CRIMINAL PROCEDURE

Procedimientos en casos penales

Desde la investigación policial hasta el juicio y la ejecución de la pena, esta guía explica el orden en que los organismos de investigación y los tribunales tramitan los casos penales, dividido en procedimientos para el acusado (sospechosos y acusados), para las víctimas y juicios especiales.

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Lista

Penal 02Victim Participation & Protection

Procedimiento de participación de la víctima en la investigación y de protección

Esta guía explica cómo, después de presentar una denuncia o un aviso como víctima, la policía le toma declaración y usted participa hasta el juicio mientras recibe protección y orientación. Los avisos, como el calendario y el resultado del juicio o la detención o puesta en libertad del autor, solo se dan si usted los solicita.

¿En qué paso se encuentra?

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  1. 1Denuncia o aviso y contratación de un abogado
  2. 2Declaración de la víctima
  3. 3Medidas de protección personal
  4. 4Solicitud de avisos sobre el avance y notificación de no remisión
  5. 5Notificación de la resolución y consulta de los registros de la investigación
  6. 6Avisos del juicio y consulta del expediente del juicio
  7. 7Declaración de opinión de la víctima y protección de testigos

Diagrama del procedimiento

Haga clic en un recuadro para ver su explicación abajo.

  • Paso básico
  • Acción adicional / opción
  • Rechazo / oposición
  • Fin del procedimiento
Notificación: 7 días / Objeción: 3 meses
Ahora
STEP 1Parte

Denuncia o aviso y contratación de un abogado

Fundamento: Código Penal, art. 307(1), Ley de Promoción del Uso de las Redes de Información y Comunicación y de Protección de la Información, art. 70(1)

Cuando presenta una denuncia o avisa al 112, participa en la investigación en calidad de víctima (denunciante). En casos como la violencia sexual, el maltrato infantil y el acoso (stalking), puede solicitar la designación de un abogado de oficio para víctimas; en otros casos, contrata a un abogado privado.

Siguiente: Declaración de la víctima

Explicación

Cuando presenta una denuncia o avisa al 112, participa en la investigación como «víctima». En casos como la violencia sexual, el maltrato infantil y el acoso (stalking), el fiscal puede designar un abogado de oficio para víctimas (un abogado de la víctima elegido por el Estado). Así que solicítelo antes de la declaración.

Duración
Varía según el caso (el juicio es aparte)
Coste
Los honorarios del abogado de oficio para víctimas se pagan según los criterios fijados por el Ministro de Justicia, y no hay ninguna norma que establezca que los pague la víctima. Contratar a un abogado privado tiene un costo.

Guía del procedimiento

Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.

  1. 1

    Cuando presenta una denuncia o avisa al 112, participa en la investigación como víctima (denunciante). En casos como la violencia sexual, el maltrato infantil y el acoso (stalking), puede solicitar la designación de un abogado de oficio para víctimas (un abogado cuyos honorarios paga el Estado); en otros casos, contrata usted mismo a un abogado privado.

  2. 2

    El investigador cita a la víctima, le pregunta cómo se produjo el daño y prepara un acta de declaración. Si su ansiedad o su miedo son intensos, puede solicitar que una persona de confianza (como un familiar o un orientador) entre con usted (Ley de Procedimiento Penal, art. 221), y un abogado puede entrar con usted y expresar opiniones. Lea el acta antes de firmar y pida que se corrija cualquier parte escrita de forma distinta.

  3. 3

    Si teme represalias, solicite a la policía protección personal. Si hay riesgo de que la vida o la integridad física de la víctima sufran daño, la policía debe tomar las medidas de protección personal necesarias de oficio o a solicitud (Reglamento de Investigación, art. 4-2(2)). Consulte con el agente de policía a cargo qué medidas puede recibir.

  4. 4

    Los avisos, como si se ha presentado acusación, la fecha, la hora y el lugar del juicio, el resultado del juicio y la detención o puesta en libertad del autor, solo se dan si usted los solicita (Ley de Procedimiento Penal, art. 259-2), así que solicítelos con antelación. Si la policía decide la no remisión, se le notifican los motivos en un plazo de 7 días (art. 245-6), y el denunciante puede presentar una objeción (art. 245-7) en un plazo de 3 meses desde el día en que recibe la notificación. Puede manifestar que se niega al careo con el autor (art. 221(1)).

