CONTENIDO
- 1. Clienta frente a la que se solicitó la modificación de la pensión de alimentos para los hijos

- - Antecedentes del asunto relativo a la pensión de alimentos para los hijos
- 2. Normativa aplicable y cuestiones controvertidas sobre la modificación de la pensión de alimentos para los hijos

- - Cuestiones controvertidas y estrategia del asunto
- 3. Actuaciones de asistencia para oponerse a la modificación de la pensión de alimentos para los hijos

- - Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ① Refutación de la alegación sobre la unión de hecho
- - Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ② Insuficiencia de los motivos para la reducción
- - Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ③ Acreditación del bienestar y del estado emocional del hijo
- 4. Defensa frente a la modificación de la pensión de alimentos: «desestimación de la pretensión del demandante»

- - Opciones ante una controversia relativa a la pensión de alimentos para los hijos
1. Clienta frente a la que se solicitó la modificación de la pensión de alimentos para los hijos

Este caso se refiere a una clienta que, tras recibir una solicitud de modificación de la pensión de alimentos para los hijos, obtuvo con la asistencia de un abogado especializado la desestimación de la pretensión del demandante y pudo mantener la pensión vigente.
Antecedentes del asunto relativo a la pensión de alimentos para los hijos
La clienta se había divorciado de mutuo acuerdo de su exmarido un año antes y habían acordado que recibiría mensualmente 2 millones de wones surcoreanos en concepto de pensión de alimentos, con la condición de que ella se ocupase directamente de la crianza del hijo.
Sin embargo, posteriormente el exmarido alegó dificultades económicas y solicitó mediante un procedimiento judicial de modificación que la pensión se redujera a 600.000 wones surcoreanos.
Además, sostuvo que habían mantenido una unión de hecho después del divorcio y que la pensión de alimentos acordada anteriormente tenía en realidad la naturaleza de gastos de manutención del hogar.
La clienta consideró infundadas estas alegaciones y acudió a un abogado especializado en pensiones de alimentos para oponerse a la solicitud de modificación.
2. Normativa aplicable y cuestiones controvertidas sobre la modificación de la pensión de alimentos para los hijos
La pensión de alimentos constituye una responsabilidad legal que debe garantizarse para favorecer el crecimiento estable y el bienestar de los hijos.
Cuando resulte necesario modificar con el paso del tiempo la pensión establecida en el momento del divorcio, puede solicitarse una resolución judicial de modificación si concurren determinados requisitos legales.
⑤ Cuando lo considere necesario para el bienestar del hijo, el tribunal de familia podrá, a instancia del padre, de la madre, del hijo o del fiscal, o de oficio, modificar las cuestiones relativas a su crianza o adoptar cualquier otra medida adecuada.
Por tanto, la mera variación de la situación económica de uno de los progenitores no implica que deba admitirse una reducción de la pensión de alimentos.
El tribunal decide atendiendo, entre otros criterios, a si la modificación de la pensión de alimentos resulta contraria al bienestar del hijo.
Cuestiones controvertidas y estrategia del asunto
En este asunto, el exmarido, que era el demandante, solicitó una reducción considerable de la pensión de alimentos alegando dificultades económicas.
También sostuvo que, como la unión de hecho había continuado después del divorcio, la pensión de alimentos acordada anteriormente no era más que una contribución a los gastos de manutención del hogar.
Sin embargo, el abogado consideró que el asunto no podía entenderse como una simple variación de las circunstancias económicas y que, teniendo en cuenta el bienestar del hijo, la reducción de la pensión de alimentos no estaba justificada.
Tras valorar conjuntamente el contenido del acuerdo alcanzado en el momento del divorcio, la independencia de la vida de cada parte con posterioridad y la carga real de la crianza, trazó una estrategia de defensa frente a la modificación de la pensión de alimentos orientada a la desestimación de las alegaciones del demandante.
Cuestiones controvertidas del asunto
▷ Si la unión de hecho había continuado después del divorcio y si la pensión acordada anteriormente correspondía a gastos de manutención del hogar
▷ Si la reducción de la pensión de alimentos era adecuada atendiendo al bienestar del hijo
3. Actuaciones de asistencia para oponerse a la modificación de la pensión de alimentos para los hijos

Para obtener la desestimación de la pretensión del demandante en el procedimiento de modificación de la pensión de alimentos, el abogado especializado examinó minuciosamente los hechos.
A continuación, prestó asistencia formulando las siguientes alegaciones.
Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ① Refutación de la alegación sobre la unión de hecho
El abogado especializado en pensiones de alimentos examinó minuciosamente los mensajes intercambiados en el momento del divorcio, las circunstancias y el grado de conflicto, y acreditó que, aunque pudo haber una reconciliación temporal después del divorcio, no existió una verdadera convivencia matrimonial.
Asimismo, aportó documentación para demostrar que el periodo de convivencia había sido extremadamente breve y que las partes no habían vuelto a inscribir el matrimonio ni habían prometido una reconciliación duradera.
Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ② Insuficiencia de los motivos para la reducción
En el momento del divorcio, el exmarido había prometido por iniciativa propia que abonaría mensualmente 2 millones de wones surcoreanos en concepto de pensión de alimentos en lugar de una indemnización por daño moral. En consecuencia, la clienta renunció a dicha indemnización.
Al señalar este aspecto, el abogado especializado en pensiones de alimentos destacó que el demandante solicitaba una reducción pese a no haber abonado diligentemente la pensión y alegó que esta conducta vulneraba el principio de buena fe.
① El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones deben realizarse de buena fe.
② No se permite el abuso de los derechos.
Además, basándose en la Ley Civil y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo de la República de Corea, destacó que la decisión debía atender al bienestar del hijo y no únicamente a las circunstancias económicas, y sostuvo que la solicitud carecía de justificación.
Asistencia del abogado especializado en pensiones de alimentos ③ Acreditación del bienestar y del estado emocional del hijo
En el procedimiento de modificación de la pensión de alimentos, el abogado especializado acreditó el estado emocional del hijo y las circunstancias reales de su crianza mediante un diario reciente y trabajos escolares escritos por este.
También demostró las circunstancias en las que el demandante había retirado por la fuerza las pertenencias de la clienta y las palabras y conductas que habían afectado negativamente al menor, con lo que puso de relieve que era el demandante quien estaba influyendo negativamente en su relación con el hijo.
4. Defensa frente a la modificación de la pensión de alimentos: «desestimación de la pretensión del demandante»

El tribunal acogió las alegaciones formuladas por el abogado especializado para oponerse a la modificación de la pensión de alimentos y aceptó íntegramente la posición de la clienta, por lo que dictó una resolución que desestimó la pretensión del demandante.
De este modo, la clienta pudo mantener íntegramente la pensión de alimentos acordada anteriormente, así como la estabilidad emocional y el bienestar efectivo de su hijo.
Opciones ante una controversia relativa a la pensión de alimentos para los hijos
La modificación de la pensión de alimentos no se decide únicamente en función del aumento o la disminución de los ingresos.
El criterio fundamental es si la decisión responde verdaderamente al bienestar del hijo.
Ante alegaciones infundadas o hechos tergiversados, como en este asunto, resulta necesario formular una respuesta adecuada.
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