Divorcio 03Responding to a Divorce Petition
Procedimiento al recibir una demanda de divorcio o una solicitud de mediación
Es el procedimiento para el cónyuge que recibe una demanda de divorcio o una solicitud de mediación presentada por el otro cónyuge. Explica, en orden, todo el proceso: desde la presentación del escrito de contestación hasta la comparecencia en la mediación (un procedimiento de acuerdo que se celebra en el tribunal), la reconvención, el juicio y la declaración de divorcio.Los plazos empiezan a correr desde el día en que recibe la demanda, por lo que es importante revisarla en cuanto la reciba.
¿En qué paso se encuentra?
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- 1Recepción de la copia de la demanda y de la citación a mediación
- 2Presentación del escrito de contestación
- 3Comparecencia en la fecha de mediación
- 4Presentación de la reconvención
- 5Decisión sustitutiva de la mediación
- 6Vistas y práctica de la prueba
- 7Notificación de la sentencia
- 8Apelación
- 9Firmeza y declaración de divorcio
Diagrama del procedimiento
Haga clic en un recuadro para ver su explicación abajo.
- Paso básico
- Acción adicional / opción
- Rechazo / oposición
- Fin del procedimiento
Recepción de la copia de la demanda y de la citación a mediación
El tribunal notifica por correo una copia de la demanda o de la solicitud de mediación presentada por la otra parte, junto con instrucciones para presentar la contestación y una citación para la fecha de mediación. El día de recepción es el punto de partida de todos los plazos, así que guarde el sobre de la notificación y la fecha.
Siguiente: Presentación del escrito de contestaciónExplicación
El tribunal le envía por correo una copia de la demanda (o de la solicitud de mediación) presentada por su cónyuge, instrucciones sobre la contestación y una citación para la fecha de mediación.Todos los plazos empiezan el día en que la recibe, así que guarde sin falta el sobre y la fecha de recepción. Aunque intente no recibirla, el procedimiento sigue adelante igualmente.
- Duración
- Si termina en mediación, no hay juicio; si pasa a litigio, la duración varía mucho según el caso, así que consulte el estado del procedimiento con la sección del tribunal que lleva el caso
- Coste
- La contestación en sí no cuesta nada. Si presenta una reconvención, hay tasas de timbre y de notificación según la cantidad reclamada, y honorarios de tasación.
Guía del procedimiento
Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.
- 1
El tribunal le envía por correo una copia de la demanda o de la solicitud de mediación presentada por su cónyuge, junto con instrucciones para presentar la contestación y una citación para la fecha de mediación. El día en que la recibe es el punto de partida de todos los plazos, así que guarde el sobre y anote la fecha de recepción. Aunque intente no recibirla, el tribunal continúa el procedimiento mediante notificación por envío postal o notificación por edictos (formas que tienen por entregados los documentos al enviarlos o publicarlos). Evitarla no detiene el juicio; solo pierde la oportunidad de defender su postura.
- 2
Presente un escrito de contestación dentro de los 30 días siguientes al día en que recibe la copia de la demanda (Ley de Enjuiciamiento Civil §256(1), aplicable según la Ley de Litigios Familiares §12). Indique si está de acuerdo con el divorcio, quién es responsable de la ruptura del matrimonio y su postura sobre la división de bienes, la crianza y el régimen de visitas (cómo verá al hijo el otro progenitor), y adjunte las pruebas. En la pretensión de divorcio, no presentar la contestación no se considera una aceptación de las pretensiones de la otra parte (salvedad de la Ley de Litigios Familiares §12), pero no existe esa excepción para la reclamación de indemnización por daño moral, y el juicio avanza sobre todo con los materiales de la otra parte. Por eso es importante exponer su postura dentro del plazo.
