CONTENIDO
- 1. La clienta, señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge, es demandada

- 2. Actuación del abogado especializado para defender a la clienta señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge

- - Examen detallado de si la clienta conocía la existencia del vínculo matrimonial
- - Examen de la prescripción extintiva de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios
- - Análisis de las pruebas relativas a la unión de hecho alegada
- 3. ¿Cuál fue el resultado del asunto de la clienta señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge? Sentencia de «desestimación de la pretensión»

- - ¿Qué es una demanda de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge?
- - Las demandas contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge no pueden interponerse en cualquier momento
- - ¿Qué hacer si le señalan como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge?
1. La clienta, señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge, es demandada

Esta es la historia de una clienta señalada como la persona que había mantenido una relación adúltera con el cónyuge de la demandante.
La clienta inició de manera natural una relación sentimental con un hombre al que había conocido por motivos profesionales.
Posteriormente, la excónyuge de dicho hombre presentó contra la clienta una demanda de indemnización por daño moral derivada de esa relación.
La clienta creía que el hombre se había divorciado hacía mucho tiempo.
La contraparte alegó que, aunque se habían divorciado legalmente, continuaban manteniendo una unión de hecho.
Asimismo, sostuvo que la clienta había mantenido la relación pese a conocer esa circunstancia y le reclamó una indemnización por daño moral.
Tras recibir la demanda, la clienta consultó a un abogado especializado en este tipo de litigios para ordenar los hechos y preparar su respuesta jurídica.
2. Actuación del abogado especializado para defender a la clienta señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge

Para aclarar las circunstancias alegadas por la clienta, señalada como la persona que había mantenido una relación adúltera con el cónyuge de la demandante, el abogado especializado adoptó las siguientes medidas.
Examen detallado de si la clienta conocía la existencia del vínculo matrimonial
El abogado examinó minuciosamente las circunstancias por las que la clienta llegó a creer que el vínculo matrimonial había terminado.
Tras analizar conjuntamente las conversaciones de mensajería, los registros de agenda y las conversaciones con personas de su entorno, expuso de forma concreta que difícilmente podía considerarse que la clienta conociera la relación matrimonial de la contraparte.
Sobre esta base, alegó que no cabía apreciar dolo ni negligencia por parte de la clienta.
Examen de la prescripción extintiva de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios
Las demandas de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge no pueden interponerse en cualquier momento, pues están sujetas a la prescripción extintiva prevista en la Ley Civil de la República de Corea.
Tras examinar la documentación del asunto, el abogado constató la existencia de indicios de que la demandante conocía desde hacía tiempo la existencia de la clienta.
Por ello, ordenó cronológicamente y presentó documentación objetiva sobre cuándo tuvo la demandante conocimiento de la clienta y cómo transcurrió el tiempo desde entonces.
Asimismo, examinó si había vencido el plazo de prescripción extintiva de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios y cuestionó que la pretensión de la demandante pudiera ser jurídicamente estimada.
Análisis de las pruebas relativas a la unión de hecho alegada
Sobre esta base, el abogado señaló que la contraparte no había aportado documentación objetiva que acreditara la existencia de una unión de hecho.
Además, ordenó y presentó los registros de los gastos de manutención que la clienta había recibido regularmente del hombre y de su asistencia a acontecimientos familiares y sociales, acreditando que la unión de hecho que realmente se había constituido era la que el hombre mantenía con la clienta.
3. ¿Cuál fue el resultado del asunto de la clienta señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge? Sentencia de «desestimación de la pretensión»

