CONTENIDO
- 1. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Impulso de la reforma de la Ley de Apoyo a los Coreanos de Sajalín

- - Sistema de apoyo a los coreanos de Sajalín
- 2. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Cambio principal de esta reforma

- - Mejora del sistema teniendo en cuenta el envejecimiento
- - Orientación de las futuras políticas
- 3. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Significado de la política relativa a los coreanos en el extranjero

- - Diferencia entre los coreanos en el extranjero y los nacionales coreanos residentes en el extranjero
- - ¿Qué es el visado para coreanos en el extranjero (F-4)?
- - Actividades permitidas durante la residencia de los coreanos en el extranjero
- - Comprobación del procedimiento mediante asesoramiento profesional
1. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Impulso de la reforma de la Ley de Apoyo a los Coreanos de Sajalín
Se están produciendo cambios en la Ley sobre los Coreanos en el Extranjero y en las políticas relacionadas.
La Agencia de Coreanos en el Extranjero de la República de Corea anunció que el proyecto de reforma parcial de la «Ley Especial de Apoyo a los Coreanos de Sajalín», que amplía la asistencia para el retorno permanente de sus familias, superó la deliberación del Consejo de Estado de la República de Corea.
Está previsto que la reforma entre en vigor el 11 de septiembre de 2026, una vez transcurridos 6 meses desde su promulgación.
Los coreanos de Sajalín, que se establecieron en esa región por razones históricas como la movilización forzosa durante la ocupación colonial japonesa, se han enfrentado durante mucho tiempo a diversas restricciones institucionales en el proceso de regreso a su país de origen.
En particular, se venía señalando reiteradamente el problema de que, cuando fallecía una persona de la primera generación de coreanos de Sajalín, su familia quedaba excluida de la asistencia para el retorno permanente.
Para subsanar este problema, se ha reformado la ley con el fin de permitir también el retorno permanente de las familias de coreanos de Sajalín fallecidos. Tras adaptar los reglamentos de desarrollo y demás normativa subordinada, el Gobierno tiene previsto impulsar plenamente, a partir de 2027, los programas de apoyo al retorno permanente y al establecimiento de los coreanos de Sajalín conforme a la ley reformada.
Sistema de apoyo a los coreanos de Sajalín
El fundamento jurídico de la política de apoyo a los coreanos de Sajalín es la «Ley Especial de Apoyo a los Coreanos de Sajalín», promulgada en 2020.
La expresión «coreanos de Sajalín» se refiere a las personas coreanas que emigraron a esa región debido a la política japonesa de movilización forzosa durante la ocupación colonial.
Incluso después de la liberación de Corea, diversas razones, entre ellas la situación política y las relaciones internacionales, dificultaron su retorno, por lo que permanecieron durante mucho tiempo en el extranjero sin poder regresar a su tierra de origen.
En consideración a estos antecedentes históricos, el Gobierno de la República de Corea ha aplicado políticas de apoyo a su retorno permanente y establecimiento en el país.
El contenido principal de estas políticas es el siguiente.
Este sistema se caracteriza por ser una política de protección de los coreanos en el extranjero basada en la responsabilidad histórica.
Limitaciones del sistema anterior
Aunque la política de apoyo a los coreanos de Sajalín fue objeto de varias mejoras, seguía presentando limitaciones.
Antes de la reforma de 2024, las personas que podían recibir asistencia para el retorno permanente se limitaban a las siguientes.
- La propia persona coreana de Sajalín
- Su cónyuge
- Un descendiente directo y su cónyuge
Por ello, se venía señalando que el sistema no reflejaba suficientemente la estructura familiar ni las condiciones reales de vida de los coreanos de Sajalín.
2. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Cambio principal de esta reforma

