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Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo

La denuncia ante la Comisión de Comercio Justo consiste en comunicar a la Comisión de Comercio Justo de la República de Corea la existencia de prácticas comerciales desleales durante una actividad económica. A través de esta denuncia, la Comisión toma conocimiento de posibles infracciones de la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo de la República de Corea y las investiga.

CONTENIDO
  • 1. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Motivos para presentarla
    • - Principales tipos de conductas que pueden dar lugar a una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo
    • - Casos no comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo
  • 2. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Procedimiento
    • - Empresas que pretenden presentar una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo
    • - Empresas denunciadas ante la Comisión de Comercio Justo
  • 3. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Motivos por los que las empresas deben conocer este sistema
    • - Lista de comprobación para empresas

1. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Motivos para presentarla

Explicación de Daeryun Sociedad de Abogados sobre el concepto de denuncia ante la Comisión de Comercio Justo

La denuncia ante la Comisión de Comercio Justo consiste en que una empresa comunique directamente a dicha Comisión las prácticas comerciales desleales que haya presenciado o experimentado durante su actividad empresarial o en sus operaciones con otras empresas.

Una vez recibida la denuncia, la Comisión investiga directamente las posibles infracciones con arreglo a la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo y, si confirma la existencia de indicios de infracción, puede dictar una orden de rectificación o imponer una sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum).

Si la infracción se cometió de forma intencionada o con negligencia grave, la Comisión también puede presentar una denuncia penal ante los órganos de investigación cuando se trate de una infracción grave.

Por tanto, quien haya sufrido daños como consecuencia de prácticas comerciales desleales u otras infracciones de esta Ley puede solicitar la tutela de sus derechos mediante una denuncia ante la Comisión.

Sin embargo, no todas las prácticas comerciales desleales ni todas las conductas que puedan parecer contrarias a la Ley pueden ser objeto de denuncia.

Para determinar concretamente qué conductas pueden denunciarse ante la Comisión, es preciso obtener asesoramiento jurídico de un abogado con experiencia en comercio justo.

Asimismo, si una empresa ha sido denunciada ante la Comisión y se enfrenta a una posible sanción, debe identificar qué conducta se cuestiona para preparar una respuesta adecuada al tipo de asunto.

También en este caso resulta aconsejable contar con asistencia letrada, ya que el asunto puede complicarse si la Comisión presenta una denuncia penal.

Principales tipos de conductas que pueden dar lugar a una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo

1. Concertación de precios y concertación en licitaciones
La concertación de precios consiste en que varias empresas excluyan la competencia y fijen previamente un determinado precio, causando efectos desfavorables para los consumidores.

La concertación en licitaciones consiste en que los participantes acuerden previamente el adjudicatario, el precio, las condiciones de adjudicación u otros aspectos para restringir la competencia en una licitación pública o privada. Es una práctica desleal representativa que distorsiona el orden del mercado.

2. Abuso de posición dominante en el mercado
Consiste en que una empresa con una elevada cuota de mercado utilice su posición para excluir a competidores o perjudicar a los consumidores.

3. Prácticas comerciales desleales
Entre las prácticas comerciales desleales prohibidas por la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo se encuentran la negativa a contratar, las condiciones comerciales discriminatorias, la captación indebida de clientes, las ventas vinculadas y la imposición de compras.

4. Infracciones de la Ley de Transacciones Justas en la Subcontratación
Esta categoría incluye, entre otras conductas, las exigencias indebidas formuladas por grandes empresas u otros contratistas principales a los subcontratistas, así como la reducción injustificada o el retraso del pago.

5. Conductas colusorias restrictivas de la competencia
Consisten en que varias empresas acuerden previamente los precios de mercado, el volumen de producción, las zonas de venta, las condiciones comerciales u otros aspectos para restringir la competencia.

6. Obstrucción de actividades empresariales
Consiste en obstaculizar injustificadamente la actividad de un competidor concreto e incluye el uso indebido de tecnología, la captación indebida de personal y la divulgación indebida de información.

7. Abuso de derechos de propiedad intelectual e industrial y restricciones mediante operaciones exclusivas
Se produce cuando se utilizan derechos de propiedad intelectual e industrial, como patentes o marcas, para abusar de una posición dominante en el mercado o imponer operaciones exclusivas con el fin de restringir la competencia.

8. Abuso de posición de superioridad en las relaciones comerciales
Consiste en que una empresa en posición de superioridad formule exigencias indebidas a la otra parte de una operación o se las imponga.

