Penal 04Prosecution Review & Disposition
Procedimiento de revisión y resolución de la Oficina de Acusación Pública (antes Fiscalía)
Es la etapa en la que el fiscal revisa un caso enviado por la policía. El fiscal decide si lo envía a juicio, si lo termina con una multa o si no lo lleva adelante, y le comunica el resultado. Debe hacer llegar su opinión antes de que se tome la resolución.
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Diagrama del procedimiento
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- Paso básico
- Acción adicional / opción
- Rechazo / oposición
- Fin del procedimiento
Remisión y revisión del expediente
El expediente remitido por la policía se asigna a un fiscal de la Oficina de Acusación Pública (antes Fiscalía), que revisa si los cargos están probados, el razonamiento jurídico y la legalidad de las pruebas. Los delitos graves los investiga y remite la Agencia de Investigación de Delitos Graves.
Siguiente: Petición de investigación complementariaExplicación
Un fiscal (que forma parte de la Oficina de Acusación Pública desde octubre de 2026) recibe el caso enviado por la policía y lee el expediente. El fiscal examina si las pruebas son suficientes y si la ley se aplicó correctamente. El resultado de esta revisión decide si habrá una investigación complementaria y la orientación de la resolución.
- Duración
- Consulte con el despacho del fiscal a cargo cuándo se tomará la resolución. Si hay una investigación complementaria, se añade ese periodo (la investigación complementaria de la policía es, en principio, de 1 mes, prorrogable dentro de 1 mes)
- Coste
- La ley no fija ninguna tasa por ser interrogado en la etapa de la Oficina de Acusación Pública. Si una orden sumaria queda firme, debe pagar la multa, y contratar a un abogado defensor cuesta unos honorarios
Guía del procedimiento
Léalo en orden, de principio a fin. El texto en rojo indica plazos fijados por la ley.
- 1
El expediente enviado por la policía (remisión) se asigna a un fiscal de la Oficina de Acusación Pública (antes Fiscalía), que revisa si los cargos están probados, si la ley se aplica correctamente y si las pruebas son legales. Justo después de la remisión, averigüe qué despacho de fiscal está a cargo y presente los materiales de acuerdo y de arrepentimiento y un escrito de opinión. Estos materiales deben presentarse antes de que el fiscal tome una resolución.
- 2
Si las pruebas son insuficientes, el fiscal pide a la policía una investigación complementaria (investigar más las partes que faltan) (Ley de Procedimiento Penal, art. 197-2), y la policía investiga más y envía los resultados. En este proceso es posible que vuelvan a interrogar al sospechoso, así que conviene repasar las declaraciones hechas antes.
- 3
Desde octubre de 2026, el fiscal no interroga directamente al sospechoso. En su lugar, si es necesario, el fiscal confirma los hechos escuchando las opiniones del sospechoso y de las personas implicadas o recibiendo escritos de opinión (Ley de Procedimiento Penal, art. 245-13). Un abogado defensor puede estar presente cuando se escucha la opinión del sospechoso, y las declaraciones hechas en este proceso no se usan como prueba en el juicio. Aun así, se tienen en cuenta para decidir la resolución, así que ordene de antemano lo que quiere decir.
Paso actual - 4
El fiscal decide una de las siguientes opciones: acusación formal (presentar un escrito de acusación), solicitud de orden sumaria (una petición para juzgar el caso solo con los documentos, únicamente para multa, multa menor o decomiso, art. 448) o no acusación (art. 246 · art. 247). La no acusación se divide en sin indicios, suspensión de la acusación (hay indicios, pero el caso no se envía a juicio), falta de derecho a acusar, etc. Lo que debe hacer después y los plazos cambian según la resolución.
- 5
Si se solicita una orden sumaria, el tribunal impone una multa, una multa menor o un decomiso solo con los documentos, sin juicio público (un juicio celebrado en la sala) (art. 448 · art. 449). Se envía al acusado una copia certificada de la orden sumaria por correo certificado. El plazo para solicitar un juicio formal empieza ese día, así que anote sin falta la fecha en que recibió el correo certificado.
