CONTENIDO
- 1. Cliente en riesgo de prisión provisional por delito de estafa

- 2. Actuación del abogado penalista frente a la prisión provisional por delito de estafa

- - Aspecto esencial para negar la «intención»: aportación de garantías y análisis de la operación
- - Acreditación mediante datos objetivos de la capacidad y la voluntad de devolución
- - Relevancia de una «amistad de 20 años» y del conocimiento de la persona denunciante
- - Justificación de un cambio imprevisto de circunstancias relacionado con el «incumplimiento de la deuda»
- 3. Absolución del cliente que se encontraba en riesgo de prisión provisional por delito de estafa

- - Elementos constitutivos del delito de estafa
- - Cómo responder ante una acusación de estafa
- - Medidas según cada fase de la prisión provisional por delito de estafa
1. Cliente en riesgo de prisión provisional por delito de estafa
Ante el riesgo de prisión provisional por un delito de estafa, es necesario adoptar una respuesta adecuada desde las primeras fases. Si se considera acreditada la estafa, puede imponerse una pena de prisión con trabajos de hasta 20 años o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.

En este asunto llegó a plantearse la posibilidad de prisión provisional por delito de estafa, lo que supuso una gran presión para el cliente.
El cliente trabajaba en el sector de la distribución y atravesaba un periodo en el que el flujo de fondos de sus operaciones era irregular, por lo que pidió dinero prestado temporalmente a una persona conocida desde hacía muchos años.
Sin embargo, posteriormente concurrieron circunstancias imprevistas que alteraron el calendario de devolución y la otra persona terminó presentando una denuncia penal por estos hechos.
El cliente respondió inicialmente por su cuenta, confiando en que «nunca había tenido intención de engañar», pero el asunto llegó a la fase de acusación sin que durante la investigación se hubieran aclarado suficientemente los hechos y las cuestiones jurídicas.
Fue entonces cuando comprendió la carga probatoria y los riesgos asociados a sus declaraciones en el juicio ordinario y consideró que necesitaba asistencia especializada ante la posibilidad de que el asunto derivara en prisión provisional por delito de estafa.
Por ello, el cliente acudió a Daeryun Sociedad de Abogados y solicitó asistencia para reducir el riesgo de prisión provisional por delito de estafa y esclarecer la realidad material de los hechos.
2. Actuación del abogado penalista frente a la prisión provisional por delito de estafa
Para la defensa frente a la prisión provisional por delito de estafa, el abogado especializado en derecho penal actuó del siguiente modo.
Aspecto esencial para negar la «intención»: aportación de garantías y análisis de la operación
El abogado penalista de Daeryun destacó que, en el momento del préstamo, el cliente había ofrecido garantías reales, entre ellas un vehículo.
Explicó de forma razonada que ofrecer una garantía no sería habitual si desde el principio hubiera existido la intención de obtener fraudulentamente el dinero, y estructuró la defensa con el fin de reducir el riesgo de prisión provisional por delito de estafa.
Acreditación mediante datos objetivos de la capacidad y la voluntad de devolución
El abogado penalista de Daeryun subrayó que el cliente percibía ingresos estables cuando recibió el préstamo y que su plan de devolución era viable de forma realista.
Asimismo, documentó la estructura de sus ingresos, el flujo de las operaciones y el plan de gestión de fondos existente en aquel momento para rebatir directamente el elemento del delito de estafa consistente en «carecer desde el principio de voluntad o capacidad para devolver el dinero».
Relevancia de una «amistad de 20 años» y del conocimiento de la persona denunciante
El abogado penalista de Daeryun señaló como cuestión esencial que la persona denunciante y el cliente mantenían una relación desde hacía muchos años y que aquella conocía la situación y la solvencia del cliente.
En particular, explicó de forma sistemática que el hecho de que la persona denunciante hubiera prestado el dinero conociendo los riesgos podía debilitar la apreciación de la existencia de engaño, lo que permitía cuestionar la tesis que sustentaba la prisión provisional por delito de estafa.
Justificación de un cambio imprevisto de circunstancias relacionado con el «incumplimiento de la deuda»
El abogado penalista de Daeryun prestó especial atención a que el retraso en la devolución se debía a un cambio de circunstancias posterior al préstamo, concretamente a que el cliente había dejado de percibir su salario de la empresa.
De este modo, puso de relieve que no había existido engaño cuando se recibió el préstamo, sino un incumplimiento de la deuda provocado por circunstancias económicas inevitables surgidas posteriormente, con el fin de rebatir una interpretación que pudiera conducir a la prisión provisional por delito de estafa.
3. Absolución del cliente que se encontraba en riesgo de prisión provisional por delito de estafa

