CONTENIDO
- 1. Cliente preocupado por la pena aplicable que acudió a un abogado especializado en delitos sexuales

- 2. Asistencia de un abogado especializado en delitos sexuales para atenuar la pena

- - Las circunstancias de los hechos y la colaboración activa posterior con la investigación
- - La ausencia de antecedentes y el profundo arrepentimiento
- - Esfuerzos para reparar el perjuicio y acuerdo transaccional con la víctima
- 3. Pena por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación: decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal con asistencia letrada especializada

- - ¿Qué factores influyen en la pena?
- 4. Factores relevantes para determinar la pena por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación

- - Preguntas frecuentes
1. Cliente preocupado por la pena aplicable que acudió a un abogado especializado en delitos sexuales

La situación del cliente, que acudió a un abogado especializado en delitos sexuales preocupado por la pena aplicable, era la siguiente.
El cliente era un estudiante universitario de 20 años que, durante las vacaciones, se reunió con unos amigos a los que no veía desde hacía tiempo.
El día de los hechos, cenó y bebió alcohol con ellos. Como hacía mucho tiempo que no se reunían, consumió más alcohol del previsto.
Después se trasladaron a una discoteca. El cliente, que ya se encontraba en un estado de embriaguez extrema, siguió bebiendo allí hasta alcanzar un grado de intoxicación que le impedía recordar parte de lo ocurrido.
En el interior del local, que estaba abarrotado, se divertía con sus amigos mientras los rodeaba con los brazos por los hombros. Debido al alcohol, no podía mantener bien el equilibrio y se tambaleaba.
En ese contexto chocó varias veces con las personas que estaban a su alrededor y, durante uno de esos contactos, una parte de su brazo tocó una vez los glúteos de la víctima.
Inmediatamente después de los hechos no comprendió correctamente la situación, pero posteriormente recibió la notificación de que había sido denunciado por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación.
Ante la proximidad del interrogatorio policial, lamentó profundamente su conducta y acudió a un abogado especializado en delitos sexuales.
2. Asistencia de un abogado especializado en delitos sexuales para atenuar la pena
El cliente que consultó sobre la pena aplicable reconocía íntegramente su conducta. No obstante, el abogado especializado en delitos sexuales señaló que también debían considerarse las circunstancias en las que se produjeron los hechos y la actitud que el cliente mantuvo posteriormente hacia la víctima.
En consecuencia, el abogado alegó activamente las siguientes circunstancias: el arrepentimiento del cliente y sus esfuerzos por reparar el perjuicio causado a la víctima.
Las circunstancias de los hechos y la colaboración activa posterior con la investigación
Desde la fase de investigación policial, el cliente no negó su conducta ni eludió su responsabilidad y colaboró diligentemente en las diligencias de investigación, incluido el interrogatorio como investigado.
Asimismo, se destacó que el cliente había acudido a la discoteca en estado de embriaguez extrema después de beber con sus amigos y que los hechos se produjeron mientras avanzaba con el brazo sobre el hombro de un amigo por un espacio abarrotado.
Sobre esta base, se alegó que el cliente no había actuado de forma planificada, sino que se trató de un hecho producido de manera momentánea mientras se encontraba bajo los efectos del alcohol.
La ausencia de antecedentes y el profundo arrepentimiento
En el momento de los hechos, el cliente era un estudiante universitario de 20 años que compaginaba sus estudios con un trabajo a tiempo parcial.
Había llevado una vida responsable mientras trabajaba habitualmente en un cibercafé y, antes de este caso, no tenía antecedentes de sanciones penales.
Tras los hechos, lamentó profundamente su conducta, mostró arrepentimiento y se comprometió a no repetirla.
Por ello, el abogado especializado en delitos sexuales destacó que el cliente había redactado y presentado de forma continuada escritos de arrepentimiento durante la investigación, que se trataba de su primera infracción penal y que el riesgo de reincidencia no era elevado.
También alegó que la imposición de una sanción penal por un error momentáneo a una edad temprana podía afectar tanto a sus estudios como al conjunto de su vida social.
Esfuerzos para reparar el perjuicio y acuerdo transaccional con la víctima

