Fondo de título de página (versión escritorio)Fondo de título de página (versión móvil)

Áreas de Práctica

Impugnación tributaria

El sistema de impugnación tributaria de la República de Corea tiene por objeto prevenir el abuso de facultades por parte de la Administración tributaria, proteger los derechos e intereses de los ciudadanos frente a actos tributarios ilegales o injustificados y contribuir al mantenimiento del ordenamiento tributario y a la realización de la justicia.

CONTENIDO
  • 1. Impugnación tributaria | Definición y tipos
    • - Revisión previa a la liquidación tributaria
    • - Reclamación ante la autoridad tributaria
    • - Solicitud de revisión
    • - Reclamación ante el Tribunal Fiscal de la República de Corea
    • - Solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección
    • - Proceso contencioso-administrativo
  • 2. Impugnación tributaria | Desarrollo del procedimiento
    • - Notificación de liquidación tributaria prevista
    • - Confirmación del acto de imposición tributaria
    • - Opciones posteriores a la reclamación ante la autoridad tributaria
    • - Proceso contencioso-administrativo
  • 3. Impugnación tributaria | Características y aspectos relevantes de cada fase
    • - Características de cada fase
    • - Aspectos relevantes
  • 4. Impugnación tributaria | Actuación y material probatorio
    • - Principios probatorios al formular una impugnación
    • - Ejemplos de los principales elementos probatorios
    • - Aspectos probatorios de cada procedimiento
  • 5. Impugnación tributaria | Lista de comprobación
    • - Sistema de asistencia de los abogados especializados en derecho tributario

1. Impugnación tributaria | Definición y tipos

Área de práctica del grupo fiscal: impugnación tributaria, reclamación ante el Tribunal Fiscal y proceso contencioso-administrativo



La impugnación tributaria es el derecho que puede ejercerse cuando la autoridad tributaria coreana ha dictado un acto ilegal o injustificado o no ha adoptado una medida necesaria.

Mediante este procedimiento puede solicitarse la anulación o modificación del acto de la autoridad tributaria, así como la adopción de la medida necesaria.

Se trata de un procedimiento jurídico importante para proteger los derechos del contribuyente y permitir que este impugne los actos injustificados de la autoridad tributaria con el fin de que la tributación se aplique correctamente.

La impugnación tributaria puede tramitarse por diferentes vías, según la fase del acto tributario y la elección del contribuyente.

Revisión previa a la liquidación tributaria

Antes de que el acto tributario sea definitivo, el contribuyente que haya recibido una notificación de los resultados de una inspección tributaria puede acudir a este procedimiento previo de tutela para impugnar la ilegalidad o el carácter injustificado del acto.

La solicitud se presenta ante el jefe de la oficina tributaria o el director regional del Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea, y la decisión se adopta tras la deliberación del Comité de Revisión de Impuestos Nacionales.

En principio, el resultado se notifica en un plazo de 30 días.

Reclamación ante la autoridad tributaria

Cuando el contribuyente ya haya recibido el acto, puede presentar una reclamación ante el jefe de la oficina tributaria o el director regional del Servicio Nacional de Impuestos si considera que dicho acto es injustificado.

La reclamación debe presentarse en un plazo de 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto. Según su resultado, puede continuarse mediante una solicitud de revisión o una reclamación ante el Tribunal Fiscal.

Solicitud de revisión

Se trata de un procedimiento de impugnación dirigido al director del Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea, que puede tramitarse después de la reclamación ante la autoridad tributaria o directamente.

La solicitud debe presentarse en un plazo de 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto o desde la fecha de la decisión sobre la reclamación, y el director del Servicio Nacional de Impuestos debe resolver en un plazo de 90 días.

Reclamación ante el Tribunal Fiscal de la República de Corea

Es un procedimiento independiente ante el Tribunal Fiscal de la República de Corea que, a diferencia de la solicitud de revisión, se caracteriza por el examen de un organismo externo y más neutral.

Puede presentarse directamente, sin formular previamente una reclamación ante la autoridad tributaria, o para impugnar el resultado de dicha reclamación.

El plazo de presentación es de 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto o desde la fecha de la decisión sobre la reclamación, y el Tribunal Fiscal debe resolver en un plazo de 90 días.

Solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección

Es una vía para solicitar al Consejo de Auditoría e Inspección de la República de Corea que realice una auditoría sobre un acto tributario injustificado.

La solicitud puede presentarse en un plazo de 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto, y el Consejo de Auditoría e Inspección debe resolver en un plazo de 3 meses.

Proceso contencioso-administrativo

Si no se obtiene el resultado pretendido mediante los procedimientos de impugnación anteriores, puede interponerse directamente una demanda ante un tribunal coreano.

