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Áreas de Práctica

Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar

Mediante la convocatoria del Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar de la República de Corea se investigan los hechos relacionados con el caso de violencia escolar y se deciden las medidas de protección del estudiante afectado, así como las medidas de orientación y disciplinarias aplicables al estudiante responsable.

CONTENIDO
  • 1. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | fundamento jurídico de su constitución
    • - Composición del Comité de deliberación
    • - Causas de exclusión al constituir el Comité
  • 2. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | funcionamiento y procedimiento de deliberación
    • - Asuntos y modalidades de deliberación del Comité de violencia escolar
  • 3. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | actuación desde la perspectiva del estudiante responsable
    • - Medidas del Comité que pueden eliminarse del expediente escolar
    • - Registrar los hechos desde el día en que se le señale como responsable
    • - Preparación y precauciones para comparecer ante el Comité
    • - Procedimientos de impugnación posteriores a la medida: recurso administrativo y proceso contencioso-administrativo
  • 4. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | actuación desde la perspectiva del estudiante afectado
    • - La acreditación objetiva de los hechos es esencial
    • - Comparecer personalmente y prestar declaración
    • - Impugnación de las medidas del Comité y actuaciones adicionales
  • 5. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | lista de comprobación común

1. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | fundamento jurídico de su constitución

Explicación de Daeryun Sociedad de Abogados sobre la función del Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar

El Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar se constituye con arreglo al artículo 12 de la 🔗Ley de Prevención y Medidas contra la Violencia Escolar de la República de Corea.

Cuando se produce un caso de violencia escolar, el Comité investiga los hechos, decide las medidas de protección del estudiante afectado y las medidas de orientación y disciplinarias para el estudiante responsable, y media en las controversias, por lo que desempeña una función cuasijudicial.

Cuando los estudiantes responsable y afectado pertenecen a jurisdicciones de distintas oficinas coreanas de apoyo educativo, dos o más oficinas pueden constituir conjuntamente el Comité, previa comunicación al superintendente de educación.

Composición del Comité de deliberación

El Comité está integrado por entre 10 y 50 miembros. Al menos 1/3 del total debe estar formado por progenitores de alumnos de centros escolares situados en la jurisdicción de la correspondiente oficina de apoyo educativo.

  • Director o jefe del departamento encargado de la orientación y convivencia escolar en la correspondiente oficina de apoyo educativo
  • Persona que ejerza o haya ejercido como docente o profesional de la educación
  • Progenitores de alumnos
  • Jueces, fiscales o abogados
  • Agente de policía de la jurisdicción correspondiente, cuya participación es obligatoria
  • Persona con titulación médica
  • Otras personas con conocimientos especializados sobre violencia escolar

Causas de exclusión al constituir el Comité

Para garantizar una deliberación imparcial, un miembro del Comité queda excluido si él mismo, su cónyuge o un pariente tiene una relación directa con el estudiante afectado o responsable en el caso correspondiente.


Las partes en la controversia pueden solicitar por escrito la recusación de un miembro cuando existan motivos para dudar de su imparcialidad, como una relación personal. El Comité decide mediante votación si procede la recusación.

El miembro sujeto a exclusión o recusación no puede participar en la correspondiente decisión y también puede abstenerse por iniciativa propia.

2. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | funcionamiento y procedimiento de deliberación

El Comité debe ser convocado cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias.

• Cuando lo soliciten al menos 1/4 de sus miembros, el director del centro escolar, el estudiante afectado o su representante legal

• Cuando se presente una denuncia o comunicación sobre violencia escolar

• Cuando se denuncien o comuniquen amenazas o represalias del estudiante responsable

• Cuando la presidencia del Comité lo considere necesario

Al convocar una reunión del Comité, el director de la oficina de apoyo educativo debe notificar a los estudiantes responsable y afectado y a sus representantes legales la fecha, la hora, el lugar y el orden del día de la reunión, las medidas solicitadas y los demás resultados pertinentes.


La reunión queda válidamente constituida con la asistencia de la mayoría de los miembros en ejercicio y adopta sus acuerdos por mayoría de los miembros presentes.

Las actas deben redactarse y conservarse. Si el estudiante afectado o responsable, o su representante legal, lo solicita, pueden consultarse y copiarse, con exclusión de los datos personales.