El abogado especializado en delitos sexuales promovió un procedimiento de mediación penal para alcanzar un acuerdo transaccional con la víctima.
Como resultado, el cliente transmitió a la víctima sus sinceras disculpas y abonó aproximadamente 6.000.000 de wones surcoreanos en virtud del acuerdo, realizando así esfuerzos para reparar el perjuicio.
La víctima aceptó las disculpas y la propuesta de acuerdo del cliente y manifestó que no deseaba que fuera sancionado.
Sobre esta base, el abogado destacó que el cliente y la víctima habían alcanzado el acuerdo de manera satisfactoria y que el perjuicio había sido reparado parcialmente.
También presentó documentación para que la manifestación de la víctima de no desear la imposición de una sanción pudiera ser valorada como circunstancia atenuante y solicitó que esas circunstancias fueran tenidas en cuenta.
3. Pena por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación: decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal con asistencia letrada especializada
Las autoridades investigadoras examinaron en conjunto las circunstancias de los hechos, la actitud del cliente durante la investigación y la reparación del perjuicio.
Asimismo, consideraron especialmente relevante que, desde poco después de los hechos, el cliente reconociera su conducta, colaborara diligentemente con la investigación y tratara activamente de alcanzar un acuerdo con la víctima.
Además, también se tuvieron en cuenta la manifestación de la víctima de que no deseaba que fuera sancionado y la completa ausencia de antecedentes por hechos de la misma naturaleza, por lo que se dictó una decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal.
¿Qué factores influyen en la pena?
Conforme al artículo 298 de la Ley Penal de la República de Corea, el delito consistente en realizar un acto de carácter sexual no consentido mediante violencia o intimidación se configura cuando una persona somete a otra a dicho acto mediante violencia o intimidación. Puede castigarse con una pena de hasta 10 años de prisión con trabajos o una multa penal de hasta 15.000.000 de wones surcoreanos.

Sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea de 5 de junio de 2025, asunto 2022도9676
Un acto de carácter sexual es aquel que, desde un punto de vista objetivo, provoca en una persona corriente vergüenza sexual o repulsión, contraviene las concepciones morales generalmente aceptadas en materia sexual y vulnera la libertad sexual de la víctima. Como elemento subjetivo para que se configure el delito consistente en realizar un acto de carácter sexual no consentido mediante violencia o intimidación, basta con el dolo; no es necesario que concurra además un motivo o propósito dirigido a estimular, excitar o satisfacer el deseo sexual.
Por tanto, este delito no se determina únicamente en función de si existía necesariamente una finalidad sexual. Se examina especialmente si la propia conducta vulneró la libertad sexual de la víctima.
Sin embargo, no todo contacto físico constituye automáticamente un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación.
De hecho, existe un caso en el que el Tribunal de Distrito de Daegu de la República de Corea, mediante sentencia de 8 de junio de 2012, asunto 2011고합686, dictó una absolución al considerar difícil apreciar el dolo requerido para este delito.
Por otra parte, la pena varía en cada caso y pueden considerarse conjuntamente circunstancias como las siguientes.

En este caso era importante examinar conjuntamente tanto la procedencia del reconocimiento de los hechos imputados como los distintos factores que podían influir en la individualización de la pena.
4. Factores relevantes para determinar la pena por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación
El cliente, preocupado por la pena aplicable a un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación, reconoció su conducta, no eludió su responsabilidad y se esforzó por reparar el perjuicio causado a la víctima. Como resultado, el asunto concluyó con una decisión fiscal de suspender el ejercicio de la acción penal.
En este tipo de casos, el resultado se determina valorando no solo las circunstancias en las que se produjeron los hechos, sino también la actitud mostrada por el investigado durante la investigación.
Asimismo, el arrepentimiento, los esfuerzos por reparar el perjuicio causado a la víctima y las gestiones para alcanzar un acuerdo transaccional son factores que las autoridades investigadoras deben considerar al adoptar su decisión.
Daeryun ocupa el puesto 9 entre los despachos de abogados de la República de Corea (según las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido presentadas ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea correspondientes al año 25). Sus abogados especializados en Derecho penal examinan con el cliente la estrategia de actuación desde las primeras fases del caso y prestan apoyo para preparar documentación relativa a la individualización de la pena, como escritos de arrepentimiento, peticiones de clemencia y acuerdos transaccionales.
Si le preocupa la pena aplicable a un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación, puede solicitar asistencia mediante la 🔗reserva de una consulta jurídica con un abogado especializado.
Preguntas frecuentes
P. Me preocupa la pena aplicable a un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación. ¿Puede reducirse la sanción si alcanzo un acuerdo con la víctima?
R. El acuerdo transaccional con la víctima es una de las circunstancias atenuantes que las autoridades investigadoras o el tribunal examinan especialmente. Sin embargo, el resultado no se determina únicamente por la existencia de un acuerdo; también pueden valorarse diversas circunstancias, como el modo en que se produjeron los hechos, el arrepentimiento y la existencia de antecedentes penales.
P. En un caso relativo a la pena por un acto de carácter sexual no consentido cometido mediante violencia o intimidación, ¿puede recibir un trato favorable una persona sin antecedentes?
R. La ausencia de antecedentes puede considerarse una circunstancia favorable. En particular, el resultado puede variar en función de si la persona reconoce los hechos y muestra arrepentimiento, así como de sus esfuerzos por reparar el perjuicio. Por ello, es importante preparar una respuesta adecuada desde las primeras fases del caso.
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