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Infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros
Infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los SegurosDecisión fiscal de no ejercer la acción penal

Infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros | Decisión fiscal de no ejercer la acción penal ante el riesgo de sanción por estafa de seguros

Este es el caso de un cliente que se enfrentaba al riesgo de ser sancionado por una presunta infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros. Aunque se le atribuía la comisión de una estafa de seguros, obtuvo una decisión de la fiscalía coreana de no ejercer la acción penal con la asistencia de un abogado especializado.

1. Relato del cliente investigado por una presunta infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

Relato del cliente investigado por una presunta infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

Este es el relato de un cliente que solicitó la asistencia de un abogado especializado porque estaba siendo investigado por una presunta infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros.


Según explicó, el día de los hechos condujo su propio vehículo durante una hora para realizar una compraventa de segunda mano.


Sin embargo, cuando estaba a punto de llegar al lugar acordado, la persona que había manifestado su intención de comprar el objeto eliminó su cuenta y desapareció.


Enfadado por lo ocurrido, el cliente buscó una cafetería cercana en el navegador para tranquilizarse antes de regresar a casa.


Mientras avanzaba en línea recta sin prestar suficiente atención a la carretera, advirtió demasiado tarde que el vehículo perjudicado se aproximaba de frente. Aunque accionó inmediatamente el freno, por error pisó el acelerador, lo que, según manifestó, provocó el accidente de tráfico objeto del caso.

Imputación formulada contra el cliente

El propietario del vehículo perjudicado exigió reiteradamente al cliente una cantidad excesiva para alcanzar un acuerdo transaccional.

El cliente se negó a aceptar aquella cantidad por considerarla desproporcionada. El propietario del vehículo perjudicado sostuvo entonces que el accidente había sido provocado intencionadamente y presentó una denuncia penal por estafa de seguros.

Se atribuyó al cliente haber intentado obtener fraudulentamente una indemnización del seguro provocando de forma deliberada un accidente de tráfico para que el conductor del vehículo perjudicado comunicara el siniestro a la aseguradora, aunque el delito no llegó a consumarse.


La imputación formulada contra el cliente fue por tentativa de estafa de seguros constitutiva de una infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros.

2. Explicación de la infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

La Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros de la República de Corea regula la investigación, la prevención y la sanción de las conductas de fraude a los seguros.


Conforme a esta ley, se considera fraude a los seguros y puede ser sancionada la conducta consistente en engañar a una aseguradora sobre la producción, la causa o las circunstancias de un siniestro para reclamar una indemnización del seguro.


🔗La comisión de un delito de estafa de seguros constituye una infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros y se castiga con una pena de prisión de hasta 10 años o una multa penal de hasta 50.000.000 de wones surcoreanos.


En caso de conducta habitual, la pena puede agravarse hasta 15 años de prisión o una multa penal de hasta 75.000.000 de wones surcoreanos.


Asimismo, debe tenerse en cuenta que la tentativa también es punible.


Además, si el valor de la indemnización obtenida mediante la estafa de seguros es igual o superior a 500.000.000 de wones surcoreanos e inferior a 5.000.000.000 de wones surcoreanos, se impone una pena de prisión de duración determinada no inferior a 3 años; si es igual o superior a 5.000.000.000 de wones surcoreanos, la pena se agrava a prisión perpetua o prisión no inferior a 5 años.

Dado que la infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros está sujeta a penas de considerable gravedad, cuando se formula una imputación resulta necesario preparar desde una fase inicial una estrategia de respuesta adecuada.

3. Respuesta a la imputación por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

El abogado especializado prestó la siguiente asistencia para responder a la imputación contra el cliente por una infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros.

Se destacó que el cliente conducía su propio vehículo cuando se produjeron los hechos

El abogado especializado destacó que el cliente conducía su propio vehículo cuando se produjeron los hechos y sostuvo que la imputación por estafa de seguros no se correspondía con la realidad.


En los casos habituales de estafa de seguros suele utilizarse un vehículo de alquiler para evitar el incremento de la prima del seguro.


Sin embargo, en este caso el accidente se produjo mientras el cliente conducía su propio vehículo.


Asimismo, en los casos habituales de estafa de seguros se provoca un accidente aprovechando la responsabilidad del vehículo contrario para reclamar una indemnización del seguro.


El abogado alegó que el cliente tampoco se había aprovechado de ninguna responsabilidad del vehículo contrario y sostuvo, sobre esta base, que la imputación por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros no se correspondía con los hechos.

Se destacó que el cliente no reclamó ninguna indemnización del seguro

El abogado especializado destacó que el cliente no había reclamado ninguna indemnización del seguro por el accidente de tráfico objeto del caso.


Constaba que, cuando se produjo el accidente, tanto el cliente como el propietario del vehículo perjudicado lo habían comunicado a sus aseguradoras para su tramitación.


Sin embargo, aunque el cliente recibió efectivamente tratamiento hospitalario, no reclamó por separado ninguna indemnización del seguro. Basándose en este hecho, el abogado sostuvo que debía descartarse la imputación contra el cliente por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros.

Se destacó que el cliente alcanzó un acuerdo con la víctima por temor derivado de sus antecedentes penales

El abogado especializado destacó que el cliente tenía antecedentes penales, incluido un episodio anterior de prisión provisional.


Por este motivo, el cliente pensaba que no creerían su afirmación de que no había actuado intencionadamente para cometer una estafa de seguros.


Además, el propietario del vehículo perjudicado le envió en varias ocasiones mensajes de texto en los que afirmaba que la policía sospechaba de una estafa de seguros y que no retiraría la denuncia si no le enviaba pronto la cantidad exigida para el acuerdo.


Ante el temor de volver a ser sometido a prisión provisional, el cliente pagó precipitadamente aquella cantidad.


El abogado especializado alegó que el accidente se había producido únicamente porque el cliente incumplió su deber de prestar atención a la carretera, y no porque pretendiera cometer una estafa de seguros. Sobre esta base, solicitó que se dictara una decisión fiscal de no ejercer la acción penal.

4. Resultado de la respuesta a la imputación por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

Resultado de la respuesta a la imputación por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros

Como resultado de la actuación del abogado especializado frente a la imputación por infracción de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros, el cliente pudo concluir el asunto tras obtener de la Fiscalía de la República de Corea una decisión de no ejercer la acción penal.


Aunque el cliente únicamente había provocado el accidente de tráfico por negligencia, se encontraba injustamente investigado por estafa de seguros y expuesto a la posibilidad de que se le impusiera una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo.


Sin embargo, la estrategia de respuesta elaborada a partir de los datos disponibles sobre la tramitación de casos permitió que el asunto concluyera durante la fase ante la fiscalía.


Las infracciones de la Ley Especial de Prevención del Fraude a los Seguros se consideran delitos graves y pueden dar lugar a penas severas.

Por ello, cuando la imputación no se corresponde con los hechos, resulta importante preparar una respuesta jurídica adecuada con la asistencia de un abogado especializado.


Puede solicitar una 🔗reserva de consulta jurídica con este despacho para examinar una estrategia adaptada a las circunstancias del caso.

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Este contenido se ha elaborado a partir de casos reales gestionados por Daeryun Law LLC, con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a Daeryun Law LLC.
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