Penal 02Police Investigation
Procedimiento de investigación policial
Lea esta guía si la comisaría se ha puesto en contacto con usted para decirle «venga a ser interrogado». Explica lo que ocurre desde el interrogatorio hasta que el caso se envía al fiscal, y lo que debe preparar.Lo que diga en el interrogatorio se escribe en un acta de declaración (el registro oficial de su declaración) y queda en el expediente del caso. Por eso conviene saberlo de antemano.
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Diagrama del procedimiento
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- Paso básico
- Acción adicional / opción
- Rechazo / oposición
- Fin del procedimiento
Recepción de la citación
La policía hace la citación (un aviso que le pide acudir para ser interrogado) por teléfono, mensaje de texto o correo. Compruebe el número de caso, el cargo, el investigador a cargo y si se trata de un caso de denuncia de la víctima; la fecha de comparecencia puede ajustarse de común acuerdo.
Siguiente: Preparación del interrogatorioExplicación
La policía le dice por teléfono, mensaje de texto o correo que «venga a ser interrogado en tal fecha». En este momento, pregunte de qué trata el caso, quién presentó la denuncia y quién está a cargo.Esto se debe a que solo puede preparar el interrogatorio si sabe de qué trata el caso. Si tiene un motivo, puede cambiar la fecha.
- Duración
- En los casos de denuncia de la víctima y de denuncia de un tercero, la policía debe terminar la investigación y decidir si remite el caso en un plazo de 3 meses desde el día en que lo aceptó. Se aplica a los casos aceptados a partir del 2026.10.2
- Coste
- La ley no fija ninguna tasa por ser interrogado por la policía. Contratar a un abogado defensor cuesta unos honorarios
Guía del procedimiento
Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.
- 1
La policía hace la citación (un aviso que le pide acudir para ser interrogado) por teléfono, mensaje de texto o correo. En este momento, pregunte y confirme el número de caso, el cargo, el investigador a cargo y si se trata de un caso de denuncia de la víctima. Puede cambiar la fecha de comparecencia acordándola con el investigador. Sin embargo, si no responde a una citación sin un motivo justificado, pueden solicitar una orden de arresto (Ley de Procedimiento Penal, art. 200-2(1)), así que, aunque cambie la fecha, preséntese sin falta.
- 2
Antes de presentarse, ordene cronológicamente lo ocurrido y reúna los materiales que le favorezcan, como mensajes de texto, grabaciones y movimientos de cuentas bancarias. Si el orden está claro, sus declaraciones no se contradirán aunque le interroguen. Con su abogado defensor, separe lo que admite de lo que impugna y decida de antemano cómo hará su declaración. Así evitará decir cosas innecesarias en el interrogatorio.
- 3
El día del interrogatorio, el investigador realiza el interrogatorio del sospechoso (la policía pregunta y el sospechoso responde). Antes de empezar, le informan del derecho a guardar silencio (el derecho a no hablar) y del derecho a la asistencia letrada (el derecho a recibir ayuda de un abogado defensor). El abogado defensor puede participar en el interrogatorio y expresar opiniones (Ley de Procedimiento Penal, art. 243-2). Sobre lo que no recuerde con claridad, responda «no lo sé» o «no lo recuerdo». Esto se debe a que las respuestas basadas en suposiciones también quedan en el acta tal cual.
- 4
Cuando termine el interrogatorio, lea el acta de interrogatorio del sospechoso (el documento que registra el interrogatorio) de principio a fin. Si alguna parte está escrita de forma distinta a su declaración, pida que se corrija o complete, y luego fírmela y séllela (art. 244). Esta acta se usa como prueba en el juicio si el acusado admite su contenido (art. 312(3)), así que revísela con atención línea por línea.