Solo puede interponerse después de haber seguido el procedimiento de solicitud de revisión o el de reclamación ante el Tribunal Fiscal, y debe presentarse en un plazo de 90 días desde la recepción de la notificación de la decisión correspondiente.

2. Impugnación tributaria | Desarrollo del procedimiento

Área de práctica de Daeryun: abogados especializados en derecho tributario, impugnación tributaria y reclamación ante la autoridad tributaria



La impugnación tributaria se desarrolla de forma sucesiva según la fase del acto de la autoridad tributaria, y el contribuyente puede elegir en cada etapa el procedimiento que considere más favorable para responder.


A continuación se resume el desarrollo efectivo del procedimiento de impugnación tributaria.

Notificación de liquidación tributaria prevista

Cuando se recibe una notificación de inspección tributaria o de liquidación tributaria prevista, existe un procedimiento para solicitar su rectificación antes de que se dicte el acto definitivo.

Se trata de la revisión previa a la liquidación tributaria.

Categoría

Contenido

Plazo de presentación

En un plazo de 30 días desde la recepción de la notificación de liquidación tributaria prevista u otra notificación equivalente

Organismo ante el que se presenta

Oficina tributaria competente o dirección regional del Servicio Nacional de Impuestos

Órganos de tramitación

Responsable de protección del contribuyente → deliberación del Comité de Revisión de Impuestos Nacionales → decisión del jefe de la oficina tributaria

Plazo de tramitación

En principio, 30 días

※ No obstante, algunos casos, como los relativos a la interpretación de normas jurídicas o a importes iguales o superiores a 500 millones de wones surcoreanos, son competencia del Servicio Nacional de Impuestos.

Confirmación del acto de imposición tributaria

Una vez dictado el acto tributario, el contribuyente puede no aceptarlo e impugnarlo mediante una reclamación ante la autoridad tributaria.

Categoría

Contenido

Plazo de presentación

En un plazo de 90 días desde la recepción de la notificación de pago u otra notificación equivalente

Organismo ante el que se presenta

Jefe de la oficina tributaria competente o director regional del Servicio Nacional de Impuestos

Forma de presentación

Puede presentarse por escrito o por internet

Opciones

Puede acudirse directamente a una solicitud de revisión o a una reclamación ante el Tribunal Fiscal sin presentar antes esta reclamación

La reclamación se resuelve en un plazo de 30 días, y el resultado se notifica al solicitante y a la oficina tributaria correspondiente.

Opciones posteriores a la reclamación ante la autoridad tributaria

Tras recibir la notificación de la decisión sobre la reclamación ante la autoridad tributaria, puede elegirse uno de los tres procedimientos siguientes para continuar la impugnación.

También es posible omitir dicha reclamación y acudir directamente a estos procedimientos.

※ Aunque legalmente es posible omitir la reclamación y presentar una solicitud de revisión o una reclamación ante el Tribunal Fiscal, en la práctica puede recomendarse formularla en determinados casos, por lo que es necesario obtener asesoramiento profesional atendiendo a las circunstancias concretas.

Solicitud de revisión

∙ Destinatario de la solicitud: director del Servicio Nacional de Impuestos
∙ Plazo de presentación: 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto o desde la fecha de la decisión sobre la reclamación
∙ Plazo para resolver: 90 días desde la recepción de la solicitud (puede presentarse por internet)


Reclamación ante el Tribunal Fiscal

∙ Destinatario de la reclamación: presidente del Tribunal Fiscal
∙ Plazo de presentación: 90 días desde la recepción de la notificación tributaria o desde la fecha de la decisión sobre la reclamación ante la autoridad tributaria
∙ Plazo para resolver: 90 días desde la recepción de la reclamación
∙ Característica: la decisión corresponde a un organismo externo independiente del Servicio Nacional de Impuestos


Solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección

∙ Destinatario de la solicitud: presidente del Consejo de Auditoría e Inspección
∙ Plazo de presentación: 90 días desde la fecha en que se tuvo conocimiento del acto
∙ Plazo para resolver: 3 meses

Proceso contencioso-administrativo

Si, después de seguir alguno de los procedimientos anteriores, se mantiene la disconformidad con el resultado, puede interponerse una demanda contencioso-administrativa ante un tribunal coreano.

Requisito para interponerla

Debe haberse seguido al menos uno de los procedimientos de solicitud de revisión o reclamación ante el Tribunal Fiscal

Plazo de interposición

En un plazo de 90 días desde la recepción de la notificación de la decisión

3. Impugnación tributaria | Características y aspectos relevantes de cada fase

Área de práctica del grupo fiscal de Daeryun: impugnación tributaria y abogados especializados en derecho tributario



En cada fase de la impugnación tributaria varían el organismo competente, el órgano decisor y la forma de tramitación.