Asuntos y modalidades de deliberación del Comité de violencia escolar

El Comité examina la prevención y las medidas contra la violencia escolar, la protección del estudiante afectado, la educación y disciplina del estudiante responsable y la mediación en las controversias entre ambas partes.


Como norma general, la deliberación se realiza presencialmente. No obstante, cuando resulte inevitable, por ejemplo, en zonas insulares o montañosas, también puede llevarse a cabo por teléfono, videoconferencia o por escrito.

Durante la deliberación pueden recabarse las opiniones de especialistas, como pediatras, especialistas en psiquiatría y salud mental o profesionales de la psicología. Cuando lo soliciten el estudiante afectado o su representante legal, debe recabarse la opinión de un especialista.

En todas las fases de la deliberación, las personas implicadas no pueden revelar los secretos ni los datos personales que conozcan por razón de sus funciones. Las reuniones relativas a las medidas aplicables a los estudiantes afectado y responsable no son públicas.

La revelación de secretos se castiga con una pena de prisión con trabajos de hasta 1 año o una multa penal de hasta 10.000.000 de wones surcoreanos.

3. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | actuación desde la perspectiva del estudiante responsable

Asistencia de Daeryun Sociedad de Abogados en procedimientos ante el Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar

Tras la deliberación del Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar, puede decidirse no imponer medidas al estudiante responsable o adoptar 🔗medidas disciplinarias del Comité de violencia escolar.

1. Disculpa por escrito al estudiante afectado

2. Prohibición de contactar, amenazar o tomar represalias contra el estudiante afectado o contra quien haya denunciado o comunicado los hechos, incluidos los actos realizados a través de redes de información y comunicaciones

3. Servicio en el centro escolar

4. Trabajos en beneficio de la comunidad

5. Formación especial o tratamiento psicológico a cargo de especialistas del centro o externos, o de una institución designada por el superintendente de educación

6. Suspensión de asistencia al centro

7. Cambio de clase

8. Traslado a otro centro escolar

9. Expulsión, salvo para los estudiantes responsables que cursen la enseñanza obligatoria

Las medidas deben ejecutarse en un plazo de 14 días. Las medidas comprendidas entre la suspensión de asistencia y la expulsión pueden imponerse simultáneamente o agravarse.

Medidas del Comité que pueden eliminarse del expediente escolar

En el caso del estudiante responsable, puede plantearse la posibilidad de eliminar de su expediente escolar las medidas adoptadas por el Comité.

Las medidas 1, 2 y 3 pueden eliminarse en el momento de la graduación.

Las medidas 4 a 7 pueden eliminarse en el momento de la graduación, previa deliberación del órgano responsable inmediatamente antes de esta. Para ello se tienen en cuenta el grado de arrepentimiento del estudiante y los cambios positivos en su conducta.

Además, la medida 8 se elimina 4 años después de la fecha de graduación, mientras que la medida 9, consistente en la expulsión, no puede eliminarse.

Registrar los hechos desde el día en que se le señale como responsable

Si comparece ante el Comité como 🔗estudiante señalado como responsable de violencia escolar, primero debe registrar por fechas los hechos del caso por el que se le atribuye dicha conducta.

Debe recopilar de forma exhaustiva las circunstancias que recuerda, los posibles testigos y la existencia de grabaciones de CCTV. Antes de redactar su declaración, debe examinarlo detenidamente con sus progenitores y distinguir de manera coherente los hechos que reconoce de aquellos que niega.

Preparación y precauciones para comparecer ante el Comité

Si recibe la notificación de la fecha de la reunión del Comité, debe comparecer.

No se permite la comparecencia mediante representante, aunque puede asistir acompañado de un abogado.

Antes de comparecer debe preparar 1) su declaración, escrito de alegaciones y pruebas, y 2) declaraciones de compañeros de clase, capturas de CCTV y mensajes de redes sociales.

Durante la comparecencia debe evitar las palabras o conductas emocionales y explicar los hechos de manera lógica.

El representante legal debe explicar la voluntad de reflexión del estudiante y el plan de orientación familiar, lo que puede contribuir a que se imponga una medida menos gravosa.