Como resultado de la asistencia letrada especializada, la clienta, que había sido señalada como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge de la demandante, obtuvo una sentencia de un tribunal de la República de Corea que desestimó la reclamación de indemnización por daños y perjuicios de la contraparte.
El tribunal también resolvió que la contraparte debía asumir las costas procesales.
¿Qué es una demanda de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge?
La demanda de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge es un proceso civil dirigido contra el tercero que mantuvo dicha relación, mediante el cual se reclama una indemnización por daño moral.
Se fundamenta en la responsabilidad por hecho ilícito prevista en el artículo 750 de la Ley Civil de la República de Corea y en la indemnización por daño moral regulada en su artículo 751. Puede interponerse cuando se alegue que la infidelidad del cónyuge menoscabó el matrimonio o la unión de hecho y causó un daño moral.
Artículo 750 (Contenido del hecho ilícito)
Artículo 751 (Indemnización de daños no patrimoniales)
②El tribunal podrá ordenar que la indemnización prevista en el apartado anterior se abone mediante prestaciones periódicas y podrá exigir la constitución de una garantía adecuada para asegurar su cumplimiento.
Al examinar la responsabilidad por daños y perjuicios, el tribunal valora no solo la existencia de la relación adúltera, sino también si la contraparte conocía el matrimonio o la unión de hecho y si concurría un grado de antijuridicidad suficiente para apreciar dicha responsabilidad.
Las demandas contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge no pueden interponerse en cualquier momento
Las demandas de indemnización contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge también están sujetas a prescripción extintiva.
Según el artículo 766 de la Ley Civil de la República de Corea, la reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito prescribe una vez transcurridos los siguientes plazos.
Categoría | Contenido |
|---|---|
Plazo breve de prescripción extintiva | 3 años desde la fecha en que la víctima conoció el daño y a su autor |
Plazo largo de prescripción extintiva | 10 años desde la fecha en que tuvo lugar el hecho ilícito |
Por tanto, si la contraparte conocía la infidelidad y la existencia de la persona implicada, pero no adoptó ninguna medida jurídica durante un periodo prolongado, puede impugnarse la reclamación de indemnización por daños y perjuicios alegando que se ha consumado la prescripción extintiva.
La expresión «fecha en que se conocieron el daño y su autor» no se refiere únicamente al momento en que se tuvo conocimiento de la infidelidad del cónyuge, sino al momento en que se identificó concretamente quién era la persona que mantenía la relación adúltera.
Por ello, el momento desde el que comienza a correr el plazo de prescripción puede variar en cada asunto y se determina mediante elementos objetivos, como mensajes de texto, registros de llamadas, conversaciones en redes sociales y declaraciones.
En estas demandas, no es infrecuente que la fecha en la que la parte demandante conoció la existencia de la persona implicada constituya una cuestión relevante.
Por tanto, examinar minuciosamente si se ha consumado la prescripción extintiva constituye una de las estrategias de defensa relevantes en esta clase de litigios.
¿Qué hacer si le señalan como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge?

Las demandas contra la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge requieren un examen conjunto de diversas cuestiones jurídicas, como la existencia de la relación matrimonial, el conocimiento de la otra parte y la fuerza probatoria de las pruebas.
Daeryun, clasificado como el 9.º bufete de abogados de la República de Corea según las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido presentadas ante el Servicio Nacional de Impuestos en 2025, mantiene desde el inicio una comunicación suficiente con sus clientes, examina minuciosamente los hechos y les informa de forma transparente sobre la tramitación del asunto y las principales actuaciones.
Asimismo, en colaboración con el 🔗Centro de Investigación de Pruebas y el 🔗Centro de Análisis Forense Digital, analiza sistemáticamente los materiales esenciales del asunto y examina desde distintas perspectivas la credibilidad y la fuerza probatoria de las pruebas aportadas por la otra parte.
Durante la tramitación del asunto, el abogado responsable incorpora oportunamente los cambios en la situación del cliente y los materiales adicionales, y adapta la estrategia de actuación.
Además, comprueba de forma continua las opiniones y consultas del cliente, comparte información sobre el estado de la tramitación y proporciona las explicaciones jurídicas necesarias.
Dado que el resultado de estas demandas puede variar según los hechos y las pruebas, es importante definir desde el inicio una línea de actuación basada en un examen jurídico sistemático y un análisis objetivo de las pruebas.
Si se le ha señalado como la persona que mantuvo una relación adúltera con el cónyuge y necesita adoptar medidas jurídicas, puede solicitar una 🔗reserva de asesoramiento jurídico.
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