- 3
El divorcio es un asunto que debe pasar primero por mediación (Ley de Litigios Familiares §50), por lo que debe comparecer en persona en la fecha de mediación notificada (Ley de Litigios Familiares §7). Si no comparece sin motivo justificado, se le puede imponer una multa de hasta KRW 500,000 (Ley de Litigios Familiares §66), y se dicta una decisión sustitutiva de la mediación sin su participación o el caso pasa a litigio. Si se llega a un acuerdo, se redacta un acta de mediación, que tiene el mismo efecto que una sentencia firme. Por eso, revise bien los términos antes de firmar.
- 4
Si también quiere reclamar una indemnización por daño moral, la división de bienes, la patria potestad o la pensión de alimentos, debe presentar una reconvención antes de que terminen las vistas (Ley de Enjuiciamiento Civil §269). Escribirlo solo en la contestación no cuenta como reclamación. Si necesita con urgencia la pensión de alimentos durante el juicio o le preocupa que la otra parte se deshaga de bienes, solicite también una medida previa o un embargo preventivo. Esto se debe a que, una vez que se ha dispuesto de los bienes, es difícil cobrar aunque gane el juicio.
- 5
Si no se llega a un acuerdo, el tribunal puede tomar una decisión sustitutiva de la mediación en lugar de un acuerdo. Si le resulta difícil aceptarla, debe presentar una oposición dentro de las 2 semanas siguientes al día en que recibe la decisión escrita. Si no hay oposición, queda firme tal cual y tiene el mismo efecto que una sentencia, así que revise su contenido en cuanto la reciba.
- 6
Si la mediación fracasa, el caso pasa a litigio y se celebran las vistas (fechas del juicio). Mediante la investigación de un investigador familiar, el interrogatorio de las propias partes, el interrogatorio de testigos, las órdenes de declaración de bienes y de aportación de información sobre transacciones financieras y las tasaciones de bienes, el tribunal determina la responsabilidad por la ruptura del matrimonio y el alcance de los bienes que se dividirán. Comparezca en todas las vistas y exponga sus argumentos en escritos de alegaciones. Si no comparece, será mucho más difícil que se tengan en cuenta sus argumentos.
- 7
La sentencia decide a la vez si se concede el divorcio, junto con la indemnización por daño moral, la división de bienes, quién ejerce la patria potestad y quién es el progenitor custodio, la pensión de alimentos y el régimen de visitas. Si le resulta difícil aceptar la sentencia, apele dentro de los 14 días siguientes al día en que recibe la copia auténtica de la sentencia (Ley de Litigios Familiares §19(1)). Si la otra parte apela, también puede impugnarla mediante una apelación adhesiva (impugnar a la vez en respuesta a la apelación de la otra parte).
Paso actual - 8
Una vez firme la sentencia, presente la declaración de divorcio en la oficina municipal, de distrito, de pueblo o de cantón dentro de 1 mes desde la fecha en que queda firme, adjuntando la copia auténtica de la sentencia y el certificado de firmeza (Ley de Registro de Relaciones Familiares §78, §58). Por regla general, la declaración la hace la parte que presentó el caso, pero si esa parte no la hace, puede presentarla usted. El registro de relaciones familiares solo se actualiza una vez presentada la declaración.
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 30 díasPaso 2 Presentación del escrito de contestación
- Oposición: 2 semanasPaso 5 Decisión sustitutiva de la mediación
- 14 díasPaso 8 Apelación
- 1 mesPaso 9 Firmeza y declaración de divorcio
Preparación y comprobaciones
- Guarde la fecha en que recibió la demanda o la solicitud de mediación y el sobre, y calcule el plazo de 30 días para contestar. El día de recepción es el punto de partida de todos los plazos.
- Ordene su postura sobre si está de acuerdo con el divorcio, la responsabilidad por la ruptura del matrimonio y los bienes y la crianza, y reúna pruebas. Las usará tal cual en la contestación y en la mediación.
- Deje libre su agenda para comparecer en persona en la fecha de mediación. No comparecer puede acarrear una multa.
