CONTENIDO
- 1. Cliente que acudió ante el riesgo de ser sancionado por grabación ilícita

- - Pena aplicable en caso de grabación ilícita
- 2. Contenido de la asistencia prestada para la defensa frente a la sanción por grabación ilícita

- - El cliente reconoció sinceramente todos los hechos y mostró un profundo arrepentimiento
- - Asistencia al cliente para alcanzar un acuerdo con la víctima
- - Se alegó que el cliente presentaba un bajo riesgo de reincidencia
- 3. Defensa del cliente ante el riesgo de sanción por grabación ilícita que concluyó con la suspensión de la ejecución de la pena

1. Cliente que acudió ante el riesgo de ser sancionado por grabación ilícita

Los hechos del cliente, que acudió rápidamente al despacho al encontrarse ante el riesgo de ser sancionado por grabación ilícita, fueron los siguientes.
Mientras regresaba a casa, el cliente vio las piernas de una mujer que subía delante de él por las escaleras del metro. Sintió de forma repentina curiosidad sexual, abrió discretamente la cámara e intentó acercar la mano por debajo de la falda de la mujer.
En ese momento, la víctima lo increpó en voz alta. El cliente, sorprendido, no llegó a realizar la grabación y se disculpó de inmediato.
Posteriormente, el cliente quedó expuesto a una posible sanción por una presunta grabación ilícita constitutiva del delito de grabación sin consentimiento mediante cámara. Por ello, acudió al despacho y solicitó asistencia para defenderse frente a la posible imposición de una pena de prisión con trabajos.
Pena aplicable en caso de grabación ilícita
A continuación se expone la sanción aplicable a las grabaciones ilícitas.
En el Derecho de la República de Corea, la denominación jurídica del delito comúnmente conocido como grabación ilícita es delito de grabación sin consentimiento mediante cámara.
El delito de grabación sin consentimiento mediante cámara se configura cuando se utiliza una cámara, incluida la de un teléfono móvil, para grabar a una persona contra su voluntad.
También se configura el delito cuando la grabación se distribuye sin autorización o se exhibe o proyecta. Las penas aplicables son las siguientes.
| Apartado 1) Persona que cometa una grabación ilícita | Pena de prisión con trabajos de hasta 7 años o multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos |
| Apartado 2) Persona que distribuya, venda, alquile o proporcione grabaciones ilícitas, o que las exhiba o proyecte públicamente | Pena de prisión con trabajos de hasta 7 años o multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos |
| Apartado 3) Persona que, con ánimo de lucro, exhiba o proyecte grabaciones ilícitas contra la voluntad de la persona grabada | Pena de prisión con trabajos de duración determinada de al menos 3 años |
| Persona que posea, adquiera, almacene o visualice las grabaciones o sus copias | Pena de prisión con trabajos de hasta 3 años o multa penal de hasta 30.000.000 de wones surcoreanos |
| Reincidente habitual en los delitos de los apartados 1 a 3 | Agravación de hasta la mitad de la pena establecida para el delito |
Además, la tentativa de grabación ilícita también está sancionada, por lo que el cliente se encontraba en una situación en la que resultaba difícil evitar una sanción.
Aunque no se llegue a pulsar el botón y la grabación no quede almacenada, o aunque la víctima descubra la conducta y esta quede en grado de tentativa, se considera que ya se ha iniciado la ejecución del delito de grabación sin consentimiento mediante cámara.
Para preparar la defensa del cliente frente a la sanción por grabación ilícita, el abogado del despacho diseñó una estrategia basada en el reconocimiento de los hechos, su actitud de sincero arrepentimiento y sus esfuerzos por reparar el perjuicio sufrido por la víctima.
2. Contenido de la asistencia prestada para la defensa frente a la sanción por grabación ilícita
Para asistir al cliente, que se enfrentaba a una sanción por grabación ilícita, se diseñó la siguiente estrategia de defensa.
El cliente reconoció sinceramente todos los hechos y mostró un profundo arrepentimiento

El abogado sostuvo que el cliente reconocía todos los hechos delictivos del asunto, mostraba un profundo arrepentimiento y afirmaba que no volvería a cometer un delito de esta naturaleza.
Asimismo, manifestó que el cliente se reprochaba profundamente haber cometido personalmente la conducta delictiva.
El abogado ayudó al cliente a redactar y presentar una carta de arrepentimiento sincero en la que se detallaban su compromiso de no reincidir y su actitud de arrepentimiento, autorreproche y pesar.
Asistencia al cliente para alcanzar un acuerdo con la víctima
El abogado ayudó al cliente a expresar a la víctima sus sinceras disculpas y su voluntad de alcanzar un acuerdo, procurando durante este proceso que el acercamiento no supusiera una carga ni una amenaza para ella.
Tras comprobar las sinceras disculpas del cliente y sus esfuerzos por alcanzar un acuerdo, la víctima manifestó su disposición a perdonarlo y llegar a un acuerdo. De este modo, se obtuvo su declaración de que perdonaba al cliente y no deseaba que fuera sancionado.
Se redactaron y presentaron un acuerdo transaccional, un escrito en el que la víctima manifestaba que no deseaba el castigo y un escrito de retirada de la denuncia penal.
Se alegó que el cliente presentaba un bajo riesgo de reincidencia
El abogado examinó detenidamente el expediente escolar y los registros de actividades de voluntariado del cliente. Basándose en que este había mostrado habitualmente un carácter diligente y bondadoso y había realizado actividades de voluntariado durante mucho tiempo, sostuvo que el presente delito obedeció únicamente a un impulso momentáneo.
Asimismo, el cliente presentó certificados que acreditaban haber completado formación para la prevención de delitos sexuales y cursos de un centro de formación permanente con el fin de corregir su percepción distorsionada de la sexualidad a raíz de lo sucedido. De este modo, mostró su sincero arrepentimiento y su voluntad de corregir su conducta, y se solicitó que estas circunstancias se tuvieran en cuenta para imponer una medida lo más indulgente posible.
3. Defensa del cliente ante el riesgo de sanción por grabación ilícita que concluyó con la suspensión de la ejecución de la pena

Como resultado de la asistencia prestada al cliente, que se enfrentaba a una sanción por grabación ilícita, el tribunal coreano dictó la suspensión de la ejecución de la pena.
En la individualización de la pena influyeron, entre otras circunstancias, que la conducta del cliente quedara en grado de tentativa, que mostrara un arrepentimiento sincero y que la víctima hubiera alcanzado un acuerdo con él y no deseara que fuera sancionado.
Los abogados del área penal del despacho prestan asistencia en asuntos relacionados con delitos sexuales.
Si, como el cliente de este asunto, necesita preparar su defensa penal por un 🔗delito de grabación sin consentimiento mediante cámara, puede considerar la posibilidad de contar con asistencia letrada desde las fases iniciales del caso para preparar su defensa frente a una sanción por grabación ilícita.

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