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Casos y Resultados

Declaración de existencia o inexistencia de una unión de hecho

Convivencia en unión de hecho | Caso en el que se obtuvo el reconocimiento de la existencia de una unión de hecho

Este es el caso de una cliente que solicitó que se declarase la existencia de la unión de hecho que había mantenido con su exmarido. La cliente afirmó que había mantenido una unión de hecho con su difunto marido y pidió que se reconociese judicialmente.

CONTENIDO
  • 1. Circunstancias de la cliente que convivió en unión de hecho
  • 2. Explicación del concepto de convivencia en unión de hecho
    • - Procedimiento judicial para el reconocimiento de una unión de hecho
  • 3. Asistencia letrada en el caso de convivencia en unión de hecho
    • - Resumen de la relación entre las partes
    • - Alegación relativa al pago de los gastos de subsistencia
    • - Énfasis en que la cliente se ocupó de los trámites funerarios
  • 4. Resultado del caso de convivencia en unión de hecho

1. Circunstancias de la cliente que convivió en unión de hecho

La cliente explicó que se había divorciado una vez de su marido, pero que después ambos confirmaron de nuevo sus sentimientos y continuaron conviviendo en unión de hecho.


Posteriormente, su marido falleció y la cliente quiso percibir la pensión que le correspondía a través del Sistema Nacional de Pensiones de Corea. Sin embargo, señaló que existían dificultades para cobrarla porque la mayor parte de la relación matrimonial efectiva entre ambos había transcurrido como una unión de hecho.


La cliente indicó que, para que el Servicio Nacional de Pensiones de la República de Corea determinase si el periodo de unión de hecho podía reconocerse como relación matrimonial, necesitaba una sentencia judicial que reconociese dicha relación.


Por ello, acudió a este despacho para solicitar asistencia con el fin de obtener el reconocimiento de que había convivido con su marido en unión de hecho.

Circunstancias de la cliente que convivió en unión de hecho

2. Explicación del concepto de convivencia en unión de hecho

Una unión de hecho es una situación en la que, pese a no haberse inscrito el matrimonio, se mantiene de manera efectiva una vida conyugal.


Los tribunales de la República de Corea reconocen la existencia de una unión de hecho cuando, con independencia de la inscripción del matrimonio, existe entre las partes una voluntad matrimonial concordante y una convivencia conyugal efectiva.


La convivencia en unión de hecho consiste en residir conjuntamente con voluntad de contraer matrimonio.


▶Criterios para el reconocimiento de una unión de hecho

El tribunal determina si existe una unión de hecho mediante una valoración conjunta de los siguientes requisitos.


Que exista entre las partes voluntad matrimonial (intención de vivir como cónyuges)

Que compartan vivienda y medios de vida

Que las personas de su entorno las consideren cónyuges

Que exista cooperación económica o nacimiento y crianza de hijos

▶Efectos jurídicos de la unión de hecho

El reconocimiento de una unión de hecho produce los siguientes efectos.


Posibilidad de reclamar la liquidación del régimen económico matrimonial al disolverse la unión de hecho

Posibilidad de suceder en la condición de arrendatario conforme a la Ley de Protección del Arrendamiento de Vivienda de la República de Corea y de obtener el reconocimiento del derecho a percibir una pensión

Protección jurídica equiparable a la de un cónyuge

Con arreglo a la siguiente jurisprudencia del Tribunal Supremo de la República de Corea, aunque haya fallecido alguna de las partes de la unión de hecho, puede formularse contra el fiscal una pretensión de declaración sobre la existencia o inexistencia de dicha unión.


Sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea de 1995.3.28., asunto 94므1447

Aunque haya fallecido alguna de las partes que mantenían una unión de hecho, se reconoce el interés legítimo en solicitar la declaración de existencia o inexistencia de dicha relación, siempre que esta pueda constituir un medio válido y adecuado para resolver de manera integral controversias jurídicas actuales o potenciales.

Procedimiento judicial para el reconocimiento de una unión de hecho

El procedimiento judicial para obtener el reconocimiento de una unión de hecho es el siguiente.


