Análisis de Casos / Actualizaciones Legales
¿Necesitan los docentes una «educación de verdad»? La protección de sus derechos ante las denuncias por maltrato infantil que ha puesto en primer plano una serie de Netflix
Incluso después de la entrada en vigor de las cinco leyes de protección de los derechos del profesorado, no han disminuido las denuncias por maltrato infantil contra docentes ni los casos en los que se ha iniciado formalmente una investigación.
Según estadísticas publicadas recientemente por el Ministerio de Educación de la República de Corea, el número de docentes investigados formalmente en 2025 por asuntos relacionados con el maltrato infantil fue el más elevado de los últimos 5 años. Esta situación ha mantenido abierto el debate sobre la eficacia del sistema de protección de los derechos del profesorado y la necesidad de introducir nuevas mejoras institucionales.
1. Aumento de las denuncias por maltrato infantil contra docentes pese a la entrada en vigor de las cinco leyes de protección
Tras el fallecimiento de un docente de la escuela primaria Seoi en 2023, la Asamblea Nacional de la República de Corea reformó y puso en vigor las denominadas «cinco leyes de protección de los derechos del profesorado», destinadas a proteger la actividad educativa de los docentes.
Estas leyes incluyen disposiciones que establecen que la orientación legítima de la vida escolar del alumnado no se considera maltrato infantil, así como procedimientos para proteger la actividad educativa.
No obstante, según los datos del Ministerio de Educación publicados el 19 de junio de 2026, el número de docentes investigados formalmente por asuntos relacionados con el maltrato infantil no disminuyó y alcanzó en 2025 su nivel más elevado de los últimos 5 años.
Esto ha dado lugar a un debate sobre la posible persistencia de una brecha entre el sistema de protección de los derechos del profesorado y la realidad de los centros educativos.
Estadísticas recientes sobre la incoación formal de casos
Según el informe «Situación de las infracciones de la normativa relacionada con el maltrato infantil cometidas por docentes de centros públicos de educación primaria y secundaria durante los últimos 5 años», entregado por el Ministerio de Educación y publicado por la diputada Kang Gyeong-suk, miembro de la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional de la República de Corea, el número de casos formalmente incoados, que indica el inicio de una investigación policial, es el siguiente.

Según los datos presentados por el Ministerio de Educación, el número de casos formalmente incoados en 2025 fue el más elevado de los últimos 5 años.
Sin embargo, estas estadísticas se refieren al número de casos «formalmente incoados» en los que la policía inició una investigación, y no al número de acusaciones o condenas.
Dado que cada caso puede concluir con un archivo por falta de indicios suficientes, una resolución policial de no remisión a la fiscalía o una absolución, es necesario diferenciar entre las estadísticas de incoación y la responsabilidad penal finalmente determinada.
Cambios observados tras la entrada en vigor de las cinco leyes de protección de los derechos del profesorado
Las cinco leyes de protección de los derechos del profesorado entraron en vigor de forma gradual a partir de septiembre de 2023, y en 2024 se aplicaron otras reformas relacionadas.
Entre sus principales contenidos se incluyen ▲la introducción de disposiciones que establecen que la orientación legítima de la vida escolar del alumnado no se considera maltrato infantil (artículo 20-2 de la «Ley de Educación Primaria y Secundaria de la República de Corea» y artículo 22-2 de la «Ley de Educación Infantil de la República de Corea»), ▲la creación del deber de los padres y otras personas de respetar la actividad educativa de los centros escolares (artículo 13-2 de la «Ley Marco de Educación de la República de Corea») y ▲la implantación de un procedimiento para que los órganos de investigación recaben la opinión del superintendente de Educación cuando un docente sea denunciado como sospechoso de maltrato infantil (artículo 10-2 de la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Maltrato Infantil de la República de Corea»).
Durante el proceso legislativo se destacó que estas medidas tenían por objeto reducir la carga penal asociada a las actividades educativas legítimas y reforzar su protección.
