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Infracción de la Ley de Protección de Datos Personales | La intervención de un abogado penalista conduce a una resolución policial de no remisión ante sospechas de utilización ilícita de datos personales
Este es un caso en el que se prestó asistencia a unos clientes que la solicitaron por una posible infracción de la Ley de Protección de Datos Personales de la República de Corea. Con la asistencia de un abogado penalista, el asunto concluyó con una resolución policial de no remisión del caso a la fiscalía, pese a las sospechas de utilización ilícita de datos personales.
1. Clientes que solicitaron asistencia por una infracción de la Ley de Protección de Datos Personales

Este es el relato de unos clientes que solicitaron asistencia por una posible infracción de la Ley de Protección de Datos Personales.
Los hechos objeto de investigación relacionados con la infracción de la Ley de Protección de Datos Personales en la que estaban implicados los clientes eran los siguientes.
Quien trate o haya tratado datos personales no debe revelar los datos personales conocidos en el ejercicio de su actividad ni facilitarlos para que otra persona los utilice sin autorización. Tampoco se deben recibir tales datos con ánimo de lucro o con una finalidad ilícita a sabiendas de dichas circunstancias.
Pese a ello, los clientes recibieron de una persona que vendía datos personales por internet un archivo que contenía datos personales de un número indeterminado de personas, como sus nombres y números de teléfono móvil.
Asimismo, acordaron utilizar esos datos para insertar publicidad ilícita en la comunidad que administraban.
Un abogado de Daeryun especializado en asuntos penales y con experiencia en numerosos casos relacionados con la Ley de Protección de Datos Personales constituyó un equipo de trabajo para examinar detenidamente el asunto.
¿Qué es una infracción de la Ley de Protección de Datos Personales?
🔗La infracción de la Ley de Protección de Datos Personales se produce cuando un responsable del tratamiento incumple los criterios establecidos legalmente al tratar datos personales.
Conforme a esta Ley, quienes tratan datos personales, como empresas u organismos, no deben revelar sin autorización los datos personales conocidos en el ejercicio de su actividad ni facilitarlos para que otras personas puedan utilizarlos sin una autorización legítima.
Asimismo, está estrictamente prohibido recibir estos datos personales con ánimo de lucro o con una finalidad ilícita.
Quien incurra en cualquiera de los siguientes supuestos será castigado con una pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o una multa penal de hasta 50 millones de wones surcoreanos.
Quien, contraviniendo las disposiciones siguientes, revele datos personales conocidos en el ejercicio de su actividad o los facilite para que otra persona los utilice sin autorización, así como quien los reciba con ánimo de lucro o con una finalidad ilícita a sabiendas de dichas circunstancias
1. Obtener datos personales o recabar el consentimiento para su tratamiento mediante engaño u otros medios o métodos ilícitos
2. Revelar datos personales conocidos en el ejercicio de su actividad o facilitarlos para que otra persona los utilice sin autorización
3. Utilizar, dañar, destruir, modificar, falsificar o divulgar los datos personales de otra persona sin una autorización legítima o excediendo la autorización concedida
Infracción de la Ley de Protección de Datos Personales: ¿cómo afrontarla por cuenta propia?
En caso de ser investigado por una posible infracción de la Ley de Protección de Datos Personales, es importante explicar con precisión los hechos al órgano de investigación y manifestar claramente que se desconocía la ilicitud.
Registrar en la medida de lo posible el origen de los datos personales y las circunstancias relativas a quien los facilitó, así como presentar documentación acreditativa, puede resultar útil para la defensa.
No obstante, dado que es necesario examinar los aspectos jurídicos desde la fase inicial de la investigación, la actuación sin asistencia profesional puede presentar limitaciones.
2. Elaboración de una estrategia de defensa frente a sospechas de infracción de la Ley de Protección de Datos Personales

