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Casos y Resultados

Infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos, entre otros

Caso de asistencia por infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos | No remisión a la fiscalía de un cliente investigado por esta y otras imputaciones penales

Presentamos un caso en el que se prestó asistencia a un cliente que necesitaba responder jurídicamente ante una presunta infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos de la República de Corea y otras imputaciones penales, y en el que se obtuvo una resolución policial de no remisión del caso a la fiscalía.

CONTENIDO
  • 1. Caso de un cliente expuesto a una posible sanción por infringir la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos
  • 2. Estrategia de asistencia para responder ante la presunta infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos
    • - Análisis mediante técnicas forenses digitales de las circunstancias del desplazamiento en vehículo y de la existencia de riesgo
    • - Examen de datos objetivos sobre la alegación de comunicaciones amenazantes
    • - Preparación previa de la declaración y respuesta ante la investigación policial
  • 3. Resultado de la asistencia por infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos: no remisión a la fiscalía
    • - Asunto relativo a una infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos y a un delito de amenazas, entre otras imputaciones
  • 4. Cómo responder ante la aplicación de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos
    • - Aspectos objeto de especial examen
    • - Importancia de definir la respuesta desde la fase inicial
    • - Preguntas frecuentes sobre la infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos

1. Caso de un cliente expuesto a una posible sanción por infringir la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos

Infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos, conducción bajo los efectos del alcohol con fuga, conducción temeraria con resultado de lesiones, sospecha de fuga con resultado de lesiones y posibilidad de una pena grave


Este es el caso de un cliente que se enfrentaba a una posible sanción por infringir la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos.

El cliente mantuvo conflictos continuos por cuestiones económicas con la persona con la que había mantenido una relación mientras ponían fin a esta.

Durante la relación, había ayudado en varias ocasiones a afrontar las cargas económicas de la otra persona, incluidos sus gastos de manutención, pero, a medida que la relación se deterioraba, aumentaron los conflictos relativos al dinero y a las solicitudes de devolución.

Posteriormente, la otra persona afirmó que, durante un desplazamiento en vehículo, el cliente le había exigido devolver el dinero y había realizado una conducta peligrosa que podía causarle daños físicos. También sostuvo que había continuado enviándole mensajes y comunicaciones reiteradamente amenazantes que le provocaban ansiedad.

En particular, afirmó que el cliente había dirigido comunicaciones coercitivas no solo contra ella, sino también contra su familia, y presentó una denuncia penal por varias imputaciones, incluida una infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos.

Durante la investigación, una de las cuestiones principales consistía en determinar si la conducta producida mientras circulaba el vehículo se limitaba a una discusión o si había generado un riesgo real para la conducción. Por ello, se preveía la posible aplicación de la citada Ley.

La otra persona también solicitó que se investigaran las comunicaciones del cliente relacionadas con la exigencia de devolución del dinero.

El cliente, que repentinamente tuvo que declarar ante la policía como investigado en varios asuntos penales, incluida la presunta infracción de dicha Ley, acudió a Daeryun Sociedad de Abogados para definir su respuesta.

2. Estrategia de asistencia para responder ante la presunta infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos

En este asunto, en el que se cuestionaba una posible infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos, el abogado penalista preparó una estrategia centrada en determinar si la conducta producida durante el desplazamiento en vehículo estaba efectivamente sujeta a la agravación prevista en dicha Ley y en esclarecer las circunstancias de las comunicaciones amenazantes alegadas por la otra persona.

En particular, como se cuestionaban tanto la conducta durante la circulación del vehículo como el contenido de las comunicaciones posteriores y se preveía incluso la posible aplicación de la citada Ley, era importante ordenar objetivamente las circunstancias del momento y el desarrollo real de las conversaciones.

Por ello, el abogado penalista estableció una estrategia de defensa del cliente centrada, entre otros aspectos, en el análisis de datos digitales, el examen jurídico de la presunta infracción de la Ley y la preparación para la declaración ante la policía.