- 6
Si no está de acuerdo con la orden sumaria, solicite un juicio formal en un plazo de 7 días desde el día en que se le notifique (art. 453). Si el acusado lo solicita, no se impone un tipo de pena más grave que el de la orden sumaria (art. 457-2), pero la cuantía de la multa puede aumentar y, en ese caso, el tribunal indica en la sentencia los motivos de la pena (art. 457-2(2)). Incluso una orden sumaria de multa queda como antecedente penal una vez firme, así que decida con cuidado dentro del plazo si la acepta.
- 7
El fiscal comunica al sospechoso el resultado de la resolución (art. 258(2) para la no acusación; Reglamento de Investigación, art. 53 para las demás decisiones). Si es una no acusación, el caso termina y usted solicita la devolución de los objetos incautados (환부). Si es una orden sumaria, decida en un plazo de 7 días desde el día en que recibe la copia certificada si solicita un juicio formal. Si es una acusación formal, recibe una copia del escrito de acusación y el caso pasa al procedimiento de juicio penal, donde presenta un escrito de opinión en un plazo de 7 días (art. 266-2).
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 7 díasPaso 6 Solicitud de juicio formal
Preparación y comprobaciones
- Para presentar los materiales a tiempo, compruebe el despacho del fiscal a cargo y el número de caso justo después de la remisión.
- Antes de que el fiscal tome una resolución, presente un acuerdo con la víctima, materiales de reparación del daño y de arrepentimiento, y el escrito de opinión del abogado defensor.
- Para que sus declaraciones no se contradigan, vaya con su abogado defensor cuando acuda a un interrogatorio en una investigación complementaria o a una audiencia de opinión del fiscal.
- Anote la fecha en que recibió por correo certificado la copia certificada de la orden sumaria, ya que es la base para contar el plazo.
- Una vez pasado el plazo, queda firme, así que decida en un plazo de 7 días si solicita un juicio formal.
- Guarde la notificación de la resolución y, si es una acusación formal, prepare el escrito de opinión que debe presentar en un plazo de 7 días después de recibir el escrito de acusación.
Cuándo necesita un abogado
Necesita la ayuda de un abogado en casos como estos: después de la remisión necesita presentar un acuerdo con la víctima o un escrito de opinión antes de que el fiscal tome una resolución, o ha recibido una orden sumaria y debe decidir si solicita un juicio formal.
En particular, si pasa el plazo para solicitar un juicio formal, la multa queda firme tal cual. Por eso necesita pedir ayuda dentro del plazo de 7 días.

Posición actual (3/7)
Paso 3 · Confirmación de los hechos por el fiscal
Qué hacer ahora
Desde octubre de 2026, el fiscal no interroga directamente al sospechoso. En su lugar, si es necesario, el fiscal le cita para escuchar su opinión o recibe un escrito de opinión para confirmar los hechos.
Puede ir acompañado de un abogado, y las declaraciones hechas aquí no se usan como prueba en el juicio. Aun así, se tienen en cuenta para decidir la resolución, así que ordene de antemano lo que va a decir.
Qué viene después
Paso 4 · Decisión de la resolución
El fiscal decide entre tres opciones. La primera es la acusación, que envía el caso a un juicio formal.
La segunda es la solicitud de orden sumaria, que pide al tribunal imponer una multa solo con los documentos, sin juicio. La tercera es la no acusación, que no envía el caso a juicio.
La no acusación incluye sin indicios (no hay delito) y falta de derecho a acusar (un caso que no puede castigarse). La suspensión de la acusación, en la que hay delito pero esta vez el caso no se envía a juicio, también es un tipo de no acusación.
Plazos que debe cumplir a partir de ahora
- 7 díasPaso 6 Solicitud de juicio formal
Fundamento: Ley de Procedimiento Penal, art. 453 · art. 457-2
Cuándo recurrir a un abogado
Necesita la ayuda de un abogado en casos como estos: después de la remisión necesita presentar un acuerdo con la víctima o un escrito de opinión antes de que el fiscal tome una resolución, o ha recibido una orden sumaria y debe decidir si solicita un juicio formal.
En particular, si pasa el plazo para solicitar un juicio formal, la multa queda firme tal cual. Por eso necesita pedir ayuda dentro del plazo de 7 días.
