CONTENIDO
- 1. Historia del cliente atendido por un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos

- - Normativa y jurisprudencia aplicables explicadas por un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos
- 2. ¿Qué estrategia condujo al resultado favorable en el proceso contencioso-administrativo?

- - El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos señaló con claridad que no concurría ningún «motivo de denegación»
- - El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos destacó la importancia del «derecho del cliente a la información»
- - El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos sostuvo que no existía «riesgo de vulneración de la intimidad»
- 3. Resultado de la asistencia del abogado especializado en procesos contencioso-administrativos: «sentencia favorable al demandante»

- - Procesos contencioso-administrativos de principio a fin, con Daeryun
1. Historia del cliente atendido por un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos
Las circunstancias del cliente que acudió a un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos eran las siguientes.
El cliente era un hombre corriente de veintitantos años que, tras someterse a un reconocimiento médico, se alistó como soldado en servicio activo.
Sin embargo, la vida militar no le resultó fácil. El cliente tuvo ciertas dificultades para adaptarse.
Por ello, solicitó asistencia psicológica y mantuvo varias conversaciones con el personal sanitario.
En ese contexto, un día el cliente descubrió que había sido incluido en un procedimiento para determinar su falta de aptitud para el servicio activo.
Poco después, el cliente recibió una resolución de baja militar, aunque todavía no había finalizado su periodo de servicio.
El cliente no podía aceptar fácilmente aquella decisión. También temía que pudiera perjudicarle en futuros procesos de selección laboral.
Para conocer los motivos detallados, solicitó que se le facilitaran los documentos pertinentes que fundamentaban la decisión sobre su falta de aptitud.
Sin embargo, las Fuerzas Armadas de la República de Corea denegaron la solicitud. Como aquella información era indispensable para el cliente, este acudió a un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos y solicitó su asistencia.
Normativa y jurisprudencia aplicables explicadas por un abogado especializado en procesos contencioso-administrativos
■ Normativa aplicable
Ley sobre la Divulgación de Información por los Organismos Públicos de la República de Corea Artículo 9 (Información no sujeta a divulgación)
① La información que obre en poder de los organismos públicos o sea gestionada por estos estará sujeta a divulgación. No obstante, podrá no divulgarse la información comprendida en cualquiera de los siguientes apartados.
5. La información relativa a auditorías, supervisiones, inspecciones, exámenes, regulaciones, contratos de licitación, desarrollo tecnológico o gestión de personal, así como la relacionada con procesos de toma de decisiones o de revisión interna, respecto de la cual existan motivos razonables para considerar que su divulgación obstaculizaría gravemente el desempeño imparcial de las funciones o las actividades de investigación y desarrollo.
6. La información personal prevista en el artículo 2, apartado 1, de la «Ley de Protección de Datos Personales», como los nombres o números de registro de residente incluidos en la información correspondiente, cuando existan motivos para considerar que su divulgación podría vulnerar la intimidad o la libertad de una persona. Quedan excluidos, no obstante, los supuestos enumerados en los siguientes subapartados.
a. Información que pueda consultarse conforme a lo dispuesto en la legislación.
b. Información elaborada u obtenida por un organismo público para su difusión y que no vulnere indebidamente la intimidad o la libertad personal.
c. Información elaborada u obtenida por un organismo público cuya divulgación se considere necesaria para el interés público o la tutela de los derechos de una persona.
d. Nombre y cargo de los funcionarios públicos que hayan desempeñado las funciones correspondientes.
e. Nombre y profesión de una persona a quien el Estado o una entidad local haya encomendado o encargado parte de sus funciones conforme a la legislación, cuando la divulgación sea necesaria para el interés público.
■ Jurisprudencia aplicable
«La expresión “información respecto de la cual existen motivos razonables para considerar que su divulgación obstaculizaría gravemente el desempeño imparcial de las funciones”, prevista como información no sujeta a divulgación en el artículo 9, apartado 1, punto 5, de la Ley de Divulgación de Información, se refiere, atendiendo a la finalidad del sistema de divulgación de información establecida en el artículo 1 de dicha Ley y al propósito legislativo de la disposición del artículo 9, apartado 1, punto 5, a los casos en que exista una elevada probabilidad de que la divulgación obstaculice de manera objetiva y grave el desempeño imparcial de las funciones. Para determinar si se trata de uno de esos casos, deben compararse y ponderarse los intereses protegidos mediante la no divulgación, como la imparcialidad en el desempeño de las funciones, y los intereses protegidos mediante la divulgación, como la garantía del derecho de la ciudadanía a la información y la transparencia de la gestión pública, y debe adoptarse una decisión prudente atendiendo a las circunstancias concretas del asunto». (Véase, entre otras, la sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea de 28 de septiembre de 2018, asunto 2017두69892).
