CONTENIDO
- 1. Cliente que afrontaba el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas

- - Decisión del tribunal de primera instancia en el caso del cliente
- - Alegaciones del fiscal en el caso del cliente
- 2. Explicación de la pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas

- - Criterios de determinación de la pena para el delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas
- - Factores de atenuación del delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas
- 3. Estrategias ante una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas

- - Se destacó su colaboración activa con los organismos de investigación
- - Se destacó que había efectuado una consignación de dinero
- - Se destacó que no había impugnado de ningún modo la sentencia de primera instancia
- 4. Resultado de las actuaciones ante el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas

1. Cliente que afrontaba el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas
Este es el caso de un cliente que solicitó asistencia porque afrontaba el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas.
Según explicó, el día de los hechos había bebido más de lo habitual y mantuvo una discusión con su cónyuge.
Un residente de la vivienda situada en la planta inferior avisó a la policía, que se desplazó al lugar, pero el cliente se opuso firmemente a que se inspeccionara el domicilio.
Los agentes le informaron de que la negativa a la inspección podía dar lugar a una sanción administrativa pecuniaria y entraron en su domicilio.
Cuando un agente se acercó a sus hijos, el cliente temió que se los llevaran, por lo que gritó que no lo hicieran y profirió insultos.
Asimismo, se abalanzó sobre uno de los agentes, lo empujó con ambas manos y ejerció violencia física contra él.
Por este motivo, el cliente fue acusado de un delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas por haber impedido que el agente desempeñara legítimamente sus funciones.

