CONTENIDO
- 1. Remuneración de los administradores | Marco jurídico y tendencias jurisprudenciales recientes

- - Fundamento jurídico y carácter imperativo de la remuneración de los administradores
- - Alcance de la remuneración de los administradores
- - Principales cambios en las tendencias jurisprudenciales recientes
- 2. Remuneración de los administradores | Necesidad de acuerdos de la junta general y del consejo de administración

- - Criterio aplicable al pago de remuneraciones sin acuerdo de la junta general
- - Estructura y límites de la aprobación del importe máximo de las remuneraciones
- - Tendencias recientes sobre la falta de acuerdo del consejo de administración
- 3. Remuneración de los administradores | Responsabilidad jurídica derivada de pagos contrarios a Derecho

- - Responsabilidad de restitución del enriquecimiento injusto
- - Efectos jurídicos de la ampliación de las restricciones del derecho de voto
- - Efectos jurídicos de los defectos de los acuerdos
- 4. Remuneración de los administradores | Aspectos esenciales que deben revisar las empresas

- - Lista de comprobación
- - Asistencia del grupo de derecho empresarial
1. Remuneración de los administradores | Marco jurídico y tendencias jurisprudenciales recientes
La remuneración de los administradores está directamente vinculada al gobierno corporativo y se encuentra estrictamente regulada por la Ley Mercantil de la República de Corea y la jurisprudencia.
En particular, la jurisprudencia reciente ha evolucionado hacia un refuerzo de la responsabilidad por el incumplimiento del procedimiento de pago de las remuneraciones, lo que repercute en el conjunto de la estructura interna de toma de decisiones de las empresas.
Fundamento jurídico y carácter imperativo de la remuneración de los administradores
El artículo 388 de la Ley Mercantil establece que, cuando los estatutos sociales no determinen el importe de la remuneración de los administradores, este se fijará mediante acuerdo de la junta general de accionistas. Se trata de una norma imperativa destinada a evitar que los administradores procuren un beneficio personal al decidir sobre su propia remuneración y a proteger los intereses de la sociedad, sus accionistas y sus acreedores. Por tanto, cuando los estatutos dispongan que la remuneración de los administradores se determinará mediante acuerdo de la junta general, el administrador no podrá ejercer su derecho a reclamarla si no existen pruebas de que se adoptó un acuerdo sobre su importe, forma de pago y fecha de abono, entre otros aspectos. A estos efectos, la «remuneración de los administradores» comprende, con independencia de su denominación, toda contraprestación abonada por el desempeño de sus funciones, como el salario mensual y las bonificaciones. También comprende las cantidades que la sociedad abone en función de los resultados empresariales bajo denominaciones como incentivo o incentivo especial, así como las destinadas a motivar la consecución de objetivos.
El artículo 388 de la Ley Mercantil establece que «cuando los estatutos sociales no determinen el importe de la remuneración de los administradores, este se fijará mediante acuerdo de la junta general de accionistas».
Esta disposición se interpreta como una norma imperativa y, conforme a la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 2020, asunto 2018다290436, resulta difícil subsanar el defecto únicamente mediante una aprobación posterior o un acuerdo interno.
Este carácter imperativo responde a las siguientes finalidades.
• Evitar la salida arbitraria de activos de la sociedad
• Proteger los intereses de los accionistas y acreedores
Por ello, la remuneración de los administradores puede interpretarse como un mecanismo de control del gobierno corporativo.
Alcance de la remuneración de los administradores
Concepto | Inclusión | Criterio de valoración |
Salario anual | Incluido | Remuneración básica |
Complementos | Incluidos | Pago relacionado con las funciones |
Bonificación | Incluida | Vinculada al rendimiento |
Incentivo especial | Incluido | Contraprestación por las funciones |
Indemnización por cese | Incluida | Contraprestación por el periodo en el cargo |
La remuneración de los administradores se determina por su naturaleza material, con independencia de la denominación utilizada.
Conforme a la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 2020, asunto 2018다290436, un incentivo especial también constituye remuneración cuando se abona como contraprestación por el desempeño de las funciones del administrador.
Asimismo, el Tribunal Supremo viene considerando de forma constante que la indemnización por cese también está comprendida en la remuneración de los administradores, al tratarse de una prestación abonada como contraprestación por las funciones desempeñadas durante el periodo en el cargo.
Principales cambios en las tendencias jurisprudenciales recientes
El análisis conjunto de la jurisprudencia reciente muestra que la regulación de la remuneración de los administradores está evolucionando en las siguientes direcciones.
• Ampliación continuada del concepto de remuneración conforme a criterios materiales
• Refuerzo de la responsabilidad por incumplimientos procedimentales
• Ampliación del alcance de las restricciones del derecho de voto de las personas interesadas
En particular, conforme a la sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2025, asunto 2025다210138, se consideró que un accionista que también es administrador tiene un interés especial incluso en el acuerdo sobre el límite de la remuneración y que, por tanto, su derecho de voto está restringido.
Esta decisión se considera una aplicación de controles más estrictos a una estructura de aprobación de remuneraciones que anteriormente era relativamente flexible.
Esta tendencia está repercutiendo en el conjunto de la estructura empresarial para la determinación de las remuneraciones.
2. Remuneración de los administradores | Necesidad de acuerdos de la junta general y del consejo de administración

