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Incentivos económicos (rebates)

Los incentivos económicos (rebates) son beneficios económicos ofrecidos a la contraparte contractual en relación con la celebración o el mantenimiento de contratos, el aumento del volumen de operaciones o la promoción de prescripciones. Cuando se consideran beneficios económicos indebidos por su forma de concesión o finalidad, pueden dar lugar a responsabilidad penal o sanciones administrativas.

CONTENIDO
  • 1. Incentivos económicos (rebates) | Definición y concepto jurídico
    • - Comprensión del concepto jurídico
  • 2. Incentivos económicos (rebates) | Principales tipos
    • - Sectores sanitario y farmacéutico
    • - Operaciones entre empresas y subcontratación
    • - Construcción y comercialización inmobiliaria
  • 3. Incentivos económicos (rebates) | Requisitos
    • - Autor de la conducta
    • - Carácter de contraprestación
    • - Intencionalidad
  • 4. Incentivos económicos (rebates) | Criterios sancionadores
    • - Factores considerados para individualizar la pena
  • 5. Incentivos económicos (rebates) | Actuación y asistencia jurídica
    • - Actuación en caso de investigación
    • - Supuestos que requieren especial atención
    • - Asistencia de Daeryun

1. Incentivos económicos (rebates) | Definición y concepto jurídico

Los incentivos económicos (rebates) son beneficios económicos ofrecidos a la contraparte contractual en relación con la celebración o el mantenimiento de contratos, el aumento del volumen de operaciones o la promoción de prescripciones.

Pueden adoptar diversas formas, como dinero en efectivo, bienes, atenciones, descuentos, subvenciones o facilidades. Aunque parezcan una mera práctica comercial, pueden dar lugar a responsabilidad penal o sanciones administrativas si perjudican la equidad de las operaciones.

Comprensión del concepto jurídico

Más que un término jurídico autónomo, los incentivos económicos (rebates) constituyen una expresión genérica que engloba la entrega y recepción de beneficios económicos indebidos conforme a la legislación aplicable.

Según las circunstancias, pueden resultar aplicables los delitos previstos en la Ley Penal de la República de Corea relativos a la aceptación o entrega de bienes o beneficios a cambio de una solicitud indebida en la gestión de asuntos ajenos. Si un funcionario público recibe bienes o dinero en relación con sus funciones, puede constituirse un delito de cohecho pasivo.

En los sectores sanitario y farmacéutico pueden resultar aplicables las restricciones establecidas por la Ley de Servicios Médicos y la Ley de Asuntos Farmacéuticos de la República de Corea.

También pueden aplicarse normas específicas en los ámbitos de la construcción, la subcontratación y el comercio justo, según la estructura de la operación y la posición de las partes.

Aunque en el pasado determinados sectores trataban las atenciones o los gastos de promoción de ventas como prácticas habituales, el fortalecimiento de los sistemas de cumplimiento normativo y de los deberes de control interno de las empresas ha aumentado considerablemente la percepción de que tanto quien ofrece como quien recibe estos beneficios puede incurrir en responsabilidad jurídica.

En particular, es más probable que los hechos se valoren con mayor gravedad cuando exista vinculación con las funciones del receptor o quede acreditado que el beneficio constituía la contraprestación de una solicitud indebida.

Además, los problemas relacionados con estos incentivos económicos no se limitan a las sanciones penales impuestas a una persona.

Cuando empleados o directivos reciben bienes o dinero durante una operación, el asunto puede extenderse a riesgos generales para la gestión empresarial, como medidas disciplinarias internas, controversias con contrapartes comerciales, indemnizaciones por daños y perjuicios, perjuicios reputacionales o actuaciones de auditoría.

Por ello, las empresas deben comprobar previamente qué significado tienen, dentro de la estructura real de la operación, los importes contabilizados como gastos de representación, promoción, consultoría, servicios o subvenciones.

2. Incentivos económicos (rebates) | Principales tipos

Las leyes aplicables y la orientación de la investigación sobre incentivos económicos (rebates) varían según el sector y el autor de la conducta.