9. Publicidad y etiquetado desleales
También pueden denunciarse las conductas que induzcan a error a los consumidores mediante publicidad falsa o exagerada, así como las que fomenten la competencia desleal.

Casos no comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo

Antes de responder a una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo, deben examinarse los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo.

Si un consumidor devuelve un producto o solicita su reembolso debido a defectos tras adquirir bienes o servicios y denuncia a la empresa ante la Comisión, el procedimiento no puede tramitarse ante esta, ya que las cuestiones relativas a la reparación de daños de los consumidores son competencia de la Agencia Coreana del Consumidor.

Tampoco pueden denunciarse ante la Comisión las operaciones entre particulares que no sean empresarios ni las controversias jurídicas derivadas de relaciones privadas.

Por ello, en lugar de afrontar sin asistencia una denuncia ante la Comisión, puede ser conveniente obtener asesoramiento de un profesional jurídico sobre las circunstancias concretas del asunto.

2. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Procedimiento

Procedimiento de denuncia ante la Comisión de Comercio Justo

El procedimiento aplicable desde la presentación de la denuncia ante la Comisión de Comercio Justo se desarrolla en el siguiente orden.

1. Fase de conocimiento inicial

Cuando se recibe una denuncia o comunicación, la Comisión toma conocimiento del asunto y comprueba si está comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo.

2. Fase de investigación

A continuación, el funcionario examinador inicia la investigación y procede a examinar y evaluar el asunto.

3. Fase de deliberación y resolución

Concluida la investigación, el asunto se somete a la Comisión para su deliberación y resolución.

4. Fase de notificación

La Comisión notifica el resultado de la investigación realizada tras la denuncia. Si la parte interesada no está conforme, puede iniciar el procedimiento de impugnación correspondiente.

Empresas que pretenden presentar una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo

1. Determinación clara del motivo de la denuncia
La empresa que pretenda presentar una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo debe, en primer lugar, determinar claramente si el perjuicio sufrido constituye una conducta ilícita conforme a la Ley de Regulación de Monopolios y Comercio Justo.

Entre estas conductas pueden incluirse la concertación de precios, las conductas colusorias restrictivas de la competencia, el abuso de posición dominante en el mercado, las prácticas comerciales desleales —como las ventas vinculadas, la negativa a contratar o la fijación discriminatoria de precios—, la apropiación de tecnología y las infracciones de la Ley de Transacciones Justas en la Subcontratación.

La mera existencia de fricciones con otra parte comercial o de una conducta desagradable de un competidor no basta para presentar una denuncia ante la Comisión: deben concurrir objetivamente los elementos de una infracción legal.


2. Procedimiento de denuncia
La denuncia ante la Comisión puede presentarse en línea —a través del sitio web de la Comisión—, por escrito, por teléfono o presencialmente.

Sin embargo, cuando se trate de una «denuncia» formal y no de una simple «comunicación», el escrito deberá contener la información obligatoria.

Esta incluye la denominación exacta y los datos de contacto de la persona o empresa denunciada, una descripción concreta de la infracción, las pruebas pertinentes —contratos, correos electrónicos, transcripciones de grabaciones o recibos, entre otras—, la naturaleza del perjuicio y una estimación de su importe.


3. Posibles efectos
Si la Comisión admite la denuncia e inicia la investigación y el examen, pueden adoptarse medidas frente a la infracción, como órdenes de rectificación, sanciones pecuniarias administrativas (gwajinggeum) o denuncias penales.

Estas medidas pueden contribuir de forma importante a detener las conductas competitivas ilícitas y restablecer un orden competitivo justo.

Además, los materiales obtenidos durante la investigación pueden utilizarse como pruebas favorables en procesos civiles o reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios, reforzando la posición probatoria en controversias jurídicas posteriores.


4. Precauciones
La presentación de una denuncia ante la Comisión exige prudencia, ya que una denuncia falsa o carente de fundamento puede generar el riesgo de acciones legales por difamación, acusación o denuncia falsa u obstrucción de la actividad empresarial.

Asimismo, durante la investigación de la Comisión pueden revelarse el nombre de la empresa denunciante o los detalles de las operaciones, lo que podría dar lugar a la ruptura de relaciones comerciales como represalia o a otras consecuencias desfavorables por parte de la empresa denunciada.