- 5
Si es necesario, la policía obtiene una orden de un juez y realiza un registro e incautación (art. 215), o realiza un análisis forense digital de teléfonos y computadoras (recuperar y analizar los datos guardados). Si borra materiales después de recibir una citación, puede considerarse riesgo de destrucción de pruebas y convertirse en motivo de detención (art. 70(1), inciso 2). Si su declaración contradice la del denunciante, se realiza un careo (interrogar a ambas partes sentadas juntas). El interrogatorio puede no terminar en una sola sesión; puede haber más.
- 6
Antes de que el caso se envíe al fiscal (remisión), presente al investigador el escrito de opinión del abogado defensor, los materiales sobre la reparación del daño y el acuerdo, y las pruebas que le favorezcan. Antes de terminar la investigación, la policía comprueba si usted tiene intención de presentar materiales u opiniones, e incorpora los materiales presentados al expediente de investigación (Reglamento de Investigación, art. 25(2)). El acuerdo con la víctima se lleva a cabo a través de su abogado defensor.
- 7
Si la policía considera que los cargos tienen fundamento, envía el caso a un fiscal de la Oficina de Acusación Pública (antes Fiscalía) (remisión, art. 245-5); si no, cierra el caso con una decisión de no remisión. En caso de no remisión, se informa de los motivos al denunciante en un plazo de 7 días (art. 245-6), y también se notifica al sospechoso el resultado de la investigación. Si el denunciante presenta una objeción, el caso pasa al fiscal, así que el procedimiento puede continuar incluso después de la no remisión.
Paso actual
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 7 díasPaso 7 Decisión de remisión / no remisión
Preparación y comprobaciones
- Para saber qué preparar, compruebe en la citación el número de caso, el cargo, el investigador a cargo y si se trata de un caso de denuncia de la víctima.
- Si necesita cambiar la fecha de comparecencia, acuérdela con el investigador y preséntese sin falta en la nueva fecha.
- Para que sus declaraciones no se contradigan, ordene los hechos cronológicamente y conserve mensajes de texto, grabaciones y movimientos de cuentas bancarias.
- Antes del interrogatorio, aclare con su abogado defensor qué admite y qué impugna, para evitar declaraciones innecesarias.
- El acta de declaración puede usarse como prueba en el juicio, así que revísela línea por línea antes de firmar y pida que se corrija cualquier error.
- Presente al investigador los materiales de acuerdo y de arrepentimiento antes de que la policía termine la investigación.
Cuándo necesita un abogado
En casos como estos, necesita la ayuda de un abogado antes del primer interrogatorio: le citan sin saber cuál es el cargo, o su declaración difiere mucho de la del denunciante.
Lo mismo ocurre cuando se prevé un registro e incautación o un análisis forense. Esto se debe a que lo que diga en el interrogatorio se escribe en un acta de declaración y queda en el expediente del caso.

Posición actual (7/7)
Paso 7 · Decisión de remisión / no remisión
Qué hacer ahora
Si la policía considera que es un delito, envía el caso al fiscal (remisión). Si no, toma una decisión de no remisión (lo cierra sin enviarlo).
Al cerrarlo, la policía informa de los motivos al denunciante en un plazo de 7 días y también le comunica a usted el resultado. Sin embargo, incluso después de la no remisión, el procedimiento puede continuar, por ejemplo por una objeción del denunciante.
Qué viene después
Este es el último paso.
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 7 díasPaso 7 Decisión de remisión / no remisión
Fundamento: Ley de Procedimiento Penal, art. 245-5 · art. 245-6
Cuándo recurrir a un abogado
En casos como estos, necesita la ayuda de un abogado antes del primer interrogatorio: le citan sin saber cuál es el cargo, o su declaración difiere mucho de la del denunciante.
Lo mismo ocurre cuando se prevé un registro e incautación o un análisis forense. Esto se debe a que lo que diga en el interrogatorio se escribe en un acta de declaración y queda en el expediente del caso.
Preguntas frecuentes
Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.
- Q¿Tengo que ir en la fecha que figura en la citación?