- Prepare las cantidades de indemnización por daño moral, división de bienes y pensión de alimentos que reclamará en una reconvención, junto con los documentos que las respaldan. Sus propias pretensiones solo se resuelven en la sentencia si presenta una reconvención.
- Marque en su calendario los plazos para impugnar, como las 2 semanas para una decisión sustitutiva de la mediación y los 14 días para una sentencia. Si vence un plazo, queda firme tal cual.
- Prepare los documentos para la declaración de divorcio (copia auténtica de la sentencia y certificado de firmeza), que debe presentarse dentro de 1 mes después de que la sentencia quede firme.
Cuándo necesita un abogado
En las siguientes situaciones necesita la ayuda de un abogado en cuanto reciba la demanda: cuando no está de acuerdo con el divorcio, cuando la indemnización por daño moral o la división de bienes que pide la otra parte es elevada, o cuando se disputa la custodia del hijo.
Lo mismo ocurre cuando el plazo para contestar está cerca. La forma en que exponga su postura en la contestación y en la reconvención cambia el curso de la mediación y del juicio posteriores.

Posición actual (7/9)
Paso 7 · Notificación de la sentencia
Qué hacer ahora
El tribunal envía una sentencia escrita que decide a la vez si se concede el divorcio, la indemnización por daño moral, la división de bienes, quién criará al hijo, la pensión de alimentos y cómo verá al hijo el otro progenitor.
Si presentó una reconvención, también se resuelve.
El plazo de apelación (pedir a un tribunal superior que vuelva a examinar el caso) se cuenta desde el día en que la recibe, así que anote la fecha.
Qué viene después
Paso 8 · Apelación
Si le resulta difícil aceptar la sentencia, presente un escrito de apelación dentro de los 14 días siguientes al día en que recibe la sentencia escrita.
Si la otra parte apela, usted también puede impugnarla junto con ella. Si ninguna de las partes apela, la sentencia queda firme y ya no se puede impugnar.
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 14 díasPaso 8 Apelación
Fundamento: Ley de Litigios Familiares §19, Ley de Enjuiciamiento Civil §403
- 1 mesPaso 9 Firmeza y declaración de divorcio
Fundamento: Ley de Registro de Relaciones Familiares §78, §58
Cuándo recurrir a un abogado
En las siguientes situaciones necesita la ayuda de un abogado en cuanto reciba la demanda: cuando no está de acuerdo con el divorcio, cuando la indemnización por daño moral o la división de bienes que pide la otra parte es elevada, o cuando se disputa la custodia del hijo.
Lo mismo ocurre cuando el plazo para contestar está cerca. La forma en que exponga su postura en la contestación y en la reconvención cambia el curso de la mediación y del juicio posteriores.
Preguntas frecuentes
Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.
- QHe recibido una demanda. ¿De verdad tengo que presentar un escrito de contestación?
- Sí, por regla general debe presentarla. Preséntela dentro de los 30 días siguientes al día en que recibe la copia de la demanda.En la pretensión de divorcio, no pierde de inmediato aunque no presente la contestación. Sin embargo, en una reclamación de indemnización por daño moral, se le puede tener por conforme (aceptando las pretensiones de la otra parte), como en un pleito civil.Además, si no la presenta, la mediación y el juicio avanzan sobre todo con las alegaciones y los materiales de la otra parte. Cuanto más tarde, menos oportunidades tendrá de que se tenga en cuenta su postura.
- Q¿Qué debo escribir en la contestación? ¿Hay un formulario?
- Puede obtener el formulario en el sitio web de litigación electrónica de la Corte Suprema y en la oficina de atención al público del tribunal. Primero, indique qué pretensiones de la otra parte admite y cuáles niega.Indique también si está de acuerdo con el divorcio y quién es responsable de la ruptura del matrimonio. Exponga además su postura sobre la división de bienes, la crianza y el régimen de visitas (ver al hijo).Después adjunte las pruebas (mensajes, fotos, registros de transacciones). Sus pretensiones solo pueden estimarse si hay pruebas.