La remuneración de los administradores debe basarse principalmente en un acuerdo de la junta general de accionistas, aunque determinadas cuestiones pueden delegarse en el consejo de administración.
Sin embargo, si no se cumplen estos requisitos procedimentales, puede negarse la propia existencia del fundamento jurídico para el pago de la remuneración.
Criterio aplicable al pago de remuneraciones sin acuerdo de la junta general
En principio, la remuneración de los administradores debe fijarse mediante acuerdo de la junta general de accionistas. Si este no se adopta, puede negarse el propio derecho a reclamar la remuneración.
El Tribunal Supremo ha considerado que corresponde al administrador acreditar la existencia del acuerdo de la junta general (sentencia del Tribunal Supremo de 10 de septiembre de 2015, asunto 2015다213308) y que la remuneración abonada sin dicho acuerdo está sujeta a restitución como enriquecimiento injusto (sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 2020, asunto 2018다290436).
Esta línea jurisprudencial se interpreta en el sentido de que resulta difícil subsanar los defectos procedimentales únicamente mediante una aprobación posterior o un acuerdo interno.
Estructura y límites de la aprobación del importe máximo de las remuneraciones
En la práctica, es habitual que la junta general de accionistas apruebe únicamente el importe total de las remuneraciones y delegue en el consejo de administración la determinación de las remuneraciones individuales.
El Tribunal Supremo ha considerado admisible esta estructura, pero ha señalado que la delegación en el consejo de administración solo es posible dentro de un ámbito concreto y que no se permite una delegación general.
Tendencias recientes sobre la falta de acuerdo del consejo de administración
Respecto de la remuneración de los administradores abonada sin acuerdo del consejo de administración, los tribunales inferiores tienden a considerar que se trata de un pago sin fundamento jurídico y que, por tanto, está sujeto a la restitución del enriquecimiento injusto.
En concreto, tanto la sentencia del Tribunal de Distrito Occidental de Seúl de 4 de noviembre de 2021, asunto 2020가단306634 como la sentencia del Tribunal de Distrito Meridional de Seúl de 15 de diciembre de 2022, asunto 2022가단237856 consideraron, en el mismo sentido, que el pago de remuneraciones sin acuerdo del consejo de administración era contrario a Derecho.
Del conjunto de estas decisiones se desprende la siguiente estructura.
Situación | Valoración jurídica |
Solo existe la aprobación del límite por la junta general | Insuficiente |
No existe acuerdo del consejo de administración | Se niega el fundamento del pago |
La remuneración ya se ha abonado | Restitución del enriquecimiento injusto |
Este criterio puede afectar significativamente a las formas de pago de remuneraciones que se venían aplicando de manera habitual en la práctica.
3. Remuneración de los administradores | Responsabilidad jurídica derivada de pagos contrarios a Derecho
El fundamento jurídico para pagar la remuneración de los administradores solo se reconoce cuando se cumple el procedimiento de adopción de acuerdos exigido por la Ley Mercantil.
Si no se sigue este procedimiento, el pago de la remuneración puede generar responsabilidad civil.
Responsabilidad de restitución del enriquecimiento injusto
Conforme al artículo 741 de la Ley Civil de la República de Corea, quien obtenga un beneficio sin causa legal deberá restituirlo.
En el caso de la remuneración de los administradores, si el pago se realiza sin un acuerdo de la junta general de accionistas o del consejo de administración, no se reconoce su fundamento jurídico.
En tal caso, la remuneración se considera una prestación sin causa legal y el importe abonado queda sujeto a restitución.
Por tanto, un defecto en el procedimiento de aprobación de la remuneración de los administradores puede privar de fundamento al propio pago y plantear la restitución de la totalidad del importe ya abonado.
Efectos jurídicos de la ampliación de las restricciones del derecho de voto
Durante el procedimiento de aprobación de la remuneración de los administradores puede restringirse el derecho de voto de los accionistas que tengan un interés directo en dicha remuneración.
Recientemente, estas restricciones se han interpretado de forma amplia, de modo que se aplican no solo a la determinación de remuneraciones individuales, sino también a fases básicas de la adopción de acuerdos, como la fijación del límite de las remuneraciones.
• Posibilidad de controversias sobre la propia eficacia del acuerdo relativo al límite de las remuneraciones
• Negación del fundamento del pago por defectos del acuerdo
• Revisión de la validez de acuerdos anteriores y aumento de la posibilidad de controversias
Esta interpretación refuerza el nivel de control sobre el conjunto de los acuerdos relativos a las remuneraciones y puede producir los efectos jurídicos indicados.
Efectos jurídicos de los defectos de los acuerdos
Cuando el procedimiento de adopción del acuerdo presenta alguno de los siguientes defectos, este puede ser nulo o anulable.
• Incumplimiento del cuórum legal o estatutario
• Existencia de un defecto procedimental grave
Cuando el acuerdo presenta estos defectos, resulta difícil reconocer como legítimo el pago de la remuneración de los administradores basado en él.
En consecuencia, también puede exigirse la restitución de la remuneración ya abonada.
4. Remuneración de los administradores | Aspectos esenciales que deben revisar las empresas