El aspecto central de esta reforma de la Ley sobre los Coreanos en el Extranjero es la ampliación del ámbito familiar de las personas que pueden recibir asistencia para el retorno permanente.
Anteriormente, la asistencia a los familiares acompañantes solo era posible cuando la propia persona coreana de Sajalín seguía con vida, pero la reforma ha introducido el siguiente cambio.
Esta reforma ha establecido el fundamento institucional para que las familias puedan retornar permanentemente a la República de Corea incluso después del fallecimiento de una persona de la primera generación de coreanos de Sajalín.
Mejora del sistema teniendo en cuenta el envejecimiento
La reforma legal responde, entre otros factores, al envejecimiento de la primera generación de coreanos de Sajalín.
La mayoría de sus integrantes pertenece a la generación que se trasladó a Sajalín como consecuencia de la movilización forzosa durante la ocupación colonial japonesa. En la actualidad, una parte considerable tiene una edad avanzada y el número de fallecimientos está aumentando.
En estas circunstancias, el sistema anterior ocasionaba los siguientes problemas.
- Imposibilidad de prestar asistencia para el retorno de la familia tras el fallecimiento de la persona coreana de Sajalín
- Eficacia insuficiente de la política de retorno de unidades familiares
- Limitaciones en la protección de las familias de las víctimas históricas
Orientación de las futuras políticas
La Agencia de Coreanos en el Extranjero de la República de Corea anunció que, tras la entrada en vigor de la ley reformada, tiene previsto impulsar las siguientes políticas.
- Ampliación del apoyo al retorno permanente de las familias de coreanos de Sajalín
- Refuerzo del apoyo al establecimiento en la República de Corea
- Aplicación de programas para la estabilidad de las condiciones de vida
- Ampliación de la asistencia social y médica
El Gobierno indicó que mantendrá también políticas de asistencia para que estas personas puedan establecerse de forma estable después de su retorno permanente.
3. Ley sobre los Coreanos en el Extranjero | Significado de la política relativa a los coreanos en el extranjero

