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Casos y Resultados

Estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

Caso de asistencia en una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos | Decisión fiscal de no ejercer la acción penal contra la clienta investigada

La clienta, que tenía pendiente una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, había trabajado temporalmente entregando efectivo y recibió una citación de la policía de la República de Corea por la sospecha de haber actuado como intermediaria en dicha estafa, por lo que acudió a un abogado.

CONTENIDO
  • 1. Clienta sometida a una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos
    • - Antecedentes del caso de estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos
  • 2. Asistencia en la investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos
    • - Falta de conocimiento del carácter ilícito del trabajo y obtención de documentación
    • - Comprobación de que la clienta también era víctima
    • - Verificación de las tareas y ausencia de participación voluntaria en el delito
  • 3. Resultado de la asistencia en la investigación policial: «decisión fiscal de no ejercer la acción penal»
  • 4. Aspectos que deben tenerse en cuenta durante una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos
    • - ¿Qué conducta se atribuía a la clienta?
    • - Si tiene pendiente una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

1. Clienta sometida a una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

La clienta sometida a una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos se encontraba expuesta a una sanción grave por haber actuado presuntamente como intermediaria. Sin embargo, con la asistencia sistemática del abogado, obtuvo una decisión fiscal de no ejercer la acción penal y pudo cerrar el asunto.

Antecedentes del caso de estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

La clienta era ama de casa y publicó su currículum en un portal de empleo para encontrar un trabajo temporal.

Posteriormente, la empresa A se puso en contacto con ella y le asignó tareas administrativas. Poco después, sus funciones se modificaron por otras de atención al cliente, que comenzó a desempeñar.

La clienta realizó el trabajo sin sospechar nada y se reunió personalmente con clientes para recoger objetos y entregarlos. Sin embargo, se descubrió que su labor consistía en realidad en actuar como intermediaria para una estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos.

A raíz de ello, la policía la citó para una investigación relacionada con la estafa. Al verse implicada en un asunto penal grave y reconocer la importancia de la respuesta inicial, solicitó asistencia letrada.

Caso de actuación ante una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

2. Asistencia en la investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

Resumen de la asistencia prestada en la investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

Antes de la investigación policial, el abogado identificó las cuestiones controvertidas del caso del siguiente modo.

Las principales cuestiones consistían en determinar si la clienta podía ser confundida con una intermediaria de la estafa pese a haber realizado un simple trabajo temporal, así como en esclarecer si existían intención delictiva o concertación para cometer el delito.

También resultó esencial para valorar el caso que la clienta hubiera recibido únicamente una pequeña cantidad y que, cuando comenzó a sospechar de las tareas, manifestara de inmediato su intención de interrumpirlas.

En consecuencia, el abogado estableció una estrategia para responder a la investigación policial conforme a las siguientes líneas de actuación.

Falta de conocimiento del carácter ilícito del trabajo y obtención de documentación

En primer lugar, para acreditar que la clienta desconocía que el trabajo consistía en actuar como intermediaria en una estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, el abogado recopiló como prueba las conversaciones de KakaoTalk con un empleado de la empresa A y las instrucciones de trabajo recibidas.

Tras analizar minuciosamente las conversaciones y la documentación obtenidas, comprobó que no había indicios de que la clienta conociera la estructura delictiva de la organización o el flujo de fondos, ni de que hubiera intervenido en ellos, más allá de efectuar las entregas.

Por tanto, destacó que no existía documentación suficiente para concluir que la clienta hubiera conversado con miembros de la organización sobre la comisión del fraude financiero por telecomunicaciones.

Comprobación de que la clienta también era víctima

En segundo lugar, el abogado examinó los movimientos bancarios y los registros salariales, entre otros documentos, para acreditar que la propia clienta también había sido víctima de una estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos.

Si la clienta se hubiera concertado para cometer el delito de estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, habría tenido que recibir una suma elevada. Sin embargo, se comprobó que la cantidad que realmente había percibido era únicamente un jornal muy reducido que no superaba los 100.000 wones surcoreanos diarios.

Con ello, destacó que la clienta no se había concertado para cometer el delito, sino que había realizado el trabajo como un simple empleo a tiempo parcial.

Verificación de las tareas y ausencia de participación voluntaria en el delito

Por último, el abogado destacó que la clienta formulaba preguntas y solicitaba aclaraciones cada vez que le surgían dudas mientras realizaba el trabajo.

Asimismo, puso de relieve que, aunque en el primer encargo siguió las instrucciones recibidas, cuando empezó a sospechar comunicó de inmediato que dejaría el trabajo.

De este modo, acreditó que la clienta no había participado voluntariamente en el delito.

3. Resultado de la asistencia en la investigación policial: «decisión fiscal de no ejercer la acción penal»

Resultado de la asistencia en la investigación policial: decisión fiscal de no ejercer la acción penal

Con la asistencia del abogado, la clienta que tenía pendiente la investigación policial acreditó que se trataba de un simple trabajo temporal y, basándose en la pequeña cantidad recibida y en que interrumpió inmediatamente las tareas, obtuvo una decisión fiscal de no ejercer la acción penal.

De este modo, la clienta dejó de estar expuesta a una sanción penal y pudo demostrar claramente que no había participado voluntariamente en el delito.

4. Aspectos que deben tenerse en cuenta durante una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

En los casos de estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, incluso un simple trabajo temporal o un recado puede confundirse con una implicación en el delito. Por ello, durante la investigación es importante explicar con claridad los hechos.

En particular, deben detallarse las circunstancias en las que se entregaron el dinero o los objetos, el medio por el que se recibieron las instrucciones y el contenido de las comunicaciones con la otra parte.

Además, durante la investigación policial conviene centrar la declaración únicamente en los hechos comprobados personalmente, en lugar de formular conjeturas o mencionar datos inciertos.

¿Qué conducta se atribuía a la clienta?

La conducta atribuida a la clienta que solicitó asistencia antes de la investigación policial era una infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude Financiero por Telecomunicaciones de la República de Corea.

Esta infracción se denomina de forma abreviada fraude financiero por telecomunicaciones.

Entre las principales modalidades de fraude financiero por telecomunicaciones se encuentran la estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, el smishing, los sitios web de phishing, el fraude mediante servicios de mensajería y el pharming.

Cuando una persona se ve implicada en un asunto por su relación con una organización dedicada al fraude financiero por telecomunicaciones, como sucedió con la clienta, puede quedar expuesta a las siguientes penas.

Artículo 15-2 de la Ley Especial de Prevención del Fraude Financiero por Telecomunicaciones

Puede imponerse una pena de prisión de duración determinada de al menos 1 año o una multa penal equivalente a entre 3 y 5 veces el producto del delito, o ambas penas conjuntamente.

Si tiene pendiente una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos

Si tiene pendiente una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, como la clienta del caso anterior, incluso una participación limitada puede dar lugar a una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo, por lo que resulta conveniente solicitar asistencia letrada.

Daeryun Sociedad de Abogados cuenta con varios abogados registrados como especialistas en Derecho penal ante el Colegio de Abogados de Corea. Desde la fase inicial de la investigación policial, analizan las circunstancias en las que la persona investigada realizó el trabajo y si conocía el carácter delictivo de la conducta, y prestan asistencia para obtener pruebas y preparar la declaración.

Si está afrontando dificultades relacionadas con una investigación policial por estafa mediante llamadas o mensajes fraudulentos, puede solicitar asistencia mediante la 🔗reserva de asesoramiento jurídico.

Vea también los
contenidos en vídeo relacionados con este caso.

  1. ¿Que yo era recolector en una estafa telefónica?

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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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