CONTENIDO
- 1. Cobro de créditos | Definición

- 2. Cobro de créditos | Precaución frente a las prácticas ilegales de cobro

- - Restricciones a la inscripción como deudor moroso
- - Prohibición y restricciones de contacto con el deudor tras la designación de representante
- - Prohibición de agresiones, amenazas y conductas que provoquen miedo
- - Prohibición de revelar datos personales e información crediticia
- - Prohibición de manifestaciones falsas y conductas desleales
- - Responsabilidad de indemnización por daños y perjuicios
- 3. Cobro de créditos | Procedimiento

- - Créditos objeto de cobro
- 4. Cobro de créditos | Precauciones que debe adoptar el acreedor

- - Aspectos jurídicos del cobro de créditos
1. Cobro de créditos | Definición

El cobro de créditos comprende todas las actuaciones que realiza una persona o empresa para recuperar una deuda cuando no ha recibido el dinero que otra persona debía abonarle.
Entre las principales actividades de cobro se encuentran la investigación del patrimonio del deudor, el requerimiento de pago del crédito, la recepción del pago en nombre del acreedor y la localización del deudor .
Para llevar a cabo el cobro de créditos, el acreedor debe encomendar esta labor a una entidad legalmente habilitada o a un abogado.
La gestión debe confiarse a una persona o entidad que cumpla los requisitos y cuente con la habilitación exigida por la Ley de Información Crediticia de la República de Corea. Encomendarla a una entidad o persona no habilitada puede generar problemas jurídicos.
Por ello, antes de encargar el cobro de un crédito, debe comprobarse que la entidad o el profesional jurídico correspondiente dispone de la habilitación legal necesaria.
2. Cobro de créditos | Precaución frente a las prácticas ilegales de cobro
En el cobro de créditos debe prestarse atención a las prácticas ilegales de cobro.
El acreedor puede proceder al cobro basándose en un derecho legítimo. Sin embargo, si el encargado del cobro rebasa los límites establecidos por la ley y presiona al deudor mediante métodos excesivos o ilícitos, su conducta constituirá un cobro ilegal y podrá dar lugar a diversas sanciones penales y administrativas.
Restricciones a la inscripción como deudor moroso
Cuando el deudor impugne la propia existencia de la deuda mediante una demanda y el proceso se encuentre en curso, el encargado del cobro no podrá inscribirlo como deudor moroso en la red informática de una institución centralizadora de información crediticia ni de una empresa de información crediticia.
Si el deudor ya estuviera inscrito, el encargado del cobro deberá eliminar esa información en un plazo de 30 días desde la fecha en que tenga conocimiento de que se ha interpuesto la demanda y el proceso está en curso.
El incumplimiento se sanciona con una sanción administrativa pecuniaria de 1.500.000 wones surcoreanos por la primera infracción, 3.000.000 de wones surcoreanos por la segunda y 7.000.000 de wones surcoreanos por la tercera.
Prohibición y restricciones de contacto con el deudor tras la designación de representante
Si el deudor designa a un abogado u otra persona como representante para responder al cobro del crédito y lo notifica por escrito al encargado del cobro, este ya no podrá contactar directamente con el deudor ni visitarlo. También quedará prohibido hacerle llegar escritos, sonidos, imágenes, objetos u otros elementos.
El incumplimiento puede dar lugar a una sanción administrativa pecuniaria de hasta 20.000.000 de wones surcoreanos.
El encargado del cobro únicamente podrá dirigirse a personas relacionadas con el deudor para averiguar su domicilio, sus datos de contacto o su ubicación. Se prohíbe visitarlas o contactar con ellas para cualquier otra finalidad, como comunicarles la existencia de la deuda o instarlas a promover el pago.
El incumplimiento puede castigarse con una pena de prisión con trabajos de hasta 1 año o una multa penal de hasta 10.000.000 de wones surcoreanos. Si la comunicación a una persona relacionada provoca la revelación de información crediticia del deudor, también podrá imponerse una sanción administrativa pecuniaria adicional.
Prohibición de agresiones, amenazas y conductas que provoquen miedo
El encargado del cobro no podrá realizar los siguientes actos de intimidación física o psicológica relacionados con el cobro del crédito.
-Realizar visitas o contactos reiterados o nocturnos, entre las 9 de la noche y las 8 de la mañana, sin causa justificada y provocar miedo o ansiedad