Una misma entrega de bienes o dinero puede recibir una valoración jurídica distinta dependiendo de si se produce en el ámbito sanitario, entre empresas, en el sector público o en la construcción. Por ello, es importante analizar primero el sector y la estructura de la operación.

En los últimos años se han planteado problemas relacionados con estos incentivos en ámbitos diversos, como la distribución, las plataformas, las franquicias, la sanidad, la construcción y las operaciones con empresas colaboradoras.

En los sectores con operaciones complejas y estructuras de colaboración de varios niveles, el flujo de fondos puede resultar especialmente opaco, lo que con frecuencia deriva en infracciones de la normativa sobre comercio justo o en delitos.

Asimismo, han aumentado los casos detectados mediante auditorías internas, sistemas internos de denuncia y análisis forenses digitales.

Como los flujos de fondos generados durante las operaciones suelen quedar registrados electrónicamente, no es infrecuente que los hechos pertinentes se comprueben en investigaciones posteriores.

Sectores sanitario y farmacéutico

Un supuesto representativo se produce cuando una empresa farmacéutica o un vendedor ofrece dinero, bienes, atenciones u otros beneficios a profesionales sanitarios o empleados de instituciones médicas para mantener la prescripción de medicamentos, conseguir la adopción de determinados dispositivos médicos o conservar una relación comercial.

En este ámbito se aplican las prohibiciones de conceder beneficios económicos previstas en la Ley de Servicios Médicos y la Ley de Asuntos Farmacéuticos. Tanto quien ofrece como quien recibe el beneficio puede incurrir en responsabilidad y, además de sanciones penales, pueden plantearse actos administrativos como la suspensión de la habilitación, la suspensión de la actividad o una sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum).

Operaciones entre empresas y subcontratación

Se trata de los casos en que, dentro de operaciones entre empresas, se entregan o reciben bienes o dinero como contraprestación por un contrato de suministro, el mantenimiento de una relación comercial o la concesión de facilidades en los pedidos.

Según la estructura de la operación y la función de las partes, pueden aplicarse las normas relativas al comercio justo. Si una persona encargada de gestionar asuntos ajenos recibe bienes o beneficios patrimoniales a cambio de una solicitud indebida, puede constituirse el delito previsto en la Ley Penal de la República de Corea de aceptación de beneficios a cambio de dicha solicitud.

Si los bienes o el dinero obtenidos por una persona están relacionados con activos de la empresa o con su tratamiento contable, también puede ser necesario examinar posibles delitos de apropiación indebida o delitos patrimoniales por incumplimiento del deber de lealtad en la gestión de asuntos ajenos.

Construcción y comercialización inmobiliaria

En el sector de la construcción pueden surgir problemas relacionados con incentivos económicos (rebates) durante la selección de contratistas, el suministro de materiales, la adjudicación de proyectos de reconstrucción o reurbanización y los contratos de intermediación para la venta de inmuebles.

Este sector suele involucrar a numerosas partes interesadas y operaciones de gran importe. Por ello, una vez iniciada una investigación, su alcance tiende a extenderse al conjunto de los flujos de fondos y de la estructura contractual.

3. Incentivos económicos (rebates) | Requisitos

Un incentivo económico (rebate) no constituye automáticamente un delito.

En la práctica, se examina de manera conjunta quién entregó y recibió los bienes o el dinero, dentro de qué relación, a cambio de qué y con qué grado de conocimiento.

Por tanto, la concurrencia de los requisitos puede variar en cada caso y no es posible alcanzar una conclusión únicamente porque se haya producido una transferencia de dinero.

Autor de la conducta

Es importante determinar qué posición jurídica ocupa el autor de la conducta.

Si es funcionario público o árbitro
- Examen de un posible delito de cohecho pasivo

Si gestiona asuntos ajenos
- Examen del delito de aceptación de beneficios a cambio de una solicitud indebida en la gestión de asuntos ajenos

Si es profesional sanitario o trabajador relacionado con productos farmacéuticos
- Examen de las restricciones establecidas por la Ley de Servicios Médicos y la Ley de Asuntos Farmacéuticos

Por tanto, incluso ante una misma entrega o recepción de bienes o dinero, la legislación aplicable y el alcance de la responsabilidad varían según la posición jurídica de las partes.

