CONTENIDO
- 1. Litigio por despido improcedente: asunto relativo a si el centro de trabajo estaba sujeto a la Ley de Normas Laborales

- 2. Litigio por despido improcedente: criterio del tribunal cuya sentencia fue recurrida

- 3. Litigio por despido improcedente: criterio del Tribunal Supremo

- 4. Litigio por despido improcedente: enfoque de Daeryun ante las relaciones laborales internacionales

1. Litigio por despido improcedente: asunto relativo a si el centro de trabajo estaba sujeto a la Ley de Normas Laborales
La cuestión decisiva en el litigio por despido improcedente era si se trataba de un centro de trabajo sujeto a la Ley de Normas Laborales.
El asunto planteaba cómo calcular el «número de trabajadores empleados habitualmente», criterio utilizado para determinar si un centro de trabajo está sujeto a la Ley de Normas Laborales en una relación laboral internacional.
La demandante era la única empleada que trabajaba en Corea para una persona jurídica extranjera con sede en Estados Unidos.
La entidad extranjera no disponía de un centro de trabajo independiente en Corea y desarrollaba allí su actividad empresarial empleando a la demandante como única trabajadora para captar nuevos proyectos.
Tras recibir la notificación de la finalización de su contrato de trabajo, la demandante presentó ante la Comisión de Relaciones Laborales de la República de Corea una solicitud de tutela frente al despido improcedente.
2. Litigio por despido improcedente: criterio del tribunal cuya sentencia fue recurrida
Antes del litigio por despido improcedente, la Comisión de Relaciones Laborales inadmitió la solicitud de tutela al considerar que la empresa carecía de centro de trabajo en Corea y que la gestión de personal y de las relaciones laborales de la demandante se realizaba en el extranjero, por lo que la Ley de Normas Laborales no resultaba aplicable.
El tribunal inferior también consideró que la Ley de Normas Laborales no era aplicable, dado que la ley aplicable era la del estado de Delaware, Estados Unidos.
El tribunal cuya sentencia fue recurrida en el litigio por despido improcedente consideró que la relación laboral objeto del asunto se regía por la Ley de Normas Laborales de la República de Corea, y no por la legislación del estado de Delaware, Estados Unidos.
Dicho tribunal entendió que, al determinar el número de trabajadores empleados habitualmente, no había motivos para tratar de forma distinta a las personas jurídicas coreanas y extranjeras, por lo que debían computarse también los trabajadores empleados por la entidad en el extranjero.
El tribunal cuya sentencia fue recurrida consideró que, al incluir a los trabajadores empleados habitualmente en el extranjero, la empresa empleaba habitualmente a 5 o más trabajadores y, por tanto, estaba sujeta a la Ley de Normas Laborales, y que el despido era improcedente.
3. Litigio por despido improcedente: criterio del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo adoptó un criterio distinto en este litigio por despido improcedente.
El Tribunal Supremo consideró que, en una relación laboral internacional en la que una empresa extranjera desarrolla una actividad empresarial y emplea trabajadores en Corea, debe determinarse, en principio, atendiendo al número de trabajadores empleados en Corea si se trata de una empresa o centro de trabajo que emplea habitualmente a 5 o más trabajadores y al que resulta aplicable íntegramente la Ley de Normas Laborales.
Sobre esta base, el Tribunal Supremo resolvió que, salvo circunstancias especiales, a los trabajadores empleados por una empresa extranjera fuera de Corea solo les resulta aplicable la legislación laboral extranjera correspondiente. Por ello, no podía determinarse la aplicabilidad de la Ley de Normas Laborales sumando también a los trabajadores empleados en el extranjero que no estaban sujetos a dicha ley coreana.
No obstante, el tribunal inferior había considerado que la empresa o centro de trabajo empleaba habitualmente a 5 o más trabajadores tras sumar los empleados en el extranjero a los empleados en Corea. El Tribunal Supremo declaró que esta apreciación se basaba en una interpretación jurídica errónea que había influido en la sentencia, por lo que anuló la resolución recurrida y devolvió el asunto al tribunal de origen.
4. Litigio por despido improcedente: enfoque de Daeryun ante las relaciones laborales internacionales
Este litigio por despido improcedente versaba sobre el método de cálculo del número de trabajadores empleados habitualmente en una relación laboral internacional.
El artículo 11 de la Ley de Normas Laborales establece que esta se aplica a todas las empresas o centros de trabajo que empleen habitualmente a 5 o más trabajadores y regula de forma distinta su ámbito de aplicación según el número de trabajadores empleados habitualmente.
La empresa o el centro de trabajo previstos en el artículo 11 de la Ley de Normas Laborales constituyen la unidad de aplicación de dicha ley. Son la unidad básica para regular las condiciones laborales, facilitar el intercambio de opiniones y la consulta entre los trabajadores y valorar la justificación de los despidos, incluidos los despidos por razones empresariales.
Cuando una empresa extranjera desarrolla su actividad en Corea y emplea a trabajadores coreanos, determinar si resulta aplicable la Ley de Normas Laborales de la República de Corea reviste gran importancia.
La Ley de Normas Laborales contiene diversas disposiciones y excepciones, y su forma de aplicación puede variar según las circunstancias concretas de cada empresa.
En particular, cuando se trata de una empresa extranjera, pueden concurrir elementos de la legislación del país al que pertenece la sociedad matriz, como el Derecho estadounidense o el de países europeos, lo que puede aumentar la complejidad de la interpretación jurídica.
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