Por tanto, al elegir una vía de impugnación, es importante que el contribuyente conozca con precisión las características, los plazos y los efectos jurídicos de cada procedimiento.

Características de cada fase

∙ Si se busca una solución rápida y previa
: revisión previa a la liquidación tributaria

→ Puede resultar conveniente cuando se pretende impugnar activamente el asunto antes de que se dicte el acto

∙ Primer procedimiento tras dictarse el acto
: reclamación ante la autoridad tributaria

→ Supone una carga relativamente reducida y puede servir como paso previo a otros procedimientos

∙ Vía interna que requiere menos costes y tiempo
: solicitud de revisión

→ Cuando se prefiere una decisión interna del Servicio Nacional de Impuestos

∙ Si se pretende una decisión independiente
: reclamación ante el Tribunal Fiscal

→ Permite que el asunto sea examinado por un organismo externo

∙ Cuando los motivos de impugnación también guardan relación con cuestiones administrativas generales distintas de la tributación
: solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección

→ Puede considerarse cuando se alegue un posible abuso del sistema o una conducta irregular

∙ Si se solicita una decisión judicial definitiva
: proceso contencioso-administrativo

→ Puede iniciarse cuando se mantiene la disconformidad con el resultado de los procedimientos anteriores

Aspectos relevantes

Todos los procedimientos deben solicitarse dentro del plazo.

Debe tenerse en cuenta que cualquier retraso puede conllevar la pérdida del derecho.

Asimismo, no pueden promoverse simultáneamente varios procedimientos de impugnación contra un mismo acto, y es fundamental preparar pruebas suficientes.

Para que las alegaciones resulten convincentes, deben aportarse pruebas objetivas en lugar de limitarse a formular meras afirmaciones.

4. Impugnación tributaria | Actuación y material probatorio

Pruebas para actuar en un procedimiento de impugnación tributaria

El procedimiento de impugnación tributaria no consiste en una simple protesta, sino en una actividad probatoria basada en fundamentos jurídicos y elementos fácticos.

Para demostrar que el acto tributario es ilegal o injustificado, no bastan las alegaciones del contribuyente, sino que deben aportarse datos concretos y una argumentación que las sustente.

Principios probatorios al formular una impugnación

La impugnación tributaria es un procedimiento dirigido a obtener la "anulación" o "modificación" del acto de la autoridad tributaria, en el que recae sobre el contribuyente una parte considerable de la carga de alegar y probar.

En particular, resulta más convincente indicar tanto los motivos por los que la tributación es injustificada como el método de tributación que se considera correcto.

Ejemplos de los principales elementos probatorios

Clasificación

Documentación principal

Documentos relativos al acto tributario

Permiten comprobar claramente el fundamento y el contenido del acto

- Notificación de liquidación tributaria prevista, notificación del acto tributario y cálculo de la cuota tributaria

Documentación contable y tributaria

Documentación esencial que muestra objetivamente la situación tributaria existente cuando se dictó el acto

- Libros, registros contables, facturas fiscales, comprobantes y declaraciones tributarias relacionadas (IVA, impuesto sobre sociedades, etc.)

Contratos, recibos y otros documentos

Acreditan el contenido real de la operación que motivó la tributación

- Contratos de transacción, datos de pago- datos de transferencias, facturas fiscales, etc.

Fundamentos jurídicos

Explican, mediante casos similares y argumentos jurídicos, por qué la tributación es ilegal o injustificada

- Citas de normas, jurisprudencia, criterios administrativos y resoluciones del Tribunal Fiscal

Otros elementos probatorios

Pruebas complementarias para refutar la decisión de la autoridad tributaria cuando no se ajuste a los hechos

- Correos electrónicos, mensajes de texto, instrucciones de trabajo, organigramas, dictámenes de especialistas, etc.

Aspectos probatorios de cada procedimiento

Procedimiento

Aspectos que deben probarse

Revisión previa a la liquidación tributaria

Ilegalidad del acto previsto, posible carácter excesivo de la valoración, errores en el contenido de la inspección tributaria, etc.

Reclamación ante la autoridad tributaria

Errores en los hechos del acto tributario, errores de cálculo, interpretación incorrecta de la legislación tributaria, etc.

