CRIMINAL PROCEDURE

Procedimientos en casos penales

Desde la investigación policial hasta el juicio y la ejecución de la pena, esta guía explica el orden en que los organismos de investigación y los tribunales tramitan los casos penales, dividido en procedimientos para el acusado (sospechosos y acusados), para las víctimas y juicios especiales.

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Lista

Penal 03Settlement & Criminal Mediation (Victim)

Procedimiento de acuerdo y mediación penal

Aquí se explica qué debe valorar la víctima y qué opciones tiene cuando la parte del agresor se pone en contacto para proponer un acuerdo. En los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, si retira la denuncia o declara que no desea el castigo, ya no puede volver atrás. Por eso el orden de los pasos es importante.

¿En qué paso se encuentra?

Seleccione su paso actual y su contenido aparecerá a continuación.

  1. 1Recepción de una propuesta de acuerdo
  2. 2Revisión de los criterios para decidir
  3. 3Preparación del acuerdo y del escrito de no deseo de castigo
  4. 4Remisión a mediación penal
  5. 5Asistencia a la fecha de mediación
  6. 6Consignación penal
  7. 7Comprobación del cobro / Respuesta al impago

Diagrama del procedimiento

Haga clic en un recuadro para ver su explicación abajo.

  • Paso básico
  • Acción adicional / opción
  • Rechazo / oposición
  • Fin del procedimiento
Ahora
STEP 1Parte contraria

Recepción de una propuesta de acuerdo

La parte del agresor (el propio agresor o su abogado defensor) propone un acuerdo a través del órgano de investigación o de un abogado. La víctima no tiene obligación de responder ni de dar sus datos de contacto.

Siguiente: Revisión de los criterios para decidir

Explicación

El agresor o su abogado se pone en contacto a través de la policía, el fiscal o su abogado para decir «queremos llegar a un acuerdo». No tiene que responder ni dar su número de teléfono. Es la víctima quien decide si llega a un acuerdo.

Duración
Varía según el caso y el estado de la negociación
Coste
La ley no fija ningún coste que la víctima deba pagar por un acuerdo o una mediación penal (si recibe asesoramiento de un abogado, ese coste es aparte)

Guía del procedimiento

Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.

  1. 1

    La parte del agresor (el propio agresor o su abogado defensor) propone un acuerdo a través del órgano de investigación o de un abogado. La víctima no tiene obligación de responder ni de dar sus datos de contacto. Si el agresor acude a usted directamente o le contacta una y otra vez, avise al investigador a cargo.

  2. 2

    Primero, compruebe si su caso es un delito perseguible solo previa denuncia (solo se puede castigar si la víctima denuncia), un delito no punible contra la voluntad de la víctima (no se puede castigar si la víctima no desea el castigo) u otro delito. En los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, el acuerdo pone fin al caso; en los demás delitos, es un elemento que se tiene en cuenta al fijar la pena del agresor. Después, fije las condiciones del acuerdo teniendo en cuenta la cuantía del daño, los gastos médicos, el daño moral y el nivel de los acuerdos en casos similares.

  3. 3

    Redacte un acuerdo que indique la cantidad, cuándo se pagará (plazo de pago), si no desea el castigo, el alcance de las reclamaciones civiles a las que renuncia y si será confidencial. Redacte el escrito de no deseo de castigo (escrito en el que dice que no desea el castigo) solo después de haber recibido realmente el dinero (Ley de Procedimiento Penal §232). Una cláusula que diga «no se presentará ninguna objeción en el ámbito civil ni penal» puede ser válida como acuerdo de no demandar por la vía civil (Tribunal Supremo 98Da63988), así que compruebe bien el alcance de aquello a lo que renuncia.

  4. 4

    Si un fiscal de la Oficina de Acusación Pública (antes, la Fiscalía) remite (envía) al Comité de Mediación Penal un caso en el que considera posible reparar el daño, usted recibe una notificación de la fecha de mediación (el día en que se celebra). La mediación solo sigue adelante si la víctima está de acuerdo. Los documentos o declaraciones aportados en la mediación solo se muestran a la otra parte con el consentimiento de quien los aportó (Ley de Protección de Víctimas de Delitos §44(4)).

