CONTENIDO
- 1. Pensión de alimentos en una unión de hecho: cliente que acudió a Daeryun

- - Caso real: cliente que deseaba reclamar la pensión de alimentos para un hijo de una unión de hecho
- 2. Reclamación de pensión de alimentos en una unión de hecho: ¿es realmente posible?

- - Jurisprudencia
- - Principales conceptos incluidos en la pensión de alimentos
- 3. Aspectos clave de la reclamación de pensión de alimentos en una unión de hecho

- - Existencia de una unión de hecho
- - Filiación del hijo
- - Situación efectiva de cuidado del hijo
- 4. Factores considerados al calcular la pensión de alimentos en una unión de hecho

- - Capacidad económica de los progenitores
- - Edad del hijo y gastos necesarios
- - Entorno de crianza y nivel de vida
- 5. Pensión de alimentos en una unión de hecho: motivos para contar con asistencia letrada

- - Asistencia de un abogado de divorcios
1. Pensión de alimentos en una unión de hecho: cliente que acudió a Daeryun
La pensión de alimentos para los hijos es una cuestión que surge con frecuencia al criar a los nacidos en una unión de hecho.
Aunque en algunos casos se intenta eludir esta responsabilidad alegando que el matrimonio no fue registrado, el deber de los progenitores de mantener a sus hijos puede reconocerse con independencia de la existencia de matrimonio.
A continuación, examinaremos mediante un caso real cómo puede plantearse una reclamación de pensión de alimentos para los hijos de una unión de hecho.
Caso real: cliente que deseaba reclamar la pensión de alimentos para un hijo de una unión de hecho
El cliente tuvo un hijo con A (en adelante, la parte demandada), con quien había convivido durante varios años manteniendo una unión de hecho.
Aunque no registraron su matrimonio, convivieron como una familia y criaron juntos al hijo.
Después de finalizar la unión de hecho, el cliente pasó a criar al hijo sin ayuda de la otra parte.
La parte demandada prometió pagar la pensión de alimentos, pero el pago no llegó a efectuarse pese al transcurso del tiempo.
Al resultarle difícil asumir los gastos educativos y de manutención necesarios durante el crecimiento del hijo, el cliente comenzó a plantearse reclamar la pensión de alimentos.
2. Reclamación de pensión de alimentos en una unión de hecho: ¿es realmente posible?
Muchas personas consideran difícil reclamar una pensión de alimentos cuando el matrimonio no fue registrado.
Sin embargo, según la jurisprudencia, en algunos casos se reconoce el deber de los progenitores de mantener a sus hijos con independencia de la existencia de matrimonio.
Jurisprudencia
El registro familiar es un documento público que acredita las relaciones de estado civil. Se presume legalmente que las inscripciones del libro de registro se practicaron conforme a Derecho y se ajustan a la verdad, pero esas relaciones no se constituyen por el mero hecho de la inscripción. Por tanto, la presunción queda desvirtuada cuando aparecen pruebas en contrario.
Según esta jurisprudencia, las inscripciones del Registro de Relaciones Familiares (antiguo registro familiar) constituyen elementos importantes para acreditar el estado civil, pero no puede considerarse que la relación jurídica correspondiente se constituya necesariamente por la sola inscripción.
Esto significa que una relación familiar no se determina únicamente en función de si el matrimonio fue registrado, sino que puede valorarse atendiendo conjuntamente a la convivencia efectiva y a las distintas circunstancias concurrentes.
Este principio jurídico también reviste importancia para las uniones de hecho.
Aunque no se haya registrado el matrimonio, el tribunal puede reconocer la existencia de una unión de hecho cuando haya habido una convivencia prolongada y la relación pueda considerarse materialmente conyugal.
Una de las partes de una unión de hecho solo adquiere frente a la otra el derecho a reclamar la pensión de alimentos del hijo de ambos cuando adquiere firmeza la resolución que la designa como persona encargada de su cuidado. Hasta entonces, se limita a cumplir su propio deber de manutención y no puede reclamar a la otra parte la pensión correspondiente a ese período.
Cuando se reconoce la existencia de esta unión de hecho y se confirma jurídicamente la filiación entre el hijo y sus progenitores, ambos asumen conjuntamente la responsabilidad de su manutención, por lo que, según las circunstancias, puede reclamarse una pensión de alimentos.
Principales conceptos incluidos en la pensión de alimentos
Categoría | Conceptos principales |
Gastos de manutención | Alimentación, ropa y vivienda |
Gastos educativos | Clases extraescolares, material didáctico y gastos escolares |
Gastos médicos | Atención hospitalaria y seguro |
Otros | Transporte |
3. Aspectos clave de la reclamación de pensión de alimentos en una unión de hecho
Cuando uno de los progenitores cuida al hijo después de finalizar una unión de hecho, puede reclamar una pensión de alimentos según las circunstancias.
No obstante, el tribunal no reconoce el pago de la pensión únicamente por haber existido una unión de hecho, sino que adopta su decisión tras valorar conjuntamente diversas circunstancias.
Existencia de una unión de hecho
En primer lugar, constituye un criterio de valoración importante determinar si ambas personas mantuvieron una auténtica unión de hecho.
• Existencia de una comunidad económica
• Reconocimiento de la pareja como matrimonio en su entorno
Cuando concurren estas circunstancias, aumenta la posibilidad de que se reconozca la existencia de una unión de hecho.
Filiación del hijo
Para reclamar una pensión de alimentos por un hijo de una unión de hecho, debe reconocerse jurídicamente la filiación entre el hijo y sus progenitores.
Cuando se trata de un hijo nacido fuera del matrimonio, la paternidad debe estar reconocida legalmente para poder reclamar la pensión de alimentos.
Si el padre reconoce al hijo y lo inscribe como hijo biológico, la paternidad queda reconocida de inmediato. Si no lo reconoce, el hijo o su representante legal también puede interponer una acción de reclamación de filiación para que esta quede determinada mediante sentencia judicial.
Con arreglo a los artículos 863 y 864 de la Ley Civil de la República de Corea, los hijos nacidos fuera del matrimonio pueden interponer en cualquier momento una acción de reclamación de filiación. Cuando la sentencia adquiere firmeza, se considera que la filiación existía desde el nacimiento del hijo.
Cuando la filiación queda reconocida jurídicamente de esta forma, los progenitores asumen la responsabilidad de mantener al hijo, por lo que puede resultar posible reclamar la pensión de alimentos a la otra parte.
Situación efectiva de cuidado del hijo
El tribunal también considera un criterio importante quién se ocupa efectivamente del cuidado del hijo.
Se tienen en cuenta circunstancias como el progenitor con el que convive el hijo y quién se encarga materialmente de su cuidado.
4. Factores considerados al calcular la pensión de alimentos en una unión de hecho
Aunque se reconozca una pensión de alimentos para un hijo de una unión de hecho, su cuantía concreta no se fija de manera uniforme, sino que se determina mediante la valoración conjunta de diversas circunstancias.
Capacidad económica de los progenitores
Uno de los factores más importantes para calcular la pensión de alimentos es la situación de ingresos y patrimonio de los progenitores.
El tribunal determina la proporción de la pensión que debe asumir cada progenitor teniendo en cuenta su capacidad económica.
Edad del hijo y gastos necesarios
Los gastos de manutención necesarios también varían según la edad del hijo.
Categoría | Gastos principales |
Bebés y niños pequeños | Cuidado infantil y atención médica |
Alumnos de primaria | Educación y clases extraescolares |
Adolescentes | Estudios y manutención |
La cuantía de la pensión de alimentos puede variar en función de la etapa de crecimiento del hijo.
Entorno de crianza y nivel de vida
El entorno en el que el hijo haya vivido hasta ese momento también constituye un criterio importante.
El tribunal tiende a fijar la pensión de alimentos atendiendo al interés superior del hijo, por lo que resulta importante plantear adecuadamente este aspecto.
5. Pensión de alimentos en una unión de hecho: motivos para contar con asistencia letrada

