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Casos y Resultados

Infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea

[Caso con resultado favorable por infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad] Resultado favorable en apelación

El cliente acudió a Daeryun para tramitar un recurso de apelación en un asunto relativo a una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea y, con la asistencia de abogados especializados, obtuvo un resultado favorable en el litigio.

CONTENIDO
  • 1. Cliente que acudió para tramitar un recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
    • - Circunstancias del asunto relativo a una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
    • - Normativa y penas aplicables a las infracciones de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
  • 2. Asistencia de Daeryun en el recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
    • - Alegación de que el cliente sufrió lesiones por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
    • - Presentación de pruebas para acreditar la infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad
    • - Infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad: alegación del incumplimiento de obligaciones por el responsable del hospital
  • 3. Resultado del recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad: resultado favorable
    • - Resultado favorable en el recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

1. Cliente que acudió para tramitar un recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

Tras decidir tramitar un recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea, el cliente acudió a Daeryun para recibir la asistencia de abogados especializados.

Circunstancias del asunto relativo a una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

El cliente, que había intervenido en un proceso por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea, decidió recurrir la resolución de primera instancia.

Mientras recibía tratamiento hospitalario en un hospital de cuidados de larga duración, el cliente sufrió una fisura anal, una lesión renal aguda y otras afecciones debido a la negligencia del personal sanitario del centro, que incumplió sus deberes de vigilancia, supervisión y diligencia.

Antes de ingresar en el hospital, todas sus funciones, incluida la renal, eran normales, salvo que su función respiratoria se encontraba debilitada por haber permanecido encamado durante un periodo prolongado.

Por ello, presentó una denuncia penal contra el personal sanitario del hospital por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad. Al considerar indebidamente leve la pena impuesta en primera instancia, quería que se tramitara un recurso de apelación.

Normativa y penas aplicables a las infracciones de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

■ Normativa y penas aplicables a las infracciones de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea

▶ Artículo 59-9 (Conductas prohibidas)

Nadie podrá realizar ninguna de las conductas previstas en los siguientes apartados.

1. Actos de acoso sexual, violencia sexual u otros actos que provoquen humillación sexual a una persona con discapacidad

2. Agredir físicamente o causar lesiones a una persona con discapacidad

2 bis. Obligar a una persona con discapacidad a trabajar contra su libre voluntad mediante agresión física, amenazas, detención ilegal u otros medios que restrinjan indebidamente su libertad psíquica o física

3. Abandonar a una persona con discapacidad sometida a su protección o supervisión, o incurrir en negligencia al desatender sus cuidados básicos, incluidos el alimento, el vestido y el alojamiento, así como su tratamiento

4. Obligar a una persona con discapacidad a mendigar o utilizarla para mendigar

5. Detener o confinar a una persona con discapacidad

6. Cometer actos de maltrato emocional que perjudiquen la salud mental o el desarrollo de una persona con discapacidad

7. Destinar a fines distintos de los previstos el dinero o los bienes donados o entregados en beneficio de una persona con discapacidad

8. Obligar a una persona con discapacidad a realizar acrobacias perjudiciales para su salud o seguridad con fines de entretenimiento o espectáculo público

▶ Artículo 86 (Penas)

② Las personas comprendidas en cualquiera de los siguientes apartados serán castigadas con una pena de prisión con trabajos de hasta 7 años o una multa penal de hasta 70.000.000 de wones surcoreanos.

1. Quien cometa la conducta prevista en el artículo 59-9, apartado 2 (limitada a las lesiones)

③ Las personas comprendidas en cualquiera de los siguientes apartados serán castigadas con una pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.

3. Quien cometa cualquiera de las conductas comprendidas entre el artículo 59-9, apartado 2 (limitada a la agresión física) y el apartado 6

2. Asistencia de Daeryun en el recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

Los abogados especializados de Daeryun prestaron asistencia durante todo el procedimiento de apelación relativo a una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea.

Alegación de que el cliente sufrió lesiones por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

Daeryun alegó que el personal sanitario del hospital de cuidados de larga duración había maltratado y causado lesiones al cliente, infringiendo con ello la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea.

Además de causarle una fisura anal al no limpiarle las heces, el personal lo agredió y maltrató, lo que le provocó grandes hematomas en el cuerpo.

Daeryun sostuvo que estos hechos constituían «lesiones» conforme al artículo 89, apartado 2, punto 1, o «agresión física» conforme al artículo 86, apartado 3, punto 3, de dicha Ley.

Presentación de pruebas para acreditar la infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

Los abogados especializados de Daeryun aportaron pruebas para acreditar la infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea.

Mediante los registros de enfermería, los informes sobre la evolución durante el ingreso, los resultados de las pruebas diagnósticas y las solicitudes de consulta a otros departamentos, entre otros documentos, alegaron que el empeoramiento de los síntomas físicos del cliente se debía a la negligencia del hospital en la observación de su evolución y en la prestación de cuidados.

También señalaron que, como consecuencia de ello, el cliente padecía sufrimiento físico y psíquico, incluida una lesión renal aguda.

Infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad: alegación del incumplimiento de obligaciones por el responsable del hospital

Los abogados especializados de Daeryun alegaron que el responsable del hospital de cuidados de larga duración había incumplido sus obligaciones y, con ello, había infringido la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea.

El responsable de un hospital de cuidados de larga duración tiene la obligación de vigilar y comprobar que los pacientes reciban una atención adecuada mediante la debida formación, orientación y supervisión de los cuidadores.

Sin embargo, Daeryun sostuvo que el responsable había desatendido sus obligaciones y causado daños al cliente, por lo que incurría en la responsabilidad penal prevista en el artículo 89 de dicha Ley.

3. Resultado del recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad: resultado favorable

El recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea concluyó con un resultado favorable gracias a la asistencia de los abogados especializados de Daeryun.

Resultado favorable en el recurso de apelación por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad

El cliente de este asunto acudió a Daeryun para tramitar un recurso de apelación contra la resolución dictada en primera instancia en el proceso por una infracción de la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad de la República de Corea.

Tras examinar detenidamente el asunto con el cliente, los abogados especializados de Daeryun le prestaron asistencia durante todo el procedimiento de apelación.

El tribunal coreano acogió las alegaciones de Daeryun y se impusieron penas más severas al personal del hospital de cuidados de larga duración que había causado daños al cliente, por lo que se obtuvo un resultado favorable en el litigio.

Quienes se encuentren en una situación similar pueden dirigirse a Daeryun Sociedad de Abogados.

[장애인복지법위반 승소사례] 장애인복지법위반 항소심에서 승소

Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
La reproducción, duplicación o distribución no autorizada y otras infracciones de derechos de autor pueden resultar en acciones legales conforme a las leyes aplicables.

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