Decisión del tribunal de primera instancia en el caso del cliente
Tras ser acusado de un delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas, el cliente fue condenado en primera instancia a una pena de multa de escasa cuantía.
Sin embargo, el fiscal recurrió la sentencia de primera instancia y sostuvo que debía imponerse al cliente una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas.
Alegaciones del fiscal en el caso del cliente
El fiscal recurrió la sentencia porque consideró que la gravedad de los hechos era elevada, dado que el cliente había insultado y empujado, entre otros actos de violencia física, a los agentes que acudieron a su domicilio.
El fiscal interpuso el recurso alegando que la pena era indebidamente leve y que el cliente debía ser castigado con severidad.
2. Explicación de la pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas
🔗El delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas, tipificado en el artículo 136 de la Ley Penal de la República de Corea, consiste en impedir mediante violencia o intimidación que un funcionario público desempeñe legítimamente sus funciones.
En este contexto, se considera funcionario público tanto a quien desempeña funciones del Estado o de una entidad local como a quien tiene encomendada por ley la prestación de un servicio público.
El ejercicio de las funciones debe ser legítimo. Si la actuación es ilegal o excede las competencias del funcionario, no se constituye el delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas.
Los elementos esenciales de este delito son los siguientes.
Esto comprende, por ejemplo, la detención de una persona sorprendida en flagrante delito por un agente de policía o una inspección tributaria efectuada por un funcionario de la administración fiscal.
2. El ejercicio de las funciones debe ser legítimo
La actuación del funcionario debe estar basada en la ley y ajustarse al procedimiento debido.
3. El medio de obstrucción debe consistir en violencia o intimidación
La violencia consiste en ejercer fuerza física contra el cuerpo de otra persona, mientras que la intimidación consiste en comunicar un mal capaz de infundir temor.
Por obstrucción al ejercicio de funciones públicas puede imponerse una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo de hasta 5 años. La individualización de la pena varía según la intensidad de la violencia o la intimidación, los daños ocasionados y las circunstancias de los hechos, entre otros factores.
Criterios de determinación de la pena para el delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas
La Comisión de Determinación de Penas de la República de Corea recomienda los siguientes criterios para el delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas.
Atenuación | Marco básico | Agravación |
Hasta 8 meses | 6 meses ~ 1 año y 6 meses | 1 año ~ 4 años |
Factores de atenuación del delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas
Las siguientes circunstancias pueden actuar como factores de atenuación del delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas y permitir que no se imponga una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo.
2. Cuando el móvil del delito merezca ser considerado
3. Cuando el autor se haya entregado voluntariamente por los hechos cometidos
4. Cuando haya participado pasivamente en los hechos
5. Cuando haya cometido los hechos en un estado de capacidad mental disminuida
6. Cuando carezca de antecedentes de sanciones penales
7. Cuando la víctima manifieste que no desea que se castigue al autor
8. Cuando se haya reparado efectivamente el daño, incluida la consignación ante el depositario oficial
3. Estrategias ante una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas
El despacho estableció las siguientes estrategias para responder al riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas.
Se destacó su colaboración activa con los organismos de investigación
El abogado especializado en Derecho penal destacó que el cliente había colaborado activamente en la investigación de los organismos competentes.
El cliente reconoció los hechos, manifestó un arrepentimiento sincero y lamentó su conducta desde que se descubrió el delito hasta ese momento.
Asimismo, mostró una firme voluntad de evitar la reincidencia para que no volviera a producirse una situación similar.
El abogado especializado en Derecho penal proporcionó al cliente pautas para redactar un escrito de arrepentimiento, presentó el documento elaborado por este y solicitó que se tuviera en cuenta la sinceridad de su arrepentimiento.
Se destacó que había efectuado una consignación de dinero
El abogado especializado en Derecho penal destacó que el cliente había efectuado una consignación de dinero en favor del agente de policía perjudicado.
El cliente había intentado llegar a un acuerdo transaccional con el agente, pero finalmente no lo consiguió.
No obstante, efectuó la consignación para transmitir de algún modo su arrepentimiento al agente, que podía haber sufrido daños psicológicos y físicos.
El abogado especializado en Derecho penal solicitó que se tuviera en cuenta que el cliente había recurrido a la consignación como alternativa.
Se destacó que no había impugnado de ningún modo la sentencia de primera instancia
El abogado especializado en Derecho penal destacó que el cliente había reconocido su conducta y no había impugnado de ningún modo la sentencia de primera instancia.
Tras ser condenado a una pena de multa en el juicio de primera instancia, el cliente se reprochó haber llegado a ser castigado y quiso tomarlo como punto de partida para no reincidir.
El abogado especializado en Derecho penal subrayó que el cliente no había recurrido la sentencia de primera instancia y que estaba decidido a no volver a cometer ninguna infracción. Asimismo, solicitó que no se le impusiera una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas, de modo que pudiera continuar formando parte de la sociedad junto con sus hijos, que todavía eran pequeños.
4. Resultado de las actuaciones ante el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas
El abogado especializado en Derecho penal del despacho prestó asistencia en el caso mediante las estrategias expuestas y solicitó la desestimación del recurso del fiscal, alegando que carecía de fundamento su afirmación de que la pena impuesta en primera instancia era demasiado leve.
Como resultado de estas actuaciones, el tribunal desestimó el recurso de apelación del fiscal y mantuvo la pena de multa de escasa cuantía impuesta en primera instancia.

El cliente afrontaba el riesgo de recibir una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas debido al recurso del fiscal, pero finalmente se mantuvo la pena de multa tras la actuación del abogado especializado en Derecho penal.
El delito de obstrucción al ejercicio de funciones públicas está tipificado para preservar el orden social y proteger el ejercicio de las competencias de los funcionarios públicos, y puede dar lugar a una pena de considerable gravedad.
Asimismo, pueden concurrir otros delitos, como los de agresión física, amenazas o lesiones, con la posibilidad de que se impongan conjuntamente las sanciones correspondientes.
Si se encuentra en una situación similar a la del cliente de este caso y afronta el riesgo de una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo por obstrucción al ejercicio de funciones públicas, puede solicitar una 🔗reserva de consulta jurídica para consultar directamente con un abogado.

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