CONTENIDO
- 1. Obras | Principios de protección jurídica

- 2. Obras | Comprobación de la titularidad de los derechos de autor y de las relaciones jurídicas

- - Responsabilidad jurídica por reproducción y transmisión no autorizadas
- - Creación de obras derivadas y cuestiones relativas a los derechos
- - Contenidos de IA y NFT: cuestiones relativas a los derechos de autor
- - Utilización de contenidos extranjeros
- 3. Obras | Penas por infracción de la legislación sobre derechos de autor y medidas de respuesta

- - Necesidad de respuesta jurídica
1. Obras | Principios de protección jurídica

Una obra es una creación que expresa ideas o sentimientos humanos e incluye obras literarias, académicas, artísticas o musicales.
La vigente Ley de Propiedad Intelectual (derechos de autor) de la República de Corea protege los derechos de autor que nacen en el momento de la creación y regula la protección de las obras frente a su uso, reproducción o distribución sin autorización.
Sin embargo, debido a la reciente expansión acelerada de los contenidos digitales y a los cambios en el entorno de distribución en línea, han surgido nuevas formas de controversias sobre derechos de autor. Entre sus causas se encuentran la reproducción y transformación no autorizadas, la creación de obras derivadas y la imprecisión de los límites respecto de los contenidos de IA y NFT.
Por tanto, durante el uso o la creación de una obra deben conocerse los principios generales de la legislación sobre derechos de autor, como la titularidad de los derechos, el alcance de la autorización de uso, el derecho a crear obras derivadas y las normas sobre uso legítimo, y debe efectuarse previamente una revisión jurídica.
En particular, dado que la aplicación de la legislación vigente a las obras generadas por IA o a los contenidos del metaverso no está claramente definida, resulta necesario verificar previamente los derechos y especificarlos en el contrato.
▶Obras que pueden recibir protección
▶Obras musicales : obras expresadas mediante sonidos, como piezas interpretadas directamente o canciones cantadas, etc.
▶Obras dramáticas : obras de teatro, danza, musicales, etc.
▶Obras artísticas : pinturas, diseños, caligrafía, esculturas, artesanía, etc.
▶Obras arquitectónicas : edificios, maquetas arquitectónicas, planos, etc.
▶Obras fotográficas : obras expresadas mediante la fotografía, etc.
▶Obras audiovisuales : películas, anuncios, imágenes de videojuegos, etc.
▶Obras gráficas : mapas, gráficos, croquis, modelos, etc.
▶Programas de ordenador : obras expresadas mediante una serie de instrucciones u órdenes utilizadas directa o indirectamente en un ordenador, etc.
▶Compilaciones : recopilaciones cuya selección, disposición o estructura de los materiales presenta carácter creativo, etc.
2. Obras | Comprobación de la titularidad de los derechos de autor y de las relaciones jurídicas