  5. 5

    Se le notifica el resultado de si el fiscal de la Oficina de Acusación Pública (antes Fiscalía) acusó o no acusó (art. 258). Puede pedir por escrito los motivos de la no acusación (art. 259), y puede solicitar consultar y copiar registros de la investigación, como su propia acta de declaración.

  6. 6

    Si se presenta acusación, a solicitud suya pueden notificarle la fecha, la hora y el lugar del juicio, el resultado del juicio y la detención o puesta en libertad del acusado (art. 259-2), y puede solicitar consultar y copiar el expediente del juicio (art. 294-4).

    Paso actual
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    La víctima puede expresar directamente en el tribunal su opinión sobre la magnitud del daño y sobre el castigo (art. 294-2). Al declarar como testigo, está protegida por la audiencia a puerta cerrada (art. 294-3), una mampara (barrera), la declaración por videoconferencia (art. 165-2) y la presencia de una persona de confianza (art. 163-2).

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

  • Notificación: 7 días / Objeción: 3 mesesPaso 4 Solicitud de avisos sobre el avance y notificación de no remisión

Preparación y comprobaciones

  • El acta de declaración puede usarse como prueba en el juicio, así que ordene las fechas, los lugares y el número de veces del daño.
  • Compruebe si puede solicitar un abogado de oficio para víctimas.
  • Solicite la presencia de una persona de confianza cuando le tomen declaración.
  • Si teme represalias, solicite protección personal.
  • Los avisos sobre si se ha presentado acusación, el calendario del juicio y la detención o puesta en libertad solo llegan si los solicita, así que solicite los avisos.
  • No responda directamente a los contactos de la parte del autor; responda solo a través del investigador o de su abogado.

Cuándo necesita un abogado

En casos como estos, necesita la ayuda de un abogado desde antes de declarar: la parte del autor se pone en contacto con usted o le presiona para llegar a un acuerdo, tiene miedo de declarar o debe comparecer como testigo.

Lo mismo ocurre cuando quiere impugnar una decisión de no remisión o de no acusación.

Posición actual (6/7)

Paso 6 · Avisos del juicio y consulta del expediente del juicio

Qué hacer ahora

Si el caso se envía a juicio, puede solicitar «infórmenme de las fechas y el resultado del juicio, y de si el autor ha sido detenido o puesto en libertad».

Muchos avisos solo se dan si los solicita, así que hágalo con antelación. También puede solicitar consultar y copiar el expediente del juicio.

Qué viene después

Paso 7 · Declaración de opinión de la víctima y protección de testigos

En el juicio, puede decir directamente lo grave que fue el daño y qué castigo desea. Cuando comparece como testigo, hay formas de evitar ver al autor: desalojar al público, colocar una mampara o declarar por video desde otra sala.

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

No hay plazos legales en los pasos siguientes.

Cuándo recurrir a un abogado

En casos como estos, necesita la ayuda de un abogado desde antes de declarar: la parte del autor se pone en contacto con usted o le presiona para llegar a un acuerdo, tiene miedo de declarar o debe comparecer como testigo.

Lo mismo ocurre cuando quiere impugnar una decisión de no remisión o de no acusación.

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Preguntas frecuentes

Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.

