Fondo de título de página (versión escritorio)Fondo de título de página (versión móvil)

Análisis de Casos / Actualizaciones Legales

Daeryun Law LLC, con experiencia en diversas áreas del derecho,
proporciona análisis de fallos judiciales y cuestiones legales.

Difamación mediante la afirmación de hechos falsos | El Tribunal Supremo desestima el recurso de un exdiputado que alegó difamación y reclamó una indemnización por artículos falsos

Se trata de la sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea sobre un exdiputado de la Asamblea Nacional que demandó a varios periodistas al considerar que sus artículos constituían difamación mediante la afirmación de hechos falsos.

El Tribunal Supremo consideró que resultaba difícil apreciar la existencia de difamación mediante la afirmación de hechos falsos.

CONTENIDO
  • 1. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, examen del asunto
  • 2. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, criterio del tribunal de instancia anterior
    • - Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, jurisprudencia del Tribunal Supremo aplicable a los periodistas
  • 3. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, criterio del Tribunal Supremo
  • 4. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, ¿cuál es la estrategia de Daeryun?

1. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, examen del asunto

Un exdiputado presentó una denuncia penal contra varios periodistas alegando difamación mediante la afirmación de hechos falsos.

El exdiputado, que era el demandante, solicitó una indemnización por daños y perjuicios alegando que los periodistas habían cometido un delito de difamación al publicar artículos con información que no se ajustaba a la realidad, e insistió firmemente en que se eliminaran dichos artículos.

La cuestión central del asunto era determinar si los artículos contenían afirmaciones de hechos falsos y si concurría antijuridicidad.

2. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, criterio del tribunal de instancia anterior

Demanda por difamación mediante la afirmación de hechos falsos: criterio del tribunal de instancia anterior sobre la concurrencia de un hecho ilícito.

El tribunal de instancia anterior entendió que, incluso cuando se menoscaba el honor de otra persona mediante la afirmación de hechos a través de la prensa o de publicaciones, la conducta no es antijurídica si los hechos son verdaderos y se refieren exclusivamente al interés público.

El tribunal de instancia anterior consideró que, dado que el artículo no recogía fundamentos concretos sobre la trayectoria del demandante, se trataba de afirmaciones de hechos falsos.

Sin embargo, consideró que el demandante era una figura pública que había ejercido como diputado de la Asamblea Nacional en varias ocasiones y que el contenido de cada uno de los artículos del presente asunto versaba sobre la trayectoria pasada de una figura pública, que requiere una evaluación y comprobación continuas, así como sobre la valoración de dicha trayectoria.

Asimismo, reconoció que los demandados tenían dificultades para acceder a datos objetivos que les permitieran investigar los hechos relativos a los sucesivos procesos judiciales del demandante descritos en los artículos.

El tribunal de instancia anterior entendió que cabían interpretaciones diferentes de las declaraciones efectuadas por el demandante durante la vista y del contenido de la declaración escrita del presente asunto, dependiendo de la perspectiva desde la que se interpretaran.

El tribunal de instancia anterior resolvió que, aunque antes de los artículos del presente asunto se había publicado otro de contenido similar, el demandante no había reaccionado activamente, por lo que los demandados tenían motivos razonables para creer que la información era verdadera.

Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, jurisprudencia del Tribunal Supremo aplicable a los periodistas

La veracidad de una información periodística significa que, considerado el sentido global de su contenido, sus aspectos esenciales concuerdan con hechos objetivos. Por tanto, una información no puede considerarse falsa por el mero hecho de que existan pequeñas diferencias con la verdad en ciertos detalles o expresiones algo exageradas (véanse, entre otras, las sentencias del Tribunal Supremo de la República de Corea de 22 de enero de 2002, asuntos 2000다37524 y 37531; de 23 de marzo de 2006, asunto 2003다52142; y de 6 de septiembre de 2007, asunto 2007다2275).

