CONTENIDO
- 1. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Requisitos para presentarla

- - Existencia de una conducta infiel
- - Ruptura de la relación matrimonial
- - Daño moral causado
- - Plazo para demandar y existencia de divorcio
- 2. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Reclamación de indemnización por daño moral

- - Cuantía media
- - Factores para determinar la indemnización por daño moral
- 3. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Pruebas necesarias

- - Medios de prueba de la conducta infiel
- - Pruebas del sufrimiento moral
- - Pruebas del conocimiento y de la responsabilidad de la otra parte
- 4. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Actuaciones del cónyuge perjudicado

- - Redacción y presentación de la demanda ante el tribunal
- - Presentación de la contestación de la otra parte y examen de las pruebas
- - Vista judicial
- - Pronunciamiento de la sentencia
- - Impago de la indemnización por daño moral
- 5. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Actuaciones del demandado

- - Actuaciones iniciales tras la notificación de la demanda
- - Presentación de la contestación y elaboración de los argumentos de defensa
- - Consideración de la conciliación y el acuerdo
- 6. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Lista de comprobación

- - Sistema de asistencia de abogados especializados en divorcios
1. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Requisitos para presentarla

Cuando, durante el matrimonio, uno de los cónyuges incurre en una conducta infiel con un tercero, la demanda de indemnización contra el hombre que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge permite reclamar a ese tercero, el hombre que mantuvo la relación adúltera, una indemnización por daño moral mediante un proceso civil.
Se trata de una modalidad de «reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivada de un hecho ilícito», mediante la cual se exige responsabilidad legal al tercero que destruyó la familia (artículo 750 de la Ley Civil de la República de Corea).
Para presentar esta demanda deben cumplirse los siguientes requisitos.
② Que dicha conducta haya provocado de hecho la ruptura de la relación matrimonial
③ Que, como consecuencia, se haya sufrido daño moral
Existencia de una conducta infiel
El requisito más importante en esta clase de demanda es la existencia de una «conducta infiel».
Esta conducta no consiste en una mera atracción o relación social, sino que debe haber contacto sexual o una relación íntima que, desde la perspectiva de una persona razonable, pueda considerarse una «vulneración del deber de fidelidad conyugal (artículo 826 de la Ley Civil)».
¿Qué es el deber de fidelidad?
Ejemplos de circunstancias
▷ Viajes prolongados a solas
▷ Manifestaciones explícitas de afecto
Sin embargo, un intercambio ocasional de mensajes o encuentros propios de una amistad difícilmente se consideran una conducta infiel.
Tampoco es imprescindible demostrar que hubo relaciones sexuales, pues la conducta puede reconocerse basándose únicamente en circunstancias suficientemente indicativas de una relación infiel.
Ruptura de la relación matrimonial
Una de las cuestiones principales en esta demanda es si la conducta infiel perjudicó realmente la relación matrimonial.
Es decir, la conducta del otro hombre debe haber causado la ruptura efectiva de la relación matrimonial o, al menos, deben concurrir circunstancias que demuestren que contribuyó a dicha ruptura para que se reconozca su responsabilidad por el daño moral.
Sin embargo, si la relación matrimonial ya se había roto, resulta difícil exigir responsabilidad al otro hombre.
Por ejemplo, si los cónyuges llevaban tiempo separados y su vida matrimonial había terminado de hecho, resulta difícil considerar que la conducta infiel del otro hombre causara la ruptura matrimonial.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo de la República de Corea también se ha pronunciado en este sentido.
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2014, asunto 2011므2997
Si la vida conyugal en común se ha roto de hecho hasta alcanzar un estado irreversible, aunque un tercero mantenga relaciones sexuales con uno de los cónyuges, tal conducta no puede considerarse una vulneración de la vida conyugal en común ni un impedimento para su mantenimiento. Tampoco puede afirmarse que, como consecuencia, se haya producido un daño por vulneración de los derechos del cónyuge relativos a la vida conyugal en común, por lo que difícilmente puede apreciarse un hecho ilícito.
Por tanto, el criterio esencial para reconocer una indemnización en esta demanda es si la relación matrimonial subsistía efectivamente cuando se produjo la conducta infiel.
Daño moral causado
Para reclamar al otro hombre una indemnización por daño moral, el cónyuge perjudicado debe demostrar que sufrió daño moral como consecuencia de la conducta infiel.
Dado que el sufrimiento moral es difícil de demostrar directamente, suele valorarse de forma conjunta la duración, reiteración y naturaleza de la conducta infiel, así como la reacción de la persona perjudicada.
Plazo para demandar y existencia de divorcio
De conformidad con el artículo 766 de la Ley Civil, esta demanda puede presentarse dentro de los siguientes plazos.
Criterio | Plazo |
Fecha en la que se tuvo conocimiento del daño derivado del hecho ilícito y de su autor | Dentro de 3 años |
Fecha en la que se produjo el hecho ilícito | Dentro de 10 años |
Asimismo, la reclamación de indemnización por daño moral mediante esta demanda constituye un derecho independiente del divorcio.
Es decir, aunque no se haya producido el divorcio, puede ejercitarse de forma independiente la reclamación de indemnización por el daño moral causado por la conducta infiel.
2. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Reclamación de indemnización por daño moral