Preguntas frecuentes
Preguntas prácticas que surgen de inmediato en este procedimiento.
- QMe dijeron que mi caso fue remitido. ¿Cómo sé quién es el fiscal a cargo y cuál es el número de caso?
- Compruebe en la notificación de la decisión de remisión o con el investigador a cargo a qué Oficina de Acusación Pública se remitió el caso y cuál es el número de caso, y luego pregunte a esa Oficina de Acusación Pública qué despacho de fiscal está a cargo. Si no recibió una notificación de remisión, pregunte al investigador a cargo si se remitió el caso y cuándo.
- Q¿Cómo presento al fiscal un acuerdo con la víctima o un escrito de opinión?
- Consulte con el despacho del fiscal a cargo la forma de presentación (en persona, por correo o en línea) y el formulario. Indique el número de caso y su nombre, adjunte el acuerdo con la víctima, la carta de disculpa o la petición de clemencia, y preséntelo antes de que el fiscal tome una resolución.
- Q¿Cómo me notifican el resultado de la resolución?
- El fiscal debe notificar la decisión al sospechoso. La forma concreta de notificación la fijan el Ministro de Justicia y otros.Si recibe una notificación de no acusación, el caso ha terminado. Según la ley, quienes pueden pedir una explicación escrita de los motivos de la no acusación son el denunciante y el denunciante tercero.Al sospechoso se le notifica el contenido esencial de la resolución. Si el sospechoso quiere conocer los motivos de la resolución, pregunte a la Oficina de Acusación Pública a cargo cómo consultar y copiar el expediente (ver y copiar el expediente).
- QRecibí una orden sumaria. ¿Cuándo y cómo pago la multa?
- La multa debe pagarse en un plazo de 30 días desde el día en que la orden sumaria queda firme. Si no paga, pueden internarle en un centro de trabajo (trabajar durante un periodo fijo en lugar de pagar la multa) por un periodo de 1 día a 3 años.Consulte con la Oficina de Acusación Pública a cargo si puede solicitar el pago a plazos o el aplazamiento del pago, además de la forma de pago. Si tiene dificultades, pregunte antes del plazo.
- Q¿Dónde y cómo solicito un juicio formal? ¿Cuesta algo?
- Presente una solicitud escrita de juicio formal ante el tribunal que dictó la orden sumaria. Debe solicitarlo en un plazo de 7 días desde el día en que se le notificó la orden sumaria. Consulte el formulario y los costos con el tribunal que dictó la orden sumaria.
- Q¿La suspensión de la acusación es un antecedente penal?
- No. La suspensión de la acusación no queda en el historial de antecedentes penales, así que no se convierte en los llamados antecedentes penales.Sin embargo, se conserva durante cierto tiempo en el historial de investigaciones (el registro de haber sido investigado) y luego se borra. El periodo de conservación es de 5 años desde la fecha de la resolución. En los delitos cuya pena máxima legal es de 10 años o más, es de 10 años, y si usted era menor en el momento de la resolución, es de 3 años.
Cuándo necesita un abogado
- Presente los materiales de acuerdo y de arrepentimiento antes de que el fiscal tome una resolución. Una vez remitido el caso, averigüe qué despacho de fiscal está a cargo y presente un escrito de opinión.
- El plazo de 7 días para solicitar un juicio formal empieza a contar desde el día en que se le notifica la orden sumaria, así que anote la fecha en que recibió el correo certificado. Incluso una orden sumaria de multa queda como antecedente penal una vez firme.
- Si solicita un juicio formal, no recibirá un tipo de pena más grave, como la prisión, pero la cuantía de la multa puede aumentar.
- El recurso o la solicitud de resolución judicial, con los que el denunciante impugna una decisión de no acusación, se explican en el procedimiento de denuncia de la víctima y denuncia de un tercero.
Leyes relacionadas
- Ley de Procedimiento Penal, art. 197-2 (petición de investigación complementaria), arts. 246 y 247 (acusación), art. 245-13 (confirmación de los hechos por el fiscal), art. 258 (notificación de la resolución), art. 266-2 (escrito de opinión), arts. 448 a 450 (orden sumaria), arts. 453 y 457-2 (solicitud de juicio formal)

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