CONTENIDO
- 1. Situación del cliente investigado por lesiones con circunstancias agravantes

- 2. ¿Qué asistencia se prestó ante la posible sanción por lesiones con circunstancias agravantes?

- - Reconstrucción de las circunstancias de la agresión
- - Examen de la peligrosidad del teléfono móvil
- - Presentación de la documentación del acuerdo con la víctima
- - Preparación de documentos relativos a la prevención de la reincidencia
- 3. Resultado de la asistencia respecto de las sospechas de lesiones con circunstancias agravantes

- 4. Requisitos constitutivos y marco sancionador del delito de lesiones con circunstancias agravantes

- - Preguntas frecuentes del cliente
1. Situación del cliente investigado por lesiones con circunstancias agravantes
El cliente, investigado por un delito de lesiones con circunstancias agravantes, mantuvo una discusión con un cliente mientras trabajaba en una tienda de conveniencia debido a la información facilitada durante el cobro.
En aquel momento, el cliente de la tienda no reaccionó, pese a que nuestro cliente le indicó varias veces: «El pago se ha efectuado».
Nuestro cliente pensó que no había oído la indicación y volvió a decírselo con un tono de voz algo más alto.
El cliente de la tienda se sintió molesto y profirió insultos. Nuestro cliente, que llevaba tiempo sintiéndose menospreciado por él, respondió también con insultos.
Durante el altercado, nuestro cliente lo golpeó con un teléfono móvil, por lo que el cliente de la tienda sostuvo que se trataba de un delito de lesiones con circunstancias agravantes.
Preocupado por la posibilidad de recibir una sanción grave, nuestro cliente acudió a un abogado penalista.
2. ¿Qué asistencia se prestó ante la posible sanción por lesiones con circunstancias agravantes?
En el asunto relativo al delito de lesiones con circunstancias agravantes, el abogado penalista solicitó a las autoridades investigadoras que valoraran favorablemente las circunstancias del cliente basándose en su declaración, en la posible peligrosidad del teléfono móvil, en sus esfuerzos por evitar la reincidencia y en la documentación del acuerdo con la víctima.
Reconstrucción de las circunstancias de la agresión
Desde tiempo atrás, el cliente venía recibiendo insultos y comentarios despectivos por parte del cliente de la tienda.
También el día del incidente, el cliente de la tienda cuestionó la información sobre el pago, profirió insultos primero y provocó a nuestro cliente.
Por ello, el abogado penalista explicó que nuestro cliente no había cometido la agresión de forma planificada, sino que actuó impulsivamente al alterarse por las reiteradas provocaciones.
Examen de la peligrosidad del teléfono móvil
El cliente de la tienda sostuvo que, como nuestro cliente lo había golpeado con un teléfono móvil, no se trataba de una simple agresión física, sino de un delito de lesiones con circunstancias agravantes cometido mediante un objeto peligroso.
A este respecto, el abogado penalista explicó, basándose en la sentencia del Tribunal de Distrito Central de Seúl de la República de Corea de 18 de junio de 2024, asunto 2024노954, que el uso de un teléfono móvil no se considera automáticamente uso de un objeto peligroso.
En aquella sentencia se reconoció que el acusado había golpeado a la víctima en la cabeza con un teléfono móvil. No obstante, el tribunal consideró que la forma y el estado del teléfono, la existencia o no de daños y la intensidad del golpe no bastaban para calificarlo de objeto peligroso.
Conforme a este criterio, el abogado penalista revisó las grabaciones de CCTV y explicó que el teléfono móvil no se había utilizado de forma que supusiera un riesgo considerable para el cuerpo de la víctima.
Presentación de la documentación del acuerdo con la víctima
Tras el incidente, nuestro cliente pagó a la víctima la cantidad acordada e intentó reparar el perjuicio causado.
La víctima también redactó una declaración en la que manifestaba que no deseaba que nuestro cliente fuera sancionado.
El abogado penalista presentó el acuerdo, la declaración de la víctima y los justificantes del pago para explicar que nuestro cliente se había esforzado diligentemente por reparar el perjuicio y que la víctima también había manifestado su voluntad de que se valoraran favorablemente sus circunstancias.
Preparación de documentos relativos a la prevención de la reincidencia
Nuestro cliente reflexionó sobre su conducta y realizó un curso de formación sobre cumplimiento de la ley.
Asimismo, sus familiares y conocidos redactaron escritos sobre su conducta habitual y el reducido riesgo de reincidencia.
El abogado penalista presentó conjuntamente estos documentos y explicó que nuestro cliente mostraba un arrepentimiento sincero y pretendía evitar que se repitieran hechos similares.
3. Resultado de la asistencia respecto de las sospechas de lesiones con circunstancias agravantes

En el asunto relativo al delito de lesiones con circunstancias agravantes, las autoridades investigadoras examinaron conjuntamente las circunstancias en las que se produjo el incidente, la peligrosidad de la agresión, el acuerdo con la víctima, la actitud de arrepentimiento del cliente y sus esfuerzos por evitar la reincidencia.
Como resultado, el cliente obtuvo una decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal.
4. Requisitos constitutivos y marco sancionador del delito de lesiones con circunstancias agravantes
En los asuntos relativos al delito de lesiones con circunstancias agravantes, se examina especialmente si se utilizó un objeto peligroso, si dicho objeto causó lesiones a la víctima y si existió intención en el momento de la agresión.
Desde la posición del investigado, es necesario reconstruir de manera concreta el desarrollo de los hechos mediante las grabaciones de CCTV, el informe médico, el estado del teléfono móvil, el contenido de las conversaciones, la documentación del acuerdo y los documentos acreditativos del arrepentimiento.

También en este asunto, el abogado penalista examinó sucesivamente si el teléfono móvil se había utilizado como un objeto peligroso y si podía considerarse que había existido intención. Como resultado, el cliente obtuvo una decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal.
Preguntas frecuentes del cliente
Q. ¿En un caso de delito de lesiones con circunstancias agravantes, el asunto concluye de inmediato si se alcanza un acuerdo transaccional con la víctima?
A. No. El delito de lesiones con circunstancias agravantes no es un delito no perseguible si la víctima manifiesta su oposición a la pena, por lo que la investigación puede continuar aunque la víctima no desee el castigo. No obstante, el acuerdo transaccional y el escrito en el que la víctima manifiesta que no desea el castigo pueden constituir elementos importantes para determinar la respuesta penal.
Q. ¿Qué debe prepararse antes del interrogatorio policial en un caso de delito de lesiones con circunstancias agravantes?
A. Deben recopilarse las grabaciones de CCTV, las fotografías del lugar, el informe médico, las conversaciones, las declaraciones de testigos y la documentación relativa al acuerdo, y debe examinarse de antemano qué aspectos se reconocerán o explicarán.
En los casos de delito de lesiones con circunstancias agravantes, a menudo es necesario considerar no solo la sanción penal, sino también el acuerdo transaccional con la víctima y la indemnización por daños y perjuicios.
En este sentido, en Daeryun, bufete clasificado en 9.º lugar en la República de Corea(según la declaración del impuesto sobre el valor añadido del año 25 presentada ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea), los abogados penalistas y civilistas colaboran para examinar la gestión del acuerdo con la víctima, la respuesta a reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios y el contenido de la declaración ante la policía.
Si necesita ayuda, puede utilizar 🔗la reserva de consulta jurídica para solicitar una revisión de los hechos y de la línea de actuación.
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