Por tanto, deben realizarse previamente un análisis suficiente de los riesgos empresariales y una evaluación jurídica. Si se desea preservar el anonimato, también deberá examinarse en detalle el procedimiento aplicable para solicitarlo.

Empresas denunciadas ante la Comisión de Comercio Justo

1. Estrategia de respuesta inicial
La empresa notificada de la recepción de una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo o del inicio de una investigación debe activar su sistema de respuesta.

Debe realizar con rapidez una investigación interna de los hechos denunciados y recopilar sistemáticamente los contratos, historiales de operaciones, correos electrónicos y registros de comunicaciones pertinentes.

La documentación debe conservarse de forma transparente para evitar sospechas de destrucción de pruebas. Al mismo tiempo, es necesario seleccionar los materiales que permitan defender la posición de la empresa y contar desde una fase temprana con asistencia letrada para elaborar los argumentos de respuesta.

Los errores en la respuesta inicial pueden afectar de manera significativa a la credibilidad de la empresa, al importe de la sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum) y a la posibilidad de una posterior sanción penal, por lo que se requiere una valoración rigurosa.


2. Procedimiento de investigación de la Comisión
Una vez recibida la denuncia, la Comisión puede llevar a cabo una investigación exhaustiva mediante requerimientos de documentación, toma de declaraciones a las personas relacionadas e inspecciones in situ.

Durante una visita a las instalaciones, también puede obtener directamente datos de servidores, ordenadores y correos electrónicos. En tal caso, la empresa debe preparar previamente la seguridad de su red interna y la gestión de los permisos de acceso.

Si, tras la investigación, la Comisión aprecia la existencia de una infracción, puede adoptar medidas importantes, como imponer una sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum), dictar una orden de rectificación o presentar una denuncia penal.

Para afrontar esta posibilidad, resulta especialmente importante mantener una comunicación estratégica durante la investigación que permita aclarar los hechos, eliminar posibles malentendidos y formular argumentos basados en el principio de proporcionalidad.

3. Riesgos jurídicos y empresariales
Los efectos que una denuncia ante la Comisión puede producir sobre una empresa exceden de la mera imposición de medidas legales.

Si se confirma la infracción, puede dar lugar a sanciones pecuniarias administrativas de varios miles de millones de wones surcoreanos o más, modificaciones de la actividad empresarial derivadas de órdenes de rectificación, sanciones penales, así como al procesamiento y la condena de los directivos o empleados responsables.

Además, la cobertura informativa puede perjudicar gravemente la imagen de la empresa y existe un riesgo considerable de pérdida de confianza en las relaciones comerciales con clientes o socios esenciales.

También pueden producirse repercusiones negativas importantes en el conjunto de la actividad empresarial, como la pérdida de confianza de accionistas e inversores, el deterioro de la valoración de las entidades financieras y efectos adversos sobre fusiones y adquisiciones (M&A).


4. Estrategia de respuesta
El resultado de la respuesta a una denuncia ante la Comisión puede variar considerablemente en función de si la empresa dispone habitualmente de un sistema adecuado de gestión del cumplimiento normativo.

En primer lugar, se requiere una estrategia equilibrada que combine la preparación rigurosa de pruebas que acrediten que la operación o el contrato cuestionado se basó en razones objetivamente legítimas, la cooperación diligente con la investigación de la Comisión y el ejercicio de los derechos legales de la empresa.

Según las circunstancias, también puede ser posible reducir las consecuencias desfavorables mediante la presentación de un plan de rectificación voluntaria, consultas con la Comisión o una solicitud de mediación.

En el ámbito interno, deben adoptarse medidas para prevenir la reiteración de las conductas y reforzar la capacidad de respuesta de la organización, como ampliar la formación sobre comercio justo en todos los departamentos, reforzar el sistema de revisión jurídica e implantar un sistema de supervisión de riesgos.

La respuesta a una investigación de la Comisión no constituye únicamente una actuación defensiva, sino que también puede servir para reforzar la fiabilidad jurídica y ética de la empresa.

3. Denuncia ante la Comisión de Comercio Justo | Motivos por los que las empresas deben conocer este sistema

Asistencia de Daeryun Sociedad de Abogados en denuncias ante la Comisión de Comercio Justo

1. Protección del orden competitivo y prevención de daños para la propia empresa

El sistema de denuncia ante la Comisión de Comercio Justo constituye un instrumento importante para frenar las prácticas comerciales desleales en el mercado.

