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Análisis de Casos / Actualizaciones Legales

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Divulgación de tecnología | «Aunque no se fabrique un producto con la tecnología sustraída, puede imponerse una sanción si esta permitió acortar el tiempo de experimentación»: sentencia del Tribunal Supremo que amplía el ámbito de protección de la tecnología industrial

En un caso de divulgación de tecnología se ha dictado una sentencia según la cual «aunque no se haya fabricado un producto terminado, puede considerarse que la tecnología se ha utilizado si permitió reducir el tiempo y los costes de desarrollo». Esto exige que las empresas conviertan el control del acceso a la documentación por parte de empresas colaboradoras, antiguos empleados y personal externo en una cuestión fundamental de cumplimiento normativo. (Sentencia del Tribunal Supremo de la República de Corea de 25 de septiembre de 2025, asunto 2022도7718)

CONTENIDO
  • 1. Divulgación de tecnología | Resumen del caso
  • 2. Divulgación de tecnología | Criterio del Tribunal Supremo
    • - Calificación como tecnología industrial: la capacidad de contribuir a la competitividad industrial como criterio
    • - Significado de «uso»: la reducción de los costes de experimentación y desarrollo también puede considerarse uso
    • - Requisito de finalidad específica: la finalidad no puede presumirse únicamente a partir del hecho de la divulgación
  • 3. Divulgación de tecnología | Criterios para apreciar sospechas de divulgación de tecnología industrial
    • - Estructura de responsabilidad del representante legal, los directivos, los empleados y el personal operativo
  • 4. Divulgación de tecnología | Lista práctica de comprobación para empresas

1. Divulgación de tecnología | Resumen del caso

Este caso de divulgación de tecnología se refiere a un investigador que trabajaba en el desarrollo de frita de vidrio para células solares y de pasta para el sellado de OLED. Durante su relación laboral, extrajo datos experimentales, tablas de composición y tablas de lotes, entre otros materiales, guardándolos en una memoria USB o imprimiéndolos. Posteriormente, fue acusado de haber consultado dicha documentación al desempeñar funciones relacionadas en otra empresa tras cambiar de empleo.

Los órganos de instancia (primera y segunda instancia) consideraron que «resultaba difícil entender que la documentación divulgada contuviera las proporciones definitivas de composición necesarias para fabricar el producto terminado y que tampoco constituía información singular e indispensable». Por ello, dictaron la absolución respecto de la infracción de la Ley de Prevención de la Divulgación y Protección de la Tecnología Industrial de la República de Corea.

Sin embargo, el Tribunal Supremo consideró excesivamente restrictivo el propio marco aplicado por los órganos de instancia para determinar qué constituye «tecnología industrial», anuló la absolución relativa a su divulgación y devolvió el asunto para que se dictara una nueva resolución.

No obstante, mantuvo la absolución respecto del uso de la tecnología (reducción de tiempo y costes), al entender que no se había acreditado suficientemente la comisión del delito.

2. Divulgación de tecnología | Criterio del Tribunal Supremo

Divulgación de tecnología | Criterio del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo resolvió este asunto en los siguientes términos.

Calificación como tecnología industrial: la capacidad de contribuir a la competitividad industrial como criterio

El Tribunal Supremo rechazó el planteamiento que limita la determinación de la «tecnología industrial» protegida por la Ley de Prevención de la Divulgación y Protección de la Tecnología Industrial a si la información resulta indispensable para fabricar un producto terminado.

En su lugar, aclaró que debe efectuarse una valoración concreta e individualizada, teniendo en cuenta conjuntamente, entre otros, los siguientes aspectos.

· Si se trata de información técnica concreta necesaria para desarrollar/producir productos o servicios comprendidos en el ámbito de las tecnologías avanzadas designadas mediante anuncio oficial

· Si guarda una relación estrecha con una tecnología avanzada

· Si dicha información permite que la entidad titular tenga la capacidad de crear valor añadido y contribuir al desarrollo industrial, adquiriendo así competitividad industrial

El Tribunal Supremo consideró que existía una alta probabilidad de que la documentación controvertida en este caso (datos experimentales, tablas de lotes e información sobre composiciones, entre otros materiales) constituyera tecnología industrial, ya que no estaba disponible públicamente, normalmente resultaba difícil obtenerla sin acudir a la entidad titular y había sido acumulada por la empresa mediante una inversión considerable de tiempo, esfuerzo y dinero.

Por tanto, anuló la resolución al entender que los órganos de instancia habían incurrido en una infracción al negar que se tratara de tecnología industrial y dictar la absolución sin examinar suficientemente la finalidad y las circunstancias de los hechos.

Significado de «uso»: la reducción de los costes de experimentación y desarrollo también puede considerarse uso

El Tribunal Supremo entendió por «uso», entre las conductas que vulneran la tecnología industrial, todo acto concreto e identificable mediante el que esta se aprovecha directa o indirectamente, conforme a su finalidad original, en actividades de investigación, desarrollo o producción, entre otras.

Asimismo, declaró que no solo constituye uso la producción mediante una mera imitación, sino también la reducción del tiempo y los costes de desarrollo al consultar la información para disminuir los ensayos fallidos u omitir experimentos necesarios.

No obstante, en este caso consideró que las pruebas aportadas por la fiscalía no bastaban para concluir que el acusado hubiera reducido realmente el tiempo y los costes durante el desarrollo de un producto concreto, por lo que entendió que no se había acreditado el hecho imputado como «uso».

