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Casos y Resultados

Agresión física

Legítima defensa frente a una agresión física | Absolución del cliente acusado de agresión física recíproca

El cliente que consultó sobre la legítima defensa frente a una agresión física manifestó que había sido acusado injustamente de agresión física a raíz de una conducta que, según él, constituyó legítima defensa ante la provocación y la agresión de otra persona.

CONTENIDO
  • 1. Legítima defensa frente a una agresión física | Resumen del caso consultado
    • - Circunstancias del enfrentamiento con el Sr. A
  • 2. Legítima defensa frente a una agresión física | Estrategia concreta de actuación
    • - Acreditación mediante pruebas objetivas, como certificados médicos de lesiones
    • - Solicitud de aplicación de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos al agresor
    • - Énfasis en que era «víctima de una agresión física» y no investigado por agresión recíproca
  • 3. Legítima defensa frente a una agresión física | Resultado del caso: «absolución»
  • 4. Legítima defensa frente a una agresión física | Aspectos del delito que deben tenerse en cuenta
    • - Penas aplicables al delito de agresión física
    • - Requisitos para que se reconozca la legítima defensa
    • - En caso de verse implicado en un delito de agresión física

1. Legítima defensa frente a una agresión física | Resumen del caso consultado

El cliente que consultó sobre la legítima defensa frente a una agresión física declaró que, mientras estaba de cita con su pareja, un peatón, el Sr. A, lo provocó y lo agredió físicamente de forma unilateral.

Aunque se limitó a defenderse de la agresión del Sr. A, fue acusado de agresión física recíproca. Cuando se encontraba a punto de ser interrogado por la policía, consultó sobre la legítima defensa frente a una agresión física.

Legítima defensa frente a una agresión física

Circunstancias del enfrentamiento con el Sr. A

Durante la noche, mientras el cliente giraba con su vehículo por un callejón, el peatón Sr. A se interpuso en su camino y lo increpó preguntándole: «¿Por qué conduce así?».

El cliente intentó ignorarlo y continuar, pero el Sr. A se acercó de repente al lado del conductor, introdujo la mano en el vehículo y agredió físicamente a la novia del cliente.

Cuando el cliente salió del vehículo para detenerlo, el Sr. A lo agarró por el cuello pese a que padecía asma grave. Para defenderse, el cliente apartó el brazo del Sr. A y también lo sujetó por el cuello.

A consecuencia de este incidente, tanto el cliente como su novia sufrieron lesiones, pero terminaron, en cambio, siendo investigados por la policía como sospechosos de agresión física recíproca.

2. Legítima defensa frente a una agresión física | Estrategia concreta de actuación

La cuestión principal de este caso era determinar si la conducta defensiva del cliente constituía un delito de agresión física.

El delito de agresión física consiste en el uso ilícito de fuerza contra el cuerpo de otra persona y no requiere necesariamente que se produzcan lesiones.

Dado que el mero ejercicio de fuerza física puede bastar para que se constituya este delito, el abogado encargado de asuntos de agresión física examinó el caso con especial cautela.

Acreditación mediante pruebas objetivas, como certificados médicos de lesiones

Tras la consulta sobre si podía reconocerse la legítima defensa frente a una agresión física, el abogado prestó asistencia jurídica con el propósito de demostrar la inocencia mediante la combinación de pruebas objetivas.

Analizó y organizó pruebas como las grabaciones de la cámara del vehículo, los certificados médicos que acreditaban las lesiones sufridas por el cliente y su novia, y los recibos que demostraban los daños causados al vehículo.

Asimismo, mantuvo una comunicación atenta para ayudar al cliente a recuperar la estabilidad emocional ante la ansiedad que le provocaba verse implicado en un delito de agresión física, y lo puso en contacto con un centro de atención psicológica.

Solicitud de aplicación de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos al agresor

El abogado encargado de asuntos de agresión física destacó que la conducta defensiva del cliente frente al Sr. A no constituía un delito de agresión física y que, en realidad, el cliente era víctima de una agresión unilateral.

También sostuvo que se trataba de legítima defensa, pues el cliente se había limitado a contener las continuas agresiones del Sr. A hasta la llegada de la policía.