Si la propia empresa o una empresa colaboradora sufre daños por concertación, imposición de transacciones, apropiación de tecnología u otras conductas, la denuncia permite solicitar protección jurídica. Además, frenar las conductas ilícitas de los competidores puede contribuir a crear un entorno de competencia justa.

2. Prevención de riesgos de ilegalidad y gestión interna del cumplimiento normativo

La denuncia ante la Comisión puede ser presentada tanto por personas externas como por empleados internos o empresas colaboradoras.

Por ello, comprender la estructura del sistema y sus supuestos de aplicación es necesario para que la empresa revise sus propios riesgos de ilegalidad y refuerce su sistema de cumplimiento normativo.

Ello permite prevenir riesgos jurídicos importantes, como medidas sancionadoras, sanciones pecuniarias administrativas (gwajinggeum) o denuncias penales.

3. Gestión de la imagen y reputación corporativas

Una denuncia ante la Comisión puede generar críticas sociales y efectos negativos, como la pérdida de clientes comerciales, la contracción de la inversión o la salida de personal cualificado.

En cambio, cuando una empresa es víctima de prácticas desleales, denunciar para corregir el problema puede contribuir a reforzar la confianza en su actuación empresarial justa.

4. Desarrollo de la capacidad de respuesta frente al riesgo de denuncia

Cuando se presenta una denuncia ante la Comisión, se requiere una respuesta adecuada y una explicación fundada.

El conocimiento previo suficiente del sistema y del procedimiento permite responder eficazmente a la investigación, presentar documentación y elaborar una estrategia de alegaciones.

En particular, la respuesta jurídica debe coordinarse con una estrategia de comunicación desde la perspectiva de las relaciones públicas.

Una denuncia ante la Comisión puede dar lugar a una recomendación de rectificación o a la imposición de una sanción pecuniaria administrativa (gwajinggeum) y, en casos graves, también a una sanción penal derivada de una denuncia penal.

Estas consecuencias pueden causar perjuicios importantes a la empresa. Cuando la denuncia carezca de motivos legítimos, será necesaria una defensa activa.

Dado que las inspecciones in situ de la Comisión se realizan como investigaciones no coercitivas, conviene afrontarlas con la asistencia de un 🔗abogado con experiencia en comercio justo y preparar la respuesta desde las primeras fases del asunto.

La Comisión de Comercio Justo ha manifestado su propósito de contribuir a la creación de una economía de mercado justa, y el Departamento de Investigación de Comercio Justo de la Fiscalía del Distrito Central de Seúl ha anunciado que reforzará las sanciones aplicables a los delitos contra el comercio justo.

Daeryun cuenta con abogados que han intervenido en asuntos de asesoramiento sobre investigaciones de la Comisión relativas a operaciones de subcontratación y prácticas comerciales desleales, quienes examinan el asunto del cliente y proponen líneas de actuación.

Si se enfrenta a riesgos jurídicos debido a una denuncia ante la Comisión de Comercio Justo, puede solicitar asesoramiento a esta firma.

Lista de comprobación para empresas

ComprobadoElemento de comprobaciónDescripción
Existencia de prácticas comerciales desleales¿Se han realizado operaciones que puedan ser ilícitas, como concertación, imposición de transacciones o apropiación de tecnología?
Contratos justos con empresas colaboradoras y franquiciados¿Se ha evitado imponer unilateralmente condiciones contractuales desfavorables a subcontratistas, franquiciados u otras partes?
Independencia en la fijación de precios¿Se han discutido con competidores los precios, las condiciones de licitación u otros aspectos?
Adecuación de las expresiones publicitarias¿Se evita utilizar publicidad falsa o exagerada que pueda inducir a error a los consumidores?
Funcionamiento de un programa de cumplimiento normativo (CP)¿Dispone la empresa de políticas y sistemas internos de cumplimiento voluntario de las normas sobre comercio justo?
Realización periódica de formación¿Se imparte periódicamente a directivos y empleados formación relacionada con el comercio justo?
Implantación de un sistema interno de denuncias¿Existe un canal anónimo para formular denuncias o comunicaciones internas?
Implantación de un sistema de respuesta a investigaciones de la Comisión¿Existe un manual interno para responder a denuncias o investigaciones de la Comisión?
Análisis y aplicación de casos similares¿Se han examinado casos anteriores de denuncias o sanciones de la propia empresa o del sector y se han adoptado medidas preventivas?
Organización del sistema de asesoramiento jurídico¿Se dispone de un sistema de colaboración con profesionales externos o con el departamento jurídico?

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