La Ley sobre los Coreanos en el Extranjero reviste simultáneamente el significado de responsabilidad privada y de asistencia humanitaria.
La cuestión de los coreanos de Sajalín también surgió en el contexto histórico de la movilización forzosa durante la ocupación colonial japonesa. El Gobierno coreano sigue prestando apoyo institucional para abordar estos problemas históricos mediante sus políticas relativas a los coreanos en el extranjero.
La Ley sobre los Coreanos en el Extranjero, que comparte esta orientación con la Ley de Apoyo a los Coreanos de Sajalín, fue promulgada para proteger los derechos e intereses de las personas de origen coreano residentes en el extranjero y ayudarlas a mantener sus vínculos con la República de Corea.
Su denominación oficial es «Ley sobre Inmigración y Estatuto Jurídico de los Coreanos en el Extranjero». Esta norma establece una base jurídica para que las personas de nacionalidad coreana residentes en el extranjero, quienes tuvieron anteriormente dicha nacionalidad y sus descendientes mantengan una relación continuada con la República de Corea.
La Ley sobre los Coreanos en el Extranjero regula principalmente las siguientes materias.
La Ley sobre los Coreanos en el Extranjero se caracteriza especialmente por haber establecido el estatuto de residencia para coreanos en el extranjero, denominado visado F-4, que les permite realizar determinadas actividades en la República de Corea.
En virtud de este sistema, pueden permanecer en el país durante periodos prolongados y realizar actividades laborales o empresariales, entre otras.
Diferencia entre los coreanos en el extranjero y los nacionales coreanos residentes en el extranjero
Tanto los coreanos en el extranjero como los nacionales coreanos residentes en el extranjero son personas de origen coreano que viven fuera del país, pero su condición jurídica es diferente.
En primer lugar, los nacionales coreanos residentes en el extranjero son quienes viven fuera del país y conservan la nacionalidad de la República de Corea.
Por ejemplo, pertenecen a esta categoría las personas de nacionalidad coreana que han emigrado o permanecen durante largos periodos en el extranjero. Como siguen siendo nacionales de la República de Corea, conservan, en principio, sus derechos y obligaciones en el país.
En cambio, los coreanos en el extranjero son residentes fuera del país que no poseen la nacionalidad de la República de Corea, pero que la tuvieron anteriormente o son de ascendencia coreana.
Esta categoría comprende, principalmente, a las siguientes personas.
- Personas que tuvieron la nacionalidad de la República de Corea y posteriormente adquirieron una nacionalidad extranjera
- Descendientes de coreanos residentes en el extranjero
- Koryo-in, coreanos de Sajalín y otras personas de origen coreano que se establecieron en el extranjero por razones históricas
Así, la diferencia radica en que los nacionales coreanos residentes en el extranjero poseen actualmente la nacionalidad de la República de Corea, mientras que los coreanos en el extranjero son residentes de ascendencia coreana que pueden carecer de dicha nacionalidad.
La Ley sobre los Coreanos en el Extranjero puede considerarse un instrumento jurídico que les permite residir y realizar actividades en la República de Corea dentro de ciertos límites, manteniendo así sus vínculos históricos y culturales con el país.
¿Qué es el visado para coreanos en el extranjero (F-4)?
Uno de los principales sistemas previstos en la Ley sobre los Coreanos en el Extranjero es el estatuto de residencia para coreanos en el extranjero, conocido como visado F-4.
El visado F-4 permite que las personas de nacionalidad extranjera y origen coreano que tuvieron anteriormente la nacionalidad de la República de Corea o poseen ascendencia coreana permanezcan durante largos periodos en el país y realicen determinadas actividades.
A diferencia de los estatutos de residencia generales para extranjeros, el visado F-4 se caracteriza por permitir un ámbito de actividad relativamente amplio, teniendo en cuenta las particularidades históricas y culturales de los coreanos en el extranjero.
Este visado les permite permanecer durante largos periodos en la República de Corea y realizar diversas actividades, como trabajar, gestionar un negocio o invertir.
Entre las principales personas que pueden solicitarlo se encuentran las siguientes.
- Personas de nacionalidad extranjera que tuvieron anteriormente la nacionalidad de la República de Corea
- Descendientes directos de una persona de nacionalidad de la República de Corea
- Koryo-in, coreanos de Sajalín y otras personas de origen coreano que se establecieron en el extranjero por razones históricas
La obtención del visado F-4 permite normalmente recibir una autorización de residencia por un periodo máximo de 3 años y, si se cumplen determinados requisitos, también prorrogarla.
Además, a diferencia de los visados de trabajo generales, en muchos casos no está vinculado a un empleador concreto, lo que permite desarrollar actividades económicas con relativa libertad.
No obstante, su expedición puede restringirse por determinadas circunstancias, como los antecedentes penales, cuestiones relacionadas con el servicio militar o los motivos de una pérdida anterior de la nacionalidad, por lo que es necesario examinar previamente la situación concreta.
Actividades permitidas durante la residencia de los coreanos en el extranjero
La obtención de un visado F-4 conforme a la Ley sobre los Coreanos en el Extranjero permite realizar diversas actividades en la República de Corea. Este visado se caracteriza por autorizar un ámbito de actividad económica más amplio que los estatutos de residencia generales para extranjeros.
Entre las principales actividades permitidas se encuentran las siguientes.
Los coreanos en el extranjero pueden trabajar en empresas del país, salvo en determinadas profesiones restringidas.
✔ Actividades empresariales y de inversión
También pueden gestionar un negocio individual o realizar actividades de inversión.
✔ Adquisición de bienes inmuebles y gestión patrimonial
Los coreanos en el extranjero también pueden adquirir bienes inmuebles y gestionar activos financieros en el país.
✔ Residencia prolongada y prórroga de la estancia
El visado F-4 permite permanecer durante un periodo prolongado y prorrogar la estancia cuando se cumplen determinados requisitos.
✔ Tramitación de la recuperación de la nacionalidad o de la naturalización
Algunos coreanos en el extranjero recuperan la nacionalidad de la República de Corea mediante un procedimiento de recuperación de la nacionalidad o naturalización después de residir en el país.
Comprobación del procedimiento mediante asesoramiento profesional
Las cuestiones relacionadas con los coreanos en el extranjero, incluidos los coreanos de Sajalín, no se limitan a simples problemas de visado, sino que constituyen un ámbito en el que se aplican conjuntamente varias leyes de la República de Corea, como la Ley de Nacionalidad, la Ley de Control de la Inmigración y la Ley sobre los Coreanos en el Extranjero.
En particular, el procedimiento puede resultar complejo cuando concurren antecedentes de pérdida de la nacionalidad, cuestiones relativas al servicio militar o registros de estancias anteriores.
Daeryun, bufete situado en el puesto 9 en la República de Corea (según las declaraciones del impuesto sobre el valor añadido del año 25 presentadas ante el Servicio Nacional de Impuestos de la República de Corea), presta diversos servicios jurídicos relacionados con los coreanos en el extranjero, entre ellos el examen del estatuto de residencia para coreanos en el extranjero, el análisis de la posibilidad de obtener un visado F-4, el examen de los procedimientos de recuperación y readquisición de la nacionalidad y el asesoramiento jurídico sobre la estancia y las actividades en la República de Corea.
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