  5. 5

    En la fecha de mediación, usted expone ante los mediadores la cuantía del daño y las condiciones que desea, y ambas partes se reúnen para negociar. Si se llega a un acuerdo, se redacta un acta de mediación (documento con lo acordado), y el fiscal puede tener en cuenta el resultado al resolver el caso (Ley de Protección de Víctimas de Delitos §45(4)). Si no hay acuerdo, el caso vuelve al procedimiento de investigación original.

  6. 6

    Si no hay acuerdo, el agresor puede hacer una consignación penal (Ley de Consignaciones §5-2), depositando dinero en la oficina de consignaciones del tribunal con el número de caso. La consignación se da a conocer mediante un aviso por internet de la oficina de consignaciones, entre otros medios (Ley de Consignaciones §5-2(3)), y el tribunal debe oír la opinión de la víctima antes de dictar sentencia (Ley de Procedimiento Penal §294-6). En ese momento también puede declarar que no aceptará el dinero. Sin embargo, si notifica a la oficina de consignaciones que rechaza el dinero, el agresor podrá recuperar lo consignado (Ley de Consignaciones §9-2(1)).

  7. 7

    Presente el escrito de no deseo de castigo después de comprobar que el dinero del acuerdo ha llegado a su cuenta. Esto es porque, en los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, la voluntad de no castigar y la retirada de la denuncia no pueden revocarse una vez expresadas (Ley de Procedimiento Penal §232(2)(3)). Si el agresor no paga el dinero prometido, solicite una orden de pago o presente una demanda civil basándose en el acuerdo, y si aún no ha presentado el escrito de no deseo de castigo, no lo presente.

    Paso actual

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

Este procedimiento no tiene plazos legales.

Preparación y comprobaciones

  • Compruebe si el delito es de los que terminan con un acuerdo (perseguible solo previa denuncia o no punible contra la voluntad de la víctima).
  • Reúna los documentos para calcular la cuantía del daño, los gastos médicos y el daño moral.
  • Una cláusula de no presentar más reclamaciones civiles puede ser válida. Por eso, indique con claridad en el acuerdo el plazo de pago y el alcance de la renuncia a reclamaciones civiles.
  • En los delitos perseguibles solo previa denuncia o no punibles contra la voluntad de la víctima, la voluntad de no castigar no puede revocarse, así que presente el escrito de no deseo de castigo solo después de comprobar que ha recibido el dinero.
  • Reciba los contactos de la parte del agresor a través de un abogado o del investigador.

Cuándo necesita un abogado

Necesita la ayuda de un abogado antes de redactar el acuerdo en situaciones como estas: cuando le cuesta decidir cuánto debe ser la cantidad o cuando la parte del agresor le presiona.

Lo mismo ocurre cuando la redacción del acuerdo puede afectar a una futura reclamación de daños. Esto es porque, en los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, una vez que retira la denuncia o declara que no desea el castigo, no puede volver atrás.

Posición actual (7/7)

Paso 7 · Comprobación del cobro / Respuesta al impago

Qué hacer ahora

Presente el escrito de no deseo de castigo solo después de comprobar que el dinero del acuerdo ha llegado a su cuenta. Esto es porque, en los delitos perseguibles solo previa denuncia y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, la voluntad de no castigar no puede revocarse una vez expresada.

Si el agresor no paga el dinero prometido, solicite al tribunal una orden de pago o presente una demanda civil basándose en el acuerdo. Si aún no ha presentado el escrito de no deseo de castigo, no lo presente.

Qué viene después

Este es el último paso.

Plazos que debe cumplir a partir de ahora

No hay plazos legales en los pasos siguientes.

Cuándo recurrir a un abogado

Necesita la ayuda de un abogado antes de redactar el acuerdo en situaciones como estas: cuando le cuesta decidir cuánto debe ser la cantidad o cuando la parte del agresor le presiona.

Lo mismo ocurre cuando la redacción del acuerdo puede afectar a una futura reclamación de daños. Esto es porque, en los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, una vez que retira la denuncia o declara que no desea el castigo, no puede volver atrás.

7 / 7

Preguntas frecuentes

Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.