El aspecto más básico al utilizar una obra consiste en determinar claramente a quién pertenecen los derechos de autor.
En principio, los derechos de autor corresponden a la persona que creó la obra. No obstante, cuando esta se produce en el marco de una relación laboral, un encargo o un contrato, existe un elevado riesgo de controversia si el contrato no establece claramente la titularidad de los derechos.
En particular, son frecuentes las controversias sobre la titularidad de los derechos cuando empresas, emisoras o productoras de contenidos encargan una obra a profesionales autónomos o productores externos.
Para evitarlo, durante la fase de creación debe incluirse en el contrato una cláusula sobre la titularidad de los derechos y regularse específicamente la cesión de los derechos de autor, el alcance del uso, el derecho a crear obras derivadas y las facultades de distribución .
Si la relación jurídica no está clara, después de la producción pueden plantearse la suspensión del uso de los contenidos, una reclamación de indemnización por daños y perjuicios o incluso una denuncia penal. Por ello, resultan especialmente importantes la comprobación previa y su documentación.
Responsabilidad jurídica por reproducción y transmisión no autorizadas
En el entorno digital, es posible reproducir una obra o transmitirla por internet con unos pocos clics.
Por consiguiente, reproducir, distribuir o publicar en internet una obra ajena sin autorización constituye una clara vulneración de los derechos de autor y puede generar responsabilidad jurídica.
En particular, son frecuentes los casos de utilización no autorizada de fotografías, grabaciones musicales, vídeos o textos ajenos en blogs, YouTube o redes sociales. Algunos usuarios también creen erróneamente que basta con invocar el uso legítimo o indicar la fuente para poder utilizarlos libremente.
Sin embargo, si no se cumplen los requisitos de uso legítimo establecidos en la Ley de Propiedad Intelectual (derechos de autor) de la República de Corea, la utilización se considera no autorizada y puede generar responsabilidad civil y penal.
Por tanto, para utilizar una obra ajena debe obtenerse previamente la correspondiente autorización y, cuando proceda, abonarse una remuneración o cumplirse estrictamente las condiciones de uso establecidas por el titular de los derechos de autor.
Para ello, es aconsejable comprobar la titularidad de los derechos antes de subir los contenidos y verificar si están sujetos a una licencia abierta.
Creación de obras derivadas y cuestiones relativas a los derechos
La creación de una obra derivada consiste en adaptar, arreglar, editar o reinterpretar una obra original para producir otra obra con una forma nueva.
Si durante este proceso se crea o distribuye una obra derivada sin el consentimiento del titular de los derechos de autor de la obra original, puede producirse una vulneración de dichos derechos y surgir una controversia jurídica.
Estos problemas son especialmente frecuentes en la edición de vídeos, el muestreo musical, el fan art y la creación de contenidos de parodia.
Para prevenirlos, debe obtenerse del titular de los derechos sobre la obra original una autorización expresa para crear y utilizar la obra derivada, y deben especificarse en el contrato la finalidad, el alcance del uso y las condiciones de distribución de los ingresos.
En particular, cuando se prevea un uso comercial se aplican criterios jurídicos más estrictos, por lo que resulta aconsejable solicitar previamente asesoramiento de un profesional especializado en derechos de autor.
Contenidos de IA y NFT: cuestiones relativas a los derechos de autor
La reciente expansión acelerada de las imágenes, grabaciones musicales, textos y vídeos generados por IA, así como de los contenidos NFT (tókenes no fungibles), ha intensificado el debate sobre la aplicación de la legislación relativa a los derechos de autor.
En el caso de los contenidos de IA, para que se reconozcan como obras deben presentar «creatividad humana». Por ello, en principio, las creaciones generadas exclusivamente por IA no reciben protección mediante derechos de autor, aunque pueden quedar parcialmente protegidas si ha existido intervención humana en el proceso creativo.
En los contenidos NFT, la propiedad del contenido digital y los derechos de autor son distintos, por lo que debe quedar claro que el propietario del NFT no adquiere necesariamente los derechos de autor sobre el contenido.
Para ello, cuando se produzcan contenidos de IA o se emitan NFT, deben especificarse en el contrato la titularidad de los derechos, la existencia de una autorización del titular de los derechos de autor y la estructura de distribución de ingresos. También debe efectuarse una revisión jurídica previa para reducir la posibilidad de controversias.
En particular, las operaciones internacionales pueden generar conflictos entre las legislaciones nacionales sobre derechos de autor, por lo que también resulta necesario examinar previamente la normativa de cada país.
Utilización de contenidos extranjeros
La adaptación, importación, distribución o difusión de contenidos extranjeros a través de plataformas en línea está sujeta a las leyes de derechos de autor de cada país y a los tratados internacionales.
Como el alcance de la protección, la duración de los derechos y las normas sobre uso legítimo varían de un país a otro, una misma conducta puede ser lícita en un país e ilícita en otro.
En particular, la expansión internacional de los contenidos de la ola coreana y la distribución mundial de contenidos OTT han incrementado considerablemente la posibilidad de que surjan estas controversias.
Por tanto, al utilizar o exportar contenidos extranjeros deben comprobarse las leyes sobre derechos de autor y las disposiciones de los tratados internacionales aplicables en el país de destino, y debe obtenerse la revisión de un profesional jurídico local.
Es aconsejable que los contratos de distribución de contenidos especifiquen claramente el tribunal competente, la ley aplicable y el procedimiento de resolución de controversias para prever posibles litigios internacionales.
3. Obras | Penas por infracción de la legislación sobre derechos de autor y medidas de respuesta