Para prevenir controversias relacionadas con la remuneración de los administradores, es necesario revisar previamente la estructura y el procedimiento utilizados para determinarla.
Lista de comprobación
Aspectos que deben revisarse |
|---|
Si la junta general de accionistas ha establecido claramente el límite o los criterios de las remuneraciones |
Si las remuneraciones individuales se han determinado de forma concreta mediante acuerdo del consejo de administración |
Si los criterios de cálculo y la forma de pago de las remuneraciones están documentados internamente |
Si se han aplicado adecuadamente las restricciones del derecho de voto de los accionistas que también son administradores |
Si las remuneraciones abonadas anteriormente podrían presentar defectos procedimentales |
En particular, cuando solo se haya fijado el límite de las remuneraciones y los pagos efectivos se hayan realizado de manera habitual, es necesaria una revisión previa, ya que esta práctica podría plantear problemas jurídicos conforme a los criterios recientes.
Asistencia del grupo de derecho empresarial
Los abogados especializados en derecho de empresa de Daeryun Sociedad de Abogados prestan asesoramiento jurídico general sobre la revisión de los sistemas retributivos, la reorganización de las estructuras de adopción de acuerdos y la elaboración de estrategias para responder a controversias.
▶ Revisión de posibles defectos procedimentales al fijar el límite de las remuneraciones y determinar las remuneraciones individuales, así como propuesta de medidas para reorganizar los estatutos sociales y las normas internas
▶ Revisión de los posibles problemas jurídicos relacionados con remuneraciones de administradores ya abonadas, cálculo del alcance de la restitución del enriquecimiento injusto y elaboración de estrategias de respuesta
▶ Análisis del alcance de la responsabilidad de la sociedad y sus directivos en caso de acciones sociales ejercitadas por accionistas u otras controversias, así como propuesta de medidas de respuesta procesal para cada fase
▶ Revisión de cuestiones de gobierno corporativo, como las restricciones del derecho de voto y la validez de los acuerdos, y preparación de medidas de control interno destinadas a prevenir futuras controversias
Si existen dudas sobre posibles defectos procedimentales o controversias relacionadas con la remuneración de los administradores, puede consultar a un 🔗abogado especializado en derecho de empresa para realizar una revisión previa y preparar una estrategia de respuesta.











