CONTENIDO
- 1. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Circunstancias del cliente

- - Multa por obstrucción a la actividad empresarial, circunstancias del caso
- - Asistencia del abogado penalista de Daeryun
- - Resultado de la asistencia del abogado penalista, resolución de no remisión a la fiscalía
- 2. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Elementos constitutivos del delito

- - Elementos constitutivos
- - Penas aplicables
- 3. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Aspectos que deben comprobarse

- - Lista de comprobación para responder sin asistencia
1. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Circunstancias del cliente
Las circunstancias del cliente que solicitó asesoramiento ante el riesgo de recibir una multa por obstrucción a la actividad empresarial fueron las siguientes.
Multa por obstrucción a la actividad empresarial, circunstancias del caso
El cliente se encontraba tomando unas copas con unos amigos en el bar A.
Tras salir brevemente para hablar por teléfono, volvió a entrar en el bar y se sintió atraído por una mujer sentada en otra mesa.
Se acercó a dicha mesa, se sentó y le dirigió comentarios como «¿De dónde eres?» y «Tomemos algo juntos».
Transcurrido un breve periodo, un empleado se acercó y le pidió que regresara a su mesa original, pero el cliente se negó diciendo que se quedaría un poco más.
Tiempo después, el empleado volvió a pedirle que regresara a su sitio. El cliente recogió sus cosas, se levantó y volvió a la mesa en la que estaba sentado inicialmente.
No obstante, el bar A sostuvo posteriormente que el cliente había obstaculizado el funcionamiento del establecimiento y formuló una acusación por delito de obstrucción a la actividad empresarial.
Ante el riesgo de recibir una multa por obstrucción a la actividad empresarial, el cliente solicitó la asistencia de un abogado penalista.
Asistencia del abogado penalista de Daeryun
1) Inexistencia de los elementos constitutivos del delito de obstrucción a la actividad empresarial
El abogado penalista esclareció los hechos y puso de manifiesto que el cliente terminó atendiendo voluntariamente la petición del empleado y regresó a su mesa original, sin proferir insultos ni recurrir a la violencia, las amenazas o conductas intimidatorias durante el incidente.
Por ello, sostuvo que los hechos no constituían un «empleo de fuerza intimidatoria», uno de los elementos del delito de obstrucción a la actividad empresarial, y que no procedía imponer una multa por dicho delito.
2) Acreditación de la inexistencia de intención de obstaculizar el negocio
Se destacó que, durante el breve periodo en que el cliente permaneció en aquella mesa, la otra persona no manifestó claramente su negativa y se produjo una interacción natural en la que conversaron y le sirvieron una bebida.
Asimismo, mediante los justificantes de pago se explicó que el cliente había pedido bebidas espirituosas adicionales por un valor aproximado de 500.000 wones surcoreanos. Con ello se sostuvo que resultaba difícil considerar que su conducta estuviera dirigida deliberadamente a obstaculizar el negocio.
3) Reparación del perjuicio y manifestación de no desear el castigo
El abogado penalista destacó que el cliente había expresado sus sinceras disculpas por las molestias que pudiera haber ocasionado al establecimiento.
También acreditó, mediante una declaración formal de renuncia al castigo, que el representante del bar comprendía que la situación se había originado por un malentendido y había manifestado claramente que no deseaba que se castigara al cliente.
Resultado de la asistencia del abogado penalista, resolución de no remisión a la fiscalía
Las autoridades investigadoras coreanas consideraron que difícilmente podía entenderse que la conducta del cliente reuniera los elementos constitutivos del delito de obstrucción a la actividad empresarial.
En consecuencia, dictaron una resolución policial de no remisión del caso a la fiscalía y dieron por concluido el asunto.
El cliente pudo concluir el asunto sin que se le impusieran una multa por obstrucción a la actividad empresarial ni otra sanción penal.
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2. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Elementos constitutivos del delito

El delito de obstrucción a la actividad empresarial se configura cuando se obstaculiza una actividad mediante la difusión de información falsa, el engaño o la fuerza intimidatoria.
En este contexto, la actividad protegida comprende cualquier actividad profesional o empresarial de carácter social.
Elementos constitutivos
2. Que la conducta obstructiva se dirija contra la actividad de otra persona
3. Que exista intención y voluntad de obstaculizar dicha actividad
Penas aplicables
Cuando se configura el delito de obstrucción a la actividad empresarial, el artículo 314 de la Ley Penal de la República de Corea establece una pena de hasta 5 años de prisión con trabajos o una multa penal de hasta 15.000.000 de wones surcoreanos.
Dado que las penas de multa y prisión previstas para este delito no son leves, es importante preparar una respuesta adecuada desde una fase temprana cuando se recibe una acusación.
3. Multa por obstrucción a la actividad empresarial | Aspectos que deben comprobarse
Para evitar una multa por obstrucción a la actividad empresarial u otra sanción penal, resulta esencial examinar si la conducta reúne los elementos constitutivos del delito y responder basándose en datos objetivos.
Lista de comprobación para responder sin asistencia
Categoría | Aspectos principales que deben comprobarse |
Existencia de información falsa, engaño o fuerza intimidatoria | Si se difundió información falsa, si se indujo a error a la otra persona o se recurrió al engaño o a la fuerza intimidatoria |
Obstrucción efectiva de la actividad | Si se trató de una simple molestia o si se produjo una perturbación efectiva de la actividad |
Alcance y repercusiones del perjuicio | Si la obstrucción fue temporal o si afectó al conjunto de la actividad |
Conservación de pruebas | Conservar mensajes, grabaciones de audio, vídeos y otros materiales que permitan acreditar lo ocurrido |
Actitud durante la investigación | Responder con calma y atendiendo a los hechos, sin exageraciones ni declaraciones falsas |
Preparación de los argumentos de defensa | Preparar argumentos sobre la inexistencia de engaño o fuerza intimidatoria y sobre la falta de los elementos constitutivos del delito de obstrucción a la actividad empresarial |
Un abogado penalista puede examinar detenidamente, a partir de los hechos y las pruebas, si una acusación de obstrucción a la actividad empresarial reúne los elementos constitutivos del delito y preparar una respuesta estructurada para evitar que se amplíen malentendidos innecesarios.
Si le preocupa la posibilidad de recibir una multa u otra sanción por obstrucción a la actividad empresarial, puede consultar las medidas adecuadas para su situación mediante la 🔗reserva de una consulta jurídica con un abogado.
Daeryun, que ocupó el 9.º puesto entre los despachos de abogados de la República de Corea según los datos de declaraciones de IVA presentadas en 2025 al Servicio Nacional de Impuestos, presta servicios jurídicos.

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