La indemnización por daño moral que puede reclamarse en esta demanda varía según la gravedad del asunto y las circunstancias de la conducta infiel.
Cuantía media
En muchos casos, la cuantía reconocida se sitúa entre 5.000.000 y 30.000.000 de wones surcoreanos.
No obstante, la indemnización por daño moral no es una cantidad fija. El tribunal la determina individualmente tras valorar de forma conjunta la naturaleza y las consecuencias de la conducta infiel, el grado de intervención del otro hombre y el sufrimiento de la persona perjudicada, entre otros factores.
Factores para determinar la indemnización por daño moral
El tribunal determina principalmente la cuantía de la indemnización por daño moral tras valorar conjuntamente los siguientes factores.
② Duración del matrimonio del demandante y su cónyuge
③ Duración y características concretas de la conducta infiel
④ Gravedad de la ruptura matrimonial causada por la conducta infiel
⑤ Situación patrimonial y nivel de vida de los cónyuges
⑥ Existencia de hijos y circunstancias relativas a su crianza
⑦ Grado de sufrimiento moral padecido por el demandante
3. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Pruebas necesarias

En esta demanda deben acreditarse principalmente tres hechos esenciales.
▷ Que dicha conducta causó daño moral
▷ Que el otro hombre sabía que la esposa estaba casada
A continuación, se exponen por categorías los medios y métodos que pueden utilizarse para acreditar estos tres hechos.
Medios de prueba de la conducta infiel
Para demostrar la existencia de una conducta infiel, desde la perspectiva de una persona razonable, se requieren circunstancias objetivas que permitan apreciar una «vulneración del deber de fidelidad».
Pruebas principales | Contenido |
Mensajes de texto y conversaciones en redes sociales | Contenido relativo a encuentros secretos, expresiones de afecto u otras circunstancias similares |
Fotografías y vídeos | Imágenes que permitan inferir una conducta infiel, como entradas en un motel o escenas afectuosas durante un viaje |
Registros de llamadas y datos de ubicación | Llamadas frecuentes a altas horas de la noche o registros de permanencia simultánea en un lugar determinado |
Declaraciones de testigos | Testimonio judicial de personas conocidas por el otro hombre o por el cónyuge |
Pruebas del sufrimiento moral
Aunque el sufrimiento moral es difícil de demostrar directamente, puede reconocerse a partir de las siguientes circunstancias.
: si se trató de un hecho aislado o de una conducta continuada y reiterada
▷ Estado psicológico y reacción de la persona perjudicada
: depresión, estrés, registros de asistencia psicológica y declaraciones de familiares y amigos
▷ Grado de ruptura de la relación matrimonial
: separación, existencia de un procedimiento de divorcio y gravedad del conflicto familiar, entre otros factores
▷ Envío de una notificación de contenido certificado antes de reclamar la indemnización
: constancia de haber comunicado el sufrimiento moral a la otra parte
Pruebas del conocimiento y de la responsabilidad de la otra parte
Demostrar que el otro hombre sabía o podía saber que la esposa estaba casada es muy importante para que se reconozca su responsabilidad extracontractual.
Esto se debe a que, si el otro hombre desconocía que la esposa estaba casada, podría no apreciarse un hecho ilícito.
El Tribunal Supremo también se ha pronunciado en este sentido, como se indica a continuación.
Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de agosto de 1987, asunto 87므19
Por consiguiente, si no se demuestra que el otro hombre sabía o podía saber que la esposa estaba casada, existe una elevada posibilidad de que el tribunal rechace su responsabilidad, por lo que deben obtenerse pruebas sobre este extremo.
Principales medios de prueba
(para demostrar que el otro hombre conocía la existencia del matrimonio)
∙ Declaraciones escritas o testimonios de personas del entorno
(para demostrar que el otro hombre conocía la existencia del matrimonio)
∙ Grabaciones de audio o vídeo en las que la otra persona mencione la existencia del cónyuge
∙ Documentos públicos relativos a la existencia del matrimonio
(fotografías familiares en el vehículo, certificado coreano de relaciones familiares o solicitud de divorcio, entre otros)
∙ Otros indicios que permitan conocer la existencia del matrimonio
(por ejemplo: comprobación del domicilio común o manifestaciones del otro hombre que demuestren su conocimiento)
4. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Actuaciones del cónyuge perjudicado