Sin embargo, las estadísticas publicadas recientemente muestran que, incluso después de la entrada en vigor de las cinco leyes de protección de los derechos del profesorado, han continuado incoándose casos relacionados con presuntos malos tratos infantiles cometidos por docentes.
Por ello, además de examinar en qué medida funciona realmente el sistema de protección de la actividad educativa en los centros, también se está debatiendo la necesidad de introducir nuevas mejoras institucionales.
2. Extensión del debate sobre la protección de los derechos del profesorado e iniciativas de mejora institucional
El interés social por la actividad educativa de los docentes y las denuncias por maltrato infantil ha aumentado recientemente.
En particular, la serie de Netflix «Educación de verdad», centrada en la vulneración de los derechos del profesorado y en el problema de las reclamaciones indiscriminadas en los centros educativos, ha despertado interés dentro y fuera de la República de Corea y ha atraído la atención hacia los mecanismos institucionales destinados a proteger la actividad educativa de los docentes.
A medida que los contenidos sobre la realidad de los centros educativos obtienen el respaldo del público, el debate sobre la protección de los derechos del profesorado se extiende más allá del sector educativo al conjunto de la sociedad.
En este contexto, se han presentado sucesivamente diversas políticas destinadas a complementar el sistema de protección de estos derechos.
Debate reciente sobre el refuerzo del sistema de protección de los derechos del profesorado
En 2026, la persona elegida como superintendente de Educación de Chungcheong del Sur ordenó elaborar un plan para crear una unidad denominada «Responsable de Protección de los Derechos del Profesorado», directamente dependiente del superintendente, con el objetivo de ponerla en funcionamiento durante julio.
Según el plan publicado, esta unidad estará integrada por abogados, investigadores, especialistas en mediación de conflictos, personal especializado en asesoramiento y personal de respuesta sobre el terreno, y tendrá como objetivo prestar de forma integrada apoyo jurídico, investigación de hechos, mediación de conflictos y asesoramiento en casos de vulneración de la actividad educativa.
Si la serie de Netflix «Educación de verdad» convirtió la realidad de los centros educativos en un asunto de debate social, la propuesta de crear esta unidad puede entenderse como una iniciativa política destinada a ofrecer respaldo institucional.
Sin embargo, dado que todavía es necesario reorganizar la estructura, contratar personal y elaborar las ordenanzas y normas de desarrollo correspondientes, su funcionamiento efectivo y sus facultades se determinarán posteriormente.
La mejora institucional y el procedimiento penal son cuestiones distintas
Sin embargo, el hecho de que se estén debatiendo estas mejoras institucionales no ha modificado por sí mismo la posibilidad de que un docente sea denunciado como sospechoso de maltrato infantil.
Mientras que el sistema de protección de los derechos del profesorado constituye un mecanismo de apoyo a la actividad educativa, cuando se recibe una denuncia por maltrato infantil los órganos de investigación tramitan un procedimiento penal independiente conforme a la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Maltrato Infantil de la República de Corea» y la «Ley de Bienestar del Menor de la República de Corea».
La ampliación del sistema de protección de los derechos del profesorado y la determinación de la responsabilidad penal pertenecen, por tanto, a ámbitos distintos. Cuando un docente es denunciado como sospechoso de maltrato infantil, es importante examinar conjuntamente la finalidad de la actividad educativa, las circunstancias de la orientación de la vida escolar del alumnado y los hechos objetivos concurrentes, y actuar conforme a la legislación aplicable.
3. Cuestiones jurídicas que deben examinarse tras una denuncia por maltrato infantil
La presentación de una denuncia por sospechas de maltrato infantil no implica que se haya determinado de inmediato la imposición de una sanción penal.