En este asunto, en el que se temía incluso la prisión provisional por delito de estafa, el tribunal coreano acogió los argumentos del abogado penalista de Daeryun y dictó una sentencia absolutoria.
Como resultado, el cliente dejó atrás tanto el riesgo de sanción penal como la preocupación por la posibilidad de cumplir una pena privativa de libertad efectiva, y pudo preservar su vida cotidiana y sus medios de subsistencia.
La asistencia del abogado penalista de Daeryun contribuyó a este resultado al delimitar con precisión las cuestiones controvertidas durante el juicio y relacionar jurídicamente los elementos esenciales: la aportación de garantías, la capacidad de devolución, las características particulares de la relación y el cambio de circunstancias.
Elementos constitutivos del delito de estafa
En los asuntos en los que se plantea la prisión provisional por delito de estafa, la cuestión esencial no es el mero hecho de no haber devuelto el dinero, sino determinar si concurrieron los elementos constitutivos del delito de estafa, es decir, un acto de engaño y la intención fraudulenta de obtener el dinero.
Con carácter general, el delito de estafa se configura cuando una persona engaña a otra para que realice un acto de disposición patrimonial y, como consecuencia, obtiene un beneficio patrimonial.
No obstante, en las relaciones de préstamo de dinero, el mero incumplimiento de la deuda no constituye automáticamente un delito de estafa. En muchos casos debe acreditarse que, al recibir el préstamo, la persona carecía de voluntad o capacidad para devolverlo y que ocultó esa circunstancia o engañó a la otra parte mediante hechos falsos.
Por ello, los siguientes elementos son relevantes en la práctica.
Cómo responder ante una acusación de estafa
Si se considera acreditado el delito de estafa, puede imponerse una pena de prisión con trabajos de hasta 20 años o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.
Las actuaciones frente al riesgo de prisión provisional por delito de estafa pueden organizarse del siguiente modo.
Fase | Actuación principal | Precauciones | Ámbito de la asistencia letrada |
Antes y después de la denuncia | Ordenar los hechos y conservar los materiales | Evitar contactos impulsivos y la eliminación unilateral de datos | Identificar las cuestiones controvertidas y diseñar la estrategia de defensa |
Fase de investigación | Estructurar las declaraciones y seleccionar las pruebas | Evitar respuestas basadas en conjeturas y expresiones exageradas | Elaborar argumentos para negar la intención y el engaño |
Juicio tras la acusación | Prueba principalmente documental y estrategia sobre testigos y materiales | Riesgo de modificar las declaraciones | Acreditar conjuntamente las garantías, la capacidad de devolución y las circunstancias de la relación |
Antes y después de la sentencia | Actuaciones posteriores en función del resultado | Conexión con controversias civiles y de cobro de créditos | Prevenir la extensión de la controversia y establecer un plan de actuación |
Si concurre cualquiera de las siguientes circunstancias, conviene examinar la orientación de la respuesta mediante asesoramiento jurídico desde las primeras fases de la investigación.
En estas circunstancias no puede descartarse que la investigación por delito de estafa derive en prisión provisional. Conviene examinar previamente la estructura del asunto y las cuestiones jurídicas antes de prestar declaración.
Medidas según cada fase de la prisión provisional por delito de estafa
Para que la defensa sea efectiva, deben establecerse distintos medios de actuación y aspectos probatorios según cada fase de la prisión provisional por delito de estafa.
① Fase anterior a la prisión provisional por delito de estafa: impedir la solicitud de una orden de prisión provisional
Cuando durante la investigación se menciona la posibilidad de prisión provisional por delito de estafa, el abogado penalista cuestiona prioritariamente que no concurren los requisitos para acordarla.