De conformidad con el artículo 5-10 de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos de la República de Corea, se sancionan severamente los actos de violencia ejercidos contra el conductor de un vehículo en circulación que pongan en peligro la seguridad del conductor, los pasajeros o los peatones.

En este caso, dado que el Sr. A había ejercido violencia contra el cliente mientras este conducía el vehículo, se sostuvo que debía ser sancionado mediante la aplicación de la infracción de la Ley sobre la Sanción Agravada de Determinados Delitos (agresión física al conductor).

Énfasis en que era «víctima de una agresión física» y no investigado por agresión recíproca

Mediante un análisis minucioso de los hechos, el abogado encargado de asuntos de agresión física explicó claramente que el cliente no había agredido al Sr. A en una situación de violencia recíproca.

Asimismo, sostuvo jurídicamente que, aunque hubiera ejercido cierta fuerza física, esta conducta constituía legítima defensa ante una situación inevitable.

Tras reconstruir de forma integral lo sucedido, destacó que el cliente y su novia eran las víctimas de una agresión mucho más grave. Además, obtuvo y presentó pruebas objetivas de los daños sufridos por el vehículo y de los correspondientes gastos de reparación, con lo que acreditó los perjuicios padecidos por el cliente.

3. Legítima defensa frente a una agresión física | Resultado del caso: «absolución»

El abogado encargado de asuntos de agresión física presentó en varias ocasiones escritos de alegaciones en los que, sobre la base de las pruebas objetivas y los argumentos expuestos, sostuvo que la conducta del cliente constituía legítima defensa frente a una agresión física.

El tribunal también reconoció la legítima defensa del cliente, que obtuvo una sentencia absolutoria.

4. Legítima defensa frente a una agresión física | Aspectos del delito que deben tenerse en cuenta

El delito de agresión física se refiere al ejercicio de fuerza física sobre el cuerpo del Sr. A y no se limita a los casos en que se golpea a una persona y se le causan lesiones.

Penas aplicables al delito de agresión física

Con arreglo al artículo 260 de la Ley Penal de la República de Corea, el delito de agresión física se castiga con una pena de prisión con trabajos de hasta 2 años o una multa penal de hasta 5.000.000 de wones surcoreanos, arresto menor o multa menor.

Si la agresión causa lesiones de entidad suficiente para que se expida un certificado médico, la conducta constituye un delito de lesiones, castigado con una pena de prisión con trabajos de hasta 7 años o una multa penal de hasta 10.000.000 de wones surcoreanos.

La pena también puede agravarse cuando existan antecedentes penales, la agresión sea especialmente violenta, se cometa de forma continuada o como represalia, se dirija contra una persona socialmente vulnerable o tenga lugar durante el ejercicio de funciones públicas.

Requisitos para que se reconozca la legítima defensa

Incluso cuando se haya ejercido una agresión física, no procede sanción si la conducta constituye legítima defensa.

Para que se reconozca la legítima defensa deben concurrir las siguientes 3 condiciones.

Agresión ilegítimaLa otra persona ha agredido primero o existe un riesgo inminente de agresión. Una mera discusión verbal no es suficiente.
Conducta dirigida únicamente a la defensaNo comprende la represalia una vez terminada la agresión de la otra persona y solo se reconoce la defensa inmediata.
El medio de defensa no debe ser excesivoDebe ser proporcional al grado de la agresión de la otra persona.


Si se supera el grado necesario para la defensa, existe la posibilidad de sanción por exceso en la legítima defensa.

En caso de verse implicado en un delito de agresión física

En una situación de conflicto, una reacción emocional, una agresión que exceda el grado necesario para la defensa o una conducta que revele intencionalidad y no un simple error pueden dar lugar a una investigación por delito de agresión física.

En este caso se habían obtenido pruebas objetivas, lo que permitió alcanzar un resultado favorable.

Debe ser posible verificar mediante pruebas objetivas que la otra persona agredió primero, y es necesario explicar con claridad la conducta defensiva propia.

Además, a diferencia de la agresión física sin lesiones, cuando existe un certificado médico la conducta puede llegar a constituir un delito de lesiones, por lo que se requiere una valoración temprana.

Si se ve implicado en un asunto relacionado con un delito de agresión física, puede solicitar asesoramiento jurídico mediante la 🔗reserva de consulta jurídica.

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Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
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