Q¿Qué debo llevar cuando vaya a declarar como víctima?
Lleve su documento de identidad y una nota que explique cómo se produjo el daño, con fechas, lugares y número de veces. Lleve también copias de las pruebas, como fotos, certificados médicos, capturas de mensajes y grabaciones, y los recibos de los gastos médicos. En el caso de archivos de grabación o de un teléfono, presente copias y guarde usted mismo los originales.
Q¿Cómo solicito un abogado de oficio para víctimas y cuánto cuesta?
En los casos previstos en la ley, si presenta una solicitud ante la policía o la Oficina de Acusación Pública, el fiscal puede designar un abogado de oficio para la víctima. Los casos cubiertos incluyen la violencia sexual, los delitos sexuales contra niños y adolescentes, el maltrato infantil, el acoso (stalking), el maltrato de personas con discapacidad y la trata de personas. La solicitud se hace al fiscal o al oficial de policía judicial de forma oral o por escrito.Los honorarios del abogado se pagan según los criterios fijados por el Ministro de Justicia, y no hay ninguna norma que establezca que los pague la víctima. En algunos casos el fiscal debe designarlo.Esto se aplica a las víctimas de violencia sexual menores de 19 años y a los niños víctimas de maltrato infantil. En los casos no cubiertos, pregunte a la Corporación de Asistencia Jurídica de Corea si puede recibir su asistencia jurídica.
Q¿Puedo declarar sin encontrarme con el autor?
Sí, es posible. La comparecencia y la declaración de la víctima no son obligatorias, así que puede negarse al careo.Pregunte al investigador a cargo si el horario o el lugar de la declaración pueden separarse de los del autor. La declaración de las víctimas de violencia sexual menores de 19 años o con discapacidad se graba en video y se conserva.
Q¿Puedo obtener una copia de mi acta de declaración?
Sí, puede. Puede solicitar consultar y copiar el acta de su propia declaración. Durante la investigación, solo puede solicitar las partes que contienen sus declaraciones y los documentos que usted presentó.En los casos que terminaron con no remisión o no acusación, puede solicitar consultar y copiar todo el expediente o parte de él. Después de la acusación, solicite al tribunal consultar y copiar el expediente del juicio (ver y copiar el expediente).
Q¿Puedo averiguar el nombre y la dirección del autor?
El organismo investigador puede negarse a permitir la consulta y copia del expediente si hay riesgo de vulnerar los datos personales de las personas implicadas. Si quiere presentar una demanda de daños y perjuicios, puede solicitar al tribunal consultar y copiar el expediente del juicio después de la acusación.O bien, solicite al tribunal civil una consulta de hechos o un requerimiento de envío de documentos (procedimientos para pedir materiales a través del tribunal) para comprobarlo. La orden de indemnización se solicita ante el tribunal donde se sigue el juicio penal.
Q¿Dónde puedo recibir orientación o ayuda con los gastos médicos y de manutención?
Si alguien murió o sufrió una discapacidad o lesiones graves a causa de un delito, puede solicitar la ayuda económica para víctimas de delitos. La solicitud se presenta ante el Consejo de Deliberación de Distrito competente según su domicilio o residencia o el lugar donde se cometió el delito.Para orientación y ayuda con los gastos médicos, los gastos de manutención y el tratamiento psicológico, póngase en contacto con una organización de apoyo a las víctimas de delitos. Consulte los conceptos y los límites de la ayuda con la organización a la que lo solicite.

Cuándo necesita un abogado

  • El acta de declaración de la víctima puede usarse como prueba en el juicio (Ley de Procedimiento Penal, art. 312(4)), así que ordene de antemano las fechas, los lugares y el número de veces, y no presente como seguros los recuerdos inciertos.
  • Los avisos, como si se ha presentado acusación, el calendario del juicio, el resultado del juicio y la detención o puesta en libertad, solo se dan si usted los «solicita» (Ley de Procedimiento Penal, art. 259-2), así que solicite los avisos cuando le tomen declaración.
  • No responda directamente a los contactos de la parte del autor ni a las presiones para llegar a un acuerdo; responda a través de su abogado o del investigador.
  • El alcance de los delitos cubiertos y el fundamento legal de la protección personal, los abogados de oficio y las actas con seudónimo cambian según cada ley especial. Por ejemplo, el abogado de oficio para víctimas se basa en la Ley de Castigo de la Violencia Sexual, art. 27, la Ley de Protección de Niños y Adolescentes contra los Delitos Sexuales, art. 30, la Ley de Castigo del Maltrato Infantil, art. 16, la Ley de Castigo del Acoso, art. 17-4, la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad, art. 59-15 y la Ley de Prevención de la Trata de Personas, art. 16.Por eso, consulte con el investigador a cargo si su caso está cubierto.

Leyes relacionadas

  • Ley de Procedimiento Penal, art. 221 (interrogatorio de testigos, presencia de una persona de confianza), arts. 245-6 y 245-7 (notificación de no remisión, objeción), arts. 258, 259 y 259-2 (notificaciones de la resolución y del avance), arts. 294-2 a 294-4 (derecho de la víctima a declarar, audiencias a puerta cerrada, consulta del expediente), arts. 163-2 y 165-2 (protección de testigos), art. 260 (solicitud de resolución judicial)
  • Ley de Casos Especiales sobre el Castigo de los Delitos Sexuales
  • Ley de Casos Especiales sobre el Castigo de los Delitos de Maltrato Infantil
  • Ley de Protección de los Informantes de Delitos Específicos
  • Ley de Protección de las Víctimas de Delitos

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