Sin embargo, una vez recibida la denuncia, puede iniciarse una investigación conforme a la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Maltrato Infantil de la República de Corea», la «Ley de Bienestar del Menor de la República de Corea» y otras normas aplicables. Dependiendo del asunto, también pueden tramitarse simultáneamente una investigación de la autoridad educativa o un procedimiento disciplinario.
Por ello, es importante examinar, a partir de la legislación aplicable y de hechos objetivos, si la conducta del docente constituye una actividad educativa legítima y si reúne los elementos legales del maltrato infantil.
Principales leyes aplicables
Cuando un docente es denunciado como sospechoso de maltrato infantil durante el proceso de orientación de la vida escolar de un alumno, suelen resultar aplicables conjuntamente la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Maltrato Infantil de la República de Corea» y la «Ley de Bienestar del Menor de la República de Corea».
Artículo 17 de la Ley de Bienestar del Menor (actos prohibidos)
Ninguna persona podrá realizar ninguno de los actos siguientes.
1. Compraventa de menores2. Obligar a un menor a realizar actos obscenos, mediar en ellos o cometer actos de abuso sexual contra un menor, incluido el acoso sexual
3. Actos de maltrato físico que causen lesiones en el cuerpo del menor o perjudiquen su salud física y su desarrollo
4. Suprimido <2014. 1. 28.>
5. Actos de maltrato emocional que perjudiquen la salud mental y el desarrollo del menor (incluidos los casos derivados de exponer al menor a violencia doméstica conforme al punto 1 del artículo 2 de la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Violencia Doméstica»)
6. Abandonar a un menor sometido a la propia protección o supervisión, o incurrir en una conducta de desatención de su protección, crianza, tratamiento y educación básicos, incluidos el alimento, el vestido y la vivienda
7. Exhibir públicamente a un menor con discapacidad
8. Obligar a un menor a mendigar o utilizarlo para la mendicidad
9. Obligar a un menor a realizar, con fines de entretenimiento o espectáculo público, acrobacias perjudiciales para su salud o seguridad, o entregarlo a un tercero con ese fin
10. Intermediar en la crianza de un menor sin ser una entidad de intermediación debidamente autorizada y recibir, exigir o prometer dinero o bienes
11. Utilizar para fines distintos de los previstos el dinero o los bienes donados o entregados en beneficio de un menor
El artículo 17 de la «Ley de Bienestar del Menor» establece que ninguna persona puede cometer actos prohibidos, como el maltrato físico o emocional que perjudique la salud física o mental y el desarrollo del menor, o la desatención.
Si se considera que la orientación de la vida escolar realizada por un docente constituye uno de estos actos prohibidos, la conducta puede ser objeto de sanción penal. La principal disposición sancionadora es la siguiente.
Ley aplicable | Sanción |
|---|---|
Artículo 71, apartado 1, punto 2, de la Ley de Bienestar del Menor | Pena de prisión de hasta 5 años o multa penal de hasta 50 millones de wones surcoreanos |
Además, una persona condenada mediante resolución firme a una pena o a una medida de custodia y tratamiento por un delito de maltrato infantil no podrá trabajar ni dirigir una institución relacionada con menores durante un período determinado. (Artículo 29-3, apartado 1, de la «Ley de Bienestar del Menor»)
Cuando haya finalizado total o parcialmente la ejecución de la pena o de la medida de custodia y tratamiento, se considere que ha finalizado o sea firme la decisión de no ejecutarla, se restringirá durante 10 años desde ese momento la dirección de instituciones relacionadas con menores, el empleo en ellas o la prestación efectiva de servicios laborales.
En cada caso se examinan conjuntamente la finalidad y la necesidad de la orientación de la vida escolar, el entorno educativo existente, el método y las circunstancias de la actuación y sus efectos sobre el alumno, para determinar si se trató de una actividad educativa legítima.
Criterios para determinar si una actividad educativa es legítima
Tras la entrada en vigor de las cinco leyes de protección de los derechos del profesorado, determinar si la orientación de la vida escolar realizada por el docente se mantuvo dentro de los límites necesarios desde el punto de vista educativo se ha convertido en un criterio de valoración aún más importante.