2. ¿Qué estrategia condujo al resultado favorable en el proceso contencioso-administrativo?
El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos diseñó una estrategia jurídica para que el cliente pudiera obtener en poco tiempo la información pertinente.
El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos señaló con claridad que no concurría ningún «motivo de denegación»
Las Fuerzas Armadas sostuvieron que la información solicitada constituía «información no sujeta a divulgación» conforme a la Ley de Divulgación de Información.
Según el artículo 9, apartado 1, punto 5, de la Ley de Divulgación de Información, puede denegarse la divulgación de información cuando existan motivos razonables para considerar que esta obstaculizaría gravemente el desempeño imparcial de las funciones o las actividades de investigación y desarrollo.
Las Fuerzas Armadas afirmaban que los documentos solicitados por el cliente perjudicarían el «desempeño imparcial de las funciones».
Sin embargo, resultaba difícil aceptar tal alegación.
Los documentos objeto de la solicitud de divulgación incluían los registros y diarios de las sesiones de orientación del cliente, así como la ficha de evaluación sobre su falta de aptitud para el servicio activo.
Los registros y diarios de las sesiones se limitaban a recoger las conversaciones mantenidas durante las sesiones en las que había participado personalmente el cliente.
Las Fuerzas Armadas no explicaron adecuadamente de qué modo facilitar esos documentos a la propia persona que había participado en las sesiones podía obstaculizar el desempeño imparcial de sus funciones.
El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos destacó la importancia del «derecho del cliente a la información»
El cliente recibió la resolución de baja militar sin que se le comunicaran motivos detallados.
Conocer con exactitud las circunstancias de lo ocurrido era un derecho legítimo del cliente.
Para ejercer ese derecho, necesitaba consultar directamente los documentos pertinentes.
El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos recalcó que la información debía divulgarse para garantizar el derecho del cliente a la información y su derecho de defensa.
El abogado especializado en procesos contencioso-administrativos sostuvo que no existía «riesgo de vulneración de la intimidad»
Las Fuerzas Armadas denegaron la divulgación alegando su preocupación por una posible «vulneración de la intimidad» de las personas relacionadas con el asunto.
Sin embargo, también resultaba difícil aceptar esta alegación.
Era perfectamente posible suprimir los datos privados de las personas relacionadas con el asunto, como sus nombres, unidades de adscripción y fechas de nacimiento, y facilitar únicamente la información necesaria.
Además, los documentos solicitados por el cliente no se habían elaborado con fines privados, sino en el ejercicio de funciones oficiales.
El riesgo de vulnerar la intimidad personal era prácticamente inexistente.
Incluso si la divulgación de los documentos pudiera ocasionar ciertas molestias a algunas de las personas relacionadas con el asunto, el interés del cliente en la tutela de sus derechos mediante el acceso a la información era mayor, por lo que procedía estimar su solicitud.
3. Resultado de la asistencia del abogado especializado en procesos contencioso-administrativos: «sentencia favorable al demandante»
Como resultado de la asistencia sistemática prestada por el abogado especializado en procesos contencioso-administrativos, el cliente obtuvo ante el tribunal una sentencia favorable como demandante.
El tribunal ordenó a las Fuerzas Armadas que anularan la resolución denegatoria de acceso a la información.
Procesos contencioso-administrativos de principio a fin, con Daeryun
Muchas personas no saben por dónde ni cómo empezar un proceso contencioso-administrativo.
Daeryun Sociedad de Abogados, de la que forman parte abogados especializados en procesos contencioso-administrativos, cuenta con un «grupo de Derecho administrativo» integrado por abogados con amplia experiencia práctica y conocimientos especializados en asuntos ante las comisiones locales de recursos administrativos y el Ministerio de Empleo y Trabajo de la República de Corea, entre otros organismos.
Asimismo, para abordar tanto el proceso contencioso-administrativo en cuestión como otros asuntos relacionados de manera ágil y rigurosa, constituye equipos de trabajo específicos para cada ámbito y colabora con especialistas en las materias correspondientes.
Para consultas relacionadas con procesos contencioso-administrativos, puede dirigirse a un abogado especializado en esta materia; el servicio de consultas está disponible las 24 horas, los 365 días del año.
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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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