①Preparación del proceso

Organización de los antecedentes del caso y del periodo durante el cual se mantuvo la unión de hecho

Obtención de pruebas de la unión de hecho, como fotografías de la convivencia y de viajes, el contrato de la vivienda, la designación como beneficiario del seguro y testimonios de personas del entorno

Consulta con un abogado y obtención de asesoramiento jurídico


②Redacción y presentación de la demanda

Presentación ante el tribunal de familia coreano competente de una demanda de declaración de existencia de una unión de hecho

Indicación de los datos personales del demandado, los antecedentes de la relación, la pretensión y sus fundamentos. Si la pareja de hecho ha fallecido, el demandado es el fiscal


③Preparación de las alegaciones y presentación de pruebas

Organización y presentación ante el tribunal de los elementos probatorios que acrediten la unión de hecho


④Celebración de la vista

Comparecencia del demandante o de su representante para exponer su posición

Examen de la existencia o inexistencia de la unión de hecho mediante pruebas y testimonios


⑤Pronunciamiento de la sentencia

Si el tribunal reconoce la existencia de la unión de hecho, dicta una «sentencia declarativa de la existencia de una unión de hecho»

Posteriormente, esta sentencia permite reclamar la liquidación del régimen económico matrimonial y una indemnización por daño moral

3. Asistencia letrada en el caso de convivencia en unión de hecho

El abogado encargado interpuso una demanda de declaración de existencia o inexistencia de una unión de hecho y formuló las siguientes alegaciones para obtener el reconocimiento de la convivencia en unión de hecho de la cliente.

Resumen de la relación entre las partes

El abogado encargado expuso del siguiente modo la relación entre la cliente y su difunto marido.


La cliente y su marido habían inscrito su matrimonio, convivían y habían formado una familia unida.


Posteriormente, el negocio gestionado por el marido atravesó dificultades, por lo que este solicitó la declaración de quiebra y recibió notificaciones de embargo, lo que los situó en una situación económica muy difícil.


En consecuencia, la cliente y su marido tramitaron de común acuerdo el divorcio por mutuo acuerdo.


Sin embargo, la cliente y su marido no tenían la intención real de poner fin a su relación matrimonial y continuaron viviendo juntos.

Alegación relativa al pago de los gastos de subsistencia

El abogado encargado destacó que el marido de la cliente, debido a las dificultades que tenía para percibir su salario, lo recibía a través de una cuenta bancaria a nombre de ella y abonaba los gastos de subsistencia.

Para acreditarlo, el abogado encargado presentó como prueba los movimientos de la cuenta bancaria.

Énfasis en que la cliente se ocupó de los trámites funerarios

El abogado encargado destacó que la cliente se había ocupado de los trámites funerarios de su marido.


Mientras mantenían su unión de hecho, el marido falleció a causa de un accidente laboral.


La cliente no solo organizó el funeral de su marido, sino que también mantuvo conversaciones telefónicas con él hasta poco antes de su fallecimiento.


El abogado encargado explicó que, como la mayor parte de la relación matrimonial efectiva entre la cliente y su marido había transcurrido como una unión de hecho, existían dificultades para que ella percibiese la pensión de su marido como superviviente, y solicitó una sentencia que reconociese dicha unión.

4. Resultado del caso de convivencia en unión de hecho

Resultado del caso de convivencia en unión de hecho

Como resultado de la asistencia prestada por el abogado especializado para obtener el reconocimiento de la relación de la cliente, el tribunal dictó una sentencia por la que declaró que había existido una relación matrimonial entre la cliente y su marido.


La cliente corría el riesgo de no poder percibir siquiera la pensión del Sistema Nacional de Pensiones de la República de Corea pese a haber mantenido una unión de hecho con su marido, pero pudo proteger sus derechos gracias a la asistencia del abogado especializado.


Aunque una unión de hecho no confiere derecho a la herencia, en caso de divorcio pueden reclamarse la liquidación del régimen económico matrimonial y una indemnización por daño moral y, en caso de fallecimiento, puede percibirse una pensión de supervivencia.


Para ejercer estos derechos es necesaria una sentencia judicial que reconozca que existió una convivencia en unión de hecho.


Dado que puede resultar difícil alegar por cuenta propia la existencia de una convivencia en unión de hecho, mediante una 🔗cita de asesoramiento jurídico puede tramitarse una demanda de declaración de existencia o inexistencia de una unión de hecho.


Este despacho presta asistencia en los procesos de reconocimiento de una unión de hecho, así como en todos los procedimientos jurídicos derivados, incluidos la disolución de la unión y las reclamaciones de liquidación del régimen económico matrimonial.

사실혼동거 | 사실혼관계에 있음을 확인 받아낸 사례

Este contenido se basa en casos reales de Daeryun Law LLC con algunas adaptaciones, y los derechos de autor pertenecen a nuestra firma.
La reproducción, duplicación o distribución no autorizada y otras infracciones de derechos de autor pueden resultar en acciones legales conforme a las leyes aplicables.

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