En el proceso de simplificar relaciones fácticas complejas para hacerlas comprensibles, pueden resumirse o destacarse determinados hechos o añadirse elementos ornamentales a los hechos reales para despertar el interés del público. Aunque exista cierta exageración retórica, se reconoce la veracidad de la información si, considerada en su contexto general, sus aspectos esenciales se ajustan a la verdad (véanse, entre otras, las sentencias del Tribunal Supremo de la República de Corea de 6 de septiembre de 2007, asunto 2007다2275; de 23 de julio de 2015, asunto 2014다28121; y de 12 de octubre de 2018, asunto 2014다5188)

3. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, criterio del Tribunal Supremo

El demandante, disconforme con el criterio del tribunal de instancia anterior sobre la difamación mediante la afirmación de hechos falsos, interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo declaró: «Resulta aceptable el criterio del tribunal de instancia anterior, que no apreció responsabilidad de indemnizar los daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito por difamación. No existe ningún error que haya influido en la sentencia, como no haber realizado íntegramente el examen necesario, rebasar los límites del principio de libre valoración de la prueba en contra de las reglas de la lógica y la experiencia, interpretar erróneamente la doctrina jurídica relativa a la afirmación de hechos falsos o a las causas de exclusión de la antijuridicidad de la difamación, incumplir el deber de aclaración judicial o incurrir en contradicción de motivos, tal como se alegó en el recurso».

Por ello, el Tribunal Supremo resolvió, por los mismos motivos que el tribunal de instancia anterior, que la publicación de los artículos del presente asunto no podía considerarse antijurídica y que tampoco procedía estimar la pretensión del demandante de que se eliminaran.

4. Difamación mediante la afirmación de hechos falsos, ¿cuál es la estrategia de Daeryun?

En materia de difamación mediante la afirmación de hechos falsos, las disposiciones legales son abstractas y la jurisprudencia es diversa, por lo que resulta necesario realizar un análisis jurídico atendiendo a las circunstancias de cada caso.

Los tribunales consideran que, incluso si se menoscaba el honor de otra persona mediante la afirmación de hechos a través de la prensa o de publicaciones, la conducta no es antijurídica cuando los hechos son verdaderos y se refieren al interés público.

Para determinar si los hechos afirmados se refieren al interés público, deben valorarse su contenido concreto, el alcance de los destinatarios de su divulgación y el modo de expresión, comparándolos con el grado de menoscabo del honor que pueda producirse.

Asimismo, debe tenerse en cuenta si la persona afectada por la difamación es una figura pública y valorarse de forma conjunta si los hechos afirmados guardan relación con su actividad pública o presentan un carácter público o social que haga necesario el debate público al respecto.

El grupo de Derecho penal de Daeryun Sociedad de Abogados presta servicios jurídicos adaptados a cada cliente desde las fases iniciales del asunto, sobre la base de su experiencia en procesos judiciales e investigaciones.

Asimismo, en función de las circunstancias del cliente y de la magnitud del asunto, constituye un equipo de trabajo integrado por entre 3 y 20 profesionales, analiza exhaustivamente los expedientes de investigación, reúne las pruebas necesarias y formula una estrategia de respuesta adaptada.

Fortalezas clave de SJKP

Estrategias procesales del bufete SJKP que integran tecnología AI·TI
Más de 240 profesionales clave
1,200+ casos asumidos al mes

* Criterios para la emisión de pases a través del Colegio de Abogados para enero de 2026

* Cumplimiento de la normativa publicitaria del Colegio de Abogados de Corea (art. 4.1)

Reserva de consulta legal
con abogado/a

Todas las consultas las realiza un abogado especializado tras revisar el caso.
Se ofrecen solo con cita previa para garantizar un servicio profesional.

Recomendamos reservar con la mayor antelación posible y respetar el horario acordado.
Haremos todo lo posible para que la consulta sea satisfactoria.

Teléfono
consulta 1800-7905

Atención telefónica las 24 horas, los 365 días

Consulta telefónica

Kakao
consulta

Canal de KakaoTalk

SJKP LAW FIRM LLP

Consulta por Kakao

En línea
consulta

Servicios jurídicos
a medida.

Reserva en línea
Información relacionada
Quick Menu

KakaoTalk