Los principales criterios para acordar la prisión provisional por delito de estafa son el riesgo de fuga, el riesgo de destrucción de pruebas y la gravedad del delito.
El abogado penalista diseña una estrategia para debilitar los propios fundamentos de la solicitud de la orden, centrándose en la existencia de un domicilio fijo y una base estable de subsistencia, la comparecencia voluntaria y los antecedentes de cooperación con la investigación, así como en que los materiales objetivos ya han sido obtenidos y no existe riesgo de destrucción de pruebas.
Ordenar también en esta fase los elementos constitutivos del delito de estafa (engaño, dolo y obtención patrimonial) influye directamente en la posterior decisión sobre la prisión provisional.
② Fase inmediatamente posterior a la prisión provisional por delito de estafa: intento de puesta en libertad mediante la revisión judicial de la prisión provisional
Aunque ya se haya acordado la prisión provisional por delito de estafa, su necesidad puede volver a cuestionarse mediante el procedimiento coreano de revisión judicial de la prisión provisional.
El abogado penalista alega el carácter indebido de la prisión provisional atendiendo principalmente a si la valoración realizada al acordarla fue excesiva desde el punto de vista fáctico o jurídico, si se justificaron suficientemente los elementos constitutivos del delito de estafa y si la medida restringe de forma excesiva el derecho de defensa.
En particular, cuando el asunto se aproxima a un mero incumplimiento de una obligación de pago, sigue abierta la posibilidad de reparar el daño o alcanzar un acuerdo, o se discuten el dolo y el engaño, se examina detenidamente la posibilidad de una puesta en libertad anticipada mediante la revisión judicial de la prisión provisional.
③ Fase de mantenimiento de la prisión provisional por delito de estafa: transición a un juicio sin prisión provisional mediante la libertad bajo fianza
Si la acusación se formula mientras la persona se encuentra en prisión provisional, se solicita la libertad bajo fianza para que pueda ser juzgada sin permanecer privada de libertad.
En esta fase, el abogado penalista diseña condiciones de libertad bajo fianza que puedan ser aceptadas por el tribunal, tras valorar conjuntamente la posibilidad de imponer condiciones como la limitación del domicilio o la prohibición de salir del país, el grado de avance de la práctica de la prueba, la reparación del daño y la naturaleza de la controversia, incluida la existencia de elementos civiles.
En los asuntos de prisión provisional por delito de estafa, cuanto más se prolonga la privación de libertad, mayores son la carga derivada de las declaraciones y las restricciones del derecho de defensa, por lo que resulta muy importante restablecer mediante la libertad bajo fianza un entorno adecuado para ejercer la defensa.
Los asuntos de prisión provisional por delito de estafa no siempre terminan en el proceso penal y pueden extenderse al cobro civil de créditos, el embargo preventivo o el deterioro de las relaciones comerciales, por lo que requieren una estrategia integrada desde las primeras fases.
Daeryun Sociedad de Abogados dispone de un sistema de colaboración integral que, mediante una única contratación, examina desde distintos ángulos tanto la respuesta penal como, según las circunstancias del asunto, las cuestiones civiles y de ejecución.
Si existe preocupación por la posibilidad de prisión provisional por delito de estafa, es importante ordenar primero las cuestiones controvertidas y los materiales, en lugar de decidir y actuar sin asistencia.
Dado que la orientación de la respuesta debe adaptarse a la fase actual, como la investigación, el periodo posterior a la acusación o el juicio, conviene revisar las opciones mediante asesoramiento jurídico a partir de las circunstancias del asunto y los materiales disponibles.
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