Carácter de contraprestación

La cuestión principal consiste en determinar si los bienes o el dinero entregados eran un simple regalo o la contraprestación destinada a obtener la realización de una tarea concreta o una ventaja comercial.

Los órganos de investigación valoran conjuntamente el importe, el momento de la entrega, la relación existente antes y después de la celebración del contrato, la reiteración, la vinculación con las funciones y las facultades de la contraparte para determinar si existía carácter de contraprestación.

Este carácter puede acreditarse mediante las circunstancias concurrentes, aunque no exista una promesa expresa por escrito.

Intencionalidad

También es importante determinar en qué medida el autor era consciente de que su conducta podía constituir la entrega o recepción de un beneficio económico indebido.

En Derecho penal puede resultar relevante tanto el dolo directo como el dolo eventual, por lo que la mera afirmación de que «creía que era una práctica habitual» difícilmente basta para que se reconozca una causa de exención de responsabilidad.

4. Incentivos económicos (rebates) | Criterios sancionadores

Los casos relacionados con incentivos económicos (rebates) pueden dar lugar simultáneamente a sanciones penales y administrativas, según la legislación aplicable.

A continuación se indican los principales criterios sancionadores que pueden resultar pertinentes.

Legislación aplicable

Conducta delictiva

Criterio sancionador

Artículo 357 de la Ley Penal de la República de Corea
(aceptación y entrega de beneficios a cambio de una solicitud indebida en la gestión de asuntos ajenos)

Cuando una persona que gestiona asuntos ajenos recibe una solicitud indebida y
obtiene u ofrece bienes o beneficios patrimoniales

Receptor: pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o multa penal de hasta 10 millones de wones surcoreanos
Oferente: pena de prisión con trabajos de hasta 2 años o multa penal de hasta 5 millones de wones surcoreanos

Artículo 129 de la Ley Penal de la República de Corea
(cohecho pasivo y aceptación anticipada de sobornos)

Cuando un funcionario público o árbitro, en relación con sus funciones,
recibe, solicita o promete aceptar un soborno

Pena de prisión con trabajos de hasta 5 años o inhabilitación de hasta 10 años

Ley de Servicios Médicos y Ley de Asuntos Farmacéuticos

Entrega o recepción de beneficios económicos indebidos en operaciones sanitarias o farmacéuticas

Posibles sanciones penales y actos administrativos, como la suspensión de la habilitación, la suspensión de la actividad o una sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum)

Los casos relacionados con estos incentivos económicos no siempre terminan con una sentencia penal.

En el sector sanitario pueden dar lugar a la suspensión de la habilitación o de la actividad; en el ámbito del comercio justo, a órdenes de rectificación o sanciones pecuniarias administrativas; y dentro de las empresas, a medidas disciplinarias, resolución de contratos o reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios.

Por tanto, una vez surgido el problema, los riesgos penales, administrativos y civiles pueden extenderse simultáneamente.

Factores considerados para individualizar la pena

Clasificación

Contenido principal

Factores atenuantes

Participación de escasa entidad, ausencia de antecedentes, colaboración con la investigación, reducido importe de los beneficios delictivos o esfuerzos para reparar el daño

Factores agravantes

Actuación organizada, conducta reiterada durante un periodo prolongado, abuso de una posición de superioridad, elevado importe de los beneficios delictivos o intento de destrucción de pruebas

La tabla recoge factores generales de valoración. La individualización efectiva de la pena puede variar según la estructura del caso, la función desempeñada, el importe, la duración, la magnitud del daño y la existencia de arrepentimiento, entre otras circunstancias.

5. Incentivos económicos (rebates) | Actuación y asistencia jurídica

La actuación inicial tiene especial importancia en los casos relacionados con incentivos económicos (rebates).

Aun cuando los hechos sean los mismos, los documentos obtenidos y las explicaciones ofrecidas en la fase inicial pueden influir en el alcance de la responsabilidad penal, la gravedad del acto administrativo y la orientación de las medidas disciplinarias internas de la empresa.