Caso de asistencia ante el Comité en el que no se impusieron medidas al estudiante señalado como responsable

Procedimientos de impugnación posteriores a la medida: recurso administrativo y proceso contencioso-administrativo

Cuando se considere injusta una medida del Comité, puede solicitarse tutela mediante un recurso administrativo, en un plazo de 90 días desde que se tuvo conocimiento de la medida/180 días desde que se adoptó, o un proceso contencioso-administrativo, en un plazo de 90 días desde que se tuvo conocimiento de la medida/1 año desde que se adoptó.


Para impugnarla deben reunirse nuevas pruebas y formular de nuevo las alegaciones correspondientes. Si vence el plazo, puede resultar difícil obtener tutela.

4. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | actuación desde la perspectiva del estudiante afectado

El Comité contempla medidas de protección para el estudiante afectado.

Con el consentimiento de su representante legal, estas medidas se aplican en un plazo de 7 días.

  • Orientación y asesoramiento psicológico por especialistas del centro o externos
  • Protección temporal
  • Tratamiento y estancia asistencial para recibirlo
  • Cambio de clase
  • Otras medidas destinadas a proteger al estudiante afectado

La acreditación objetiva de los hechos es esencial

Si comparece ante el Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar como estudiante afectado, resulta esencial recopilar 🔗pruebas de la violencia escolar que permitan acreditar los hechos.

Debe reunir todos los medios de prueba disponibles, como mensajes y capturas de redes sociales, grabaciones de CCTV y grabaciones de declaraciones de testigos, y redactar una declaración coherente sobre los hechos sufridos.


También conviene mantener la comunicación con el centro escolar, el tutor de la clase y la asociación de progenitores para comprobar que el contenido de la investigación no se distorsione.

Comparecer personalmente y prestar declaración

Aunque enfrentarse al estudiante responsable puede resultar difícil, el estudiante afectado también debe comparecer personalmente ante el Comité y prestar declaración.

Debe exponer todos los hechos sirviéndose de su declaración o de notas y destacar cualquier daño adicional o victimización secundaria.

Si el estudiante afectado sufre dificultades psicológicas, también puede resultar útil presentar un diagnóstico médico, un informe facultativo o un informe del profesional de orientación.

Si ha contratado a un abogado tras consultar información sobre 🔗abogados para casos de violencia escolar, el estudiante afectado también puede acudir acompañado de dicho abogado ante el Comité.

Impugnación de las medidas del Comité y actuaciones adicionales

Cuando las medidas aplicadas al estudiante responsable se consideren injustas o insuficientes, el estudiante afectado también puede impugnarlas mediante un recurso administrativo o un proceso contencioso-administrativo.

Si durante el procedimiento de impugnación se estima una solicitud de suspensión de la ejecución de la medida aplicada al estudiante responsable, el estudiante afectado y su representante legal pueden solicitar que se le mantenga separado de aquel.

El órgano responsable determina el método de separación conforme a los siguientes criterios.

Asimismo, la indemnización por daño moral o los gastos médicos pueden reclamarse mediante un 🔗proceso civil por violencia escolar independiente. Además de la deliberación ante el Comité, puede solicitarse la sanción penal del estudiante responsable mediante una denuncia penal.

5. Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar | lista de comprobación común

Lista de comprobación común para procedimientos ante el Comité de Deliberación sobre Medidas contra la Violencia Escolar

Los casos de violencia escolar son asuntos graves que pueden afectar al futuro tanto del estudiante afectado como del responsable.

Si actúa sin representación, se recomienda prestar especial atención al registro de los hechos, el cumplimiento de los plazos y la obtención de pruebas.


Cuando resulte necesario, puede consultar el sitio web de la oficina de educación, el servicio de orientación del centro escolar y las directrices y formularios de los organismos públicos para preparar su actuación.

Si necesita asesoramiento jurídico, puede dirigirse al grupo de respuesta ante la violencia escolar de Daeryun.

Abogados con experiencia como miembros de comités de deliberación sobre violencia escolar o de comités de revisión de medidas disciplinarias de las oficinas de educación pueden analizar el asunto mediante la 🔗reserva de asesoramiento jurídico sobre violencia escolar.

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