Requisito de finalidad específica: la finalidad no puede presumirse únicamente a partir del hecho de la divulgación

La infracción de la Ley de Prevención de la Divulgación y Protección de la Tecnología Industrial es un delito que, además del dolo, exige la finalidad específica de «obtener un beneficio ilícito o causar daños a la entidad titular», circunstancia que debe acreditar la fiscalía.

El Tribunal Supremo declaró que no debe considerarse que dicha finalidad queda automáticamente acreditada por el mero hecho de que el autor supiera que se trataba de tecnología industrial y realizara el acto de divulgación.

Al mismo tiempo, reiteró que, cuando falten pruebas directas, debe efectuarse una valoración razonable conforme a las concepciones sociales, ponderando conjuntamente la profesión y la trayectoria del autor, sus motivos, las circunstancias, los medios y métodos empleados, así como la relación entre la entidad titular y el tercero.

3. Divulgación de tecnología | Criterios para apreciar sospechas de divulgación de tecnología industrial

El mensaje de esta sentencia para las empresas es claro.

El eje de la valoración jurídica puede ser el «tiempo y los costes», y no el «producto terminado».

Por tanto, las siguientes conductas pueden incrementar la exposición a riesgos jurídicos.

  • Que un antiguo empleado omita el diseño de experimentos o descarte de antemano condiciones con una elevada probabilidad de fracaso basándose en documentación que conserva
  • Que una empresa competidora reduzca el ámbito de búsqueda de composiciones o condiciones de cocción utilizando datos acumulados por otra empresa
  • Que se obtengan datos del proceso (tablas de lotes, gráficos o resultados de evaluaciones), en lugar de resultados finales, para acortar el periodo de desarrollo

Desde la perspectiva empresarial, la cuestión controvertida puede pasar de ser «si se creó un nuevo producto con la documentación divulgada» a «qué se redujo dentro del proceso de desarrollo».

Estructura de responsabilidad del representante legal, los directivos, los empleados y el personal operativo

Categoría

Principales aspectos de valoración práctica

Documentación que debe preparar la empresa

Representante legal y dirección

· Existencia de un sistema de control y supervisión

· Medidas adoptadas tras conocer la posibilidad de una infracción

· Existencia de instrucciones o aquiescencia

· Normativa de control interno

· Registros de autorización de permisos de acceso

· Registros de medidas posteriores

Directivos y responsables de equipo

· Autorización, asistencia o aquiescencia

· Incumplimiento del procedimiento de suministro externo

· Participación en la toma de decisiones del proyecto

· Actas de reuniones/cadena de aprobación

· Autorizaciones para la extracción externa

· Comunicaciones con empresas colaboradoras

Personal operativo e investigadores

· Grado de conocimiento del deber de confidencialidad

· Características concretas de la extracción (correo electrónico, USB o impresión)

· Uso o consulta efectiva de la información

· Compromisos de seguridad e historial de formación

· Registros de descargas/extracciones

· Pruebas del ámbito de funciones

Persona jurídica (empresa)

· Vinculación entre la conducta individual y el beneficio empresarial

· Ausencia de un sistema de gestión

· Insuficiencia de las medidas para evitar la repetición

· Sistema de cumplimiento normativo

· Resultados de formación y auditoría

· Plan para evitar la repetición

La respuesta inicial resulta especialmente importante en los casos de divulgación de tecnología.

Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la estrategia debe modificarse antes del inicio de la investigación o poco después, en lugar de limitarse a ofrecer explicaciones posteriores.

  • Cuando se detecten indicios de extracción de documentación relacionados con antiguos empleados o empresas colaboradoras, o se reciba una comunicación interna
  • Cuando se reciba de un órgano de investigación o de una entidad (empresa o instituto de investigación) un requerimiento de documentación o una notificación para declarar como testigo
  • Cuando esté previsto un análisis forense (correo electrónico, ordenador o servidor) y exista la posibilidad de que los registros de actividad y acceso se utilicen como prueba

4. Divulgación de tecnología | Lista práctica de comprobación para empresas

Divulgación de tecnología | Lista práctica de comprobación para empresas

La asistencia de Daeryun en casos de divulgación de tecnología no se limita a la defensa penal.

Área de asistencia

Contenido principal

Evaluación del asunto

· Calificación de la documentación divulgada como «tecnología industrial»

· Carácter no público y circunstancias de su obtención

· Examen detallado de su vinculación con tecnologías avanzadas

Estrategia probatoria

· Análisis forense de las vías de extracción y de los indicios de uso

· Adecuación del alcance y el formato de la documentación presentada

· Control de los riesgos derivados de las declaraciones

Delimitación de responsabilidades

· Análisis diferenciado de la responsabilidad individual, organizativa y de la persona jurídica

· Reconstrucción del grado de participación de cada directivo y empleado

· Gestión de los riesgos de sanción conjunta y derivados

Diseño de la respuesta

· Respuesta no solo ante la investigación y el juicio, sino también frente a clientes/entidades contratantes

· Mejora de los controles internos

· Apoyo para establecer un sistema que evite la repetición

Asimismo, partiendo del valor de interés público consistente en proteger las tecnologías nacionales y la competitividad industrial, el despacho procura equilibrar los hechos y los fundamentos jurídicos para evitar que las legítimas actividades empresariales de investigación y desarrollo se vean restringidas innecesariamente.

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