-Comunicar a terceros hechos falsos relacionados con la deuda
-Obligar a una persona distinta del deudor a pagar la deuda o divulgar públicamente su existencia, entre otros actos
Estas conductas están estrictamente prohibidas por el artículo 9 de la Ley sobre el Cobro Justo de Créditos de la República de Corea y pueden castigarse con una pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.
Prohibición de revelar datos personales e información crediticia
El encargado del cobro no podrá revelar a terceros los datos personales ni la información crediticia del deudor o de una persona relacionada que haya conocido durante el proceso de cobro, ni utilizarlos para fines distintos de dicho cobro.
El incumplimiento se castiga con una pena de prisión con trabajos de hasta 3 años o una multa penal de hasta 30.000.000 de wones surcoreanos.
Prohibición de manifestaciones falsas y conductas desleales
El encargado del cobro no podrá engañar al deudor ni a una persona relacionada mediante las siguientes manifestaciones falsas o exageradas.
-Utilizar el nombre de organismos públicos, como tribunales o fiscalías, para inducir a error sobre la existencia de efectos jurídicos
-Simular que existe una demanda o un procedimiento penal en curso aunque no se haya iniciado ningún procedimiento legal
-Utilizar sin autorización el nombre de otra entidad para aparentar legitimidad
Según el contenido de la conducta, estas manifestaciones falsas pueden castigarse con una pena de prisión con trabajos de hasta 3 años, una multa penal de hasta 30.000.000 de wones surcoreanos o una sanción administrativa pecuniaria de hasta 6.000.000 de wones surcoreanos.
Tampoco podrán realizarse conductas desleales, como aprovecharse de las circunstancias difíciles del deudor o inducirlo a pagar mediante métodos excesivos.
Entre las principales conductas desleales prohibidas se encuentran las siguientes.
-Solicitar información sobre el deudor a personas relacionadas aunque no existan dificultades para localizarlo
-Hacer que el destinatario asuma los gastos de comunicación mediante una llamada a cobro revertido
-Continuar el cobro a sabiendas de que está prohibido por un procedimiento de rehabilitación individual o de quiebra
-Requerir el pago mediante una postal u otro medio que permita a terceros conocer la existencia de la deuda
Estas conductas se sancionan, según el número de infracciones, con una sanción administrativa pecuniaria de entre 1.000.000 y 14.000.000 de wones surcoreanos.
Responsabilidad de indemnización por daños y perjuicios
Si el encargado del cobro realiza alguna de las conductas ilegales anteriores y causa daños al deudor o a una persona relacionada, deberá asumir la correspondiente responsabilidad civil de indemnización por daños y perjuicios.
Además, el concepto de persona relacionada comprende a quienes conviven con el deudor o comparten con él los medios de subsistencia, así como a sus familiares y compañeros de trabajo. Por ello, también puede surgir responsabilidad jurídica por los daños causados a personas del entorno afectadas por el cobro.
3. Cobro de créditos | Procedimiento
El cobro de créditos se desarrolla generalmente a través de las siguientes etapas.
① Comprobación del crédito y revisión de la prescripción extintiva
Antes de iniciar el cobro, debe comprobarse si el crédito continúa vigente, es decir, si no se ha consumado la prescripción extintiva.
Por regla general, en la República de Corea se aplica un plazo de prescripción de 10 años a los créditos civiles, de 5 años a los créditos mercantiles y de 3 años a los créditos salariales.
No obstante, si concurre una causa de interrupción, como la interposición de una demanda o el pago parcial por el deudor, el plazo se prolongará.
② Investigación del deudor
Se investigan, entre otros aspectos, el domicilio efectivo del deudor, la existencia de bienes y su situación de ingresos.
Se comprueba si existen activos susceptibles de ejecución mediante el registro de bienes inmuebles, el registro de vehículos y la información sobre operaciones financieras. Cuando resulte necesario, también pueden utilizarse la solicitud judicial de información sobre hechos o la solicitud de divulgación de información a entidades financieras.
③ Requerimiento de pago y negociación
Se requiere el pago al deudor mediante correo certificado con constancia del contenido, llamadas telefónicas, mensajes de texto o correo electrónico, y se negocian opciones como el pago fraccionado o el aplazamiento.