Se elaboró una estrategia de defensa para los clientes sospechosos de infringir la Ley de Protección de Datos Personales.
El abogado de Daeryun especializado en asuntos penales reconoció los hechos básicos, pero centró su atención en las siguientes cuestiones.
-Si el mero hecho de que los clientes recibieran un archivo de datos personales constituía una infracción de la Ley de Protección de Datos Personales
¿Tenía el vendedor no identificado de datos personales la condición de responsable del tratamiento?
Para que se considere acreditado respecto de los clientes el delito previsto en el artículo 71, apartado 9, de la Ley de Protección de Datos Personales, deben cumplirse los siguientes requisitos.
▲Que la persona que facilitó los datos personales sea una persona que trate o haya tratado datos personales
▲Que se acredite que los clientes recibieron los datos personales «a sabiendas» de que quien los facilitaba los había conocido en el ejercicio de su actividad y los revelaba o permitía que otra persona los utilizara sin autorización
El abogado especializado en asuntos penales sostuvo que debía probarse rigurosamente si el «vendedor de datos personales no identificado» que facilitó los datos a los clientes era, más allá de una persona que simplemente poseía una gran cantidad de archivos de datos personales distribuidos ilícitamente, alguien que trataba datos personales en el ejercicio de su actividad.
Asimismo, subrayó que, a falta de pruebas claras al respecto, no cabría considerar al vendedor un «responsable del tratamiento de datos personales» por el mero hecho de haber distribuido archivos de datos personales.
¿Recibieron los datos a sabiendas de esas circunstancias?
Para tener la condición de «receptor» sancionada en el artículo 71, apartado 9, de la Ley de Protección de Datos Personales, la persona debe haber recibido los datos sabiendo que quien los facilitaba revelaba datos personales conocidos en el ejercicio de su actividad o permitía que otra persona los utilizara sin autorización.
Sin embargo, los clientes únicamente sabían que se trataba de datos personales filtrados desde algún lugar y desconocían por completo el origen del archivo y la identidad o las circunstancias de quien se lo había facilitado.
① Si, en una fase anterior, se trataba de «datos personales obtenidos por un responsable del tratamiento mediante engaño u otros medios ilícitos»
② Si se había producido alguna ilegalidad en el proceso de obtención del consentimiento para esos datos personales
La sentencia declaró que, si no se conocían de forma concreta estas circunstancias, entre otras, no podía sancionarse al receptor únicamente porque no existiera consentimiento del interesado.
Esto se debe a que, aunque los clientes sabían que la adquisición de los datos personales no contaba con el consentimiento de los interesados, si desconocían el origen de los datos y las circunstancias de su distribución, resultaba difícil considerar que conocieran de forma concreta las circunstancias indicadas.
3. Resolución policial de no remisión pese a las sospechas de infracción de la Ley de Protección de Datos Personales
Los clientes que solicitaron asistencia por una posible infracción de la Ley de Protección de Datos Personales obtuvieron una resolución policial de no remisión del caso a la fiscalía, con lo que concluyó el asunto.
La policía aceptó los argumentos del abogado de Daeryun y consideró que no existían pruebas de que los clientes hubieran recibido los datos personales con conocimiento suficiente de las circunstancias de su distribución ilícita o de su obtención ilegal. Por ello, dictó una resolución policial de no remisión del caso a la fiscalía.
Los asuntos relativos a infracciones de la Ley de Protección de Datos Personales no se limitan a la publicidad no solicitada o no autorizada. Si se considera que hubo adquisición y utilización de datos personales con ánimo de lucro, pueden dar lugar a una sanción penal.
Por tanto, en los asuntos relativos a infracciones de la Ley de Protección de Datos Personales puede resultar conveniente contar desde el inicio de la investigación con la asistencia de un abogado con experiencia en asuntos penales.
Daeryun Sociedad de Abogados presta asistencia mediante equipos de trabajo adaptados a cada cliente y ha intervenido en numerosos asuntos relacionados con la Ley de Protección de Datos Personales.

Este contenido se ha elaborado a partir de casos reales gestionados por Daeryun Law LLC, con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a Daeryun Law LLC.
La reproducción, copia o distribución no autorizada puede dar lugar a acciones legales conforme a la normativa aplicable.
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