El cónyuge perjudicado que pretenda presentar esta demanda como demandante debe preparar cuidadosamente cada fase antes de reclamar la indemnización por daño moral.
Redacción y presentación de la demanda ante el tribunal
Esta demanda es un proceso civil y tiene por objeto una indemnización por daños y perjuicios.
Para iniciar el proceso debe redactarse primero una demanda en la que se reclame la indemnización.
La demanda debe incluir la siguiente información.
∙ Información que permita acreditar la subsistencia del matrimonio
∙ Hechos concretos relativos a la conducta infiel del demandado con la esposa del demandante
∙ Relación causal entre la ruptura matrimonial y la conducta infiel
∙ Descripción del daño moral y fundamento del cálculo de la indemnización
La demanda redactada debe presentarse ante el tribunal de familia coreano si presupone un divorcio y, en los demás casos, ante el tribunal civil ordinario correspondiente.
Presentación de la contestación de la otra parte y examen de las pruebas
Una vez admitida la demanda, el demandado debe presentar su escrito de contestación dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se le notifique.
A continuación, se examina el escrito de contestación presentado por el otro hombre para identificar sus argumentos de oposición y sus pruebas.
Vista judicial
En la vista, ambas partes exponen sus alegaciones y pueden practicarse interrogatorios de testigos y otras pruebas. Por ello, deben organizarse las declaraciones y prepararse los testigos.
En esta fase, el demandante debe acreditar de manera concreta las siguientes cuestiones.
∙ Que el demandado sabía que la esposa estaba casada cuando incurrió en la conducta infiel
∙ Que la relación matrimonial del demandante se rompió de hecho como consecuencia de la conducta infiel
∙ Que el demandante sufre daño moral como consecuencia de la conducta infiel
Pronunciamiento de la sentencia
Una vez finalizados todos los trámites, el tribunal dicta sentencia tras valorar conjuntamente las pruebas y las alegaciones.
Si una parte desea impugnar la sentencia, puede interponer un recurso de apelación dentro de los 14 días siguientes a su notificación.
Impago de la indemnización por daño moral
Si, pese a haberse dictado una sentencia que ordena el pago de la indemnización por daño moral, el otro hombre no la abona, puede solicitarse al tribunal de familia una orden de cumplimiento.
La orden de cumplimiento en asuntos de familia es una resolución mediante la cual el tribunal de familia ordena cumplir, dentro de un plazo determinado, una obligación patrimonial, como el pago de una cantidad, cuando dicha obligación deriva de una sentencia de ese tribunal u otra resolución y no se ha cumplido sin causa justificada (artículo 64, apartado 1, de la «Ley de Procedimiento en Asuntos de Familia de la República de Corea»).
Si no se abona la indemnización pese a haberse dictado la orden de cumplimiento, pueden imponerse al otro hombre una sanción administrativa pecuniaria y una medida de detención coercitiva.
Impago de la indemnización sin causa justificada | Sanción administrativa pecuniaria de hasta 10.000.000 de wones surcoreanos |
Impago de la indemnización durante 3 plazos o más sin causa justificada | Detención coercitiva por un período máximo de 30 días |
También puede solicitarse la ejecución forzosa para cobrar la indemnización mediante la subasta judicial de bienes.
5. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Actuaciones del demandado