Análisis mediante técnicas forenses digitales de las circunstancias del desplazamiento en vehículo y de la existencia de riesgo

La cuestión principal de este asunto consistía en determinar si la conducta peligrosa que la otra persona afirmaba que se había producido durante el desplazamiento en vehículo constituía efectivamente una infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos.

La otra persona sostenía que el cliente le había exigido devolver el dinero durante el desplazamiento y había realizado una conducta que podía causarle daño.

El abogado penalista examinó conjuntamente los mensajes de texto, las conversaciones en redes sociales y los registros de llamadas aportados por el cliente, y colaboró con el Centro de Análisis Forense Digital del despacho para analizar detenidamente las circunstancias existentes en el momento de los hechos.

El análisis permitió comprobar que existían algunas diferencias entre la situación de peligro alegada por la otra persona y las circunstancias reales, así como elementos que impedían concluir que hubiera existido un riesgo inmediato de accidente o una intención directa de causar daño durante la circulación del vehículo.

También se ordenaron cronológicamente el desarrollo de la conversación y las circunstancias de la conducta durante el desplazamiento, y se preparó una estrategia centrada en que los hechos no podían considerarse únicamente una situación de amenaza unilateral, como sostenía la otra persona.

Examen de datos objetivos sobre la alegación de comunicaciones amenazantes

La otra persona no solo afirmaba que la conducta producida durante el desplazamiento en vehículo había sido peligrosa, sino que también calificaba las comunicaciones posteriores como amenazas reiteradas, por lo que trataba de ampliar el procedimiento penal contra el cliente.

Además, sostenía que el cliente había enviado continuamente comunicaciones coercitivas y mensajes destinados a provocar ansiedad tanto a ella como a su familia.

Basándose en las declaraciones y los materiales presentados por la otra persona, el abogado penalista analizó objetivamente el número real de comunicaciones, si las llamadas llegaron a establecerse y el contenido de los mensajes.

El análisis mostró que algunas comunicaciones se habían producido en relación con la devolución del dinero, pero los datos objetivos no permitían constatar claramente una intención directa de causar daño ni indicios de una conducta persistente dirigida a provocar miedo en el grado alegado por la otra persona.

También se estructuró la argumentación en torno a las diferencias existentes entre los mensajes supuestamente amenazantes dirigidos contra la familia y los datos reales, cuestionando así la credibilidad general del contenido de la denuncia.

Preparación previa de la declaración y respuesta ante la investigación policial

En un asunto penal, el contenido de las primeras declaraciones puede influir en la orientación y el resultado de la investigación, por lo que es muy importante preparar adecuadamente la declaración ante la policía.

Además, como en este asunto se cuestionaban conjuntamente las circunstancias del desplazamiento en vehículo y el contexto de las comunicaciones posteriores, era necesario ordenar el desarrollo completo de los hechos para evitar que determinadas expresiones o conductas se interpretaran de forma aislada.

Antes de la declaración, el abogado penalista de Daeryun mantuvo varias reuniones con el cliente y ordenó cronológicamente el origen del conflicto económico, las circunstancias del desplazamiento en vehículo y el contenido real de las comunicaciones.

También examinó minuciosamente las partes de la versión de la otra persona que no se correspondían con los hechos y las expresiones que podían dar lugar a equívocos, y preparó de forma sistemática las posibles preguntas y el enfoque de las respuestas.

Sobre esta base, acompañó al cliente durante la declaración ante la policía, intervino ante posibles presiones indebidas o interpretaciones erróneas de sus manifestaciones y revisó el acta del interrogatorio del investigado.

Asimismo, ayudó al cliente a mantener una declaración coherente y centrada en los hechos, en lugar de reaccionar emocionalmente durante la investigación, y facilitó que el órgano investigador pudiera examinar las circunstancias del asunto de manera más integral.

3. Resultado de la asistencia por infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos: no remisión a la fiscalía

Daeryun analizó las circunstancias del desplazamiento en vehículo y el contexto real de las comunicaciones basándose en datos objetivos, como la declaración del cliente, los mensajes de texto, el historial de llamadas y las conversaciones en redes sociales.