Los órganos de investigación y los tribunales no adoptan sus decisiones basándose únicamente en el contenido de la denuncia.
Para determinar si existe maltrato infantil, examinan conjuntamente la finalidad de la actividad educativa, la necesidad de orientar la vida escolar del alumnado, las circunstancias concretas del momento y si la medida estaba destinada a proteger la seguridad del alumno y mantener el orden escolar.
En los casos concretos suelen utilizarse como principales elementos de valoración los materiales siguientes.
- Plan y registros de orientación de la vida escolar del alumnado
- Diario de clase e informes internos del centro escolar
- Imágenes de CCTV y otras grabaciones
- Declaraciones de alumnos, personal docente y otras personas relacionadas
- Normas de convivencia escolar y disposiciones de la autoridad educativa sobre la orientación de la vida escolar del alumnado
La determinación de si se trata de una actividad educativa legítima se realiza individualmente, atendiendo principalmente a los datos objetivos y a las circunstancias existentes en ese momento.
Por ello, cuando se presenta una denuncia, es importante obtener suficientes materiales que permitan acreditar la finalidad y las circunstancias de la actividad educativa y examinarlos junto con la legislación aplicable.
Procedimiento posterior a la denuncia
Cuando se recibe una denuncia por presunto maltrato infantil contra un docente, el caso suele tramitarse mediante el procedimiento siguiente.
② Investigación de las personas relacionadas y obtención de pruebas
③ Audiencia al superintendente de Educación (artículo 10-2 de la «Ley de Disposiciones Especiales sobre la Sanción de los Delitos de Maltrato Infantil»)
④ Investigación policial y decisión sobre la remisión del caso a la fiscalía
⑤ Decisión del fiscal sobre el ejercicio de la acción penal
Al margen del procedimiento penal, también pueden tramitarse una investigación de la autoridad educativa o un procedimiento disciplinario, y cada procedimiento se desarrolla de forma independiente.
Por ello, es necesario organizar sistemáticamente los hechos y las pruebas teniendo en cuenta tanto la actuación en el proceso penal como el procedimiento ante la autoridad educativa.
4. Aspectos que deben comprobarse al actuar ante un caso de maltrato infantil atribuido a un docente
Cuando se presenta una denuncia por sospechas de maltrato infantil, las cuestiones principales no son el hecho mismo de la denuncia, sino las circunstancias en las que tuvo lugar la actividad educativa y la existencia de materiales que permitan acreditarlas objetivamente.
Además, el procedimiento penal y el procedimiento ante la autoridad educativa pueden tramitarse por separado, por lo que es necesario examinar el conjunto del caso en lugar de atender únicamente a uno de ellos.
Cuestiones frecuentes en estos casos

Las cuestiones anteriores no se valoran de manera aislada, sino conjuntamente con todas las circunstancias del caso.
En particular, aunque se reconozcan la finalidad educativa y la necesidad de orientar la vida escolar, el método empleado puede considerarse excesivo. A la inversa, también hay casos en los que el maltrato infantil no queda acreditado únicamente mediante la declaración de algunos alumnos.
En los casos de maltrato infantil constituyen elementos importantes de valoración el contexto en el que se desarrolló la actividad educativa, el proceso de orientación, las declaraciones del alumno y del docente y la correspondencia entre estas y las pruebas objetivas.
Por ello, es necesario organizar sistemáticamente los hechos del conjunto del caso y examinar por separado cada una de las cuestiones controvertidas.
Aspectos que deben tenerse en cuenta tras la denuncia
Cuando se recibe una denuncia por maltrato infantil, tanto las declaraciones del alumno y de sus padres como la del docente constituyen pruebas importantes.