Cuando una infracción de la Ley de Propiedad Intelectual (derechos de autor) de la República de Corea vulnera los derechos patrimoniales o morales de autor de otra persona, el Derecho coreano prevé expresamente sanciones penales.
Las consecuencias no se limitan a una reclamación de indemnización por daños y perjuicios o a la eliminación de los contenidos. También puede presentarse una denuncia penal y dictarse una pena de prisión con trabajos o una pena de multa, por lo que debe actuarse con especial cautela.
En particular, como cualquier persona puede utilizar contenidos digitales sin autorización con facilidad, incluso una conducta aparentemente menor puede dar lugar a consecuencias jurídicas graves.
Las principales penas previstas son las siguientes.
Categoría | Pena prevista |
|---|---|
① Vulneración de derechos patrimoniales de autor Vulneración de los derechos patrimoniales de autor de otra persona o de su derecho a crear obras derivadas | Pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos |
② Vulneración de derechos morales de autor Menoscabo de la reputación del autor, supresión de su nombre sin consentimiento o registro falso | Pena de prisión con trabajos de hasta 3 años o multa penal de hasta 30.000.000 de wones surcoreanos |
③ Incumplimiento de la obligación de indicar la fuente Incumplimiento de la obligación de indicar la fuente al utilizar una obra | Multa penal de hasta 5.000.000 de wones surcoreanos |
Incluso el mero intercambio de enlaces o el uso en forma de cita puede ser sancionable si no cumple los requisitos del uso legítimo.
Para prevenir estas sanciones, durante la producción y distribución de contenidos deben comprobarse rigurosamente la existencia de una autorización de uso, las cláusulas contractuales sobre la titularidad de los derechos y el alcance del uso.
Cuando se cite una obra ajena o se utilice para crear una obra derivada, debe revisarse si el uso cumple las normas sobre uso legítimo y, cuando sea posible, obtenerse el consentimiento escrito del titular de los derechos.
En particular, es aconsejable que las empresas e instituciones establezcan previamente un sistema de cumplimiento de los derechos de autor con la intervención de su departamento jurídico o mediante asesoramiento jurídico externo.
Asimismo, si surge una controversia sobre derechos de autor, antes de que dé lugar a una sanción penal debe valorarse la posibilidad de alcanzar un acuerdo con el titular de los derechos o de adoptar sin demora medidas de eliminación voluntaria y cese del uso, con el fin de minimizar los daños y determinar si puede evitarse la sanción penal.
En el caso de contenidos publicados en plataformas en línea, también deben prepararse los procedimientos para solicitar su eliminación y responder a denuncias por vulneración de derechos de autor.
Necesidad de respuesta jurídica
Los derechos de autor sobre una obra nacen en el momento de su creación y conllevan diversas cuestiones jurídicas, como la titularidad de los derechos, las autorizaciones de uso, la creación de obras derivadas, el uso legítimo y la utilización en el extranjero.
En particular, la facilidad para reproducir, editar y transmitir contenidos en el entorno digital ha extendido rápidamente los riesgos jurídicos a nuevos sectores, como los contenidos de IA y NFT o los contenidos del metaverso.
Por tanto, resulta esencial efectuar una revisión jurídica previa, redactar contratos y comprobar las relaciones entre los titulares de derechos durante todo el proceso de creación, uso, distribución y monetización de las obras. La intervención de un profesional jurídico puede contribuir a prevenir controversias y proteger los derechos e intereses legítimos.
Los abogados especializados de este despacho con experiencia en asuntos relacionados con obras se comunican directamente con sus clientes, proponen posibles vías de resolución y prestan asistencia en materias como el registro de derechos de autor, la respuesta frente a vulneraciones y la revisión de contratos.
Daeryun presta asesoramiento sobre controversias de propiedad intelectual y la normativa administrativa aplicable a las obras. Para solicitar asesoramiento especializado puede utilizar el servicio de 🔗reserva de asesoramiento jurídico con un abogado de empresa.
▶Principales aspectos de la defensa jurídica en asuntos relacionados con obras
Al crear una obra, la titularidad de los derechos y la forma de ejercerlos varían en función de que se trate de una obra individual, una obra en colaboración o una obra creada en el marco de las funciones laborales. Por tanto, es necesario determinar claramente su naturaleza y reflejarla en el contrato.
② Estrategia para el registro y la protección de los derechos de autor
Aunque los derechos de autor nacen en el momento de la creación, puede considerarse su registro para protegerlos y acreditar la condición de titular. En particular, la existencia de un registro previo puede resultar relevante para aportar pruebas en caso de controversia.
③ Revisión de contratos de autorización de uso de obras (licencias)
Para prevenir controversias, deben definirse claramente el alcance, la duración, el territorio y la forma de uso de la obra, la posibilidad de crear obras derivadas y el método de remuneración. También deben revisarse cuidadosamente las cláusulas de indemnización por daños y perjuicios aplicables en caso de incumplimiento contractual.
④ Determinación de la vulneración de derechos patrimoniales de autor y medidas de respuesta
La reproducción, representación pública, transmisión, distribución o alquiler sin autorización de una obra ajena vulnera los derechos patrimoniales de autor. Deben analizarse con prontitud las circunstancias de la vulneración, el alcance de los derechos y el cumplimiento de los requisitos de uso legítimo para establecer una estrategia de respuesta.
⑤ Determinación de la vulneración de derechos morales de autor y vías de protección
Cuando se vulneren el derecho del autor al reconocimiento de la autoría o su derecho a la integridad de la obra, puede examinarse la responsabilidad jurídica derivada del menoscabo de su reputación, la supresión de su nombre o las modificaciones no autorizadas. Sus derechos pueden protegerse mediante una reclamación de indemnización por daños y perjuicios y una acción de cesación.
⑥ Revisión del derecho a crear obras derivadas
Antes de adaptar, traducir, arreglar musicalmente o rehacer una obra original para crear una obra derivada, debe revisarse la existencia de una autorización de uso del autor original o la titularidad de los derechos para prevenir controversias por vulneración.
Ver más

Conozca en detalle los criterios de castigo de los actos de violación de la Ley de Derechos de Autor


Por qué es necesario el asesoramiento jurídico empresarial


Procedimiento de la demanda por derechos de autor y aspectos de la asistencia letrada


¿Es el delito de derechos de autor perseguible solo a instancia de parte? Conozca la posibilidad de sanción por infracción de derechos de autor

Vea también los
contenidos en vídeo relacionados con este caso.
✨¡Conozca a los expertos en derecho corporativo del Bufete de abogados Daeryun!