La defensa se centró en señalar que no podía concluirse que la conducta del cliente constituyera, como afirmaba la otra persona, un acto peligroso dirigido a causarle un daño efectivo y que las comunicaciones posteriores se habían producido también en el contexto de la devolución del dinero y del fin de la relación.

Asimismo, se explicó que, para determinar si existe una agresión contra el conductor, no basta con una discusión o una reacción emocional, sino que deben valorarse conjuntamente aspectos como la posibilidad de que se genere un riesgo real para la conducción y la entidad de la conducta.

En cuanto a las comunicaciones reiteradamente amenazantes y las presuntas comunicaciones coercitivas dirigidas contra la familia, el examen de los datos objetivos y del desarrollo real de las conversaciones permitió sostener que no podían considerarse indicios claros de una intención directa de causar daño ni de una conducta persistente dirigida a provocar miedo.

Como resultado, el órgano investigador dictó una resolución policial de no remisión a la fiscalía respecto de todos los hechos denunciados por la otra persona, incluidos la infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos y el delito de amenazas.

Asunto relativo a una infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos y a un delito de amenazas, entre otras imputaciones

Este asunto se refería a una presunta infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos de la República de Corea (agresión contra el conductor) y a un delito de amenazas, entre otras imputaciones, surgidas durante un conflicto económico posterior al fin de una relación sentimental.

En particular, la otra persona presentó una denuncia penal alegando que el cliente había realizado una conducta peligrosa que podía causarle daño durante un desplazamiento en vehículo y que, posteriormente, había continuado enviándole comunicaciones reiteradamente amenazantes y mensajes coercitivos.

Durante la investigación, una de las cuestiones principales fue determinar si la conducta producida durante la circulación del vehículo constituía una mera reacción emocional en el marco del conflicto o si podía generar un riesgo real para la conducción.

Las penas previstas para las imputaciones relacionadas son las siguientes.

Artículo 5-10 de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos (agravación de la pena por agresión u otras conductas contra el conductor de un vehículo en circulación)

① Quien agreda o amenace al conductor de un vehículo durante la circulación será castigado con una pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o una multa penal de hasta 20.000.000 de wones surcoreanos. A estos efectos, la circulación incluye la detención temporal del vehículo para permitir que los pasajeros suban o bajen cuando el conductor esté utilizando un vehículo destinado al transporte de pasajeros conforme al artículo 2, apartado 3, de la «Ley de Transporte de Pasajeros por Carretera».

② Cuando la comisión del delito previsto en el apartado 1 cause lesiones a una persona, se impondrá una pena de prisión con trabajos de duración determinada no inferior a 3 años; si causa la muerte, se impondrá prisión perpetua o una pena de prisión con trabajos no inferior a 5 años.

Artículo 283 de la Ley Penal de la República de Corea (amenazas)

① Quien amenace a otra persona será castigado con una pena de prisión con trabajos de hasta 3 años, una multa penal de hasta 5.000.000 de wones surcoreanos, arresto o multa menor.


También en este asunto, la otra persona sostenía que las comunicaciones del cliente y su conducta durante el desplazamiento en vehículo constituían amenazas. Sin embargo, el examen conjunto del desarrollo real de las conversaciones, las circunstancias del momento y los datos objetivos reveló que existía margen para controvertir la concurrencia de los elementos de las imputaciones.

De este modo, incluso las conductas surgidas durante un conflicto económico o sentimental pueden dar lugar, según las circunstancias, a varios procedimientos penales. Por ello, es importante ordenar sistemáticamente desde el principio los hechos y los datos objetivos para determinar el enfoque de la respuesta.

4. Cómo responder ante la aplicación de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos

Dentro de las conductas que infringen la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos, la agresión o las amenazas contra el conductor de un vehículo en circulación pueden recibir una sanción más grave que las agresiones o amenazas ordinarias.

Las conductas producidas durante un desplazamiento en vehículo pueden investigarse como una infracción de dicha Ley si se aprecia un riesgo para la circulación, aunque no se haya producido un accidente.

Una discusión menor o una conducta impulsiva no determinan por sí solas la existencia de la imputación. Por ello, es necesario ordenar objetivamente las circunstancias del momento, la posibilidad de que se generara un riesgo real y el contexto de la conducta.

