CONTENIDO
- 1. Indemnización civil por daños y perjuicios: asunto sobre la posibilidad de reclamar una indemnización por sufrimiento moral

- - Indemnización civil por daños y perjuicios: criterio del tribunal de instancia anterior
- 2. Indemnización civil por daños y perjuicios: criterio del Tribunal Supremo de la República de Corea

- 3. Indemnización civil por daños y perjuicios: ¿cuál es la estrategia de Daeryun?

1. Indemnización civil por daños y perjuicios: asunto sobre la posibilidad de reclamar una indemnización por sufrimiento moral
Este asunto relativo a una indemnización civil por daños y perjuicios planteó si cabía reclamar una indemnización por el sufrimiento moral causado por un hecho ilícito consistente en omitir los trámites necesarios para que un contrato surtiera efecto.
Los demandantes, que trabajaban en una sociedad cuyo director representante era el demandado, celebraron con dicha sociedad un contrato de concesión de opciones sobre acciones.
Durante la celebración del contrato, el demandado falsificó el acta de la junta general extraordinaria de accionistas, que constituía un trámite necesario. Posteriormente, en el litigio promovido por los demandantes contra la sociedad para obtener la entrega de los títulos de las acciones, se declaró con carácter firme la nulidad del contrato.
Ante ello, los demandantes formularon, con carácter principal, una reclamación de indemnización civil por daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito.
Indemnización civil por daños y perjuicios: criterio del tribunal de instancia anterior
El tribunal de instancia anterior desestimó la pretensión principal de indemnización civil por daños y perjuicios de los demandantes. Consideró difícil aplicar de forma directa o analógica las reglas de la representación sin poder o de la representación societaria sin facultades a este asunto, en el que el contrato quedó invalidado por no haberse adoptado válidamente una resolución especial de la junta general de accionistas.
Asimismo, no reconoció la responsabilidad del demandado por la indemnización civil por daños y perjuicios. Entendió que resultaba difícil apreciar una relación de causalidad entre la conducta del demandado y los daños alegados por los demandantes, que no había pruebas de que estos hubieran soportado gastos para celebrar y ejecutar el contrato y que tampoco concurrían circunstancias especiales que permitieran considerar acreditado un daño moral.
2. Indemnización civil por daños y perjuicios: criterio del Tribunal Supremo de la República de Corea
En materia de indemnización civil por daños y perjuicios, el Tribunal Supremo de la República de Corea manifestó que, por las siguientes razones, no podía compartir el criterio del tribunal de instancia anterior.
El Tribunal Supremo señaló que la conducta del demandado, consistente en omitir del orden del día de la junta general extraordinaria de accionistas la propuesta de incorporar a los estatutos una cláusula sobre opciones de compra de acciones y en falsificar el acta de dicha junta, constituía claramente una omisión de los trámites necesarios para que el contrato surtiera efecto.
El sistema de opciones sobre acciones es un mecanismo de retribución por resultados destinado a incentivar a los directivos y empleados que hayan contribuido o puedan contribuir a la constitución y gestión de la sociedad, a la innovación tecnológica u otros fines, para que desempeñen diligentemente sus funciones ante la perspectiva de obtener en el futuro un beneficio mediante la adquisición de acciones.
El Tribunal Supremo consideró que el número de acciones asignadas a los demandantes no era insignificante. También estimó innegable que el contrato los había inducido a decidir incorporarse a la sociedad y trabajar en ella, así como a renunciar a trasladarse a otra empresa y a desempeñar diligentemente sus funciones.
El Tribunal Supremo señaló que, valorando conjuntamente la relación entre los demandantes y el demandado, la naturaleza del sistema de opciones sobre acciones, el número de acciones asignadas y las circunstancias de la celebración del contrato, cabía considerar vulnerado el derecho de los demandantes a decidir por sí mismos si deseaban prestar sus servicios laborales.
Por ello, declaró que ese interés era de carácter personal y merecía protección, por lo que el demandado tenía la obligación de abonar una indemnización por daño moral a causa del sufrimiento derivado de su vulneración. En consecuencia, casó la resolución sobre la indemnización civil por daños y perjuicios y devolvió el asunto al tribunal de instancia anterior.
3. Indemnización civil por daños y perjuicios: ¿cuál es la estrategia de Daeryun?
En este litigio de indemnización civil por daños y perjuicios, la conducta podía considerarse un hecho ilícito porque, a la luz del principio de buena fe, era contraria a Derecho y excedía los límites del principio de libertad contractual.
Ello se debía a que, durante la fase de negociación, una de las partes había generado en la otra una expectativa legítima o una confianza en que el contrato se celebraría con certeza, y esta había actuado conforme a esa confianza, pero posteriormente aquella se había negado a celebrar el contrato sin causa justificada o había omitido los trámites necesarios para que surtiera efecto, ocasionándole daños.
Según la naturaleza de la conducta lesiva y del interés jurídico afectado, cuando se reconozca que un hecho ilícito derivado de la ruptura de las negociaciones contractuales o del incumplimiento de un procedimiento vulneró intereses jurídicos de carácter personal y causó sufrimiento moral a la otra parte, podrá reclamarse por separado la indemnización correspondiente a ese daño.
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