Q¿Cuál es una cantidad de acuerdo adecuada?
La ley no fija ningún criterio. Se decide valorando los daños reales, como gastos médicos y de reparación, los ingresos perdidos mientras no pudo trabajar y la indemnización por daño moral.
Q¿Hasta cuándo y dónde presento el escrito de no deseo de castigo?
Puede presentarlo hasta que se dicte la sentencia de 1.ª instancia. En la fase policial, preséntelo al investigador a cargo; tras la remisión (el caso pasa a la Oficina de Acusación Pública), preséntelo en el despacho del fiscal a cargo.Tras la acusación, preséntelo ante el tribunal que juzga el caso. Escriba el número de caso, su nombre y que no desea el castigo, y fírmelo.Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la voluntad de no castigar debe expresarse de forma clara y fiable. Aunque se lo entregue a la parte del agresor, hágalo solo después de comprobar que se ha ingresado el dinero del acuerdo.
QSi llegamos a un acuerdo, ¿el agresor queda sin castigo?
Depende del caso. La agresión y las amenazas son delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, y la injuria es un delito perseguible solo previa denuncia (solo se castiga si hay denuncia). En estos delitos, el caso termina si llega a un acuerdo y declara que no desea el castigo.En otros delitos, como estafa, lesiones o violencia sexual, el proceso penal sigue adelante. En ese caso, el tribunal tiene en cuenta el acuerdo como circunstancia posterior al delito al fijar la pena.
Q¿Hay un formulario fijo para el acuerdo? ¿Hay que legalizarlo ante notario?
En el acuerdo se escriben los nombres y datos de contacto de ambas partes, el número de caso, la cantidad del acuerdo y la fecha de pago. También se indica si no desea el castigo y el alcance de la renuncia a reclamaciones civiles, y ambas partes firman.Consulte con un abogado si hace falta legalizarlo ante notario. Reciba el dinero del acuerdo por transferencia bancaria para que quede constancia del cobro.
QSi retiro el dinero que el agresor consignó en el tribunal, ¿significa que no deseo el castigo?
Retirar el dinero consignado (sacar el dinero depositado en el tribunal) y expresar la voluntad de no castigar son procedimientos distintos según la ley.Por eso, incluso después de recibir el dinero, puede presentar al tribunal su opinión de que desea el castigo. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la voluntad de no castigar debe expresarse de forma clara y fiable.Si no quiere aceptar el dinero, dígalo cuando el tribunal le pida su opinión. Sepa también que, si notifica formalmente a la oficina de consignaciones que rechaza el dinero, el agresor podrá recuperarlo.
Q¿Puedo llegar a un acuerdo por mi cuenta, sin abogado?
Puede llegar a un acuerdo por su cuenta. Pero tenga cuidado si la cantidad es alta, si se incluye una cláusula de renuncia a reclamaciones civiles o si la parte del agresor tiene abogado.Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, una cláusula de no presentar reclamaciones civiles puede ser válida. Entonces es posible que después no pueda reclamar daños y perjuicios. En estos casos es más seguro que lo revise un abogado.

Cuándo necesita un abogado

  • En los delitos perseguibles solo previa denuncia de la víctima y en los delitos no punibles contra la voluntad de la víctima, la voluntad de no castigar y la retirada de la denuncia no pueden revocarse una vez expresadas (Ley de Procedimiento Penal §232(2)(3)). Por eso, preséntelas solo después de haber recibido realmente el dinero del acuerdo.
  • Si el acuerdo contiene una cláusula que diga «no se presentará ninguna objeción en el ámbito civil ni penal», puede ser válida como acuerdo de no demandar por la vía civil (pacto de no demandar) (Tribunal Supremo 98Da63988).Por eso, más adelante podría no poder reclamar daños y perjuicios. Compruebe bien el alcance de aquello a lo que renuncia.
  • Si la parte del agresor acude a usted directamente o le contacta una y otra vez, avise al investigador y reciba los contactos solo a través de un abogado.

Leyes relacionadas

  • Ley de Procedimiento Penal, artículo 232 (retirada de la denuncia y no deseo de castigo) y artículo 294-6 (audiencia de la opinión de la víctima en caso de consignación)
  • Ley de Protección de Víctimas de Delitos, artículos 41 a 46 (mediación penal)
  • Ley de Consignaciones, artículo 5-2 (consignación penal) y artículo 9-2 (límites a la recuperación de lo consignado)

Procedimiento de acuerdo y mediación penal,
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