Aspectos objeto de especial examen

En los asuntos relativos a una infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos por agresión contra un conductor, se examinan principalmente la posibilidad de que se generara un riesgo real durante la circulación y la entidad de la conducta.

Aun tratándose de una conducta idéntica, la valoración jurídica puede variar según si el vehículo estaba circulando, las circunstancias del momento y el contexto de la conducta.

Por lo general, el órgano investigador valora conjuntamente los siguientes elementos para determinar si concurren los elementos de la imputación.

Elementos examinados

Principales aspectos comprobados

  • Circulación del vehículo

Si el vehículo se encontraba efectivamente en circulación

  • Forma de la conducta

Interferencia en el control del vehículo y posibilidad de causar daño

  • Posibilidad de generar un riesgo

Riesgo de accidente y circunstancias del entorno

  • Contexto de la conducta

Si se trató de una situación impulsiva o de una conducta continuada

  • Circunstancias del momento

Desarrollo de la conversación y situación en el lugar

  • Datos objetivos

Existencia de pruebas, como mensajes, llamadas o grabaciones

  • Credibilidad de las declaraciones

Coincidencia entre las declaraciones de las partes y de terceros


Si determinadas escenas o expresiones se interpretan de forma aislada, existe la posibilidad de que se valoren de manera distinta a lo realmente ocurrido. Por ello, es importante ordenar detalladamente el desarrollo completo de los hechos.

Importancia de definir la respuesta desde la fase inicial

Los asuntos de agresión física o amenazas contra el conductor de un vehículo en circulación pueden dar lugar a una responsabilidad penal más grave de lo previsto si se consideran una mera disputa y no se abordan con la debida atención.

Cuando se destacan únicamente determinadas escenas o declaraciones sobre una conducta producida mientras el vehículo estaba en movimiento, esta también puede interpretarse como una conducta peligrosa distinta de la intención real.

Por ello, en la fase inicial de la investigación es importante ordenar de forma concreta, sobre la base de datos objetivos, las circunstancias de la circulación del vehículo, el desarrollo de la conversación y el contexto de la conducta.

Daeryun, bufete situado en el 9.º puesto en la República de Corea (según las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido del año 25 ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea), analiza sistemáticamente desde la fase inicial de asesoramiento las circunstancias del desplazamiento del vehículo y las diferencias entre las alegaciones de la otra parte y los datos objetivos, y presta servicios jurídicos adaptados a cada asunto.

Asimismo, cuando resulta necesario, colabora con el Centro de Análisis Forense Digital para analizar los datos eliminados y el desarrollo de las conversaciones y, durante la investigación policial, presta asistencia sistemática para definir la forma de responder a la investigación, con el fin de evitar declaraciones desfavorables o malentendidos.

Si va a someterse a una investigación policial o a un procedimiento penal por una presunta infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos y necesita asesoramiento jurídico, puede solicitar una revisión de la forma de proceder mediante 🔗Reserva de asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes sobre la infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos

P. ¿Toda discusión durante la circulación de un vehículo se sanciona como infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos?

R. No. La existencia de una discusión o de contacto físico durante la circulación no implica por sí sola que concurran los elementos de la infracción.

Para determinar si existe una agresión o amenaza contra el conductor, se valoran conjuntamente la posibilidad de que se generara un riesgo real para la circulación, la entidad de la conducta y las circunstancias del momento.

P. ¿El asunto termina inmediatamente si la víctima manifiesta que no desea que se imponga una sanción por la infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos?

R. No. Según la imputación aplicable, la manifestación de la víctima de que no desea la imposición de una sanción puede no ser suficiente para poner fin al asunto.

En particular, cuando se trata de una conducta peligrosa durante la circulación u otro asunto relacionado con la seguridad pública, la investigación puede continuar tras valorar conjuntamente las circunstancias del momento y la posibilidad de que se generara un riesgo.

Vea también los
contenidos en vídeo relacionados con este caso.

  1. Examinemos las '3 formas' de declarar en la investigación policial sin levantar sospechas

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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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