Si durante este proceso se alcanza un acuerdo satisfactorio con el deudor, el crédito puede recuperarse por vías extrajudiciales, lo que permite ahorrar tiempo y costes.
④ Demanda civil o solicitud de requerimiento judicial de pago
Si el deudor se niega a pagar o no puede ser localizado, el acreedor puede obtener una sentencia mediante un proceso civil o conseguir un título ejecutivo mediante el procedimiento simplificado de requerimiento judicial de pago previsto en el Derecho coreano.
El requerimiento judicial de pago se tramita por escrito. Si el deudor no formula oposición, puede procederse directamente a la ejecución, por lo que resulta útil cuando se pretende una tramitación rápida.
⑤ Ejecución forzosa
Con fundamento en un título ejecutivo, como una sentencia, una resolución de requerimiento judicial de pago o un documento notarial con fuerza ejecutiva, puede solicitarse al tribunal coreano la ejecución forzosa sobre bienes inmuebles, depósitos bancarios, salarios o vehículos.
En esta etapa es importante preservar previamente el patrimonio del deudor mediante la solicitud de un embargo preventivo u otras medidas cautelares.
Créditos objeto de cobro
Créditos civiles
-Sentencia firme o acta de conciliación obtenida mediante un proceso civil
-Resolución que recomienda el cumplimiento
-Resolución de requerimiento judicial de pago
-Orden de indemnización dictada en un proceso penal
-Documento notarial con fuerza ejecutiva
Créditos mercantiles
-Contrato formalizado con fines comerciales
-Factura fiscal, albarán y extracto de operaciones
-Carta de porte, recibo de entrega, parte de trabajos, compromiso de pago y compromiso de cumplimiento
4. Cobro de créditos | Precauciones que debe adoptar el acreedor
Examinaremos las precauciones que debe adoptar el acreedor en relación con el cobro de créditos.
▶Prohibición de encomendar el cobro a personas no habilitadas
La gestión del cobro únicamente puede encomendarse a un abogado o a una empresa de información crediticia autorizada conforme a la Ley de Información Crediticia de la República de Corea.
Si se encomienda a una empresa no registrada, un intermediario o un particular, el propio encargo será nulo y podrá dar lugar a una sanción penal.
Además, las empresas de cobro no habilitadas presentan un mayor riesgo de incurrir en conductas ilícitas, por lo que el acreedor también puede asumir responsabilidad civil o penal.
▶Necesidad de comprobar la prescripción extintiva
Si se intenta cobrar un crédito cuyo plazo de prescripción extintiva ya se ha consumado, el derecho no podrá ejercerse cuando el deudor invoque dicha prescripción.
Aspectos jurídicos del cobro de créditos
El cobro de créditos es una cuestión compleja que trasciende el simple pago de dinero y puede generar riesgos jurídicos y conflictos entre los derechos del acreedor y del deudor.
Desde la perspectiva del acreedor, debe evitarse rebasar el ámbito de los derechos legítimos durante el proceso de cobro.
Encomendar el cobro a una persona no habilitada o recurrir a métodos ilegales, como las amenazas o los requerimientos reiterados, puede generar responsabilidad penal o la obligación de indemnizar por daños y perjuicios.
Por el contrario, si el deudor rechaza indiscriminadamente incluso las actuaciones legítimas de cobro o no responde a ellas, puede sufrir consecuencias desfavorables, como un embargo preventivo o una ejecución forzosa.
Dado que el cobro de créditos plantea cuestiones delicadas para ambas partes, es importante comprender correctamente el procedimiento legal y obtener asesoramiento profesional.
Un abogado puede negociar con el deudor para buscar una solución viable y, cuando sea necesario, tramitar los procedimientos legales y la ejecución forzosa, lo que puede contribuir a la recuperación efectiva del crédito.
Asimismo, la intervención jurídica durante el procedimiento permite reducir el riesgo de prácticas ilegales de cobro. Por ello, puede resultar conveniente contar con la asistencia de un abogado para procurar una gestión responsable y conforme a Derecho.
Los abogados de la firma especializados en Derecho civil colaboran con el Centro de Cobro de Créditos y prestan asistencia práctica durante todo el proceso, tanto para efectuar un cobro conforme a Derecho como para responder frente a prácticas ilegales y formular estrategias de negociación.