Quien sea señalado como demandado en esta clase de proceso puede sentirse tratado injustamente y desconcertado.
Sin embargo, pueden existir motivos jurídicos de defensa y, según la forma de responder, la responsabilidad por la indemnización puede excluirse o reducirse.
A continuación se indican las principales actuaciones que puede llevar a cabo el demandado.
Actuaciones iniciales tras la notificación de la demanda
Al recibir una demanda notificada por el tribunal, lo primero es determinar con precisión la pretensión y los hechos alegados.
Debe examinarse detenidamente el contenido de la demanda y comprobarse lo siguiente.
• En caso afirmativo, ¿con qué frecuencia y de qué forma se desarrolló la relación?
• ¿Sabía el demandado que la esposa del demandante estaba casada?
• ¿Subsistía en ese momento la relación matrimonial del demandante y su esposa?
Si se desconocía que la otra persona estaba casada, podría no reconocerse la responsabilidad.
Por ello, conviene conservar indicios que permitan demostrar dicho desconocimiento y anotar las circunstancias existentes en ese momento.
Presentación de la contestación y elaboración de los argumentos de defensa
El escrito de contestación debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la demanda y es el documento mediante el cual el demandado manifiesta formalmente su posición.
Según las circunstancias, la defensa puede articularse principalmente en torno a los siguientes argumentos.
▷ Alegar que se desconocía que la otra persona estaba casada y que no había forma de saberlo
▷ Alegar que, antes de la conducta infiel, el demandante y su esposa ya estaban separados de hecho y su matrimonio se había roto
▷ Alegar que el sufrimiento moral invocado por el demandante está exagerado
También conviene preparar conversaciones, declaraciones de terceros y otros materiales que expliquen las circunstancias existentes durante la relación y permitan refutar las alegaciones del demandante.
• Mensajes y conversaciones con la esposa del demandante
• Recibos o fotografías que permitan demostrar que las alegaciones del demandante no se corresponden con los hechos
Consideración de la conciliación y el acuerdo
Muchas demandas contra el hombre que mantuvo una relación adúltera también se resuelven mediante un procedimiento de conciliación.
Aunque se reconozca la existencia de la conducta infiel, puede reducirse la carga del proceso mediante un ajuste de la cuantía de la indemnización o un acuerdo sobre la forma de pago.
Si se pretende reducir el enfrentamiento emocional con el demandante y alcanzar una solución rápida, también puede considerarse la conciliación mediante el reconocimiento de una parte de la responsabilidad y la exposición de circunstancias atenuantes.
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6. Demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera | Lista de comprobación

La demanda contra el hombre que mantuvo una relación adúltera tiene la naturaleza de un proceso civil de «indemnización por daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito».
Por tanto, es muy importante obtener pruebas objetivas que respalden las alegaciones y comprobar previamente si se cumplen los requisitos legales.
La siguiente lista permite comprobar los preparativos necesarios antes y después de la demanda.
Para el cónyuge perjudicado por la infidelidad de su esposa
▷ ¿Ha obtenido pruebas, como conversaciones de KakaoTalk, mensajes o fotografías, que indiquen claramente cuándo se produjo la conducta infiel y en qué consistió?
▷ ¿Existen indicios de que la otra persona sabía que su cónyuge era una mujer casada?
▷ ¿Aún no han transcurrido 3 años desde que tuvo conocimiento de la conducta infiel? (comprobación de la prescripción)
▷ ¿Dispone de declaraciones, historiales médicos u otros documentos que permitan demostrar el sufrimiento moral en el proceso?
▷ ¿Existe un interés práctico en reclamar una indemnización a la otra parte?
Para el demandado señalado como el hombre que mantuvo una relación adúltera
▷ ¿Dispone de documentación que demuestre que, cuando se produjo la conducta infiel, la pareja estaba divorciada de hecho o separada?
▷ ¿Existen circunstancias que demuestren que se había manifestado expresa o tácitamente la intención de divorciarse, como registros de llamadas o mensajes?
▷ ¿Dispone de documentación para refutar que la cuantía del daño moral alegada por el demandante es excesiva?
▷ ¿Ha transcurrido el plazo de prescripción entre la conducta infiel y la presentación de la demanda?
▷ ¿Dispone de documentación que permita refutar directamente que existiera una conducta infiel, como pruebas sobre la naturaleza, el lugar o la duración de los encuentros?
Sistema de asistencia de abogados especializados en divorcios
Según el criterio de las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido presentadas en el año 25 ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea, Daeryun ocupa el 9.º puesto entre los bufetes de abogados del país y cuenta con numerosos abogados con experiencia en demandas de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge.
A partir de los datos de los asuntos tramitados hasta la fecha y mediante un sistema estructurado de asistencia, se proponen estrategias de respuesta adaptadas a la situación del cliente.
Cuando se requieren pruebas o documentación de refutación sobre la conducta infiel y el sufrimiento moral, la colaboración con el Centro de Investigación de Pruebas y el Centro de Análisis Forense Digital permite prestar asistencia jurídica coordinada, desde la obtención de pruebas hasta la defensa ante los tribunales.
Si le resulta difícil preparar el litigio por su cuenta, puede recurrir a la asistencia de un abogado con experiencia en demandas de indemnización contra el hombre que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge para tramitar el procedimiento con mayor precisión y agilidad.
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