Tras examinar conjuntamente estos factores, el abogado de divorcios de Daeryun Sociedad de Abogados observó que la existencia de la unión de hecho y el cuidado exclusivo y prolongado del hijo constituían las cuestiones centrales en el caso del cliente.
En consecuencia, formuló la reclamación de pensión de alimentos centrándose en las circunstancias del cuidado del hijo, su situación real de vida y el período durante el cual la otra parte no había efectuado los pagos.
Como resultado, el abogado obtuvo del tribunal la estimación de una reclamación de aproximadamente 80 millones de wones surcoreanos.
Para adoptar esta decisión se valoraron conjuntamente el hecho de que uno de los progenitores hubiera criado al hijo sin ayuda durante un período prolongado y que la otra parte no hubiera cumplido debidamente su responsabilidad de manutención.
Asistencia de un abogado de divorcios
El abogado de divorcios de Daeryun Sociedad de Abogados examina detenidamente las circunstancias del cliente, como en este caso, y estudia conjuntamente el posible reconocimiento de la unión de hecho, los criterios para calcular la pensión de alimentos y las pruebas necesarias antes de proponer una forma de actuación adecuada al asunto.
Si tiene dudas sobre la pensión de alimentos para un hijo de una unión de hecho, puede utilizar la 🔗 reserva de consulta jurídica con un abogado de divorcios para evaluar con precisión su situación actual.
El abogado de divorcios examinará las cuestiones centrales del asunto y colaborará en la preparación de las medidas necesarias para proteger adecuadamente los derechos del cliente relacionados con el cuidado del hijo.

Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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