Por ello, en lugar de formular conjeturas o declarar basándose en recuerdos cuando los hechos todavía no se han comprobado suficientemente, es necesario ofrecer una explicación coherente sustentada en las circunstancias de la actividad educativa y en los materiales obtenidos.
Además, dado que junto al procedimiento penal pueden tramitarse una investigación del centro o de la autoridad educativa y un procedimiento disciplinario, deben examinarse conjuntamente los documentos y las declaraciones presentados en cada procedimiento para evitar contradicciones entre ellos.
Los registros de orientación de la vida escolar, los diarios de asesoramiento a alumnos y el contenido de las consultas con los padres elaborados durante la actividad educativa también pueden servir para comprobar los hechos del caso. Por tanto, resulta conveniente conservar estos materiales sin modificarlos ni eliminarlos arbitrariamente.
5. Asistencia de Daeryun Sociedad de Abogados en casos de maltrato infantil
Los casos de maltrato infantil pueden dar lugar, además del procedimiento penal, a una investigación de la autoridad educativa, al examen de posibles medidas disciplinarias, a controversias con los padres y a reclamaciones civiles de indemnización por daños y perjuicios. Por ello, es necesario examinar el caso en su conjunto.
Asimismo, aunque los hechos sean los mismos, las cuestiones que deben analizarse pueden variar según la legislación y el procedimiento aplicables, por lo que es importante definir una línea de actuación adecuada para cada procedimiento.
Estrategia de Daeryun Sociedad de Abogados
▶ Revisión de las declaraciones y los materiales que se presentarán durante las investigaciones de la policía y la fiscalía coreanas y de la autoridad educativa, y elaboración de una estrategia de actuación para cada procedimiento
▶ Análisis conjunto de los registros de orientación escolar, los diarios de clase, las grabaciones de CCTV y las declaraciones del alumnado y del personal docente, entre otros elementos, para determinar objetivamente los hechos y las pruebas
▶ Examen conjunto de la investigación de la autoridad educativa, el procedimiento disciplinario y las controversias civiles sobre indemnización por daños y perjuicios que se tramitan por separado del proceso penal, a fin de coordinar la línea de actuación entre los distintos procedimientos
▶ Examen de posibles perjuicios para la situación profesional del docente, sanciones disciplinarias y procedimientos contencioso-administrativos tras la conclusión del asunto, así como prestación del asesoramiento jurídico correspondiente
Daeryun Sociedad de Abogados colabora con el 🔗Centro de Investigación de Pruebas y el 🔗Centro de Análisis Forense Digital para analizar datos objetivos, como grabaciones de CCTV, teléfonos móviles, conversaciones de mensajería y registros de llamadas, y presta apoyo para recuperar datos digitales eliminados y obtener pruebas.
Asimismo, abogados penalistas y abogados especializados en Derecho administrativo colaboran para examinar de forma integral una estrategia de actuación adaptada al asunto, tanto en el proceso penal como en las investigaciones de la autoridad educativa, los procedimientos disciplinarios, los recursos administrativos y los procesos contencioso-administrativos.
Daeryun, bufete situado en el 9.º puesto en la República de Corea (según las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido de 2025 presentadas ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea), examina de forma integral la actuación en el procedimiento penal relativo a casos de maltrato infantil atribuidos a docentes, así como las investigaciones de la autoridad educativa, los procedimientos disciplinarios y las controversias civiles, y presta servicios jurídicos adaptados a las circunstancias del asunto.
Si necesita un examen jurídico en relación con un caso de maltrato infantil atribuido a un docente, puede consultar las medidas concretas mediante la 🔗reserva de una consulta jurídica.
Principales fortalezas de Daeryun

Estrategia procesal con la tecnología de IA y TI propia de Daeryun
Más de 240 miembros clave
Más de 1,200 casos atendidos al mes
* 2025년 월평균 기준
Cumple con el artículo 4 (1) del Reglamento de Publicidad del Colegio de Abogados de Corea
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