- No tiene que ser exactamente esa fecha. Puede llamar al investigador a cargo y ajustar la fecha. Si un sospechoso pide aplazar la fecha y la hora de comparecencia, la policía debe ajustarla salvo que haya circunstancias especiales.Si tiene abogado defensor, la agenda también se acuerda con el abogado. Sin embargo, si no responde a una citación sin un motivo justificado, pueden solicitar una orden de arresto.
- Q¿Qué debo llevar cuando me interroguen?
- Lleve su documento de identidad, la citación y copias de los materiales que le favorezcan (capturas de mensajes, archivos de grabación, movimientos de cuentas bancarias). Lleve también una nota con los hechos ordenados cronológicamente. Guarde usted mismo el teléfono o los documentos originales hasta que le pidan presentarlos.Así, llevando solo copias, conserva los originales intactos. Si la declaración del sospechoso va a grabarse en video, deben avisarle de antemano.
- Q¿Cuántas horas dura el interrogatorio y cuántas veces me interrogarán?
- Depende del caso. El tiempo total del interrogatorio, incluidas las esperas, los descansos y las comidas, no puede superar las 12 horas. El tiempo real de interrogatorio no puede superar las 8 horas salvo circunstancias especiales.No pueden volver a interrogarle hasta que pasen 8 horas desde que termina el interrogatorio. En principio, no se permite el interrogatorio nocturno de 9 p. m. a 6 a. m.Solo se permite en casos excepcionales, como cuando usted mismo lo pide indicando motivos concretos. El número de sesiones de interrogatorio también depende del caso.
- Q¿Puedo ir solo, sin abogado?
- Pueden interrogarle aunque vaya solo. Sin embargo, si su declaración contradice la del denunciante, si impugna los cargos o si puede ser detenido, conviene que participe un abogado defensor y le ayude a definir la orientación de sus declaraciones.Esto se debe a que lo que diga en el interrogatorio se escribe en un acta de declaración y queda en el expediente del caso. Durante el interrogatorio, el abogado defensor puede expresar opiniones y objetar preguntas indebidas.
- Q¿Cómo sé si soy sospechoso o testigo?
- Pregunte al investigador a cargo en qué calidad le llaman y cuál es el cargo. La citación debe indicar el motivo, como el resumen de los hechos imputados (un resumen de los cargos). Al interrogar a un sospechoso, la policía debe informarle del derecho a guardar silencio (el derecho a no hablar) antes de empezar.
- Q¿Puedo obtener una copia de lo que se registró en mi interrogatorio (el acta de declaración)?
- Sí, puede solicitarla. En un caso en investigación, puede solicitar consultar y copiar las partes que contienen sus propias declaraciones y los documentos que usted presentó.La policía debe permitirlo salvo que haya un motivo justificado, como el riesgo de vulnerar datos personales o de destrucción de pruebas. Consulte con el investigador a cargo cómo solicitarla y cuánto cuesta.
Cuándo necesita un abogado
- Si no responde a una citación sin un motivo justificado, pueden solicitar una orden de arresto (Ley de Procedimiento Penal, art. 200-2(1)). Si necesita ajustar la agenda, acuérdela con el investigador y preséntese sin falta en la fecha acordada.
- El acta de declaración puede usarse como prueba en el juicio (Ley de Procedimiento Penal, art. 312(3)), así que revísela línea por línea antes de firmar. Sobre lo que no recuerde con claridad, responda «no lo sé» o «no lo recuerdo».
- Los materiales de acuerdo y de reparación del daño pueden presentarse antes de que la policía termine la investigación (Reglamento de Investigación, art. 25(2)). El acuerdo se lleva a cabo a través de su abogado defensor.
Leyes relacionadas
- Ley de Procedimiento Penal, art. 243-2 (participación del abogado defensor), art. 244 (lectura del acta), art. 215 (registro e incautación), arts. 245-5 a 245-8 (remisión, no remisión, objeción, petición de nueva investigación)
- Reglamento sobre la Cooperación Mutua entre Fiscales y Oficiales de Policía Judicial y Reglamento General de Investigación

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