- Q¿Tengo que ir en persona a la fecha de mediación?
- Sí, debe ir en persona. En la mediación de divorcio, la regla es comparecer personalmente.Solo puede comparecer un representante con autorización cuando hay circunstancias especiales. Si no comparece sin motivo justificado, se le puede imponer una multa de hasta KRW 500,000.También puede dictarse sin su participación una decisión sustitutiva de la mediación (una propuesta de mediación que fija el propio tribunal). Si la fecha no le viene bien, es mejor pedir con antelación a la sección del tribunal un cambio de fecha.
- Q¿Qué hago si yo también quiero una indemnización por daño moral o la división de bienes?
- Debe presentar una reconvención (una reclamación propia contra la otra parte). Escribir simplemente «yo también quiero recibir algo» en la contestación no cuenta como reclamación.El tribunal la resuelve junto con la sentencia solo si presenta la reconvención antes de que terminen las vistas (el procedimiento para exponer sus argumentos ante el tribunal), así que preséntela sin demora. Al presentar una reconvención, paga una tasa de timbre según la cantidad reclamada.
- Q¿Y si creo que la otra parte va a ocultar bienes o llevarse al hijo?
- Congele los bienes mediante los procedimientos de embargo preventivo o de medida cautelar en asuntos de familia y, en lo relativo al hijo, solicite una medida previa que designe un progenitor custodio provisional o fije el régimen de visitas. Ambas se solicitan por separado del juicio principal (la propia demanda de divorcio), así que es mejor prepararlas en cuanto reciba la demanda.
- Q¿Quién presenta la declaración de divorcio?
- Por regla general, la parte que presentó el caso hace la declaración dentro de 1 mes desde la fecha en que la sentencia queda firme. Si esa parte no la hace, puede presentarla usted.Vaya a la oficina municipal, de distrito, de pueblo o de cantón con la copia auténtica de la sentencia y el certificado de firmeza. Si el caso terminó en mediación, declárelo dentro de 1 mes desde el día en que se cerró la mediación.
Cuándo necesita un abogado
- Si recibe una demanda y no hace nada, el juicio avanza sobre todo con las pretensiones de la otra parte. Por eso, ocúpese primero del plazo de 30 días para contestar y de la fecha de mediación.
- Si usted mismo quiere recibir una indemnización por daño moral o la división de bienes, debe reclamarlo mediante una reconvención. Esto se debe a que escribir simplemente «yo también quiero recibir algo» en la contestación no cuenta como reclamación.
- Deshacerse precipitadamente de bienes o llevarse al hijo sin que lo sepa la otra parte le perjudica en el juicio. Se tiene en cuenta al decidir la división de bienes y la custodia.
- El plazo de contestación (30 días desde el día en que recibe la copia de la demanda) proviene de la Ley de Enjuiciamiento Civil §256(1), que también se aplica a los litigios familiares (Ley de Litigios Familiares §12). La multa por no comparecer en la mediación (hasta KRW 500,000) está prevista en la Ley de Litigios Familiares §66.En la pretensión de divorcio, no presentar la contestación no se considera una aceptación (salvedad de la Ley de Litigios Familiares §12), pero esta excepción no se aplica a la reclamación de indemnización por daño moral presentada junto con ella (un asunto de categoría Da).
Leyes relacionadas
- Ley de Litigios Familiares, artículo 12 (aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Civil), artículo 19 (apelación), artículo 50 (mediación previa), artículo 66
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 256 (escrito de contestación), artículo 269 (reconvención)
- Código Civil, artículo 840 (Causas del divorcio judicial), artículo 839-2 (División de bienes)
- Ley de Registro de Relaciones Familiares, artículo 78, artículo 58

Procedimiento al recibir una demanda de divorcio o una solicitud de mediación,
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