombre con quien se mantenía una relación extramatrimonial

Cuando la relación paterno-filial se haya constituido mediante el reconocimiento del padre biológico

Puede interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial cualquier persona que tenga un interés directo, como obtener un derecho o quedar exenta de una obligación mediante dicha declaración.

No existe, con carácter general, un plazo específico para interponerla. Sin embargo, si una de las partes ha fallecido, la demanda debe presentarse dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que se tuvo conocimiento del fallecimiento.

Procedimiento de la demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Presentación ante el tribunal competente > Tramitación del procedimiento judicial > Firmeza de la sentencia y actuaciones posteriores

En una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, las pruebas que se aporten en la fase inicial de presentación de la demanda influyen considerablemente en todo el procedimiento.

Después, la acreditación de los hechos resulta esencial durante el juicio y, una vez firme la sentencia, debe procederse a la rectificación del registro de relaciones familiares para que sus efectos se materialicen plenamente.

3. Pruebas y actuaciones para una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

En las demandas de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, por regla general, el resultado de la prueba genética constituye la prueba más determinante.

No obstante, si la otra parte se niega a someterse a la prueba genética sin causa justificada o si su realización resulta objetivamente imposible, excepcionalmente puede efectuarse una valoración conjunta de pruebas indirectas.

En tal caso, los simples documentos sobre la vida cotidiana o algunas declaraciones no son suficientes. Para que pueda reconocerse la inexistencia de la relación paterno-filial, deben concurrir numerosos indicios sólidos, como las circunstancias del nacimiento, la inexistencia de una relación matrimonial, la falta de convivencia durante un periodo prolongado, la ausencia de manutención o contacto y testimonios coherentes de personas del entorno.

Pruebas necesarias en una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial

Categoría

Contenido principal

Revisión de documentos oficiales

Mediante el certificado de relaciones familiares, la copia del registro familiar suprimido y otros documentos,

se comprueban las circunstancias de la inscripción de la filiación y la existencia de posibles errores procedimentales

Prueba pericial genética

Los resultados de la prueba de ADN constituyen una prueba esencial para acreditar

científicamente la inexistencia de vínculo biológico

Documentación sobre la convivencia y la relación personal

Se recopilan documentos que demuestren que las partes no convivieron

o que no mantuvieron contacto

Declaraciones y testimonios

Las declaraciones de las partes y los testimonios de personas de su entorno permiten

reforzar la credibilidad de los hechos alegados

Demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, cuando se necesita asistencia jurídica

Para interponer una demanda de declaración de inexistencia de la relación paterno-filial, es necesario preparar minuciosamente los documentos pertinentes y evitar omisiones durante la redacción y presentación de la demanda.

Se requiere una gestión sistemática, desde la recopilación de pruebas hasta el cumplimiento del procedimiento judicial, y la asistencia de un abogado especializado en asuntos de familia puede facilitar la preparación de las actuaciones.

▶ Organización de los hechos

Se organizan las circunstancias en las que se constituyó la relación familiar vinculada a la inexistencia de la relación paterno-filial y se determinan claramente las cuestiones que pueden discutirse jurídicamente.

▶ Recopilación de pruebas y asistencia procedimental

Se ordenan los documentos destinados a acreditar la inexistencia de la relación paterno-filial y, cuando sea necesario, se presta asistencia en trámites como la solicitud de una orden para someterse a una prueba genética.

▶ Asesoramiento sobre la tramitación del litigio

Se examinan la procedencia de interponer la demanda y la orientación del procedimiento para reducir controversias innecesarias y establecer una respuesta adecuada a las circunstancias.

En los asuntos relacionados con la filiación, resulta importante organizar los hechos y efectuar una valoración inicial.

Si necesita la asistencia de un abogado especializado en asuntos de familia, puede solicitarla mediante la 🔗reserva de consulta jurídica.

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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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