Solicitud de revisión

Exposición más concreta de las cuestiones planteadas en la reclamación e identificación de errores en la interpretación interna del Servicio Nacional de Impuestos

Reclamación ante el Tribunal Fiscal

Al tratarse de la decisión de un organismo independiente, las pruebas deben organizarse de manera más objetiva y completa

Es importante estructurar lógicamente la argumentación

Solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección

Alegaciones centradas en la imparcialidad y la legalidad

Como el Consejo de Auditoría e Inspección no es un organismo especializado en materia tributaria, es importante aportar una prueba concisa y centrada en los hechos

Proceso contencioso-administrativo

Se centra en la argumentación jurídica. Además de la documentación existente, pueden utilizarse informes jurídicos de abogados, dictámenes periciales y otros documentos

5. Impugnación tributaria | Lista de comprobación

Área de práctica: lista de comprobación para la impugnación tributaria y forma de presentar una reclamación ante la autoridad tributaria

Como cada fase del procedimiento de impugnación tributaria está sujeta a plazos y requisitos estrictos, es necesario prepararla con detenimiento.


La siguiente lista permite comprobar los principales elementos que deben verificarse al tramitar el procedimiento.

Elemento que debe comprobarse

Descripción

Comprobación de la fecha de notificación del acto

Liquidación tributaria prevista: en un plazo de 30 días

Acto: puede impugnarse en un plazo de 90 días

Comprobación de que la impugnación se presenta dentro de plazo

La reclamación ante la autoridad tributaria, la solicitud de revisión, la reclamación ante el Tribunal Fiscal, la solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección y el proceso contencioso-administrativo deben iniciarse en un plazo de 90 días

Determinación del procedimiento adecuado

Debe elegirse entre la reclamación ante la autoridad tributaria, la solicitud de revisión, la reclamación ante el Tribunal Fiscal y la solicitud de revisión ante el Consejo de Auditoría e Inspección, sin que puedan presentarse simultáneamente

Preparación de la solicitud y los documentos adjuntos

Utilizar el formulario establecido

Indicar claramente la pretensión, los hechos y los fundamentos jurídicos

Recopilación de pruebas

Es necesario obtener libros contables, contratos, facturas fiscales, registros de transacciones y otros documentos que acrediten el carácter injustificado del acto tributario

Fundamentos jurídicos

Reforzar la fundamentación de las alegaciones mediante resoluciones del Tribunal Fiscal y jurisprudencia sobre casos similares

Forma de presentación

La reclamación ante la autoridad tributaria y la solicitud de revisión pueden presentarse por internet

La reclamación ante el Tribunal Fiscal y la solicitud ante el Consejo de Auditoría e Inspección pueden requerir presentación por escrito

Comprobación de la fecha de notificación de la decisión

Si se impugna la decisión, puede iniciarse un proceso contencioso-administrativo en un plazo de 90 días desde la fecha de notificación

Conservación de los documentos

Deben conservarse todos los documentos presentados, los justificantes de recepción y las notificaciones de las decisiones

También deben organizarse los datos de contacto necesarios para comprobar el estado del procedimiento

Sistema de asistencia de los abogados especializados en derecho tributario

Este despacho cuenta con abogados especializados en derecho tributario registrados como tales en el Colegio de Abogados de Corea, así como con numerosos abogados especializados con una experiencia media de al menos 10 años.

Puede proporcionar asistencia jurídica práctica y especializada durante todo el procedimiento de impugnación tributaria, incluidos el diagnóstico preliminar, la formulación de la estrategia y la actuación en las distintas fases del procedimiento.

Asimismo, puede ofrecer una respuesta eficaz mediante un sistema de colaboración con asesores fiscales, contables y especialistas en aduanas pertenecientes al despacho.

Si necesita asistencia en esta materia, desde la revisión previa a la liquidación tributaria hasta el proceso contencioso-administrativo, puede solicitar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho tributario.

Vea también los
contenidos en vídeo relacionados con este caso.

  1. ¡Conozca a los expertos en derecho corporativo y administración tributaria del Bufete de abogados Daeryun!

Información relacionada

Fortalezas clave de SJKP

Estrategias procesales del bufete SJKP que integran tecnología AI·TI
Más de 240 profesionales clave
1,200+ casos asumidos al mes

* Criterios para la emisión de pases a través del Colegio de Abogados para enero de 2026

* Cumplimiento de la normativa publicitaria del Colegio de Abogados de Corea (art. 4.1)

Reserva de consulta legal
con abogado/a

Todas las consultas las realiza un abogado especializado tras revisar el caso.
Se ofrecen solo con cita previa para garantizar un servicio profesional.

Recomendamos reservar con la mayor antelación posible y respetar el horario acordado.
Haremos todo lo posible para que la consulta sea satisfactoria.

Teléfono
consulta 1800-7905

Atención telefónica las 24 horas, los 365 días

Consulta telefónica

Kakao
consulta

Canal de KakaoTalk

SJKP LAW FIRM LLP

Consulta por Kakao

En línea
consulta

Servicios jurídicos
a medida.

Reserva en línea
Quick Menu

KakaoTalk