Actuación en caso de investigación

En los casos empresariales relacionados con incentivos económicos (rebates), la responsabilidad penal individual suele examinarse simultáneamente con investigaciones internas de la empresa, auditorías y actuaciones frente a las contrapartes comerciales.

Los órganos de investigación suelen iniciar los interrogatorios después de haber recopilado una cantidad considerable de información mediante registros e incautaciones, denuncias internas, análisis de cuentas y obtención de datos digitales. Por ello, negar indiscriminadamente los hechos o modificar las declaraciones sin haberlos ordenado suficientemente puede resultar desfavorable.

Para sostener que se trataba de la contraprestación normal de unos servicios, de un préstamo lícito o de costes ordinarios de una operación, es importante organizar sistemáticamente documentos objetivos, como contratos, facturas fiscales, documentos de liquidación, correos electrónicos, conversaciones de mensajería y libros contables.

Las explicaciones y los documentos presentados al inicio pueden influir considerablemente en la posterior orientación de la investigación.

Supuestos que requieren especial atención

En los siguientes supuestos conviene examinar la posibilidad de que surjan problemas jurídicos relacionados con incentivos económicos (rebates).

  • -Cuando se haya recibido un requerimiento de investigación o de entrega de documentos de un órgano de investigación, un organismo de auditoría o el departamento interno de cumplimiento normativo
  • -Cuando los flujos de fondos relacionados con una operación no coincidan con los registros contables
  • -Cuando las explicaciones de las partes de la operación sobre los hechos sean contradictorias
  • -Cuando exista la posibilidad de actos administrativos, como la suspensión de la habilitación, la suspensión de la actividad, una sanción pecuniaria administrativa o una orden de rectificación
  • -Cuando, además de un procedimiento penal, sean previsibles reclamaciones civiles de indemnización por daños y perjuicios o medidas disciplinarias internas


En estos asuntos, la actuación desarrollada en un procedimiento puede repercutir sucesivamente en otros. Por ello, es importante determinar desde la fase inicial la orientación de la actuación teniendo en cuenta la estructura completa del caso.

Asistencia de Daeryun

Los casos relacionados con incentivos económicos (rebates) requieren examinar conjuntamente qué legislación se aplica a cada persona, en qué medida existen carácter de contraprestación y vinculación con sus funciones y si pueden imponerse actos administrativos. Como suelen confluir la Ley Penal, la Ley de Servicios Médicos, la Ley de Asuntos Farmacéuticos y las normas sobre comercio justo, resulta difícil abordarlos mediante una simple comprobación de los hechos.

Los abogados de Daeryun Sociedad de Abogados con experiencia en Derecho empresarial, penal y administrativo pueden colaborar para prestar apoyo desde la fase inicial mediante el análisis de los hechos, la asistencia en investigaciones internas y actuaciones de los órganos de investigación, y la formulación de estrategias relativas a la normativa sobre comercio justo.

En los asuntos que, como estos incentivos económicos, generan simultáneamente riesgos penales, administrativos y civiles, es importante preparar de manera sistemática la estrategia de actuación inicial.

Daeryun presta apoyo a empresas y particulares en los siguientes ámbitos.

· Asistencia y defensa en investigaciones penales relacionadas con incentivos económicos (rebates)

· Investigación interna y análisis de los hechos ante sospechas de incentivos económicos indebidos dentro de una empresa

· Actuaciones ante investigaciones de organismos reguladores como la Comisión de Comercio Justo, el Ministerio de Sanidad y Bienestar y el Servicio de Supervisión Financiera de la República de Corea

· Actuación en casos de incentivos económicos en los sectores farmacéutico y sanitario y frente a los actos administrativos correspondientes

· Implantación de sistemas empresariales de cumplimiento normativo y asesoramiento para prevenir riesgos relacionados con estos incentivos

· Actuación en controversias contractuales y reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios relacionadas con incentivos económicos (rebates)


Cuando se prevea una investigación o controversia relacionada con incentivos económicos (rebates), Daeryun permite solicitar una 🔗consulta jurídica con abogados de empresa para examinar la orientación de la actuación inicial.

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